CESION Y QUIEBRA. El Proveedor no podrá, excepto después de haber obtenido el consentimiento por escrito de la UNESCO, ceder, transferir, dar en prenda o disponer de otro modo de la presente Orden de Compra, o parte de ella, o cualquiera de los derechos u obligaciones del Proveedor en virtud de la presente Orden de Compra. Si el Proveedor cayera en insolvencia o perdiera el control de la empresa por causa de insolvencia, la UNESCO podrá, sin perjuicio de cualesquiera otros derechos o recursos, rescindir inmediatamente la presente Orden de Compra emplazando al Proveedor mediante aviso escrito de terminación.
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CESION Y QUIEBRA. 11.1 El Proveedor no podrá, excepto después de haber obtenido el consentimiento por escrito de la UNESCO, ceder, transferir, dar en prenda o disponer de otro modo de la presente Orden de Compra, o parte de ella, o cualquiera de los derechos u obligaciones del Proveedor en virtud de la presente Orden de Compra. .
11.2 Si el Proveedor cayera en insolvencia o perdiera el control de la empresa por causa de insolvencia, la UNESCO podrá, sin perjuicio de cualesquiera otros derechos o recursos, rescindir inmediatamente la presente Orden de Compra emplazando al Proveedor mediante aviso escrito de terminación.
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