Comunicación de sanciones. Las sanciones motivadas por faltas graves y muy graves, deberán ser comunicadas por escrito al trabajador, haciendo constar la fecha y hechos que la motivaron. Las sanciones que en orden laboral puedan imponerse, se entienden sin perjuicio de pasar el tanto de culpa a los Tribunales, cuando la falta cometida pueda constituir un delito.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo, Xi Convenio Colectivo De Ámbito Estatal De Centros De Asistencia Y Educación Infantil
Comunicación de sanciones. Las sanciones motivadas por faltas graves y muy graves, deberán ser comunicadas comu- nicadas por escrito al trabajador, haciendo constar la fecha y hechos que la 36 motivaron. Las sanciones que en orden laboral puedan imponerse, se entienden sin perjuicio de pasar el tanto de culpa a los Tribunales, cuando la falta cometida pueda constituir un delito.
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Samples: Convenio Colectivo