CIERRE DE LA CUENTA. El cliente podrá cerrar la Cuenta de Ahorros en cualquier momento, mediante carta debidamente firmada por él que deberá entregar en cualquier Sucursal. Promerica podrá cerrar la Cuenta de Ahorros y sus servicios complementarios dando por terminado el presente contrato sin responsabilidad de su parte, a su exclusivo criterio, sin necesidad de requerimientos ni avisos previos, en cualquier momento en que se dé alguno de los siguientes casos: a. Cuando a juicio de Promerica el Cliente utilice la Cuenta de Ahorro o los servicios complementarios en forma inadecuada o ajena al marco o los fines previstos en este contrato. b. Cuando el cliente disponga de tarjetas de debito y Promerica u otros emisores tengan indicios de la existencia de irregularidades o anomalías en el uso de la tarjeta; o cuando se reciban informes u otros elementos confiables que revelen que el Cliente muestra un comportamiento irregular en el uso de otras tarjetas que puedan suponer un riesgo para Promerica. c. Si el Cliente fuera declarado en quiebra o insolvencia, o se acogiere a las diligencias de administración por intervención judicial. d. Si el Cliente fuera una persona jurídica y ésta se disolviere por cualquier causa, o venciere su plazo social o el de vigencia de sus representantes, apoderados o mandatarios. e. Incumplimiento de las cláusulas del presente contrato.
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CIERRE DE LA CUENTA. El cliente podrá cerrar la Cuenta de Ahorros Corriente en cualquier momento, mediante carta debidamente firmada por él que deberá entregar en cualquier Sucursal. Promerica podrá cerrar la Cuenta de Ahorros Corriente y sus servicios complementarios dando por terminado el presente contrato sin responsabilidad de su parte, a su exclusivo criterio, sin necesidad de requerimientos ni avisos previos, en cualquier momento en que se dé alguno de los siguientes casos:
a. Cuando a juicio de Promerica el Cliente utilice la Cuenta de Ahorro Corriente o los servicios complementarios en forma inadecuada o ajena al marco o los fines previstos en este contrato.
b. Cuando el cliente disponga de tarjetas de debito débito y Promerica u otros emisores tengan indicios de la existencia de irregularidades o anomalías en el uso de la tarjeta; o cuando se reciban informes u otros elementos confiables que revelen que el Cliente muestra un comportamiento irregular en el uso de otras tarjetas que puedan suponer un riesgo para Promerica.
c. Si el Cliente fuera declarado en quiebra o insolvencia, o se acogiere a las diligencias de administración por intervención judicial.
d. Si el Cliente fuera una persona jurídica y ésta se disolviere por cualquier causa, o venciere su plazo social o el de vigencia de sus representantes, apoderados o mandatarios.
e. Incumplimiento de las cláusulas del presente contrato.
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