COMPROMISO DE TRANSPARENCIA Cláusulas de Ejemplo

COMPROMISO DE TRANSPARENCIA. En el anexo respectivo, el Proponente apoyará la acción del Estado Colombiano y a RTVC para fortalecer la transparencia y la responsabilidad de rendir cuentas, y en este contexto deberá asumir los compromisos contenidos en el documento “COMPROMISO TRANSPARENCIA”, que hace parte de la Documentación Jurídica.
COMPROMISO DE TRANSPARENCIA. (FORMATO No 4)
COMPROMISO DE TRANSPARENCIA. Deberá diligenciar este documento acorde con el formato anexo en los pliegos definitivos, debidamente suscrito por el interesado, su representante legal o apoderado. NOTA: Paro el caso de las personas jurídicas extranjeras que tengan domicilio o sucursal en Colombia, la contabilidad de los negocios que celebren en el país, se hará con sujeción a las Leyes Nacionales, firmado por quienes están en la obligación de realizarlo. Las personas jurídicas extranjeras que no tengan domicilio o sucursal en Colombia, deberán presentar la documentación financiera firmada por el Representante Legal, de conformidad con la legislación propia, de acuerdo con el País de origen y lo señalado en los artículos 251 del Código General del Proceso y en el Artículo 480 del Código de Comercio, acompañado de traducción simple al idioma español, con los valores convertidos a la moneda legal colombiana, a la tasa de cambio de la fecha de cierre de los mismos, avalados con la firma de un Contador Público, inscrito, con tarjeta profesional expedida por la U.A.E. Junta Central de Contadores de Colombia, en los términos ya previstos. Las disposiciones de este Xxxxxx, en cuanto a proponentes extranjeros se regirán sin perjuicio de lo pactado, en tratados o convenios internacionales. A las sociedades extranjeras con sucursal en Colombia, se les aplicaran las reglas de las Sociedades Colombianas, salvo que estuvieren sometidas a normas especiales. En todo proceso de selección de contratistas primara lo sustancial sobre lo formal. En consecuencia no podrá rechazarse una propuesta por la ausencia de requisitos o la falta de documentos que verifiquen las condiciones del proponente o soporten el contenido de la oferta, y que no constituyan los factores de escogencia establecidos por la Entidad en el Pliego de Condiciones, de conformidad con lo previsto en los numerales 2, 3 y 4 del Artículo 5 de la Ley 1150 de 2007. Tales requisitos o documentos podrán ser requeridos por la Entidad en condiciones de igualdad para todos los proponentes. Para verificar los requisitos habilitantes de capacidad financiera de los proponentes se hará con base en la información que suministren en los Estados Financieros a 31 de diciembre de 2017. El estudio financiero de las propuestas HABILITA o NO HABILITA la propuesta, de acuerdo con el resultado de la verificación; esta se efectúa con el fin de asegurar la normal ejecución del objeto a contratar sin riesgos económicos. Para estos efectos se analizará el índice de l...
COMPROMISO DE TRANSPARENCIA. Se utilizará el formulario previsto en el correspondiente Anexo, debidamente diligenciado y suscrito por el proponente, su representante legal o apoderado, en el cual se expresa, entre otros compromisos, el de abstenerse de efectuar acuerdos o realizar actos o conductas que tengan por objeto la colusión en la presente Convocatoria Pública, o que pretendan la distribución de la adjudicación de contratos entre los cuales se encuentre el que es objeto de la presente Convocatoria Pública o la fijación de los términos de la Propuesta; conductos prohibidas por la legislación Colombiana.
COMPROMISO DE TRANSPARENCIA. El proponente deberá aportar con su propuesta, el Formato (Compromiso de Transparencia), debidamente diligenciado. En caso de consorcio o unión temporal esta declaración deberá ser, además, suscrita por cada uno de los integrantes que lo conforman.
COMPROMISO DE TRANSPARENCIA. 4.10 DECLARACIÓN DE NO REPORTAR ANTECEDENTES FISCALES ANTE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA NI SANCIONES QUE IMPLIQUEN INHABILIDAD PARA CONTRATAR CON EL ESTADO.
COMPROMISO DE TRANSPARENCIA. (ANEXO No. 9)
COMPROMISO DE TRANSPARENCIA. Según anexo respectivo Carta de aceptación de las Reglas de Participación De acuerdo al Anexo 1 Poder Cuando el oferente actúe a través de un representante o apoderado deberá acreditar mediante poder, que está expresamente facultado para presentar la oferta y firmar el contrato respectivo si a ello hubiere lugar. Estos poderes requieren nota de presentación personal.
COMPROMISO DE TRANSPARENCIA. El Proponente deberá suscribir el Compromiso de Transparencia con la E.S.E Hospital San Xxxx Xxxxxxxx de Chaparral Tolima, de acuerdo con el formato establecido para tal fin. 15.
COMPROMISO DE TRANSPARENCIA. Los Proponentes deben suscribir el Compromiso Anticorrupción contenido en el Anexo correspondiente que para tal efecto establezca el pliego de condiciones, en el cual manifiestan su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado colombiano contra la corrupción. Si se comprueba el incumplimiento del Proponente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el Proceso de Contratación actúe en su nombre, habrá causal suficiente para el rechazo de la Oferta o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la adjudicación del mismo, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales. El CANAL CAPITAL, revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales y el Registro Único de Proponentes con el fin de verificar que los proponentes no se encuentren incursos en inhabilidades y que no tengan sanciones inscritas que implique inhabilidad para contratar con el Estado. Tratándose de proponentes extranjeros sin domicilio o sin sucursal en Colombia, deberán declarar que no son responsables fiscales, no cuentan con antecedentes disciplinarios ni antecedentes judiciales por actividades ejercidas en Colombia en el pasado, de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 38 de la ley 734 de 2002, en concordancia con el artículo 60 de la ley 610 de 2000, así como en la Ley 1238 de 2008 y que no tienen sanciones vigentes en Colombia que implique inhabilidad para contratar con el Estado.