Common use of Adjudicaciones del concurso de traslados Clause in Contracts

Adjudicaciones del concurso de traslados. 1. En el periodo que media entre la publicación de la Oferta de Empleo Público del personal laboral fijo de una de- terminada categoría profesional y la publicación de la adjudicación de destinos de la correspondiente convocatoria, solo podrán adjudicarse en cada concurso de traslados, a través del segundo turno y del tercer turno, un número de vacantes reservadas a dicha categoría profesional igual a la diferencia entre las existentes en dicho concurso y las ofertadas por cada categoría profesional. No serán objeto de inclusión en la oferta de destinos del correspondiente proceso selectivo los puestos de trabajo que no hayan sido ofertados previamente en concurso de traslados, salvo que no hubiera plazas suficientes para la oferta de destinos en dicho proceso selectivo. Durante el periodo a que se refiere el párrafo anterior, las solicitudes de reingreso al servicio activo del personal laboral de la Administración de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha en excedencia sin reserva de pues- to de trabajo concreto se resolverán a través del segundo turno priorizándose estas, en todo caso, respecto a las solicitudes del resto de participantes por este turno. 2. Durante la primera quincena de los meses de febrero, mayo, septiembre y noviembre, la Dirección General com- petente en materia de función pública remitirá a la Comisión de Valoración una propuesta de adjudicación de las vacantes a las que se refiere el artículo 27 al personal laboral cuya solicitud constase registrada el día último del mes anterior al de la fecha de carga de vacantes del concurso correspondiente. La Comisión de Valoración, tras constatar que cumple con las condiciones, requisitos y procedimientos previstos para el concurso de traslados, elevará dicha propuesta a la persona titular de la Consejería competente en materia de función pública para su aprobación y posterior publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Las fechas de referencia para el desarrollo de los concursos trimestrales, desde la apertura del plazo de presen- tación de solicitudes hasta la publicación en el DOCM de la correspondiente adjudicación de destinos, serán las siguientes: Plazos para presentar Solicitudes (fechas invariables) Carga de vacantes (fechas invariables) Plazo máximo para recibir y anular bloqueos/ anular solicitudes (fechas invariables) Fecha de reunión de la comisión de valoración (fechas variables según gestión de concurso) Resolución con publicación en el DOCM (fechas variables según gestión de concurso) CPL 1º trimestre 1 de octubre al 31 de diciembre 1 de enero 15 de enero antes del 15 de febrero final de febrero - principios xx xxxxx CPL 2º trimestre 1 de octubre al 31 xx xxxxx 1 xx xxxxx 15 xx xxxxx antes del 15 xx xxxx final xx xxxx - principios xx xxxxx CPL 3º trimestre 1 de octubre al 30 xx xxxxx 0 xx xxxxx 00 xx xxxxx a partir del 1 de septiembre mediados de septiembre CPL 4º trimestre 1 de octubre al 30 de septiembre 00 xx xxxxxxx 00 xx xxxxxxx antes del 15 de noviembre final de noviembre - principios de diciembre 3. Los puestos de trabajo vacantes y los correspondientes a la fase de resultas se adjudicarán, en primer lugar, entre quienes participen en el primer turno. Las vacantes resultantes que no hubieran sido adjudicadas en dicho turno se adjudicarán entre quienes participen en el segundo. A su vez, las vacantes que no hubieran sido adjudicadas en el segundo turno se adjudicarán entre quienes participen en el tercer turno, con la limitación cuantitativa del respectivo acuerdo o convenio de movilidad. Las adjudicaciones por el segundo y tercer turno se ajustarán, en su caso, a los límites y prioridades previstos en el apartado 1 de este artículo. A) Xxx perjuicio de lo establecido en el apartado 5 del artículo 34, dentro del primer turno, los criterios de adjudicación serán, por este orden:

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Adjudicaciones del concurso de traslados. 1. En el periodo que media entre la publicación de la Oferta de Empleo Público del personal laboral fijo de una de- terminada determinada categoría profesional y la publicación de la adjudicación de destinos de la correspondiente convocatoria, solo podrán adjudicarse en cada concurso de traslados, a través del segundo turno y del tercer turno, un número de vacantes reservadas a dicha categoría profesional igual a la diferencia entre las existentes en dicho concurso y las ofertadas por cada categoría profesional. No serán objeto de inclusión en la oferta de destinos del correspondiente proceso selectivo los puestos de trabajo que no hayan sido ofertados previamente en concurso de traslados, salvo que no hubiera plazas suficientes para la oferta de destinos en dicho proceso selectivo. Durante el periodo a que se refiere el párrafo anterior, las solicitudes de reingreso al servicio activo del personal laboral de la Administración de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha en excedencia sin reserva de pues- to puesto de trabajo concreto se resolverán a través del segundo turno priorizándose estas, en todo caso, respecto a las solicitudes del resto de participantes por este turno. 2. Durante de la primera quincena de los meses de febrero, mayo, septiembre y noviembre, la Dirección General com- petente competente en materia de función pública remitirá a la Comisión de Valoración una propuesta de adjudicación de las vacantes a las que se refiere el artículo 27 24 al personal laboral cuya solicitud constase registrada el día último del mes anterior al de la fecha de carga de vacantes del concurso correspondiente. La Comisión de Valoración, tras constatar que cumple con las condiciones, requisitos y procedimientos previstos para el concurso de traslados, elevará dicha propuesta a la persona titular de la Consejería competente en materia de función pública para su aprobación y posterior publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Las fechas de referencia para el desarrollo de los concursos trimestrales, desde la apertura del plazo de presen- tación presentación de solicitudes hasta la publicación en el DOCM de la correspondiente adjudicación de destinos, serán las siguientes: Plazos para presentar Solicitudes PLAZOS PARA PRESENTAR SOLICITUDES (fechas Fechas invariables) Carga de vacantes CARGA DE VACANTES (fechas Fechas invariables) Plazo máximo para recibir y anular bloqueos/ anular solicitudes PLAZO MÁXIMO PARA RECIBIR Y ANULAR BLOQUEOS/ ANULAR SOLICITUDES (fechas Fechas invariables) Fecha de reunión de la comisión de valoración FECHA DE REUNIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN (fechas Fechas variables según gestión de concurso) Resolución con publicación en el RESOLUCIÓN CON PUBLICACIÓN EN EL DOCM (fechas Fechas variables según gestión de concurso) CPL 1º trimestre 1 de octubre al 31 de diciembre 1 de enero 15 de enero antes del 15 de febrero final de febrero - principios xx xxxxx CPL 2º trimestre 1 de octubre al 31 xx xxxxx 1 xx xxxxx 15 xx xxxxx antes del 15 xx xxxx final xx xxxx - principios xx xxxxx CPL 3º trimestre 1 de octubre al 30 xx xxxxx 0 xx xxxxx 00 xx xxxxx a partir del 1 de septiembre mediados de septiembre CPL trimestre TRIMESTRE 1 de octubre al 30 de septiembre 00 xx xxxxxxx 00 00 xx xxxxxxx antes del 15 de noviembre final de noviembre - principios de diciembre 3. Los puestos de trabajo vacantes y los correspondientes a la fase de resultas se adjudicarán, en primer lugar, entre quienes participen en el primer turno. Las vacantes resultantes que no hubieran sido adjudicadas en dicho turno se adjudicarán entre quienes participen en el segundo. A su vez, las vacantes que no hubieran sido adjudicadas en el segundo turno se adjudicarán entre quienes participen en el tercer turno, con la limitación cuantitativa del respectivo acuerdo o convenio de movilidad. Las adjudicaciones por el segundo y tercer turno se ajustarán, en su caso, a los límites y prioridades previstos en el apartado 1 de este artículo. A) Xxx Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 5 del artículo 3431, dentro del primer turno, los criterios de adjudicación serán, por este orden:

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Adjudicaciones del concurso de traslados. 1. En el periodo que media entre la publicación de la Oferta de Empleo Público del personal laboral fijo de una de- terminada determinada categoría profesional y la publicación de la adjudicación de destinos de la correspondiente convocatoria, solo podrán adjudicarse en cada concurso de traslados, a través del segundo turno y del tercer turno, un número de vacantes reservadas a dicha categoría profesional igual a la diferencia entre las existentes en dicho concurso y las ofertadas por cada categoría profesional. No serán objeto de inclusión en la oferta de destinos del correspondiente proceso selectivo los puestos de trabajo que no hayan sido ofertados previamente en concurso de traslados, salvo que no hubiera plazas suficientes para la oferta de destinos en dicho proceso selectivo. Durante el periodo a que se refiere el párrafo anterior, las solicitudes de reingreso al servicio activo del personal perso- nal laboral de la Administración de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha en excedencia sin reserva de pues- to puesto de trabajo concreto se resolverán a través del segundo turno priorizándose estas, en todo caso, respecto res- pecto a las solicitudes del resto de participantes por este turno. 2. Durante la primera quincena de los meses de febrero, mayo, septiembre y noviembre, la Dirección General com- petente competente en materia de función pública remitirá a la Comisión de Valoración una propuesta de adjudicación de las vacantes a las que se refiere el artículo 27 al personal laboral cuya solicitud constase registrada el día último del mes anterior al de la fecha de carga de vacantes del concurso correspondiente. La Comisión de Valoración, tras constatar que cumple con las condiciones, requisitos y procedimientos previstos pre- vistos para el concurso de traslados, elevará dicha propuesta a la persona titular de la Consejería competente en materia de función pública para su aprobación y posterior publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Las fechas de referencia para el desarrollo de los concursos trimestrales, desde la apertura del plazo de presen- tación de solicitudes hasta la publicación en el DOCM de la correspondiente adjudicación de destinos, serán las siguientes: Plazos para presentar Solicitudes (fechas invariables) Carga de Cargade vacantes (fechas invariables) Plazo máximo para recibir y anular bloqueos/ anular solicitudes (fechas invariables) Fecha de reunión de la comisión de valoración (fechas variables según valoración(fechas variablessegún gestión de concursodeconcurso) Resolución con publicación en el DOCM (fechas variables según DOCM(fechas variablessegún gestión de concursodeconcurso) CPL 1º trimestre 1 de octubre al 31 XXX 0xxxxxxxxxx 0 xx xxxxxxx xx 00 de diciembre 1 de enero 15 de enero antes del 15 de febrero defebrero final de febrero - principios xx xxxxx CPL 2º trimestre 2ºtrimestre 1 de octubre al 31 xx xxxxx 31de marzo 1 xx xxxxx 15 xx xxxxx antes del 15 xx xxxx final xx xxxx - principios xx xxxxx CPL 3º trimestre 3ºtrimestre 1 de octubre al 30 xx xxxxx 30de junio 0 xx xxxxx 00 xx xxxxx a partir del 1 de septiembre mediados de septiembre CPL 4º trimestre 1 de octubre al 30 XXX 0xxxxxxxxxx 0 xx xxxxxxx xx 00 de septiembre 00 xx xxxxxxx 00 xx xxxxxxx de octubre antes del 15 de noviembre denoviembre final de noviembre - principios de diciembre 3. Los puestos de trabajo vacantes y los correspondientes a la fase de resultas se adjudicarán, en primer lugar, entre quienes participen en el primer turno. Las vacantes resultantes que no hubieran sido adjudicadas en dicho di- cho turno se adjudicarán entre quienes participen en el segundo. A su vez, las vacantes que no hubieran sido adjudicadas en el segundo turno se adjudicarán entre quienes participen en el tercer turno, con la limitación cuantitativa del respectivo acuerdo o convenio de movilidad. Las adjudicaciones por el segundo y tercer turno se ajustarán, en su caso, a los límites y prioridades previstos en el apartado 1 de este artículo. A) Xxx perjuicio de lo establecido en el apartado 5 del artículo 34, dentro del primer turno, los criterios de adjudicación serán, por este orden:

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Adjudicaciones del concurso de traslados. 1. En el periodo que media entre la publicación de la Oferta de Empleo Público del personal laboral fijo de una de- terminada determinada categoría profesional y la publicación de la adjudicación de destinos de la correspondiente convocatoria, solo podrán adjudicarse en cada concurso de traslados, a través del segundo turno y del tercer turno, un número de vacantes reservadas a dicha categoría profesional igual a la diferencia entre las existentes en dicho concurso y las ofertadas por cada categoría profesional. No serán objeto de inclusión en la oferta de destinos del correspondiente proceso selectivo los puestos de trabajo que no hayan sido ofertados previamente en concurso de traslados, salvo que no hubiera plazas suficientes para la oferta de destinos en dicho proceso selectivo. Durante el periodo a que se refiere el párrafo anterior, las solicitudes de reingreso al servicio activo del personal laboral de la Administración de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha en excedencia sin reserva de pues- to puesto de trabajo concreto se resolverán a través del segundo turno priorizándose estas, en todo caso, respecto a las solicitudes del resto de participantes por este turno. 2. Durante la primera quincena de los meses de febrero, mayo, septiembre y noviembre, la Dirección General com- petente competente en materia de función pública remitirá a la Comisión de Valoración una propuesta de adjudicación de las vacantes a las que se refiere el artículo 27 al personal laboral cuya solicitud constase registrada el día último del mes anterior al de la fecha de carga de vacantes del concurso correspondiente. La Comisión de Valoración, tras constatar que cumple con las condiciones, requisitos y procedimientos previstos para el concurso de traslados, elevará dicha propuesta a la persona titular de la Consejería competente en materia de función pública para su aprobación y posterior publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Las fechas de referencia para el desarrollo de los concursos trimestrales, desde la apertura del plazo de presen- tación presentación de solicitudes hasta la publicación en el DOCM de la correspondiente adjudicación de destinos, serán las siguientes: Plazos para presentar Solicitudes (fechas invariables) Carga de vacantes (fechas invariables) Plazo máximo para recibir y anular bloqueos/ anular solicitudes (fechas invariables) Fecha de reunión de la comisión de valoración (fechas variables según gestión de concurso) Resolución con publicación en el DOCM (fechas variables según gestión de concurso) CPL 1º trimestre 1 de octubre al 31 de diciembre 1 de enero 15 de enero antes del 15 de febrero final de febrero - principios xx xxxxx CPL 2º trimestre 1 de octubre al 31 xx xxxxx 1 xx xxxxx 15 xx xxxxx antes del 15 xx xxxx final xx xxxx - principios xx xxxxx CPL 3º trimestre 1 de octubre al 30 xx xxxxx 0 xx xxxxx 00 xx xxxxx a partir del 1 de septiembre mediados de septiembre CPL 4º trimestre 1 de octubre al 30 de septiembre 00 xx xxxxxxx 00 xx xxxxxxx antes del 15 de noviembre final de noviembre - principios de diciembre 3. Los puestos de trabajo vacantes y los correspondientes a la fase de resultas se adjudicarán, en primer lugar, entre quienes participen en el primer turno. Las vacantes resultantes que no hubieran sido adjudicadas en dicho turno se adjudicarán entre quienes participen en el segundo. A su vez, las vacantes que no hubieran sido adjudicadas en el segundo turno se adjudicarán entre quienes participen en el tercer turno, con la limitación cuantitativa del respectivo acuerdo o convenio de movilidad. Las adjudicaciones por el segundo y tercer turno se ajustarán, en su caso, a los límites y prioridades previstos en el apartado 1 de este artículo. A) Xxx perjuicio de lo establecido en el apartado 5 del artículo 34, dentro del primer turno, los criterios de adjudicación serán, por este orden:

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Adjudicaciones del concurso de traslados. 1. En el periodo que media entre la publicación de la Oferta de Empleo Público del personal laboral fijo de una de- terminada determinada categoría profesional y la publicación de la adjudicación de destinos de la correspondiente convocatoria, solo podrán adjudicarse en cada concurso de traslados, a través del segundo turno y del tercer turno, un número de vacantes reservadas a dicha categoría profesional igual a la diferencia entre las existentes en dicho concurso y las ofertadas por cada categoría profesional. No serán objeto de inclusión en la oferta de destinos del correspondiente proceso selectivo los puestos de trabajo que no hayan sido ofertados previamente en concurso de traslados, salvo que no hubiera plazas suficientes para la oferta de destinos en dicho proceso selectivo. Durante el periodo a que se refiere el párrafo anterior, las solicitudes de reingreso al servicio activo del personal perso- nal laboral de la Administración de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha en excedencia sin reserva de pues- to puesto de trabajo concreto se resolverán a través del segundo turno priorizándose estas, en todo caso, respecto res- pecto a las solicitudes del resto de participantes por este turno. 2. Durante la primera quincena de los meses de febrero, mayo, septiembre y noviembre, la Dirección General com- petente competente en materia de función pública remitirá a la Comisión de Valoración una propuesta de adjudicación de las vacantes a las que se refiere el artículo 27 al personal laboral cuya solicitud constase registrada el día último del mes anterior al de la fecha de carga de vacantes del concurso correspondiente. La Comisión de Valoración, tras constatar que cumple con las condiciones, requisitos y procedimientos previstos pre- vistos para el concurso de traslados, elevará dicha propuesta a la persona titular de la Consejería competente en materia de función pública para su aprobación y posterior publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Las fechas de referencia para el desarrollo de los concursos trimestrales, desde la apertura del plazo de presen- tación de solicitudes hasta la publicación en el DOCM de la correspondiente adjudicación de destinos, serán las siguientes: Plazos para presentar Solicitudes (fechas invariables) Carga de Cargade vacantes (fechas invariables) Plazo máximo para recibir y anular bloqueos/ anular solicitudes (fechas invariables) Fecha de reunión de la comisión de valoración (fechas valoración(fechas variables según gestión de concurso) Resolución con publicación en el DOCM (fechas DOCM(fechas variables según gestión de concursodeconcurso) CPL 1º trimestre 1 de octubre al 31 XXX 0xxxxxxxxxx 0 xx xxxxxxx xx 00 de diciembre 1 de enero 15 de enero antes del 15 de febrero final de febrero - principios xx xxxxx CPL 2º trimestre 1 de octubre al 31 XXX 0xxxxxxxxxx 0 xx xxxxxxx xx 00 xx xxxxx 1 xx xxxxx 15 xx xxxxx antes del 15 xx xxxx final xx xxxx - principios xx xxxxx CPL 3º trimestre 1 de octubre al 30 XXX 0xxxxxxxxxx 0 xx xxxxxxx xx 00 xx xxxxx 0 xx xxxxx 00 xx xxxxx a partir del 1 de septiembre mediados de septiembre CPL 4º trimestre 1 de octubre al 30 XXX 0xxxxxxxxxx 0 xx xxxxxxx xx 00 de septiembre 00 xx xxxxxxx 00 xx xxxxxxx antes del 15 de noviembre final de noviembre - principios de diciembre 3. Los puestos de trabajo vacantes y los correspondientes a la fase de resultas se adjudicarán, en primer lugar, entre quienes participen en el primer turno. Las vacantes resultantes que no hubieran sido adjudicadas en dicho di- cho turno se adjudicarán entre quienes participen en el segundo. A su vez, las vacantes que no hubieran sido adjudicadas en el segundo turno se adjudicarán entre quienes participen en el tercer turno, con la limitación cuantitativa del respectivo acuerdo o convenio de movilidad. Las adjudicaciones por el segundo y tercer turno se ajustarán, en su caso, a los límites y prioridades previstos en el apartado 1 de este artículo. A) Xxx perjuicio Six xerjuicio de lo establecido en el apartado 5 del artículo 34, dentro del primer turno, los criterios de adjudicación serán, por este orden:

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