Catalogación de puestos xx xxxxxxx. 1. Se crean los puestos xx xxxxxxx como sistema de ordenación complementario al propio sistema de clasificación y como elemento esencial del sistema xx xxxxxxx vertical para el conjunto del personal laboral. Los puestos xx xxxxxxx tipo son los que figuran en el catálogo que aparece recogido como anexo VI, así como los que, en su caso, se aprueben de conformidad con lo previsto en el apartado 2 de este artículo. En el catálogo de puestos xx xxxxxxx tipo se determina su denominación, adscripción al grupo profesional, nivel salarial y sistema de provisión. La concreción de otros datos, como área de actividad, categoría profesional, en su caso, o excepcionalmente cualquier otro requisito específico de titulación o experiencia requerido para su desempeño, se reflejarán en las relaciones de puestos de trabajo en función de los elementos peculiares de cada puesto específico. Un puesto xx xxxxxxx tipo, en función de las competencias funcionales o tareas asignadas al mismo, habrá de encontrarse integrado en el sistema de clasificación conforme a las siguientes reglas básicas para su desempeño: a) Deberá estar, en todo caso, adscrito a uno o a dos grupos de clasificación, siempre que, en este último caso, ambos sean consecutivos.
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Catalogación de puestos xx xxxxxxx. 1. Se crean los puestos xx xxxxxxx como sistema de ordenación complementario al propio sistema de clasificación y como elemento esencial del sistema xx xxxxxxx vertical para el conjunto del personal laboral. Los puestos xx xxxxxxx tipo son los que figuran en el catálogo que aparece recogido como anexo VI, así como los que, en su caso, se aprueben de conformidad con lo previsto pre- visto en el apartado 2 de este artículo. En el catálogo de puestos xx xxxxxxx tipo se determina su denominación, adscripción al grupo profesional, nivel salarial y sistema de provisión. La concreción de otros datos, como área de actividad, categoría profesional, en su caso, o excepcionalmente cualquier otro requisito específico de titulación o experiencia experien- cia requerido para su desempeño, se reflejarán en las relaciones de puestos de trabajo en función de los elementos peculiares de cada puesto específico. Un puesto xx xxxxxxx tipo, en función de las competencias funcionales o tareas asignadas asig- nadas al mismo, habrá de encontrarse integrado en el sistema de clasificación conforme confor- me a las siguientes reglas básicas para su desempeño:
a) Deberá estar, en todo caso, adscrito a uno o a dos grupos de clasificación, siempre que, en este último caso, ambos sean consecutivos.
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