Cirugía estética Cláusulas de Ejemplo

Cirugía estética. Cualquier cirugía o procedimiento que no sea Médicamente Necesario, cuyo objetivo principal sea mejorar o cambiar la apariencia de cualquier parte del cuerpo, pero que no restaure la función corporal, corrija un estado de enfermedad, la apariencia física o la desfiguración causada por un accidente, defecto de nacimiento, o corrija o mejore naturalmente una función fisiológica. La cirugía estética incluye, pero no se limita a, la rinoplastia, la lipectomía, la cirugía de la piel flácida o sobrante, cualquier procedimiento de aumento o reducción (por ejemplo, mamoplastia, liposucción, queloides, rinoplastia y cirugía asociada) o tratamiento relacionado con las consecuencias o como resultado de la Cirugía Estética. Un centro que proporciona servicios limitados de atención médica básica a los Miembros sin necesidad de cita previa. Estas clínicas pueden funcionar en las principales farmacias o tiendas minoristas. Los servicios médicos suelen ser prestados por Asistentes Médicos y Enfermeros Practicantes.
Cirugía estética. Incluye los tratamientos concertados descritos en el Resumen de Garantías del presente Contrato. Se incluyen también los servicios de habitación, quirófano, anestesia y cirujano.
Cirugía estética xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx Incluye servicios de habitación, quirófano, anestesia y cirujano Importe máximo de la coste de los servicios • Aumento mamario 5.840 € • Reducción mamaria 7.320 € • Mastopexia con prótesis 6.980 € • Ginecomastia 4.200 € • Rinoplastia 5.040 € • Lipolifting de grasa por zona 1.800 € • Blefaroplastia completa 3.240 € • Lifting temporal 2.200 € • Lifting coronal 3.200 € • Lifting de brazos 4.740 € • Abdominoplastia especial 7.550 € • Abdominoplastia 7.088 € • Pexia de glúteos 6.850 € • Hiperhidrosis con botox 450 € • Sutura lóbulos rasgados en consulta 475 € • Ninfoplastia de reducción 2.400 € • Liposucción grande 4.650 € • Liposucción pequeña 3.550 € • Liposucción mediana + aumento mamario 7.350 € • Otoplastia 2.800 € • Xxxxx xx Xxxxxxx 1.800 € • Cirugía refractiva con láser oftalmológico: miopía, hipermetropía y astigmatismo mediante técnica Lasik. La cirugía refractiva es un conjunto de procedimientos quirúrgicos que modifican la anatomía del ojo, especialmente la córnea, eliminando definitivamente los defectos refractivos de la miopía, hipermetropía y astigmatismo para que no sea necesario el uso de gafas o lentes de contacto. Existen numerosas técnicas como el láser excimer, las lentes fáquicas, incisiones astigmáticas o lentes intraoculares. En aquellos casos en que exista participación del asegurado en el coste de los servicios, éste deberá abonar la participación directamente al profesional o al centro.
Cirugía estética gastos médicos, quirúrgicos, hospitalarios y farmacéuticos complementarios a la Asistencia Sanitaria, con la finalidad de corregir por vía quirúrgica los defectos estéticos que hayan quedado tras la curación y dentro de los 12 meses siguientes a la misma.
Cirugía estética. Abdominoplastia Importe máximo 7.088€ Abdominoplastia + aumento mamario Importe máximo 9.860€ Abdominoplastia especial Importe máximo 7.550€. Aumento mamario Importe máximo 5.840€ Blefaroplastia completa Importe máximo 3.240€ Blefaroplastia superior o inferior Importe máximo 2.160€ Xxxxx xx xxxxxxx Importe máximo 1.800€ Cirugía menor ambulante (verrugas, nevus, lipomas) Importe máximo 750€ Eliminación tatuajes por zona Importe máximo 600€ Estrechamiento del canal vaginal (vaginoplastia) Importe máximo 2.700€ Ginecomastia Importe máximo 4.200€ Ginecomastias con lipo (pseudoginecomastia) Importe máximo 2.950€ Himenoplastia Importe máximo 2.500€ Hiperhidrosis con botox Importe máximo 450€ Lifting cervico - facial Importe máximo 5.500€ Lifting completo Importe máximo 11.400€ Lifting coronal Importe máximo 3.200€ Lifting de brazos Importe máximo 4.740€ Lifting de muslos Importe máximo 5.600€ Lifting temporal Importe máximo 2.200€ Lipofiling de grasa por zona Importe máximo 1.800€ Liposucción grande Importe máximo 4.650€ Liposucción grande + aumento mamario Importe máximo 7.850€ Liposucción mediana Importe máximo 4.150€ Liposucción mediana + aumento mamario Importe máximo 7.350€ Liposucción pequeña Importe máximo 3.550€ Liposucción pequeña + aumento mamario Importe máximo 6.750€ Mastopexia con prótesis Importe máximo 6.980€ Mastopexia sin prótesis Importe máximo 5.750€ Mentoplastia con relleno Importe máximo 3.480€ Miniabdominoplastia Importe máximo 4.950€ Ninfoplastia de reducción Importe máximo 2.400€ Otoplastia Importe máximo 2.800€ Pexia xx xxxxx Importe máximo 1.500€ Pexia de glúteos Importe máximo 6.850€ Pezones invertidos Importe máximo 2.400€ Prótesis de gemelos Importe máximo 6.500€ Prótesis de glúteos Importe máximo 7.850€ Prótesis de pectorales Importe máximo 7.500€ Recambio de prótesis Importe máximo 6.960€ Reduccion mamaria Importe máximo 7.320€ Rino septoplastia Importe máximo 4.800€ Rinoplastia Importe máximo 5.040€ Secuela traumática de mama Importe máximo 6.750€ Sutura lóbulos rasgados en consulta Importe máximo 475€ Chequeo cardiovascular Importe máximo 1.000€ Chequeo completo Importe máximo 1.520€ Chequeo completo plus Importe máximo 3.400€ Chequeo deportivo Importe máximo 960€ Chequeo general Importe máximo 720€ Chequeo viajero Importe máximo 880€ Conservación sangre cordón umbilical Importe máximo por cordón 1.600€ Conservación sangre y tejido cordón umbilical Importe máximo por cordón 1.850€ Diagnostico precoz digestivo Importe máximo 632€ ...
Cirugía estética. POR ACCIDENTE VEHICULAR
Cirugía estética gastos médicos, quirúr-
Cirugía estética gastos médicos, quirúrgicos, hospitalarios y farmacéuticos complementarios a la Asistencia Sanitaria, con la finalidad de corregir por vía quirúrgica los defectos estéticos que hayan quedado tras la curación y dentro de los 12 meses siguientes a la misma. Quedan expresamente incluidas las prótesis dentarias (injertos, coronas, puentes). Solo se garantizan las gafas siempre que su uso fuera necesario como consecuencia del siniestro sufrido. en la Circulación de Vehículos a Motor, o disposiciones que la modifiquen o sustituyan.
Cirugía estética participación del asegurado en el

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  • Software (i) Si durante el plazo de noventa (90) días posteriores a la entrega del Software a usted (el "Periodo de garantía"), el Software, según lo haga disponible RIM o cualquier distribuidor autorizado de RIM, no fuera capaz de realizar las funciones descriptas en la Documentación habitual del usuario final para ese elemento del Software ("Especificaciones") al usarse según lo indica RIM en la Documentación aplicable al tipo y versión específica del Software junto con otras partes no alteradas de Su Solución BlackBerry, RIM, a su opción y criterio exclusivo, realizará esfuerzos razonables para corregir o proporcionarle a usted una solución al problema correspondiente (y esa reparación o solución se la puede proporcionar RIM a Usted a criterio razonable de RIM de un modo entre una variedad de modos, inclusive, en el transcurso de un soporte telefónico o por correo electrónico, en un software generalmente disponible para lanzar reparaciones, en el sitio web de RIM o de cualquier otro modo por el cual RIM le informa a Usted) o le proporcionará a Usted un reembolso por los cargos pagados por única vez por el Software correspondiente si Usted deja de usar el Software y el medio en el que le fue proporcionado el Software y devuelve a RIM todo el embalaje relacionado con aquél, de acuerdo con Su mecanismo de devolución de garantía habitual (que puede ser a través de Su Proveedor de servicio de tiempo de conexión, si corresponde, o del punto de venta) dentro del Periodo de garantía junto con la constancia de compra.

  • TERMINACION DEL CONTRATO 11.1 Terminación del contrato.- El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.

  • Nulidad Serán nulos y sin valor los actos o contratos de cualquier naturaleza que se celebren entre las partes o las reglamentaciones internas que se dicten, que establezcan para su personal el despido por causa de matrimonio.

  • Revisión salarial El incremento de todos los conceptos económicos del presente Convenio para el periodo comprendido entre el 1 de Julio de 2015 y el 30 xx Xxxxx de 2016 será del 1,75%, tal y como se refleja en las tablas salariales del Anexo I del presente Convenio. El incremento para el periodo comprendido entre el 1 de Julio de 2016 y el 30 xx Xxxxx de 2017 será del 1,5%. El incremento para el periodo comprendido entre el 1 de Julio de 2017 y el 30 xx Xxxxx de 2018 será del 1,25%. En enero de 2018, la Comisión Paritaria, analizada la situación del sector y los acuerdos a que haya llegado las centrales sindicales con la CEOE, negociará el incremento de todos los conceptos económicos para el último año de vigencia del convenio. Se pacta expresamente que todos los Pactos Salariales firmados al amparo del artículo 32 quedarán prorrogados en su vigencia hasta el 30 xx xxxxx de 2018, con la revisión para 2015/16, 2016/17 y 2017/18 que las partes acuerdan para los conceptos económicos. La empresa y la representación de los trabajadores/as deberán firmar un acta para establecer la citada revisión salarial y las tablas salariales, procediendo a su registro, interesando su publicación en el BOP y manteniendo en su integridad las cláusulas vigentes en el pacto anterior.

  • Verificación En los casos de los artículos 108, 109 y 110 el trabajador o quien lo represente tendrá derecho a inspeccionar la documentación que fuere necesaria para verificar las ventas o utilidades en su caso. Estas medidas podrán ser ordenadas a petición de parte, por los órganos judiciales competentes.

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Los Oferentes/Proponentes deberán mantener las Ofertas por el término de noventa (90) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura. La Entidad Contratante, excepcionalmente podrá solicitar a los Oferentes/Proponentes una prórroga, antes del vencimiento del período de validez de sus Ofertas, con indicación del plazo. Los Oferentes/Proponentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus Ofertas, por lo cual la Entidad Contratante procederá a efectuar la devolución de la Garantía de Seriedad de Oferta ya constituida. Aquellos que la consientan no podrán modificar sus Ofertas y deberán ampliar el plazo de la Garantía de Seriedad de Oferta oportunamente constituida.

  • Características generales El Proponente, deberá prestar los siguientes servicios, sin limitarse a las actividades y suministros descritos a continuación, en las condiciones solicitadas y autorizadas previamente por el FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ, confirmando y legalizando la orden del servicio, con oficio firmado por el Ordenador del gasto o por quien el designe para tal fin. Cada servicio debe cubrir los costos de prestaciones sociales, impuestos, tasas y demás contribuciones decretados por el Gobierno Nacional, Departamental o Municipal y todos los demás gastos inherentes al cumplimento del Contrato. Cada solicitud requerida, tendrá características específicas dependiendo de su naturaleza, número de participantes, ubicación geográfica, entre otras particularidades. La cobertura de los servicios se atenderá a los lugares del territorio nacional en los que se requieran. El proponente deberá garantizar la ejecución del servicio de acuerdo a las características, condiciones y calidad óptima, evitando demoras en los tiempos de respuesta favorable a los requerimientos: Tiempo máximo que tiene el Contratista para responder al requerimiento: hasta máximo 12 horas. En los casos excepcionales que la Entidad requiera del desarrollo de servicios inmediatos, los tiempos serán reducidos de conformidad con el requerimiento enviado. La Entidad contratante podrá adicionar o cancelar el servicio previamente aprobado, con un mínimo de 12 horas, enviando vía email la justificación y solicitud respectiva; por lo que en todo caso no se cobrará por parte del Contratista ningún valor por concepto de dicha cancelación. De igual forma, a la terminación de cada solicitud atendida, el Proponente estará en la obligación de certificar el servicio, diligenciando el FORMATO F-BS-33 (Versión 09)- CERTIFICACION DE EJECUCION DE CONTRATO PARA PROVEEDORES expedida por EL DAPRE. Los servicios que se encuentren en la propuesta económica, se deberán suministrar a los precios establecidos en la misma y a los cuales únicamente se les reconocerá el IVA, sin aplicar EN NINGUNA CIRCUNSTANCIA porcentaje de intermediación. (Exceptuando los servicios que oscilen por la dinámica xxx xxxxxxx). El Contratista deberá solicitar autorización por escrito, cuando se requiera realizar alguna modificación al servicio aprobado. El contratista deberá disponer de una persona 24/7, que atienda el servicio de comunicación, bien sea telefónico, vía emails, WhatsApp o mensajería instantánea, o cualquier otro medio de comunicación, de tal manera que permita coordinar y ejecutar las actividades a fin de que se lleguen a buen término.

  • Tablas salariales 1. Los salarios base y el Plus Convenio pactados en el presente Convenio, en cómputo anual, por grupos y niveles profesionales serán los establecidos en el Anexo I: Tabla Salarial y Plus Convenio Año 2017, de este Convenio.

  • DOMICILIO Y JURISDICCIÓN LA ARRENDATARIA señala como su domicilio el que figura en este documento. A dicho domicilio se le harán llegar las comunicaciones o notificaciones judiciales y/o extrajudiciales a que hubiera lugar. En caso de titularidad conjunta, la comunicación realizada a cualquiera de los titulares de la(s) cuenta(s) servirá respecto de todos. La variación del domicilio de LA ARRENDATARIA, así como de cualquier cambio respecto a los datos proporcionados a EL BANCO, deberá ser comunicada a éste mediante comunicación escrita dirigida a la oficina donde mantenga abierta cualquiera de sus cuentas, o a través de Internet, si EL BANCO lo solicita expresamente. Dicho cambio de domicilio solamente puede ser realizado dentro del área urbana de esta misma ciudad. EL BANCO entenderá que el cambio de cualquiera de los datos proporcionados por LA ARRENDATARIA a EL BANCO será de aplicación para todos los productos y/o servicios que haya contratado LA ARRENDATARIA, salvo que éste manifieste expresamente y por escrito lo contrario. EL BANCO señala como su domicilio para efectos de la aplicación de las presentes Condiciones sus oficinas en esta ciudad. Sin perjuicio de ello, y sólo tratándose del departamento de Lima, el domicilio de EL BANCO será el de su sede central ubicada en Xx. Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xx 0000, Xxx Xxxxxx. En dichos casos, LA ARRENDATARIA deberá hacer entrega de las comunicaciones en la mesa de partes de las oficinas de EL BANCO señaladas en la presente cláusula. Las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces del distrito judicial que corresponda a la oficina de EL BANCO donde se otorgó el arrendamiento financiero materia de este contrato. Tratándose de oficinas ubicadas en el departamento de Lima, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces y tribunales del distrito judicial del Cercado de Lima.

  • Garantías personales Se respetarán a título individual las condiciones de trabajo que fueran superiores a las establecidas en el presente Convenio, consideradas en su conjunto y en cómputo anual.