APERTURA DE LA LICITACIÓN PUBLICA Cláusulas de Ejemplo

APERTURA DE LA LICITACIÓN PUBLICA. La elaboración y la presentación de las propuestas será responsabilidad exclusiva de cada proponente. Las condiciones y los requerimientos para la elaboración, presentación, evaluación y calificación de propuestas serán los establecidos en estos Pliegos de condiciones y en las adendas (las cuales deberán ser publicadas o enviadas con por lo menos 24 horas de anticipación) que se produjeren de acuerdo con el procedimiento aquí establecido, las cuales podrán ser publicadas hasta 24 horas antes del cierre de la licitación. Los proponentes interesados deberán sufragar todos los costos, tanto directos como indirectos, relacionados con los estudios, la preparación y presentación de su propuesta, por lo cual la OIM no será responsable en ningún caso de dichos costos, cualquiera que sea el resultado del proceso de selección y contratación. Igualmente corresponderá al proponente la responsabilidad de determinar, evaluar y asumir los impuestos tasas y contribuciones, así como los demás costos tributarios y de cualquier otra naturaleza que conlleve la celebración del contrato, según la asignación de costos prevista en los presentes Pliegos de condiciones.

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  • PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN PERFIL DE CONTRATANTE: xxx.xxxxxx.xxx / perfil de contratante. Contrato de la Administración / Contratos del Ayto. xx Xxxxxx / Consulta de licitaciones. • Publicación en Diarios Oficiales: Boletín Oficial de Bizkaia: Si DOUE, BOE: No procede

  • Cronograma de la Licitación Los plazos de días corridos incluyen xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos.

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros

  • Licitación Pública De conformidad con el art. 2 de la ley 1150 de 2007, la licitación pública es la regla general de la contratación y las demás modalidades constituyen la excepción. Se contrata por esta modalidad:  Cuando el objeto del contrato sea complejo y de mayor cuantía.  Cuando el contrato sea de obra y de mayor cuantía  Cuando el objeto a contratar incluya además de servicios de consultoría, otras prestaciones como diseño y construcción de obra, etc. Cuando se trate de contratos de concesión Procedimiento: a) Análisis del sector relativo al objeto del contrato. El Municipio debe efectuar un análisis del sector relativo al objeto del proceso contractual desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica y de análisis de riesgo. Así mismo es su obligación, dejar constancia de este análisis en el expediente del proceso contractual (art. 15 Decreto 1510 de 2013). b) Elaboración de los Estudios y documentos previos. Agotados los pasos incluidos en la planeación de la contratación (determinación de la necesidad de contratar, estudios, diseños, planos, licencias, permisos o autorizaciones, consulta de precios xx xxxxxxx etc., y expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal) la Secretaría de Despacho (Oficina Gestora) responsable del proceso, elabora el documento denominado Estudios y documentos previos, siguiendo el cumplimiento de los requisitos señalados en el art. 20 del Decreto 1510 de 2013 y el Manual para la identificación y cobertura del riesgo implementado por la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente, publicada con la Circular No. 5 de 16 de Septiembre de 2013 . c) Convocatoria a Veedurías d) Designación del Comité evaluador. Art. 27 del Decreto 1510 de 2013. e) Publicación de avisos en la web del Municipio xxx.Xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en el SECOP, con intervalos entre dos y cinco días calendario, art. 224 del Decreto 19 de 2012 f) Aviso de convocatoria. Debe reunir los requisitos previstos en el art. 21 del Decreto 1510 de 2013. g) Publicación del Proyecto xx Xxxxxx de Condiciones. –Art. 19 del Decreto 1510 de 2013 h) Observaciones al Proyecto xx xxxxxx de condiciones. Conforme a lo previsto en el art. 23 del Dec.1510 de 2013, de acuerdo al cronograma de la contratación, contenido en el proyecto xx xxxxxx y dentro de los diez (10) días siguientes a su publicación, el Municipio recibirá observaciones al proyecto, las cuales serán íntegramente respondidas. Tanto las observaciones como las respuestas serán publicadas en el SECOP i) Acto Administrativo de Apertura. Debe llenar los requisitos establecidos en el art. 24 del Dec.1510 de 2013. j) Pliego de condiciones definitivo. El pliego de condiciones definitivo debe contener los requisitos mínimos exigidos en el art. 22 del Decreto 1510 de 2013. El Municipio podrá incluir modificaciones al pliego de acuerdo con observaciones recibidas al proyecto o las que requiera la administración k) Visita técnica al lugar de ejecución del contrato si a ello hubiere lugar. Si el Municipio lo encuentra pertinente, determinará la fecha de la visita dentro del cronograma de actividades del proceso contractual señalado en el pliego. l) Audiencia de asignación de riesgos. Es de carácter obligatorio. El Municipio debe presentar el análisis de riesgos efectuado, la Matriz de riesgos incluida en el pliego para realizar la revisión de la asignación de riesgos definitiva. (arts.17y39Dec.1510de2013) En esta audiencia se puede tratar el tema relacionado con el contenido y alcance xxx xxxxxx de condiciones, solo a solicitud de un interesado. m) Plazo de la licitación. Comprende el momento a partir del cual se pueden presentar propuestas, hasta el cierre de la licitación. (art. 30 No. 5 ley 80 de 1993). Este plazo debe estar definido en el cronograma del proceso licitatorio. n) Observaciones al pliego de condiciones definitivo. De acuerdo al cronograma de la contratación, la entidad recibirá observaciones al pliego, las cuales serán íntegramente respondidas. Tanto las observaciones como las respuestas serán publicadas en el SECOP. o) Modificación al pliego de condiciones. El pliego podrá ser modificado mediante adendas, conforme lo dispuesto en el Art. 25 del Decreto 1510 de 2013

  • Información Específica De La Licitación “Los recursos presupuestarios a ejercer con motivo de la presente licitación, quedan sujetos para fines de ejecución y pago, a la disponibilidad presupuestaria con que cuente el Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación que apruebe la X. Xxxxxx de Diputados del Congreso de la Unión, sin responsabilidad alguna para el Instituto Mexicano del Seguro Social.” A efecto de dar cumplimiento a lo que dispone la Ley del Seguro Social (LSS) en sus artículos 261, 262, 268, fracción VI, 273, y Tercero Transitorio de la reforma del 12 xx xxxxxx de 2004, el IMSS debe elaborar anualmente los cuatro documentos que se indican enseguida: i) Estados Financieros Auditados; ii) Informe al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión Sobre la Situación Financiera y los Riesgos del Instituto Mexicano del Seguro Social; iii) Informe Financiero y Actuarial; y, iv) Estudio actuarial para valuar la suficiencia financiera del fondo destinado a cubrir los pagos futuros de las pensiones provenientes de los trabajadores del IMSS que fueron contratados bajo las condiciones del “Convenio Adicional para las Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores de Base de Nuevo Ingreso”, conforme al artículo 286 K de la LSS. Para elaborar los documentos de referencia, con corte al 31 de diciembre de 2012, se requerirá contar con los siguientes estudios actuariales y financieros: Valuación Actuarial del Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP) y Prima de Antigüedad e Indemnizaciones de los Trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social, Bajo la Norma de Información Financiera D-3 (NIF D-3) “Beneficios a los Empleados”, al 31 de diciembre 2012 y proyecciones para 2013. Estudio Actuarial para Medir la Suficiencia Financiera de la Subcuenta 2 del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual (FCOLCLC), al 31 de diciembre de 2012. Auditoría a la Valuación Financiera y Actuarial del Instituto Mexicano del Seguro Social, al 31 de diciembre de 2012.

  • De la Publicidad La convocatoria a presentar Ofertas en las Licitaciones Públicas deberá efectuarse mediante la publicación, al menos en dos (02) diarios de circulación nacional por el término de dos (2) días consecutivos, con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación. La comprobación de que en un llamado a Licitación se hubieran omitido los requisitos de publicidad, dará lugar a la cancelación inmediata del procedimiento por parte de la autoridad de aplicación en cualquier estado de trámite en que se encuentre.

  • Datos de la Licitación (DDL) Esta sección contiene disposiciones específicas para la Contratación del Servicios, y complementa la Sección I, Instrucciones a los Oferentes.

  • PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS La presentación de ofertas se realiza en acto público en presencia xx xxxxxxx o xxxx xx xxx en el lugar indicado en las bases, en la fecha y hora establecidas en la convocatoria. La presentación puede realizarse por el mismo participante o a través de un tercero, sin que se exija formalidad alguna para ello. El acto público se inicia cuando el comité de selección empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron en el procedimiento, para que entreguen sus ofertas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se tiene por desistido. En la apertura del sobre que contiene la oferta, el comité de selección debe anunciar el nombre de cada participante y el precio de la misma. Asimismo, verifica la presentación de los documentos requeridos en la sección específica de las bases de conformidad con el artículo 53 del Reglamento. De no cumplir con lo requerido la oferta se considera no admitida. Esta información debe consignarse en acta, con lo cual se da por finalizado el acto público. En caso el comité de selección no admita la oferta el postor puede solicitar que se anote tal circunstancia en el acta, debiendo el notario o xxxx xx xxx mantenerla en custodia hasta el consentimiento de la buena pro, salvo que en el acto de presentación de ofertas o en fecha posterior el postor solicite su devolución. Después de abierto cada sobre que contiene la oferta, el notario o xxxx xx xxx procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la oferta. Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el notario o xxxx xx xxx, los miembros del comité de selección, el veedor y los postores que lo deseen. De acuerdo a lo previsto en el artículo 53 del Reglamento, en el acto de presentación de ofertas se puede contar con un representante del Sistema Nacional de Control, quien participa como veedor y debe suscribir el acta correspondiente.

  • Datos de la Licitación 29 SecciónIII. Países Elegibles 38

  • Presentación y Apertura de las Ofertas IAO 23.1 Los Oferentes “no tendrán” la opción de presentar sus ofertas electrónicamente.