ADECUACIÓN DEL CONTRATO DE SALUD. MAY 13 Anualmente, en el mes de suscripción del Contrato, la Isapre podrá revisar los Contratos de Salud, pudiendo sólo modificar el precio base del Plan de Salud Complementario, en condiciones generales que no importen discrimi- nación entre los afiliados de un mismo plan. Las revisiones no podrán tener en consideración el estado de salud del afiliado y/o beneficiario. Estas condiciones generales deberán ser las mismas que se estén ofreciendo a esa fecha a los nuevos contratantes en el respectivo plan. La adecuación propuesta deberá ser comunicada al afectado mediante carta certificada expedida con, a lo menos, tres meses de anticipación al vencimiento del período anual. En tales circunstancias, el afiliado podrá aceptar el Contrato con la adecuación de precio propuesta por la Isapre, y en el evento que nada diga, se entenderá que acepta la propuesta. En la misma oportunidad y forma que se comunique la adecuación, la Isapre deberá ofrecer uno o más planes alternativos cuyo precio base sea equivalente al vigente, a menos que el precio del plan que se adecúa corresponda al plan con menor precio en la Isapre. Los planes alternativos que se ofrezcan, deberán ser idénticos para todos los afiliados del plan cuyo precio se adecúa, los que, en caso de rechazar la adecuación, podrán aceptar alguno de los planes alternativos que se les ofrezca, o bien, desafiliarse. La Superintendencia podrá dejar sin efecto alzas de precios que no se ajusten a lo señalado precedentemente.
Appears in 2 contracts
Samples: Contrato De Salud Previsional, Contrato De Salud Previsional
ADECUACIÓN DEL CONTRATO DE SALUD. MAY 13 Anualmente, en el mes de suscripción del Contratocontrato, la Isapre isapre podrá revisar los Contratos contratos de Saludsalud, pudiendo sólo modificar el precio base del Plan plan de Salud Complementariosalud complementario, en condiciones generales que no importen discrimi- nación discriminación entre los afiliados de un mismo plan. Las revisiones no podrán tener en consideración el estado de salud del afiliado y/o beneficiario. Estas condiciones generales deberán ser las mismas que se estén ofreciendo a esa fecha a los nuevos contratantes en el respectivo plan. La adecuación propuesta deberá ser comunicada al afectado mediante carta certificada expedida con, a lo menos, tres meses de anticipación al vencimiento del período anual. En tales circunstancias, el afiliado podrá aceptar el Contrato con la adecuación de precio propuesta por la Isapreisapre, y en el evento que nada diga, se entenderá que acepta la propuesta. En la misma oportunidad y forma que se comunique la adecuación, la Isapre isapre deberá ofrecer uno o más planes alternativos cuyo precio base sea equivalente al vigente, a menos que el precio del plan que se adecúa adecua corresponda al plan con menor precio en la Isapreisapre. Los planes alternativos que se ofrezcan, deberán ser idénticos para todos los afiliados del plan cuyo precio se adecúaadecua, los que, en caso de rechazar la adecuación, podrán aceptar alguno de los planes alternativos que se les ofrezca, o bien, desafiliarse. La Superintendencia podrá dejar sin efecto alzas de precios que no se ajusten a lo señalado precedentemente.
Appears in 2 contracts
Samples: Condiciones Generales Del Contrato De Salud Previsional, Contrato De Salud
ADECUACIÓN DEL CONTRATO DE SALUD. MAY 13 Anualmente, en el mes de suscripción del Contrato, la Isapre isapre podrá revisar los Contratos de SaludContratos, pudiendo sólo modificar el precio base del Plan de Salud Complementario, en condiciones generales que no importen discrimi- nación discriminación entre los afiliados de un mismo plan. Las revisiones no podrán tener en consideración el estado de salud del afiliado y/o beneficiario. Estas condiciones generales deberán ser las mismas que se estén ofreciendo a esa fecha a los nuevos contratantes en el respectivo plan. La adecuación propuesta deberá ser comunicada al afectado mediante carta certificada expedida con, a lo menos, tres meses de anticipación al vencimiento del período anual. En tales circunstancias, el afiliado podrá aceptar el Contrato con la adecuación de precio propuesta por la Isapreisapre, y en el evento que nada diga, se entenderá que acepta la propuesta. En la misma oportunidad y forma que se comunique la adecuación, la Isapre isapre deberá ofrecer uno o más planes alternativos cuyo precio base sea equivalente al vigente, a menos que el precio del plan que se adecúa adecua corresponda al plan con menor precio en la Isapreisapre. Los planes alternativos que se ofrezcan, deberán ser idénticos para todos los afiliados del plan cuyo precio se adecúaadecua, los que, en caso de rechazar la adecuación, podrán aceptar alguno de los planes alternativos que se les ofrezca, o bien, desafiliarse. La Superintendencia podrá dejar sin efecto alzas de precios que no se ajusten a lo señalado precedentemente.
Appears in 2 contracts
ADECUACIÓN DEL CONTRATO DE SALUD. MAY 13 Anualmente, en el mes de suscripción del Contrato, la Isapre isapre podrá revisar los Contratos de SaludContratos, pudiendo sólo modificar el precio base del Plan de Salud Complementario, en condiciones generales que no importen discrimi- nación discriminación entre los afiliados de un mismo plan. Las revisiones no podrán tener en consideración el estado de salud del afiliado y/o beneficiario. Estas condiciones generales deberán ser las mismas que se estén ofreciendo a esa fecha a los nuevos contratantes en el respectivo plan. La adecuación propuesta deberá ser comunicada al afectado mediante carta certificada expedida con, a lo menos, tres meses de anticipación al vencimiento del período anual. En tales circunstancias, el afiliado podrá aceptar el Contrato con la adecuación de precio propuesta por la Isapre, y en el evento que nada diga, se entenderá que acepta la propuesta. En la misma oportunidad y forma que se comunique la adecuación, la Isapre deberá ofrecer uno o más planes alternativos cuyo precio base sea equivalente al vigente, a menos que el precio del plan que se adecúa adecua corresponda al plan con menor precio en la Isapre. Los planes alternativos que se ofrezcan, deberán ser idénticos para todos los afiliados del plan cuyo precio se adecúaadecua, los que, en caso de rechazar la adecuación, podrán aceptar alguno de los planes alternativos que se les ofrezca, o bien, desafiliarse. La Superintendencia podrá dejar sin efecto alzas de precios que no se ajusten a lo señalado precedentemente.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Salud Previsional
ADECUACIÓN DEL CONTRATO DE SALUD. MAY 13 Anualmente, en el mes de suscripción del Contratocontrato, la Isapre podrá revisar los Contratos contratos de Saludsalud, pudiendo sólo modificar el precio base del Plan plan de Salud Complementariosalud complementario, en condiciones generales que no importen discrimi- nación discriminación entre los afiliados de un mismo plan. Las revisiones no podrán tener en consideración el estado de salud del afiliado y/o beneficiario. Estas condiciones generales deberán ser las mismas que se estén ofreciendo a esa fecha a los nuevos contratantes en el respectivo plan. La adecuación propuesta deberá ser comunicada al afectado mediante carta certificada expedida con, a lo menos, tres meses de anticipación al vencimiento del período anual. En tales circunstancias, el afiliado podrá aceptar el Contrato con la adecuación de precio propuesta por la Isapre, Isapre y en el evento que nada diga, se entenderá que acepta la propuesta. En la misma oportunidad y forma que se comunique la adecuación, la Isapre deberá ofrecer uno o más planes alternativos cuyo precio base sea equivalente al vigente, a menos que el precio del plan que se adecúa adecua corresponda al plan con menor precio en la Isapre. Los planes alternativos que se ofrezcan, ofrezcan deberán ser idénticos para todos los afiliados del plan cuyo precio se adecúaadecua, los que, en caso de rechazar la adecuación, podrán aceptar alguno de los planes alternativos que se les ofrezca, o bien, desafiliarse. La Superintendencia podrá dejar sin efecto alzas de precios que no se ajusten a lo señalado precedentemente.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Salud Previsional
ADECUACIÓN DEL CONTRATO DE SALUD. MAY 13 Anualmente, en el mes de suscripción del Contrato, Anualmente la Isapre podrá revisar los Contratos de Salud, pudiendo sólo modificar el precio base del Plan de Salud Complementario, en condiciones generales que no importen discrimi- nación discriminación entre los afiliados de un mismo plan. Las revisiones no podrán tener en consideración el estado de salud del afiliado y/o beneficiariobeneficia- rio. Estas condiciones generales deberán ser las mismas que se estén ofreciendo a esa fecha a los nuevos contratantes en el respectivo plan. MAY 13 La adecuación propuesta deberá ser comunicada al afectado mediante a la persona afectada por correo electrónico o -en caso de que no haya informado a la Isapre una dirección electrónica- por carta certificada expedida concertificada, a lo menos, tres meses durante el mes xx xxxxx de anticipación al vencimiento del período anualcada año. En tales circunstancias, la persona afiliada podrá pronunciarse hasta el afiliado podrá aceptar el Contrato con último día del mes xx xxxx de cada año, aceptando la adecuación de precio propuesta por la Isapre, cambiándose de plan o desahuciando el contrato, y en el evento de que nada diga, se entenderá que acepta la propuesta. En la misma oportunidad y forma que se comunique la adecuación, la Isapre deberá ofrecer uno o más planes alternativos cuyo precio base sea equivalente al vigente, a menos que el precio del plan que se adecúa corresponda al plan con menor precio en la Isapre. Los planes alternativos que se ofrezcan, deberán ser idénticos para todos los afiliados del plan cuyo precio se adecúa, los que, en caso de rechazar la adecuación, podrán aceptar alguno de los planes alternativos que se les ofrezca, o bien, desafiliarse. La Superintendencia podrá dejar sin efecto alzas de precios que no se ajusten a lo señalado precedentemente.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Salud Previsional
ADECUACIÓN DEL CONTRATO DE SALUD. MAY 13 Anualmente, en el mes de suscripción del Contrato, la Isapre isapre podrá revisar los Contratos contratos de Saludsalud, pudiendo sólo modificar el precio base del Plan plan de Salud Complementariosalud complementario, en condiciones generales que no importen discrimi- nación discriminación entre los afiliados de un mismo plan. Las revisiones no podrán tener en consideración el estado de salud del afiliado y/o beneficiario. Estas condiciones generales deberán ser las mismas que se estén ofreciendo a esa fecha a los nuevos contratantes en el respectivo plan. plan.12 La adecuación propuesta deberá ser comunicada al afectado mediante a la persona afectada por correo electrónico o -en caso de que no haya informado a la isapre una dirección electrónica- por carta certificada expedida concertificada, a lo menos, tres meses durante el mes xx xxxxx de anticipación al vencimiento del período anualcada año. En tales circunstancias, la persona afiliada podrá pronunciarse hasta el afiliado podrá aceptar el Contrato con último día del mes xx xxxx de cada año, aceptando la adecuación de precio propuesta por la Isapreisapre, cambiándose de plan o desahuciando el contrato, y en el evento de que nada diga, se entenderá que acepta la propuesta. propuesta.13 En la misma oportunidad y forma que se comunique la adecuación, la Isapre isapre deberá ofrecer uno o más planes alternativos cuyo precio base sea equivalente al vigente, a menos que el precio del plan que se adecúa adecua corresponda al plan con menor precio en la Isapreisapre. Los planes alternativos que se ofrezcan, deberán ser idénticos para todos los afiliados del plan cuyo precio se adecúaadecua, los que, en caso de rechazar la adecuación, podrán aceptar alguno de los planes alternativos que se les ofrezca, o bien, desafiliarse. La Superintendencia podrá dejar sin efecto alzas de precios que no se ajusten a lo señalado precedentemente.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Salud
ADECUACIÓN DEL CONTRATO DE SALUD. MAY 13 Anualmente, en el mes de suscripción del Contrato, la Isapre isapre podrá revisar los Contratos contratos de Saludsalud, pudiendo sólo modificar el precio base del Plan plan de Salud Complementariosalud complementario, en condiciones generales que no importen discrimi- nación discriminación entre los afiliados de un mismo plan. Las revisiones no podrán tener en consideración el estado de salud del afiliado y/o beneficiario. Estas condiciones generales deberán ser las mismas que se estén ofreciendo a esa fecha a los nuevos contratantes en el respectivo plan. plan.15 La adecuación propuesta deberá ser comunicada al afectado mediante a la persona afectada por correo electrónico o -en caso de que no haya informado a la isapre una dirección electrónica- por carta certificada expedida concertificada, a lo menos, tres meses durante el mes xx xxxxx de anticipación al vencimiento del período anualcada año. En tales circunstancias, la persona afiliada podrá pronunciarse hasta el afiliado podrá aceptar el Contrato con último día del mes xx xxxx de cada año, aceptando la adecuación de precio propuesta por la Isapreisapre, cambiándose de plan o desahuciando el contrato, y en el evento de que nada diga, se entenderá que acepta la propuesta. propuesta.16 En la misma oportunidad y forma que se comunique la adecuación, la Isapre isapre deberá ofrecer uno o más planes alternativos cuyo precio base sea equivalente al vigente, a menos que el precio del plan que se adecúa adecua corresponda al plan con menor precio en la Isapreisapre. Los planes alternativos que se ofrezcan15 Párrafo modificado por Circular IF/N°401, deberán ser idénticos para todos los afiliados del plan cuyo precio se adecúa, los que, en caso de rechazar la adecuación, podrán aceptar alguno 30 de los planes alternativos que se les ofrezca, o bien, desafiliarse. La Superintendencia podrá dejar sin efecto alzas de precios que no se ajusten a lo señalado precedentementediciembre 2021.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Salud