Common use of APORTACIÓN A LA CARTERA Clause in Contracts

APORTACIÓN A LA CARTERA. 1. Para la contratación de este servicio será precisa una aportación de efectivo o acciones y/o participaciones de instituciones de inversión colectiva por importe igual o superior a euros. 2. El CLIENTE, pone a disposición de Ibercaja Banco, S.A.U., (en adelante la ENTIDAD) los instrumentos financieros y efectivo identificados mediante Anexo I al presente Contrato, para su gestión en los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato. 3. El servicio de gestión comenzará a prestarse el primer día hábil en el que el patrimonio aportado por el CLIENTE alcance el importe de la aportación inicial mínima requerida. Si transcurridos tres (3) meses desde la firma del presente Contrato, el patrimonio aportado por el CLIENTE para su gestión no alcanzase el importe mínimo requerido a que se refiere la cláusula séptima anterior, el Contrato quedará automáticamente resuelto.

Appears in 2 contracts

Samples: Contrato De Gestión De Cartera, Contrato De Gestión De Cartera De Instituciones De Inversión Colectiva

APORTACIÓN A LA CARTERA. 1. 1.1 Para la contratación de este servicio será precisa una aportación de efectivo o acciones y/o participaciones de instituciones de inversión colectiva por importe igual o superior a euros. 2. 1.2 El CLIENTE, pone a disposición de Ibercaja Banco, S.A.U.S.A., (en adelante la ENTIDAD) los instrumentos financieros y efectivo identificados mediante Anexo I al presente Contrato, para su gestión en los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato. 3. 1.3 El servicio de gestión comenzará a prestarse el primer día hábil en el que el patrimonio aportado por el CLIENTE alcance el importe de la aportación inicial mínima requerida. Si transcurridos tres (3) meses desde la firma del presente Contrato, el patrimonio aportado por el CLIENTE para su gestión no alcanzase el importe mínimo requerido a que se refiere la cláusula séptima el apartado primero anterior, el Contrato quedará automáticamente resuelto.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Gestión De Cartera

APORTACIÓN A LA CARTERA. CONDICIONES PARTICULARES (C.P.) 1. Para la contratación de este servicio será precisa una aportación de efectivo o acciones y/o participaciones de instituciones de inversión colectiva por importe igual o superior a euros. 2. El CLIENTE, pone a disposición de Ibercaja Banco, S.A.U., (en adelante la ENTIDAD) los instrumentos financieros y efectivo identificados mediante Anexo I al presente Contrato, para su gestión en los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato. 3. El servicio de gestión comenzará a prestarse el primer día hábil en el que el patrimonio aportado por el CLIENTE alcance el importe de la aportación inicial mínima requerida. Si transcurridos tres (3) meses desde la firma del presente Contrato, el patrimonio aportado por el CLIENTE para su gestión no alcanzase el importe mínimo requerido a que se refiere la cláusula séptima el apartado primero anterior, el Contrato quedará automáticamente resuelto.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Gestión De Cartera

APORTACIÓN A LA CARTERA. 1. Para la contratación de este servicio será precisa una aportación de efectivo o acciones y/o participaciones de instituciones de inversión colectiva por importe igual o superior a euros. 2. El CLIENTE, pone a disposición de Ibercaja Banco, S.A.U., (en adelante la ENTIDAD) los instrumentos financieros y efectivo identificados mediante Anexo I al presente Contrato, para su gestión en los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato. 3. El servicio de gestión comenzará a prestarse el primer día hábil en el que el patrimonio aportado por el CLIENTE alcance el importe de la aportación inicial mínima requerida. Si transcurridos tres (3) meses desde la firma del presente Contrato, el patrimonio aportado por el CLIENTE para su gestión no alcanzase el importe mínimo requerido a que se refiere la cláusula séptima el apartado primero anterior, el Contrato quedará automáticamente resuelto.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Gestión De Cartera De Instituciones De Inversión Colectiva

APORTACIÓN A LA CARTERA. CONDICIONES PARTICULARES (C.P.) 1. Para la contratación de este servicio será precisa una aportación de efectivo o acciones y/o participaciones de instituciones de inversión colectiva por importe igual o superior a euros. 2. El CLIENTE, pone a disposición de Ibercaja Banco, S.A.U.S.A., (en adelante la ENTIDAD) los instrumentos financieros y efectivo identificados mediante Anexo I al presente Contrato, para su gestión en los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato. 3. El servicio de gestión comenzará a prestarse el primer día hábil en el que el patrimonio aportado por el CLIENTE alcance el importe de la aportación inicial mínima requerida. Si transcurridos tres (3) meses desde la firma del presente Contrato, el patrimonio aportado por el CLIENTE para su gestión no alcanzase el importe mínimo requerido a que se refiere la cláusula séptima el apartado primero anterior, el Contrato quedará automáticamente resuelto.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Gestión De Cartera De Instituciones De Inversión Colectiva