Colocación Inicial Cláusulas de Ejemplo

Colocación Inicial. En la Fecha de Emisión, los Tenedores, deberán suscribir y pagar el número de Certificados Bursátiles que determine el Administrador, mediante instrucción al Fiduciario, que deberá incluir, cuando menos, la siguiente información: (i) el número y monto de los Certificados que serán puestos en circulación en términos de la Colocación Inicial; (ii) en su caso, el monto y número de Certificados efectivamente suscritos y pagados; (iii) el monto y número total de Certificados pendiente de suscripción y pago; (iv) la Fecha de Registro; y (v) Precio por Certificado, indicando la fecha y fuente de tipo de cambio a utilizarse. A. Realizar la Contribución Inicial que les corresponda según su participación en el Monto Total de Emisión; y B. Realizar Contribuciones Adicionales en cada Fecha de Colocación Subsecuente en términos de cada uno de los Avisos de Derechos correspondientes.