Reglas de Origen. Para los efectos de las compras del sector público cubiertas por este capítulo, ninguna Parte aplicará reglas de origen a bienes importados de cualquier otra Parte distintas de las reglas de origen establecidas en el capítulo VI, o incompatibles con ellas.
Reglas de Origen. 5. Cada Parte aplicará a la contratación cubierta de una mercancía las reglas de origen que aplique para esa mercancía en el curso normal del comercio.
Reglas de Origen. 5. Cada parte aplicará a la contratación pública cubierta las reglas de origen que aplica en el curso de operaciones comerciales normales de las respectivas mercancías.
Reglas de Origen. 5. Para los efectos de una contratación pública cubierta, cada Parte aplicará a la contratación pública cubierta de mercancías o servicios importados de o suministrados por la otra Parte, las reglas de origen que aplica en el curso normal del comercio de tales mercancías o servicios.
Reglas de Origen. Las Reglas de Origen que han de ser aplicadas bajo el presente Anexo serán las indicadas en el Apéndice I.
Reglas de Origen. Para los efectos de la aplicación del Artículo 10.3, en las contrataciones públicas cubiertas por este Capítulo, ninguna de las Partes aplicará reglas de origen distintas o incompatibles con las reglas de origen que la Parte aplica en las operaciones comerciales normales a las mercancías importadas de la otra Parte.
Reglas de Origen. 1. Ninguna Parte aplicará reglas de origen a los bienes importados de la otra Parte para efectos de compras gubernamentales cubiertas por este título que sean diferentes o incompatibles con las reglas de origen que la Parte aplique en las operaciones comerciales normales.
Reglas de Origen. 4. Cada Parte aplicará respecto a la contratación pública de bienes las reglas de origen que aplica para el comercio normal de esos bienes.
Reglas de Origen. 5. Para efecto de las contrataciones cubiertas, una Parte no podrá aplicar reglas de origen a mercancías o servicios importados de o suministrados por otra Parte que sean diferentes de las reglas de origen que la Parte aplica al mismo tiempo en el curso normal de comercio a importaciones o al suministro de las mismas mercancías y servicios de la misma Parte.
Reglas de Origen. Para los efectos de una contratación cubierta, ninguna Parte aplicará reglas de origen a las mercancías importadas o suplidas por la otra Parte, que sean diferentes a las reglas de origen que la Parte aplica al mismo tiempo en el curso normal del comercio, a las importaciones o suministros de las mismas mercancías de la misma Parte.