Ajuste de la Garantía de Cumplimiento del Contrato. Cuando los términos contractuales prevean o la legislación determine la actualización monetaria del monto contractual, o la redeterminación de los precios del contrato, el monto de las garantías también deberá ser actualizado en idéntica proporción de forma de asegurar permanentemente que la garantía sea equivalente al CINCO POR CIENTO (5 %) del mismo. La actualización del monto de la garantía, en más o en menos, será obligatoria para el Contratista cuando la diferencia entre el valor real de la misma y el que corresponda al monto contractual actualizado, supere el CINCO POR CIENTO (5%) y deberá realizarse con la emisión del primer certificado que arroje esa diferencia. En forma similar se procederá en caso de modificaciones del monto contractual, en más o en menos, por adicionales o quitas de obra, trabajos no previstos, etc.
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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Generales Para La Contratación Y Ejecución De Obras Públicas, Contract for Public Works, Contract for Public Works
Ajuste de la Garantía de Cumplimiento del Contrato. Cuando los términos contractuales prevean o la legislación determine la actualización monetaria del monto contractual, o la redeterminación de los precios del contrato, el monto de las garantías también deberá ser actualizado en idéntica proporción de forma de asegurar permanentemente que la garantía sea equivalente al CINCO POR CIENTO (5 5%) del mismo. La actualización del monto de la garantía, en más o en menos, será obligatoria para el Contratista cuando la diferencia entre el valor real de la misma y el que corresponda al monto contractual actualizado, supere el CINCO POR CIENTO (5%) y deberá realizarse con la emisión del primer certificado que arroje esa diferencia. En forma similar se procederá en caso de modificaciones del monto contractual, en más o en menos, por adicionales o quitas de obra, trabajos no previstos, etc.
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Samples: Contract for Public Works
Ajuste de la Garantía de Cumplimiento del Contrato. Cuando los términos contractuales prevean o la legislación determine la actualización monetaria del monto contractual, o la redeterminación de los precios del contrato, el monto de las garantías también deberá ser actualizado en idéntica proporción de forma de asegurar permanentemente que la garantía sea equivalente al CINCO POR CIENTO (5 %) 5% del mismo). La actualización del monto de la garantía, en más o en menos, será obligatoria para el Contratista cuando la diferencia entre el valor real de la misma y el que corresponda al monto contractual actualizado, supere el CINCO POR CIENTO (5%) y deberá realizarse con la emisión del primer certificado que arroje esa diferencia. En forma similar se procederá en caso de modificaciones del monto contractual, en más o en menos, por adicionales o quitas de obra, trabajos no previstos, etc.
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Samples: Contratación De Obras Menores