ADJUDICACION DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

ADJUDICACION DEL CONTRATO. Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación del contrato deberá dictarse en todo caso, siempre que alguna de las ofertas presentadas sea admisible de acuerdo con los requisitos exigidos en el pliego de cláusulas, no pudiendo en tal caso declararse desierta la licitación. No obstante, en los términos previstos en el artículo 155 del TRLCSP, la Administración, antes de la adjudicación del contrato, podrá renunciar a la celebración del contrato por los motivos y en los términos del referido artículo. La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos: - En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura. - Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta. - En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas. - En la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
ADJUDICACION DEL CONTRATO. A la vista de la propuesta formulada por la Mesa y de los informes técnicos que pudiesen haberse solicitado, en su caso, el órgano de contratación clasificará por orden decreciente, las proposiciones presentadas, de conformidad con los criterios establecidos en la clausula sexta. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquél en que reciba el requerimiento por parte del Ayuntamiento, presente la siguiente documentación: - Certificación de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. - Documentos acreditativos de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato. - Justificante de haber constituido la garantía definitiva. - Justificante acreditativo del pago de los correspondientes anuncios de licitación. - Póliza de seguro de responsabilidad civil, con una cobertura mínima por valor de 150.000 euros. - Alta o último recibo del IAE, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, que les faculte para su ejercicio en el municipio. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. El plazo indicado en el apartado anterior se ampliará en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 152.3 TRLCSP. De no producirse la adjudicación dentro de los plazos señalados en los dos párrafos anteriores, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados.
ADJUDICACION DEL CONTRATO. La adjudicación se acordará en resolución motivada en el plazo máximo de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones, cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios, y en el plazo máximo de quince días, a contar desde la apertura de las proposiciones, cuando el único criterio de valoración sea el precio. Estos plazos se ampliarán en quince días hábiles en el supuesto de que haya que seguir los trámites señalados en los artículos 136.3 de la LCSP y 22 f) del R.D 817/2009, para las proposiciones desproporcionadas o anormalmente bajas. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, en los términos establecidos en el artículo 135.2 de la LCSP, subordinándose al crédito que para cada ejercicio autoricen los respectivos presupuestos. La adjudicación se notificará a los licitadores al fax que hubieran indicado a efectos de notificaciones y, simultáneamente, se publicará en el Perfil de Contratante del Órgano de Contratación, indicándose el plazo en que debe procederse a su formalización. La adjudicación se notificará y publicará en los términos establecidos en el artículo 135 de la LCSP.
ADJUDICACION DEL CONTRATO. 1º.- Por la Alcaldía-Presidencia se adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
ADJUDICACION DEL CONTRATO. Recibida la propuesta de adjudicación y en la siguiente sesión que se celebre, la Junta de Gobierno Local procederá a clasificar las ofertas conforme al precio más alto, requiriendo en el mismo acto al licitador seleccionado para que en el plazo máximo de 10 DIAS hábiles a contar desde el día siguiente al recibo de la notificación, proceda a:
ADJUDICACION DEL CONTRATO. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
ADJUDICACION DEL CONTRATO. UNA VEZ REALIZADA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES, EL CONTRATO SERÁ ADJUDICADO AL LICITANTE CUYA OFERTA RESULTE SOLVENTE, PORQUE CUMPLE CON LOS REQUISITOS LEGALES, TÉCNICOS Y ECONÓMICOS ESTABLECIDOS EN LA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN, Y POR TANTO GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RESPECTIVAS Y OFERTE EL PRECIO MÁS BAJO SIEMPRE Y CUANDO ÉSTE RESULTE CONVENIENTE. LA ADJUDICACION SERA A UN SOLO LICITANTE POR LA TOTALIDAD DE LOS SERVICIOS SOLICITADOS EN LAS PARTIDAS DE ESTA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN EN CASO DE EXISTIR IGUALDAD DE CONDICIONES, SE DARÁ PREFERENCIA A LAS PERSONAS QUE INTEGREN EL SECTOR DE MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS NACIONALES, PARA LO CUAL EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO, PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO, DEBERÁ PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITE LO MANIFESTADO EN EL ESCRITO SOLICITADO EN EL INCISO F) DEL NUMERAL 5.5.1, CONFORME AL ANEXO 4 DE LA PRESENTE CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN, PRESENTANDO COPIA DE SU ÚLTIMA DECLARACIÓN ANUAL DE IMPUESTOS Y DE LA CONSTANCIA DEL ÚLTIMO PAGO DE CUOTAS OBRERO­PATRONALES AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS). EN CASO DE EMPATE EN EL PRECIO DE DOS O MAS PROPOSICIONES, LA ADJUDICACIÓN SE EFECTUARA A FAVOR DEL LICITANTE, QUE EN SU CASO, HAYA ACREDITADO QUE SE ENCUENTRA EN EL SUPUESTO ESTABLECIDO EN EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTÍCULO 14 DE LA LEY, SI PERSISTIERA EL EMPATE ENTRE DOS O MAS LICITANTES QUE SE ENCUENTREN EN EL SUPUESTO DE ESTE ARTÍCULO, LA ADJUDICACIÓN SE EFECTUARA A FAVOR DEL LICITANTE QUE RESULTE GANADOR DEL SORTEO MANUAL POR INSACULACIÓN QUE CELEBRE LA SEDESOL EN EL PROPIO ACTO DE FALLO, EL CUAL CONSISTIRA EN LA PARTICIPACIÓN DE UN BOLETO POR CADA PROPOSICIÓN QUE RESULTE EMPATADA Y DEPOSITADOS EN UNA URNA, DE LA QUE SE EXTRAERA EN PRIMER LUGAR EL BOLETO DEL LICITANTE GANADOR Y POSTERIORMENTE LOS DEMAS BOLETOS EMPATADOS, CON LO QUE SE DETERMINARAN LOS SUBSECUENTES LUGARES QUE OCUPARAN TALES PROPOSICIONES. LO ANTERIOR SE ASENTARA EN EL ACTA QUE SE LEVANTE CON MOTIVO DEL FALLO DE LA PRESENTE LICITACIÓN. EN CASO DE QUE NO SE CUENTE CON LICITANTES QUE SE ENCUENTREN EN EL SUPUESTO ESTABLECIDO EN EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTÍCULO 14 DE LA LEY, Y SE PRESENTE EMPATE EN EL PRECIO DE DOS O MAS PROPOSICIONES, LA ADJUDICACIÓN SE EFECTUARA A FAVOR DEL LICITANTE QUE RESULTE GANADOR DEL SORTEO MANUAL POR INSACULACIÓN QUE CELEBRE LA SEDESOL EN EL PROPIO ACTO DE FALLO, EL CUAL CONSISTIRA EN LA PARTICIPACION DE UN BOLETO POR CADA PROPOSICIÓN QUE RESULTE EMPATADA Y DEPOSITADOS EN UNA URN...
ADJUDICACION DEL CONTRATO. 7. Sistema de adjudicación.
ADJUDICACION DEL CONTRATO. 7. Sistema de adjudicación. El contrato se adjudicará por el procedimiento abierto o restringido, mediante la forma de concurso, con o sin admisión de variantes o alternativas, según se especifique en el anexo I.
ADJUDICACION DEL CONTRATO. 1º.- Cumplimentados todos los trámites anteriores, por la Alcaldía-Presidencia se adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación aportada por el licitador propuesto para la adjudicación, salvo que, en su caso, existiesen defectos subsanables en la documentación administrativa, en cuyo caso se concederá al licitador, un plazo de tres días hábiles para la subsanación, transcurridos los cuales sin que el licitador hubiese subsanado los defectos apreciados, la Alcaldía- Presidencia formulará el mismo requerimiento, al siguiente licitador según el orden de clasificación de las ofertas.