ALTURAS EN ÁREAS DESARROLLADAS. En estas áreas las alturas para las edificaciones nuevas o cualquier tipo de intervención se determinarán de la siguiente manera - En caso de que predominen en el sector los lotes edificados, deben empatarse con la altura de los predios vecinos que se constituyan en edificaciones permanentes, sin que la altura resultante sea superior a 3 pisos. Se debe buscar entonces la constitución de un perfil urbano homogéneo. - En caso de que el sector se caracterice por el predominio de lotes desocupados, las alturas de las edificaciones deben ajustarse a los siguientes parámetros: Sobre vías V-1 y V-2: 3 pisos Sobre vías V-3, V- 4 y V-Pe: 2 pisos 316.3 ALTURAS EN ÁREAS DE DESAROLLO La altura máxima permitida es la siguiente: Ancho de Vías / mts Altura (pisos)