Evaluación y calificación de propuestas Cláusulas de Ejemplo

Evaluación y calificación de propuestas. El método de evaluación y calificación de propuestas que será establecido en el Reglamento debe objetivamente permitir una selección de la calidad y tecnología requeridas, dentro de los plazos más convenientes y al mejor costo total. El referido método deberá exigir la presentación de los documentos estrictamente necesarios por parte de los postores. El Reglamento establecerá los criterios, el sistema y los factores aplicables para cada tipo de bien, servicio u obra a contratarse. En las contrataciones sujetas a la modalidad de Subasta Inversa se adjudicará la Buena Pro a la propuesta de menor costo, no siendo aplicable puntajes, bonificaciones, promociones u otros beneficios adicionales que impliquen una evaluación distinta.
Evaluación y calificación de propuestas. La evaluación de propuestas se sujeta a las reglas siguientes:
Evaluación y calificación de propuestas. En virtud al presente proceso licitatorio, la Empresa Corani S.A. se reserva el derecho de evaluar las Propuestas presentadas por los Proponentes bajo procedimientos particulares y criterios propios, en beneficio de sus legítimos intereses. En este sentido, la participación de los Proponentes en el presente proceso licitatorio se entenderá como la renuncia anticipada a derechos y acciones que podrían invocarse para formular reclamos, demandas judiciales o extrajudiciales en caso de que no llegasen a ser favorecidos con la adjudicación del Contrato por el servicio de alquiler de una Retroexcavadora para la etapa de operación del sistema de aducción Málaga – San Xxxxxxx (Gestión 2016-2017). La metodología de evaluación de las propuestas se realizará por Xxxxxxx y Xxxxx (Opción 2) Previa a la evaluación de propuestas se realiza la revisión de la Documentación Legal y Administrativa del Proponente (Etapa de Habilitación) Una vez habilitada la propuesta se procede a la Evaluación Propuesta Técnica y Económica con el cumplimiento de requisitos mínimos y con la calificación de requisitos adicionales y costo. Se realizará el análisis del cumplimiento o no de los aspectos legales y administrativos: 1 Carta del Presentación del Proponente SI / NO 2 Fotocopia Certificado de Registro FUNDEMPRESA (Vigente) (Si corresponde) SI / NO 3 Fotocopia del Número de Registro Tributario (NIT) SI / NO 4 Boleta de Garantía Bancaria de Seriedad de Propuesta. SI / NO 5 Fotocopia Poder del Representante Legal (Si corresponde) SI / NO 6 Fotocopia de Documento de Constitución (Si corresponde) SI / NO 7 Fotocopia Cedula de Identidad del Representante Legal SI / NO En caso de haberse verificado el Cumplimiento en los siete (7) Ítems, la Propuesta está habilitada a la siguiente etapa, caso contrario esta descalificada.
Evaluación y calificación de propuestas. El método de evaluación y calificación de propuestas que será establecido en el Reglamento, debe objetivamente permitir una selección de la calidad y tecnología requeridas dentro de los plazos más convenientes y al mejor valor total. El método deberá exigir la presentación de los documentos estrictamente necesarios por parte de los postores. El Reglamento establecerá los criterios, el sistema y los factores aplicables para cada tipo de bien, servicio u obra a adquirirse o contratarse.
Evaluación y calificación de propuestas. Del 04/01/2017 Hasta 05/01/2017 (Dentro de los 2 días hábiles de presentadas)
Evaluación y calificación de propuestas i. Tanto la evaluación técnica como la evaluación económica se califican sobre mil (1000) puntos. El puntaje para determinar la oferta con el mayor puntaje total será el promedio ponderado de ambas evaluaciones. Las ponderaciones serán de 0.80 para la evaluación técnica y de 0.20 para la evaluación económica. Así tenemos que para el postor i: PTi = 0.80 x PETi + 0.20 x PEi Donde: PTi = Puntaje Total del postor “i” PETi= Puntaje por Evaluación Técnica del postor “i” PEi = Puntaje por Evaluación Económica del postor “i” ii. Se procederá a la verificación de las propuestas económicas y su concordancia con la estructura del presupuesto de las Bases. iii. En la evaluación de las propuestas no se tendrán en cuenta factores que no figuren en las presentes Bases y en los documentos complementarios.
Evaluación y calificación de propuestas. 1. En la adquisición de bienes y suministros, así como en la contratación de servicios en general y de arrendamientos, es de aplicación lo dispuesto en los Artículos 60, 61, 67 y 68, según corresponda. 2. En la contratación de servicios de consultoría, sin perjuicio del cumplimiento de los Artículos 62 y 68, las Bases podrán establecer puntajes máximos para los factores técnicos teniendo en cuenta los siguientes márgenes: a) Factores referidos al consultor : Entre 20 y 30 puntos b) Factores referidos al personal c) Factores referidos al servicio ofertado : Entre 30 y 40 puntos 3. En la contratación de obras, es de aplicación lo dispuesto en el Artículo 70. 4. Las Bases pueden disponer que la evaluación y la calificación de propuestas, así como el otorgamiento de la Buena Pro, se realicen en actos separados. (*) (*) Artículo modificado por el Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM publicado el 03-07-2001, cuyo texto es el siguiente:
Evaluación y calificación de propuestas. 1. En la adquisición de bienes y suministros, así como en la contratación de servicios en general y de arrendamientos, es de aplicación lo dispuesto en los Artículos 61, 62, 67 y 68, según corresponda. 2. En la contratación de servicios de consultoría, sin perjuicio del cumplimiento de los Artículos 62 y 68, las Bases podrán establecer puntajes máximos para los factores técnicos teniendo en cuenta los siguientes márgenes: a) Factores referidos al consultor : Entre 20 y 30 puntos b) Factores referidos al personal propuesto expresamente indicado en las Bases : Entre 40 y 50 puntos c) Factores referidos al servicio ofertado : Entre 25 y 35 puntos 3. En la contratación de obras, la evaluación de las propuestas se efectuará de acuerdo con las siguientes reglas: a) Cuando las Bases consideren al plazo de ejecución como único factor técnico de evaluación: i. La evaluación técnica consistirá en asignar el puntaje xxxxxx xx xxxx (10) puntos a la oferta técnica de menor plazo de ejecución. Al resto de propuestas se les asignará puntajes en forma inversamente proporcional, de acuerdo a la escala, función, fórmula o criterio que para el efecto establezcan las Bases. Los puntajes resultantes de la evaluación técnica no podrán ser negativos. ii. La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo de noventa (90) puntos a la oferta económica de menor costo. Al resto de propuestas, se les asignará puntaje según lo establecido para estos casos en el Artículo 66. iii. La Buena Pro se otorgará en mesa y en el mismo acto a la propuesta que obtenga el mejor costo total, salvo que las Bases hayan previsto actos separados para la evaluación y el otorgamiento de la Buena Pro. b) Cuando las Bases hayan considerado, adicionalmente al plazo de ejecución, los factores establecidos en el Artículo 64, la evaluación de las propuestas se efectuará siguiendo el método y procedimiento descritos en los Artículos 65, 66 y 70. 4. Las Bases pueden disponer que la evaluación y la calificación, así como el otorgamiento de la Buena Pro, se realicen en actos separados. (*) (*) Artículo modificado por el Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM publicado el 03-07-2001, cuyo texto es el siguiente:
Evaluación y calificación de propuestas. 1. En la adquisición de bienes y suministros, así como en la contratación de servicios en general y de arrendamientos, es de aplicación lo dispuesto en los Artículos 61, 62, 67 y 68, según corresponda. 2. En la contratación de servicios de consultoría, sin perjuicio del cumplimiento de los Artículos 62 y 68, las Bases podrán establecer puntajes máximos para los factores técnicos teniendo en cuenta los siguientes márgenes: a. Factores referidos al consultor: Entre 25 y 35 puntos b. Factores referidos al personal propuesto expresamente indicado en las Bases: Entre 45 y 55 puntos c. Factores referidos al servicio ofertado: Entre 15 y 25 puntos 3. En la contratación de obras, es de aplicación lo dispuesto en el Artículo 70. En el caso de obras que se ejecuten fuera de las provincias de Lima y Callao, cuyos montos correspondan a adjudicaciones directas selectivas, se considerará una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas técnicas y económica de los postores con domicilio legal en el lugar o lugares colindantes donde se ejecutará la obra objeto del proceso de selección. 4. Las Bases pueden disponer que la evaluación y la calificación, así como el otorgamiento de la Buena Pro, se realicen en actos separados.
Evaluación y calificación de propuestas. La Buena Pro será otorgada por el Comité Especial por la totalidad del servicio por ítem, al Postor que obtenga el más alto puntaje del resultado de la Evaluación Técnica-Económica. La Evaluación Técnica se realizará de acuerdo a los Criterios establecidos en las presentes Bases. Por lo tanto, los resultados de evaluaciones de ofertas del mismo servicio en eventos anteriores no tienen validez alguna para el presente Proceso de Selección. No se admitirán Términos de Referencia del servicio ofertado por los postores que sean diferentes a las establecidas en las presentes Bases será descalificado. Si en el proceso de evaluación, se encontraran documentos, que no guardan la veracidad o estén incorrectos con los hechos, el postor será descalificado. La calificación se hará de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. El Comité Especial evaluará y calificará cada propuesta, conforme a una escala que sumará cien (100) puntos de acuerdo con el Anexo Nº15 y de acuerdo con los criterios que se detallan a continuación.