CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

CELEBRACIÓN DEL CONTRATO. La contratación se perfeccionará mediante la notificación fehaciente de la Orden de Compra o la firma del Contrato, según corresponda, momento en el cual comenzarán a correr los plazos fijados en dicho documento. Las órdenes de compra o los contratos se podrán prorrogar por única vez y por un plazo igual o menor al de la OC o del Contrato y/o ampliarse o disminuirse hasta un máximo del treinta y cinco por ciento (35%) de los mismos, de acuerdo a los puntos XVI.3 y XVI.4 del Reglamento de Compras y Contrataciones de EANA.
CELEBRACIÓN DEL CONTRATO. La contratación se perfeccionará mediante la notificación fehaciente de la Orden de Compra o la firma del Contrato, según corresponda, momento en el cual comenzarán a correr los plazos fijados en dicho documento. En el plazo de cinco (5) días siguientes a la notificación de la adjudicación el Adjudicatario deberá presentar a una Garantía de Cumplimiento de Contrato, constituida en algunas de las formas previstas en el artículo 13° del PCGO, por el diez por ciento (10%) del importe total de la contratación, la cual se extenderá hasta la recepción definitiva de obra. Si el Contratista no integrara la garantía de cumplimiento del contrato, el Comitente podrá rescindirlo, en cuyo caso el Contratista perderá la garantía de mantenimiento de oferta. Las órdenes de compra o los contratos se podrán prorrogar por única vez y por un plazo igual o menor al de la OC o del Contrato y/o ampliarse o disminuirse hasta un máximo del treinta y cinco por ciento (35%) de los mismos, de acuerdo a los puntos XVI.3 y XVI.4 del Reglamento de Compras y Contrataciones de EANA.
CELEBRACIÓN DEL CONTRATO. Los proponentes aceptan íntegramente las condiciones y obligaciones de la presente invitación pública y aquellas que de conformidad con la ley deben tener los contratos celebrados con la Administración Pública. En caso de dudas, vacíos o aclaraciones, el orden de prelación será el siguiente: invitación, oferta. El proponente que resulte favorecido en la adjudicación deberá suscribir el contrato dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la audiencia de adjudicación. En el evento de exigirse garantía única y/o póliza de responsabilidad civil extracontractual el contratista contará con dos (2) días hábiles para presentarlas. Este término empezará a contarse a partir de la firma del contrato. Si dentro del término señalado el proponente seleccionado no suscribe el respectivo contrato, la UIAF, mediante acto administrativo motivado, dentro de los quince (15) días siguientes al vencimiento de dicho término, podrá adjudicar el contrato al proponente que haya ocupado el segundo lugar, siempre y cuando cumpla con las especificaciones requeridas por la UIAF, atendiendo los parámetros del inciso 2º, numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993. Salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, si el adjudicatario no suscribe el contrato o no cumple con los requisitos de ejecución dentro del término señalado, la UIAF, iniciará las actuaciones administrativas pertinentes sin perjuicio de las acciones legales conducentes al reconocimiento de responsabilidades. Previa existencia de la correspondiente apropiación presupuestal, la Unidad de Información y Análisis Financiero, en cumplimiento de sus responsabilidades y competencia administrativa, podrá eliminar, aumentar o disminuir en cualquier momento las cantidades de los bienes y servicios a contratar, según las necesidades de la misma, previa comunicación por escrito al contratista. El contrato a suscribir es de OBRA bajo la modalidad de precios unitarios fijos sin formula de reajuste.
CELEBRACIÓN DEL CONTRATO. Dada la naturaleza consensual, uniforme y de adhesión del presente Contrato de Servicios Públicos, el mismo existe desde que la persona prestadora define las condiciones uniformes en las que está dispuesta a prestar el servicio y el propietario, o quien utiliza un inmueble determinado, solicita recibir allí el servicio, siempre y cuando el solicitante y el inmueble se encuentran en las condiciones previstas por la Empresa. Del mismo modo se entenderá que existe contrato de servicios públicos, en aquellos casos en que pese a no mediar solicitud del suscriptor y/o usuario, la empresa presta efectiva y legalmente los servicios públicos de acueducto y alcantarillado.
CELEBRACIÓN DEL CONTRATO. La contratación se perfeccionará mediante la notificación fehaciente de la Orden de Compra o la firma del Contrato, según corresponda, momento en el cual comenzarán a correr los plazos fijados en dicho documento.
CELEBRACIÓN DEL CONTRATO. 2.1 El establecimiento de las relaciones contractuales entre las Partes se garantizará de la siguiente manera:
CELEBRACIÓN DEL CONTRATO. La contratación se perfeccionará en los términos y condiciones establecidos en punto XII, xvii) del Reglamento de Compras y Contrataciones de EANA mediante la aceptación de la OC ya sea mediante formato electrónico o documento debidamente rubricado; o la firma del Contrato, según corresponda. Si notificada la OC, dentro de los dos (2) días siguientes y la misma no fuese rechazada, se la considerará aceptada.
CELEBRACIÓN DEL CONTRATO. Antes de celebrar el contrato, el experto seleccionado deberá presentar los siguientes documentos:
CELEBRACIÓN DEL CONTRATO. Es cierto que la Resolución de Adjudicación expresa la voluntad de la Entidad de aceptar la propuesta considerada más conveniente para la Entidad y según la teoría de las obligaciones se tendría prácticamente perfeccionado el Contrato, sin embargo la Contratación Estatal requiere el cumplimiento de requisitos para perfeccionar el Contrato y poder continuar con su Ejecución. Se procede entonces a elaborar la minuta del Contrato y tramitar su firma por parte xxx Xxxxxxx de Cumbitara y el proponente seleccionado una vez se cuente con toda la documentación requerida según la modalidad del contrato. Una vez suscrito el contrato, el contratista deberá legalizarlo, es decir el pago de las estampillas correspondientes y la constitución de las garantías y la aprobación de las mismas (si es del caso), y el pago de los derechos de publicación (de ser del caso). Se remite al Tesorero funcionario encargado de presupuesto para que realice el correspondiente Registro Presupuestal. De los requisitos de perfeccionamiento, ejecución y pago: De conformidad con lo previsto en el Artículo 34 del Decreto 1510 de 2013, en el Cronograma de cada proceso, la Alcaldia de Cumbitara señalará el plazo para la celebración del contrato, para el registro presupuestal, la publicación en el Secop y para el cumplimiento de los requisitos establecidos en el pliego de condiciones para el perfeccionamiento, la ejecución y el pago del contrato. El Artículo 41 de la Ley 80 de 1993 modificado por el Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, exige que, con la aprobación de la póliza de garantía, previamente elevado por escrito el acuerdo de voluntades generador de derechos y obligaciones y suscrito por las partes, junto con la existencia del Registro Presupuestal, se da inicio a la Ejecución del Contrato, con la remisión del contrato al interventor dicho documento representa el acto que define con exactitud el momento en que empiezan a desarrollarse las obligaciones consagradas en el Contrato. Si se ha pactado en el Contrato un anticipo o un pago anticipado, es necesario recordar que su valor en ningún caso podrá exceder el cincuenta por ciento (50%) del valor del respectivo Contrato.
CELEBRACIÓN DEL CONTRATO. Se entiende celebrado el presente contrato a partir del momento en que el usuario solicita y acepta recibir el servicio por cualquiera de los medios dispuestos por UNE para dicho efecto y cumple las condiciones establecidas por UNE para ello.