Comité de Comercio de Mercancías. 1. Las Partes establecen el Comité de Comercio de Mercancías compuesto por representantes de cada Parte. 2. El Comité se reunirá a solicitud de una Parte o de la Comisión para considerar cualquier materia comprendida bajo este Capítulo, el Capítulo Cuatro (Reglas de Origen y Procedimientos de Origen) o el Capítulo Cinco (Administración Aduanera y Facilitación del Comercio). 3. Las funciones del Comité incluirán, inter alia: (a) promover el comercio de mercancías entre las Partes, incluyendo a través de consultas sobre la aceleración de la eliminación arancelaria bajo este Acuerdo, y otros asuntos que sean apropiados;
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Samples: Trade Agreement
Comité de Comercio de Mercancías. 1. Las Partes establecen el un Comité de Comercio de Mercancías Mercancías, compuesto por representantes de cada Parte.
2. El Comité se reunirá a solicitud de una cualquier Parte o de la Comisión para considerar cualquier materia comprendida bajo este Capítulo, Capítulo y el Capítulo Cuatro (Reglas programa de Origen y Procedimientos de Origen) o el Capítulo Cinco (Administración Aduanera y Facilitación del Comercio)liberación.
3. Las funciones del Comité incluirán, inter alia:
(a) promover fomentar el comercio de mercancías entre las Partes, incluyendo a través de consultas sobre para la aceleración de la eliminación arancelaria bajo este Acuerdo, Acuerdo y otros asuntos que sean apropiados;; y
(b) considerar los obstáculos al comercio de mercancías entre las Partes, en especial los relacionados con la aplicación de medidas no arancelarias y, si es necesario, someter estos asuntos a la Comisión para su consideración.
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Samples: Acuerdo De Libre Comercio