Clasificación de ofertas y Adjudicación del Contrato. Las aperturas de la oferta técnica y criterios sujetos a juicio de valor (Sobre B) y de ofertas económicas y otros criterios evaluables automáticamente (Sobre C) se hará en acto público. La Mesa de Contratación, valorará las ofertas conforme a los criterios señalados en el Pliego y en el plazo establecido en el mismo. Las propuestas que no cumplan las prescripciones técnicas exigidas no serán objeto de valoración. La valoración de las proposiciones y la selección de la oferta más ventajosa se harán atendiendo a criterios vinculados al objeto del contrato, que se detallarán en los pliegos, y que deberán garantizar el respeto a los principios de transparencia, no discriminación, igualdad de trato y evaluación en condiciones de competencia efectiva. Deberá darse prioridad a criterios que puedan cuantificarse por referencia a factores objetivos y ser expresados en cifras o porcentajes. Cuando sólo se utilice un criterio de adjudicación éste ha de ser, necesariamente, el económico. Se podrán solicitar los informes técnicos necesarios internos (o externos si fuera estrictamente necesario), los cuales deberán incorporarse al expediente de contratación. La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de 2 meses a contar desde el día siguiente a la apertura de proposiciones. No obstante, en los casos en los que de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento sobre Colaboración, se requiera autorización previa del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, dicha adjudicación tendrá carácter de provisional. La adjudicación definitiva no se producirá hasta la obtención de la preceptiva autorización. En todos los procedimientos de contratación deberá adjuntarse un informe escrito que contenga, como mínimo, la siguiente información: a) objeto e importe del contrato; b) licitadores seleccionados y motivos que justifican su selección; c) licitadores excluidos y causas de su exclusión; d) motivos por los que se hayan rechazado ofertas consideradas anormalmente bajas; e) adjudicatario propuesto y justificación de la selección de su oferta, y f) causas por las que, en su caso, se declare desierto un procedimiento. La Unidad de Contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que se hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación: Acreditación de haber concertado una póliza de seguro que cubra los riesgos de responsabilidad civil derivados de su actividad de conformidad con el apartado 13.4 del presente Xxxxxx, salvo que se haya tenido que presentar como solvencia económica y financiera (Anexo III). Constitución de la garantía que, en su caso, sea procedente. Certificados acreditativos de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias así como con la Seguridad Social, emitidos con fecha posterior a este requerimiento. Certificado bancario de titularidad de la cuenta corriente que designe para el pago del precio del contrato, emitido con posterioridad a la fecha de la notificación del requerimiento. Toda la documentación administrativa señalada en la cláusula 13 en caso de haber presentado declaración responsable de aportarla al resultar adjudicatario. De no cumplirse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Unidad de Contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación del contrato se comunicará al oferente que haya resultado elegido a efectos de proceder a su formalización y se publicará en el perfil del contratante.
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Samples: Contratación Del Servicio De Asesoría Y Representación Jurídica, Servicio De Investigación Por Medio De Detectives Privados
Clasificación de ofertas y Adjudicación del Contrato. Las aperturas de La adjudicación se realizará a la oferta técnica que presente la mejor relación calidad-precio en virtud de los criterios de adjudicación económicos y cualitativos establecidos en el apartado 17 del cuadro de características . Los criterios sujetos a juicio de valor (Sobre Badjudicación establecidos persiguen los siguientes objetivos:
a) y Lograr una mayor transparencia en la contratación pública.
b) Conseguir una mejor relación calidad-precio. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de ofertas económicas y otros acuerdo con los criterios evaluables automáticamente (Sobre C) se hará que figuran en acto públicoel presente Xxxxxx. La Mesa mesa de Contratacióncontratación o, valorará en su defecto el órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las ofertas conforme proposiciones presentadas, para posteriormente elevar la correspondiente propuesta al órgano de contratación, en el caso de que la clasificación se realice por la mesa de contratación. Para realizar la clasificación, se atenderá a los criterios señalados en el Pliego y en el plazo establecido en el mismo. Las propuestas que no cumplan las prescripciones técnicas exigidas no serán objeto de valoración. La valoración de las proposiciones y la selección de la oferta más ventajosa se harán atendiendo a criterios vinculados al objeto del contrato, que se detallarán en los pliegos, y que deberán garantizar el respeto a los principios de transparencia, no discriminación, igualdad de trato y evaluación en condiciones de competencia efectiva. Deberá darse prioridad a criterios que puedan cuantificarse por referencia a factores objetivos y ser expresados en cifras o porcentajes. Cuando sólo se utilice un criterio de adjudicación éste ha previstos en la cláusula 17 del cuadro de sercaracterísticas, necesariamente, el económico. Se podrán pudiéndose solicitar los cuantos informes técnicos necesarios internos (o externos si fuera estrictamente necesario)se estime pertinentes. Una vez valoradas las ofertas y clasificadas, los cuales deberán incorporarse en caso de existir un órgano de asistencia, la mesa de contratación elevará una propuesta al expediente órgano de contratación. La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo El órgano de 2 meses a contar desde el día siguiente a contratación aceptará la apertura de proposiciones. No obstante, en los casos en los que de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento sobre Colaboración, se requiera autorización previa del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, dicha adjudicación tendrá carácter de provisional. La adjudicación definitiva no se producirá hasta la obtención propuesta de la preceptiva autorización. En todos los procedimientos mesa de contratación deberá adjuntarse un informe escrito que contenga, como mínimo, la siguiente información: a) objeto e importe del contrato; b) licitadores seleccionados y motivos que justifican su selección; c) licitadores excluidos y causas de su exclusión; d) motivos por los que se hayan rechazado ofertas consideradas anormalmente bajas; e) adjudicatario propuesto y justificación de la selección de su oferta, y f) causas por las quecontratación, en su casocaso y si se desviará de dicha propuesta, se declare desierto un procedimientolo motivará. La Unidad propuesta de Contratación requerirá al selección del licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa mejor oferta, según el órgano de contratación, recibirá un requerimiento para queque en el plazo de 10 días hábiles, dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél aquel en que se hubiera hubiese recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación justificativa de las circunstancias a las que se refieren las letras a) a c) del apartado 1 del artículo 140 si no se hubiera aportado con anterioridad, tanto al licitador como de aquellas empresas a cuyas capacidades se recurra, además de cuanta documentación: Acreditación de haber concertado una póliza de seguro que cubra los riesgos de responsabilidad civil derivados de su actividad , relacionada con la licitación, se le requiera en la citada comunicación. Todo ello de conformidad con el apartado 13.4 del presente Xxxxxx, salvo que se haya tenido que presentar como solvencia económica y financiera (Anexo III). Constitución artículo 150.2 de la garantía queLey 9/2017, en su caso, sea procedente. Certificados acreditativos de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias así como con la Seguridad Social, emitidos con fecha posterior a este requerimiento. Certificado bancario de titularidad de la cuenta corriente que designe para el pago Contratos del precio del contrato, emitido con posterioridad a la fecha de la notificación del requerimiento. Toda la documentación administrativa señalada en la cláusula 13 en caso de haber presentado declaración responsable de aportarla al resultar adjudicatarioSector Público. De no cumplirse cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en ese caso concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 71. En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Unidad calificación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos exigidos en el artículo 140 de la LCSP será realizada por la Mesa de Contratación deberá en aquellos procedimientos en que se haya constituido de conformidad con la LCSP y los procedimientos internos de ACUAMED. En el resto de los casos, la documentación será calificada por el órgano de contratación correspondiente o por los servicios en los que estos deleguen. Presentada adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, el órgano de contratación procederá a adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La resolución de adjudicación del contrato se comunicará al oferente que haya resultado elegido a efectos de proceder a su formalización deberá ser motivada y se publicará notificará a los candidatos y licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 1 del contratanteartículo 155 LCSP, la notificación y la publicidad a que se refiere el apartado anterior deberán contener la información necesaria que permita a los interesados en el procedimiento de adjudicación interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación, y entre ella en todo caso deberá figurar la siguiente:
a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
b) Con respecto a los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, los motivos por los que no se haya admitido su oferta, incluidos, en los casos contemplados en el artículo 126, apartados 7 y 8 LCSP los motivos de la decisión de no equivalencia o de la decisión de que las obras, los suministros o los servicios no se ajustan a los requisitos de rendimiento o a las exigencias funcionales; y un desglose de las valoraciones asignadas a los distintos licitadores, incluyendo al adjudicatario.
c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de este con preferencia respecto de las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas; y, en su caso, el desarrollo de las negociaciones o el diálogo con los licitadores.
d) El régimen de recursos que los licitadores pueden utilizar.
e) En la notificación se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato conforme al apartado 3 del artículo 153 de la LCSP. La notificación se realizará por medios electrónicos de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta LCSP.
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Clasificación de ofertas y Adjudicación del Contrato. Las aperturas de la oferta técnica y criterios sujetos a juicio de valor (Sobre B) y de ofertas económicas y otros criterios evaluables automáticamente (Sobre C) se hará en acto público. La Mesa de Contratación, valorará las ofertas conforme a los criterios señalados en el Pliego y en el plazo establecido en el mismo. Las propuestas que no cumplan las prescripciones técnicas exigidas no serán objeto de valoración. La valoración de las proposiciones y la selección de la oferta más ventajosa se harán atendiendo a criterios vinculados al objeto del contrato, que se detallarán en los pliegos, y que deberán garantizar el respeto a los principios de transparencia, no discriminación, igualdad de trato y evaluación en condiciones de competencia efectiva. Deberá darse prioridad a criterios que puedan cuantificarse por referencia a factores objetivos y ser expresados en cifras o porcentajes. Cuando sólo se utilice un criterio de adjudicación éste ha de ser, necesariamente, el económico. Se podrán solicitar los informes técnicos necesarios internos (o externos si fuera estrictamente necesario), los cuales deberán incorporarse al expediente de contratación. La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de 2 meses a contar desde el día siguiente a la apertura de proposiciones. No obstante, en los casos en los que de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento sobre Colaboración, se requiera autorización previa del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, dicha adjudicación tendrá carácter de provisional. La adjudicación definitiva no se producirá hasta la obtención de la preceptiva autorización. En todos los procedimientos de contratación deberá adjuntarse un informe escrito que contenga, como mínimo, la siguiente información: a) objeto e importe del contrato; b) licitadores seleccionados y motivos que justifican su selección; c) licitadores excluidos y causas de su exclusión; d) motivos por los que se hayan rechazado ofertas consideradas anormalmente bajas; e) adjudicatario propuesto y justificación de la selección de su oferta, y f) causas por las que, en su caso, se declare desierto un procedimiento. La Unidad de Contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que se hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación: Acreditación de haber concertado una póliza de seguro que cubra los riesgos de responsabilidad civil derivados de su actividad de conformidad con el apartado 13.4 del presente XxxxxxPliego, salvo que se haya tenido que presentar como solvencia económica y financiera (Anexo III). Constitución de la garantía que, en su caso, sea procedente. Certificados acreditativos de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias así como con la Seguridad Social, emitidos con fecha posterior a este requerimiento. Certificado bancario de titularidad de la cuenta corriente que designe para el pago del precio del contrato, emitido con posterioridad a la fecha de la notificación del requerimiento. Toda la documentación administrativa señalada en la cláusula 13 en caso de haber presentado declaración responsable de aportarla al resultar adjudicatario. De no cumplirse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Unidad de Contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación del contrato se comunicará al oferente que haya resultado elegido a efectos de proceder a su formalización y se publicará en el perfil del contratante.
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Samples: Contratación Del Servicio De Asesoría Y Representación Jurídica
Clasificación de ofertas y Adjudicación del Contrato. Las aperturas de Una vez valoradas las ofertas presentadas por la oferta técnica y criterios sujetos a juicio de valor (Sobre B) y de ofertas económicas y otros criterios evaluables automáticamente (Sobre C) se hará en acto público. La Mesa de Contratación, valorará las ofertas Contratación conforme a los criterios señalados en el Pliego y en el plazo establecido en el mismo. Las propuestas que no cumplan las prescripciones técnicas exigidas no serán objeto de valoración. La valoración de las proposiciones y la selección de la oferta más ventajosa se harán atendiendo a criterios vinculados al objeto del contrato, que se detallarán en los pliegos, y que deberán garantizar el respeto a los principios de transparencia, no discriminación, igualdad de trato y evaluación en condiciones de competencia efectiva. Deberá darse prioridad a criterios que puedan cuantificarse por referencia a factores objetivos y ser expresados en cifras o porcentajes. Cuando sólo se utilice un criterio de adjudicación éste ha de ser, necesariamente, el económico. Se podrán solicitar establecidos en este pliego y emitidos los informes técnicos necesarios internos (o externos si fuera estrictamente necesario), los cuales deberán incorporarse al expediente de contratación. La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de 2 meses a contar desde el día siguiente a la apertura de proposiciones. No obstante, en los casos en los que de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento sobre Colaboración, se requiera autorización previa del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, dicha adjudicación tendrá carácter de provisional. La adjudicación definitiva no se producirá hasta la obtención de la preceptiva autorización. En todos los procedimientos de contratación deberá adjuntarse un informe escrito que contenga, como mínimo, la siguiente información: a) objeto e importe del contrato; b) licitadores seleccionados y motivos que justifican su selección; c) licitadores excluidos y causas de su exclusión; d) motivos por los que se hayan rechazado ofertas consideradas anormalmente bajas; e) adjudicatario propuesto y justificación de la selección de su oferta, y f) causas por las quesolicitados, en su caso, ésta procederá a formular la propuesta de clasificación de ofertas (que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme al artículo 152 del TRLCSP), por orden decreciente, al órgano de contratación. En el caso de que dos o más proposiciones se declare desierto encuentren igualadas como las más ventajosa, tendrá preferencia de adjudicación, siempre que hayan presentado la documentación acreditativa, cualquiera de las siguientes empresas: - empresas con trabajadores con discapacidad conforme a los señalado en la cláusula 10, epígrafe VIII (Sobre 1. Documentación), - sociedades Cooperativas Andaluzas de trabajo asociado y las de segundo o ulterior grado que las agrupen; - empresa que tengan la marca de excelencia o desarrollen medida destinadas a lograr la igualdad de oportunidades, conforme a la cláusula 10, epígrafe VIII (Sobre 1. Documentación), - empresas de inserción reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresa de inserción, que cumplan con los requisitos establecidos en dicha normativa para tener esta consideración. Si aún así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tiene preferencia de adjudicación conforme al párrafo anterior, resultará adjudicataria aquella que hubiese obtenido una mayor puntuación en el criterio de valoración al que se le haya asignado mayor puntuación. Y en el caso de que continuara la igualdad se procederá a la realización de un procedimientosorteo. La Unidad El órgano de Contratación contratación clasificará las ofertas por orden decreciente y requerirá al licitador que haya presentado la oferta proposición económicamente más ventajosa ventajosa, de conformidad con los criterios de adjudicación, para que, que dentro del plazo xx xxxx días hábiles hábiles, a contar desde el siguiente a aquél aquel en que se hubiera recibido el requerimiento, y siempre con carácter previo a la firma del contrato, presente la siguiente documentación: Acreditación de haber concertado una póliza de seguro que cubra los riesgos de responsabilidad civil derivados de su actividad de conformidad con el apartado 13.4 :
1.- Documentación acreditativa del presente Xxxxxxalta, salvo que se haya tenido que presentar como solvencia económica y financiera (Anexo III). Constitución referida al ejercicio corriente, o abono de la garantía queúltima anualidad, en su caso, sea procedente. del Impuesto de Actividades Económicas, completado con una declaración expresa responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
2.- Certificación actualizada del Registro Mercantil acreditativa de la vigencia de las facultades o poderes del representante de la empresa adjudicataria, en su caso.
3.- Documento acreditativo de haber constituido y depositado la fianza definitiva.
4.- Documento justificativo de haber abonado todos los gastos inherentes al procedimiento licitatorio: publicaciones, anuncios, etc.
5.- Certificados acreditativos expedidos por la Tesorería General de la Seguridad Social, Delegación de Hacienda y la Recaudación Ejecutiva Municipal de no ser deudor.
6.- Certificado de hallarse al corriente con la AEAT, a los efectos de lo previsto en el cumplimiento de obligaciones tributarias así como con la Seguridad Social, emitidos con fecha posterior a este requerimiento. Certificado bancario de titularidad de la cuenta corriente que designe para el pago del precio del contrato, emitido con posterioridad a la fecha de la notificación del requerimiento. Toda la documentación administrativa señalada en la cláusula 13 en caso de haber presentado declaración responsable de aportarla al resultar adjudicatario. De no cumplirse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La Unidad de Contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación del contrato se comunicará al oferente que haya resultado elegido a efectos de proceder a su formalización y se publicará en el perfil del contratante.artículo 43.1
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Samples: Licitación De Servicio De Limpieza