CESE DE LA COBERTURA DESPUÉS DE LA TERMINACIÓN DE LA PÓLIZA. En caso de que una póliza sea terminada por cualquier motivo, la cobertura cesa en la fecha efectiva de terminación, y la aseguradora sólo será responsable por siniestros o tratamientos cubiertos bajo los términos de la póliza que se hayan
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CESE DE LA COBERTURA DESPUÉS DE LA TERMINACIÓN DE LA PÓLIZA. En caso de que una póliza sea terminada por cualquier motivo, la cobertura cesa en la fecha efectiva de terminación, y la aseguradora sólo será responsable por siniestros o tratamientos tra- tamientos cubiertos bajo los términos de la póliza que se hayanhayan iniciado o llevado a cabo antes de la fecha efectiva de terminación de la misma. No hay cobertura para el inicio de ningún tratamiento que ocurra después de la fecha efectiva de terminación.
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CESE DE LA COBERTURA DESPUÉS DE LA TERMINACIÓN DE LA PÓLIZA. En caso de que una póliza sea terminada por cualquier motivo, la cobertura cesa en la fecha efectiva efec- tiva de terminación, y la aseguradora sólo será responsable por siniestros o tratamientos cubiertos bajo los términos de la póliza que se hayanhayan llevado a cabo antes de la fecha efectiva de terminación de la misma. No hay cobertura para ningún tratamiento que ocurra después de la fecha efectiva de terminación, inde- pendientemente de cuándo se presentó por primera vez la condición o cuánto tra- tamiento adicional pueda ser necesario.
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CESE DE LA COBERTURA DESPUÉS DE LA TERMINACIÓN DE LA PÓLIZA. En caso de que una póliza sea terminada por cualquier motivo, la cobertura cesa en la fecha efectiva de terminación, y la aseguradora sólo será responsable por siniestros o tratamientos cubiertos bajo los términos de la póliza que se hayanhayan iniciado o llevado a cabo antes de la fecha
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