CONDICIONES DE ENTREGA Cláusulas de Ejemplo

CONDICIONES DE ENTREGA. La entrega de bienes se realizara dentro de los primeros seis días hábiles del mes de la entrega conforme el programa de suministros. Se establece que el bien adicional (hasta el limite del monto máximo) será solicitado a través de ORDEN DE COMPRA que deberá suministrarse en un plazo no mayor de 7 días hábiles, contados a partir de la solicitud girada por el Departamento de Suministros. Para tales efectos, los comunicados podrán hacerse telefónicamente, vía fax o por escrito. El acuse de recibo, en términos de la Cláusula Novena del presente instrumento, será suficiente para acreditar el momento a partir del cual corre el plazo de entrega. El PROVEEDOR deberá identificar el empaque individual de los bienes que entregue, mediante etiqueta, sello o impresión, con su nombre o razón social. La COMISIÓN a través del jefe de Xxxxxxxxx realizará la inspección para la recepción de los bienes, quien podrá rechazar en el acto aquellos bienes que no satisfagan los requisitos solicitados o aquellos que a simple vista se aprecien maltratados o en mal estado al momento de su recepción. Independientemente de lo previsto en el párrafo que antecede y de acuerdo a la naturaleza del producto o artículo de que se trate, si con posterioridad a la recepción la COMISIÓN se percata del mal estado de los BIENES entregados, deficiencias, lotes incompletos, no sean de la calidad o características requeridas, será obligación del proveedor reponerlos en un plazo no mayor de 3 (tres) días hábiles siguientes a la fecha de la notificación por parte del Departamento de Suministros; las notificaciones podrán hacerse mediante comunicados vía telefónica, vía fax o por escrito. El acuse de recibo, en términos de la Cláusula Novena del presente instrumento, será suficiente para acreditar el momento a partir del cual corre el plazo de entrega. Hasta en tanto no se repongan los bienes respectivos, el proveedor no podrá iniciar el trámite para el pago de la factura correspondiente hasta que el pedido detallado en la propuesta quede totalmente surtido, de acuerdo a las especificaciones solicitadas; en caso de haberse iniciado, este se suspenderá y en caso de que el pedido ya se hubiera pagado la COMISIÓN procederá a realizar y determinar los ajustes ó retenciones que procedan, sin detrimento del derecho que le asista al PROVEEDOR conforme a la Cláusula Octava último párrafo. Los gastos que se generen por motivo de la devolución o del canje, correrán por cuenta y a cargo del PROVEEDOR. La entrega d...
CONDICIONES DE ENTREGA. 2.3.1 En la factura, invariablemente se hará referencia al número y fecha del contrato suscrito.
CONDICIONES DE ENTREGA. Nota: Para bienes de origen Extranjero: Nota: para Proveedor Nacional y bienes Extranjeros: LA EMPRESA CONTRATANTE no proporcionará su registro de importador, ni dará apoyo económico o administrativo para la internación de los bienes a territorio nacional. Nota: Para bienes de origen Nacional:
CONDICIONES DE ENTREGA. LA TRANSPORTACIÓN DE LOS BIENES, LAS MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA EN EL ANDÉN DEL LUGAR DE ENTREGA SERÁN A CARGO DEL PROVEEDOR, ASÍ COMO EL ASEGURAMIENTO DE LOS BIENES, HASTA QUE ESTOS SEAN RECIBIDOS DE CONFORMIDAD POR EL INSTITUTO. DURANTE LA RECEPCIÓN, LOS BIENES ESTARÁN SUJETOS A UNA VERIFICACIÓN VISUAL ALEATORIA, CON OBJETO DE REVISAR QUE SE ENTREGUEN CONFORME CON LA DESCRIPCIÓN DEL CATÁLOGO DE ARTÍCULOS, ASÍ COMO CON LAS CONDICIONES REQUERIDAS EN EL PRESENTE CONTRATO, CONSIDERANDO CANTIDAD, EMPAQUES Y ENVASES EN BUENAS CONDICIONES CABE RESALTAR QUE MIENTRAS NO SE CUMPLA CON LAS CONDICIONES DE ENTREGA ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE CONTRATO, EL INSTITUTO NO DARÁ POR RECIBIDOS Y ACEPTADOS LOS BIENES. EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR JUNTO CON LOS BIENES: REMISIÓN EN LA QUE SE INDIQUE EL NÚMERO DE LOTE, FECHA DE CADUCIDAD (EN CASO DE APLICAR) NÚMERO DE PIEZAS Y DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES; ORDEN DE REPOSICIÓN; EN SU CASO Y COPIA DEL PROGRAMA DE ENTREGAS.
CONDICIONES DE ENTREGA. EL PROVEEDOR se obliga a poner a disposición de LA COMISIÓN los bienes de carácter nacional o los bienes importados directamente por ellos sin intervención de LA COMISIÓN, en los lugares, fechas y condiciones, que se especifican en el anexo 2 La factura deberá cumplir con los requisitos de los Artículos 146, de la Ley Aduanera y 29 A, del Código Fiscal de la Federación. Las maniobras de descarga serán por cuenta de CFE.
CONDICIONES DE ENTREGA. La entrega de los materiales se efectuará en el plazo y lugar establecido en el contrato/pedido, en condiciones DDP según Incoterms 2010. La Empresa Contratista dispondrá de una organización empresarial real, con los medios personales y materiales propios y adecuados a la actividad contratada por el Cliente, los cuales organizará y empleará para el buen cumplimiento de la actividad contratada, y de los que será la única responsable. La Empresa Contratista se obliga a establecer una organización del trabajo autónoma de modo que no pueda darse, con arreglo a la legislación vigente, dependencia laboral alguna con el Cliente. La Empresa Contratista ejecutará las obras y/o prestará los servicios contratados a través de personal integrado en su plantilla, contratado conforme a la legalidad vigente, que cuente con la formación, experiencia y cualificación necesarias para la adecuada ejecución de los servicios contratados, facilitando un historial profesional de dicho personal cuando así fuera solicitado por el Cliente. La Empresa Contratista informará al Cliente de los cambios que se produzcan en el personal asignado a la prestación de los servicios y/o de las obras objeto de este Contrato, así como de cualquier otra circunstancia que pueda afectar a la normal ejecución de los mismos. La organización del trabajo, diseño de tareas y control de los empleados y, en general, cualquier actividad propia de la dirección de los servicios contratados corresponderá exclusivamente a la Empresa Contratista, la cual deberá designar a una persona como responsable de la organización y dirección técnica del personal que haya de asumir el desarrollo de los mismos, así como de las relaciones con el Cliente. Las condiciones laborales y régimen de disciplina del personal de la Empresa Contratista serán de su única y exclusiva competencia, siendo esta última la única responsable de la gestión y dirección de sus propios empleados y del cumplimiento de las obligaciones laborales que le competen, con arreglo a las disposiciones legales de aplicación. Ello no obstante, si surgieran causas justificadas (fundamentalmente de inadaptación a la política preventiva del Cliente), previa solicitud fundada y razonada del Cliente, la Empresa Contratista se compromete a sustituir, sin coste adicional, a aquellos trabajadores que fuesen observados, de forma reiterada, en actitudes no compatibles con los objetivos del trabajo a realizar. La Empresa Contratista facilitará a su personal la ropa de trab...
CONDICIONES DE ENTREGA. La embarcación deberá ser entregada en el Puerto Montevideo, con los certificados xx Xxxxx y Máquinas y Seguridad expedidos por la autoridad marítima –PNN-, cuyo costo (inspecciones y emisión) estará a cargo del oferente. La embarcación será registrada para la actividad xx Xxxxxxxx- Tráfico. En el momento de la entrega de la embarcación, el Contratista proporcionará, por duplicado, por lo menos los siguientes certificados: - - Certificados completos de clasificación. Certificado de Clase: sólo se aceptan certificados “full term” (certificado definitivo, sin observaciones). - Certificado internacional de arqueo. - Certificados internacionales de prevención de contaminación, MARPOL. - Cualquier otro certificado que sea requerido por las autoridades indicadas más arriba bajo “Clasificación” para este tipo de buque. - Certificado de navegabilidad DIRME (Dirección Registral y de Xxxxxx Xxxxxxxx de la República Oriental del Uruguay). - Certificado que dé cuenta del permiso de amarre de la embarcación en el puerto de Punta del Este. Luego de la botadura, y hasta la firma del Acta de Recepción Provisoria, el buque continuará bajo posesión y responsabilidad del contratista. En este período se realizará la puesta en marcha de todos los sistemas del buque y se efectuará el control de todos sus componentes, operación y servicios por un lapso mínimo de 72 horas alternadas. El contratista suministrará la tripulación necesaria para esto, la cual será de su cargo. ANCAP designará a las personas que crea conveniente para presenciar la puesta en marcha; en particular, en este período se llevará a cabo la familiarización de la tripulación designada por ANCAP. La base de operaciones para este período de prueba deberá ser el puerto de Montevideo, y todas las gestiones y costos asociados a la estadía del buque serán de cargo del contratista. Se realizarán las pruebas establecidas en los puntos 10.1, 10.3 y 10.4 de la memoria técnica, incluyendo eventualmente una navegación nocturna, de acuerdo con un Plan de Pruebas para la recepción (que explicitará los criterios -y rangos- de aceptación de estas), que estará diseñado y firmado por un Perito o Ingeniero Naval a contratar por el contratista. Este Plan de Pruebas deberá contar con el aval de la Comisión Técnica de PNN, de la Sociedad Clasificadora seleccionada y de ANCAP, quien, de considerarlo necesario, podría agregar pruebas o modificar los criterios de aceptación propuestos. El oferente deberá brindar capacitación del person...
CONDICIONES DE ENTREGA. Salvo que el Pedido del Cliente indique lo contrario, ADT se reserva la facultad de realizar entregas parciales y/o anticipadas, en cuyo caso la factura se emitirá en las mismas condiciones indicadas en el Pedido. Los plazos de entrega indicados en la Oferta serán meramente indicativos, y al no tomar en consideración los tiempos de transporte, no serán en ningún caso vinculantes para ADT. Con respecto al plazo indicativo anteriormente mencionado, ADT solo será responsable por retrasos en la entrega cuando expresamente así se hubiera acordado en la aceptación del Pedido, salvo en casos de fuerza mayor o causa fortuita; en caso contrario, ADT no responderá por los daños y perjuicios, directos o indirectos, causados por un retraso en la entrega de los Productos. Los plazos de entrega por parte de ADT se entenderán cumplidos en el momento en que ADT comunique que los Productos están preparados para su transporte. Una vez ADT comunique al Cliente que el Producto está preparado, el Cliente dispondrá de un plazo de 3 días para proceder a su recogida en caso de productos con tratamiento antióxido, y de 1 día en caso contrario. Un retraso en la recogida del Producto por parte del Cliente facultará a ADT a almacenarnos a su discreción, bajo responsabilidad del Cliente. El transportista del Cliente deberá acudir a las instalaciones de ADT con toda la documentación relativa al Pedido, incluyendo el Pedido y/o packing list al efecto de obtener la autorización de retirada del Producto. Todos los contratos de suministro se considerarán concluidos en las instalaciones de ADT en Cadrete (Zaragoza), Complejo Industrial “AGRINASA”, naves 13 y 14.
CONDICIONES DE ENTREGA. EL PROVEEDOR INDICARÁ EN LA FACTURA LOS PRECIOS UNITARIOS Y TOTALES DE LOS BIENES SEÑALANDO EL DESGLOSE DE LOS IMPUESTOS Y DERECHOS DE IMPORTACIÓN.
CONDICIONES DE ENTREGA. EL PROVEEDOR SE OBLIGA A PONER A DISPOSICIÓN DE LA COMISIÓN LOS BIENES DE ORIGEN EXTRANJERO DESCRITOS EN LA CLÁUSULA PRIMERA BAJO LA CONDICIÓN CONOCIDA COMO DDP (DELIVERED DUTY PAID) ENTREGADA CON DERECHOS PAGADOS DE ACUERDO A LOS INCOTERMS 2000, EN EL DESTINO FINAL CONVENIDO, POR LO CUAL ASUMIRÁ TODOS LOS GASTOS Y RIESGOS RELATIVOS AL TRANSPORTE (SIN INCLUIR O INCLUYENDO MANIOBRAS DE DESCARGA), ASÍ COMO LOS TRÁMITES DE IMPORTACIÓN, INCLUYENDO EL PAGO DE DERECHOS, IMPUESTOS Y OTRAS CARGAS FISCALES EXIGIBLES PARA SU INTERNACIÓN.