CONDICIONES DE ENTREGA. LA TRANSPORTACIÓN DE LOS BIENES, LAS MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA EN EL ANDEN DEL LUGAR DE ENTREGA SERÁN A CARGO DEL PROVEEDOR, ASÍ COMO EL ASEGURAMIENTO DE LOS BIENES, HASTA QUE ESTOS SEAN RECIBIDOS DE CONFORMIDAD POR EL INSTITUTO. DURANTE LA RECEPCIÓN, LOS BIENES ESTARÁN SUJETOS A UNA VERIFICACIÓN VISUAL ALEATORIA, CON OBJETO DE REVISAR QUE SE ENTREGUEN CONFORME CON LA DESCRIPCIÓN DEL CATÁLOGO DE ARTÍCULOS, ASÍ COMO CON LAS CONDICIONES REQUERIDAS EN LA PRESENTE LICITACIÓN, CONSIDERANDO CANTIDAD, EMPAQUES Y ENVASES EN BUENAS CONDICIONES ASIMISMO, SE VERIFICARÁ QUE EL CÓDIGO XX XXXXXX QUE OSTENTEN LOS BIENES A ENTREGAR CORRESPONDA A LOS EMPAQUES PRIMARIOS Y/O SECUNDARIOS, ASÍ COMO LOS RELATIVOS A LOS EMPAQUES COLECTIVOS, DE ACUERDO A LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CODIFICACIÓN, Y A LA CÉDULA DE ACTUALIZACIÓN DE NÚMEROS DE CÓDIGOS XX XXXXXX, PESOS Y VOLÚMENES, ACTUALIZADA POR LOS PROVEEDORES Y PRESENTADA EN LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. CABE RESALTAR QUE MIENTRAS NO SE CUMPLA CON LAS CONDICIONES DE ENTREGA ESTABLECIDAS EN LAS PRESENTES BASES, EL INSTITUTO NO DARÁ POR RECIBIDOS Y ACEPTADOS LOS BIENES. LOS BIENES DEBERÁN SER ENTREGADOS POR LOS PROVEEDORES BAJO EL ESQUEMA LAB “LIBRE A BORDO” Y DDP “ENTREGA DERECHOS PAGADOS DESTINO FINAL”. “TODOS LOS BIENES QUE ENTREGUE EL PROVEEDOR DEBERÁN CONTENER EL CÓDIGO XX XXXXXX PARA EMPAQUES PRIMARIOS Y/O SECUNDARIOS (CODIGOS UPC-A, UPC-E, EAN-13, O EAN-A8), ASÍ COMO LOS CORRESPONDIENTES A SUS EMPAQUES COLECTIVOS (CODIGO DUN-14), DE ACUERDO A LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CODIFICACIÓN, EL QUE NO DEBERÁ MODIFICARSE DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, PARA TAL EFECTO, DEBERÁN REQUISITAR LA “CÉDULA DE ACTUALIZACIÓN DE NÚMEROS DE CÓDIGOS XX XXXXXX, PESOS Y VOLÚMENES” TOMANDO EN CUENTA SU INSTRUCTIVO DE LLENADO, CONTENIDA EN LOS ANEXOS NÚMERO 19 Y 20 (DIECINUEVE Y VEINTE), DE LAS PRESENTES BASES. LA CÉDULA DEBERÁ SER REQUISITADA POR CADA UNA DE LAS CLAVES EN LA QUE LOS PROVEEDORES RESULTEN ADJUDICADOS. NO SERÁ MOTIVO DE DESCALIFICACIÓN LA NO PRESENTACIÓN DE LA CÉDULA. NOTA: LOS PROVEEDORES QUE HAYAN REQUISITADO LA CÉDULA MENCIONADA A PARTIR DEL MES DE ENERO DE 2008, NO SERÁ NECESARIO QUE LA REQUISITEN NUEVAMENTE; SOLAMENTE SE REQUIERE EN LOS CASOS DE QUE NO SE HAYA REALIZADO A PARTIR DE LA FECHA CITADA O EN LOS CASOS EN QUE HAYA SUFRIDO MODIFICACIONES. LOS BIENES TERAPÉUTICOS QUE SE ENTREGUEN DEBERÁN APEGARSE ESTRICTAMENTE A LAS ESPECIFICACIONES, DESCRIPCIONES, PRESENTACIONES Y DEMÁS CARACTERÍSTICAS QUE SE INDICAN EN EL ANEXO NÚMERO 3 (TRES) EL CUAL FORMA PARTE DE LAS PRESENTES BASES, Y QUE CORRESPONDEN A LA DESCRIPCIÓN DEL CUADRO BÁSICO Y CATÁLOGO DE INSUMOS DEL SECTOR SALUD. EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR JUNTO CON LOS BIENES: REMISIÓN EN LA QUE SE INDIQUE EL NÚMERO DE LOTE, FECHA DE CADUCIDAD (EN CASO DE APLICAR), NÚMERO DE PIEZAS Y DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES; ORDEN DE REPOSICIÓN; EN SU CASO, COPIA DEL PROGRAMA DE ENTREGAS; ADEMÁS INFORME ANALÍTICO DEL LOTE A ENTREGAR, EMITIDO POR EL LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DEL FABRICANTE. EN CASO DE ENTREGAR BIENES CON UNA CADUCIDAD MÍNIMA DE HASTA 9 (NUEVE) MESES, PRESENTAR CARTA COMPROMISO, EN LA CUAL SE OBLIGUE A CANJEAR SIN COSTO ALGUNO PARA EL INSTITUTO, AQUELLOS BIENES QUE NO SEAN CONSUMIDOS, POR EL INSTITUTO, DENTRO DE SU VIDA ÚTIL, IDENTIFICANDO EN DICHA CARTA, LA (S) CLAVE (S) , CON SU DESCRIPCIÓN, FABRICANTE Y NÚMERO DE LOTE. PARA LOS BIENES QUE NO TENGAN FECHA DE CADUCIDAD IMPRESA EN LA ETIQUETA, EL PERÍODO DE GARANTÍA SERÁ DE CINCO AÑOS A PARTIR DE LA FECHA DE FABRICACIÓN, POR LO CUAL EL PROVEEDOR ADJUDICADO DEBE PROPORCIONAR EL SISTEMA DE LOTIFICACIÓN DEL FABRICANTE. EL INSTITUTO, POR CONDUCTO DEL ÁREA ADQUIRENTE, SOLICITARÁ DIRECTAMENTE AL PROVEEDOR, DENTRO DE LOS 3 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES AL MOMENTO EN QUE SE HAYA PERCATADO DEL VICIO OCULTO O PROBLEMA DE CALIDAD, EL CANJE DE LOS BIENES QUE PRESENTEN PROBLEMAS DE CALIDAD O VICIOS OCULTOS. EL PROVEEDOR DEBERÁ REPONER LOS BIENES SUJETOS A CANJE, EN UN PLAZO QUE NO EXCEDERÁ XX XXXX DÍAS HÁBILES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU NOTIFICACIÓN. LOS LOTES DE LOS BIENES TERAPÉUTICOS QUE SE ENTREGUEN AL INSTITUTO POR MOTIVO DE CANJE, SERÁN ACEPTADOS CON EL DICTAMEN DE UN TERCERO AUTORIZADO POR LA SECRETARÍA DE SALUD, EN EL QUE SE CONSTATE QUE CUMPLE CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. EN CASOS JUSTIFICADOS POR EL ÁREA MÉDICA O SOLICITANTE, SE PODRÁN RECIBIR POR CANJE LOS LOTES DE BIENES CON EL INFORME ANALÍTICO DEL LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DEL FABRICANTE, MEDIANTE EL CUAL SE CONSTATE DE IGUAL FORMA, QUE SE CUMPLE CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. EL PROVEEDOR DEBERÁ ADEMÁS VERIFICAR SI OTROS LOTES DE ESTOS BIENES PREVIAMENTE ENTREGADOS, PRESENTAN EL DEFECTO DE CALIDAD INICIALMENTE DETECTADO, DE SER ASÍ DEBERÁ REPONERLOS POR LOTES YA CORREGIDOS. EN LOS CASOS QUE ENSEGUIDA SE DETALLAN SE PROCEDERÁ A LA DEVOLUCIÓN DEL TOTAL DE LAS EXISTENCIAS DE LOS BIENES AL PROVEEDOR, INFORMANDO A LA COFEPRIS Y A LAS ÁREAS MÉDICAS Y DE ADQUISICIONES DE LA DELEGACIÓN Y UMAE, QUE SE TRATE: EN CASO DE QUE CON POSTERIORIDAD A LA ENTREGA DE LOTES CORREGIDOS, SE DETECTE EL MISMO DEFECTO DE LOTES ANTERIORES Y ÉSTOS NO HAYAN SIDO REPUESTOS EN CASO DE QUE SE DEMUESTRE QUE UN BIEN PUEDE PRODUCIR CONDICIONES PELIGROSAS O INSEGURAS PARA LAS PERSONAS QUE LOS UTILICEN. EN CASO DE QUE SE PUEDA REDUCIR EN FORMA DRÁSTICA LA UTILIDAD PARA EL FIN DESTINADO. EL PROVEEDOR SE OBLIGA A RESPONDER POR SU CUENTA Y RIESGO DE LOS DAÑOS Y/O PERJUICIOS QUE POR INOBSERVANCIA O NEGLIGENCIA DE SU PARTE, LLEGUE A CAUSAR AL INSTITUTO Y/O A TERCEROS. EN CASO DE QUE EL INSTITUTO DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO O LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO RECIBA COMUNICADO POR PARTE DE LA SSA, DE QUE HA SIDO SANCIONADO EL PROVEEDOR O SE LE HA REVOCADO EL REGISTRO SANITARIO, SE PODRÁ EN SU CASO, INICIAR EL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. TODOS LOS GASTOS QUE SE GENEREN CON MOTIVO DEL CANJE, CORRERÁN POR CUENTA DEL PROVEEDOR.
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CONDICIONES DE ENTREGA. “EL PROVEEDOR”, DEBERÁ ENTREGAR LA CANTIDAD TOTAL DE BIENES CONSIGNADA EN EL CONTRATO, CONFORME A LOS ____________________________.. LA TRANSPORTACIÓN DE LOS BIENESPAQUETES, LAS MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA EN EL ANDEN DEL LUGAR DE ENTREGA SERÁN A CARGO DEL DE “EL PROVEEDOR”, ASÍ COMO EL ASEGURAMIENTO DE LOS BIENESMISMOS, HASTA QUE ESTOS SEAN RECIBIDOS DE CONFORMIDAD POR “EL INSTITUTO”. DURANTE LA RECEPCIÓN, “EL PROVEEDOR” ESTARÁ SUJETO A LA VERIFICACIÓN VISUAL Y ALEATORIA DE LOS BIENES ESTARÁN SUJETOS A UNA VERIFICACIÓN VISUAL ALEATORIAENTREGADOS, CON OBJETO DE REVISAR QUE SE ENTREGUEN CONFORME CON LA DESCRIPCIÓN DEL CATÁLOGO DE ARTÍCULOS, ASÍ COMO CON LAS CONDICIONES REQUERIDAS EN LA PRESENTE LICITACIÓN, CONSIDERANDO CANTIDAD, EMPAQUES Y ENVASES EN BUENAS CONDICIONES ASIMISMO, SE VERIFICARÁ QUE EL CÓDIGO XX XXXXXX QUE OSTENTEN LOS BIENES A ENTREGAR CORRESPONDA A LOS EMPAQUES PRIMARIOS Y/O SECUNDARIOS, ASÍ COMO LOS RELATIVOS A LOS EMPAQUES COLECTIVOS, DE ACUERDO A LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CODIFICACIÓN, Y A LA CÉDULA DE ACTUALIZACIÓN DE NÚMEROS DE CÓDIGOS XX XXXXXX, PESOS Y VOLÚMENES, ACTUALIZADA POR LOS PROVEEDORES Y PRESENTADA EN LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATOANEXO NÚMERO 1 (UNO) “ASIGNACIÓN. CABE RESALTAR QUE MIENTRAS NO SE CUMPLA CON LAS CONDICIONES DE ENTREGA ESTABLECIDAS EN LAS PRESENTES BASESLA CONVOCATORIA, EL INSTITUTO NO DARÁ POR RECIBIDOS Y ACEPTADOS LOS BIENES. LOS BIENES DEBERÁN SER ENTREGADOS POR LOS PROVEEDORES BAJO “EL ESQUEMA LAB “LIBRE A BORDO” Y DDP “ENTREGA DERECHOS PAGADOS DESTINO FINALPROVEEDOR”. “TODOS LOS BIENES QUE ENTREGUE EL PROVEEDOR DEBERÁN CONTENER EL CÓDIGO XX XXXXXX PARA EMPAQUES PRIMARIOS Y/O SECUNDARIOS (CODIGOS UPC-A, UPC-E, EAN-13, O EAN-A8), ASÍ COMO LOS CORRESPONDIENTES A SUS EMPAQUES COLECTIVOS (CODIGO DUN-14), DE ACUERDO A LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CODIFICACIÓN, EL QUE NO DEBERÁ MODIFICARSE DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, PARA TAL EFECTO, DEBERÁN REQUISITAR LA “CÉDULA DE ACTUALIZACIÓN DE NÚMEROS DE CÓDIGOS XX XXXXXX, PESOS Y VOLÚMENES” TOMANDO EN CUENTA SU INSTRUCTIVO DE LLENADO, CONTENIDA EN LOS ANEXOS NÚMERO 19 Y 20 (DIECINUEVE Y VEINTE), DE LAS PRESENTES BASES. LA CÉDULA DEBERÁ SER REQUISITADA POR CADA UNA DE LAS CLAVES EN LA QUE LOS PROVEEDORES RESULTEN ADJUDICADOS. NO SERÁ MOTIVO DE DESCALIFICACIÓN LA NO PRESENTACIÓN DE LA CÉDULA. NOTA: LOS PROVEEDORES QUE HAYAN REQUISITADO LA CÉDULA MENCIONADA A PARTIR DEL MES DE ENERO DE 2008, NO SERÁ NECESARIO QUE LA REQUISITEN NUEVAMENTE; SOLAMENTE SE REQUIERE EN LOS CASOS DE QUE NO SE HAYA REALIZADO A PARTIR DE LA FECHA CITADA O EN LOS CASOS EN QUE HAYA SUFRIDO MODIFICACIONES. LOS BIENES TERAPÉUTICOS QUE SE ENTREGUEN DEBERÁN APEGARSE ESTRICTAMENTE A LAS ESPECIFICACIONES, DESCRIPCIONES, PRESENTACIONES Y DEMÁS CARACTERÍSTICAS QUE SE INDICAN EN EL ANEXO NÚMERO 3 (TRES) EL CUAL FORMA PARTE DE LAS PRESENTES BASES, Y QUE CORRESPONDEN A LA DESCRIPCIÓN DEL CUADRO BÁSICO Y CATÁLOGO DE INSUMOS DEL SECTOR SALUD. EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR JUNTO CON LOS BIENES: , UNA “REMISIÓN DEL PEDIDO” EN LA QUE SE INDIQUE EL NÚMERO DE LOTEORIGINAL Y CUATRO COPIAS LEGIBLES, FECHA DE CADUCIDAD (FOLIADAS Y DEBIDAMENTE REQUISITADAS EN CASO DE APLICAR)TODOS SUS RUBROS, NÚMERO DE PIEZAS Y DESCRIPCIÓN EN ESTA REMISIÓN LAS ÁREAS RECEPTORAS DE LOS BIENES; ORDEN , ASENTARÁN EN EL ORIGINAL Y LAS CUATRO COPIAS, SELLO DE REPOSICIÓN; EN SU CASORECIBIDO, COPIA DEL PROGRAMA DE ENTREGAS; ADEMÁS INFORME ANALÍTICO DEL LOTE A ENTREGARFECHA, EMITIDO POR EL LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DEL FABRICANTE. EN CASO DE ENTREGAR BIENES CON UNA CADUCIDAD MÍNIMA DE HASTA 9 (NUEVE) MESESFIRMA, PRESENTAR CARTA COMPROMISO, EN LA CUAL SE OBLIGUE A CANJEAR SIN COSTO ALGUNO PARA EL INSTITUTO, AQUELLOS BIENES QUE NO SEAN CONSUMIDOS, POR EL INSTITUTO, DENTRO DE SU VIDA ÚTIL, IDENTIFICANDO EN DICHA CARTA, LA (S) CLAVE (S) , CON SU DESCRIPCIÓN, FABRICANTE NOMBRE Y NÚMERO DE LOTEMATRÍCULA DEL IMSS DE LA PERSONA QUE RECIBE Y SELLO CON LA CLAVE PRESUPUESTAL PREI CORRESPONDIENTE A LA UNIDAD RECEPTORA. ESTE DOCUMENTO, EN ORIGINAL Y SUS CUATRO COPIAS, SERÁ REQUISITO INDISPENSABLE PARA LA TRAMITACIÓN DEL PAGO CORRESPONDIENTE. PREVIO A LA ENTREGA DE LOS BIENES QUE NO TENGAN FECHA BIENES, “EL PROVEEDOR” DEBERÁ PONERSE EN CONTACTO CON EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO DENTRO DE CADUCIDAD IMPRESA EN LA ETIQUETA, EL PERÍODO DE GARANTÍA SERÁ DE CINCO AÑOS LOS PRIMEROS 5 DÍAS NATURALES A PARTIR DE LA FECHA EMISIÓN DEL ACTA DE FABRICACIÓNEVALUACIÓN TÉCNICA, POR LO CUAL EL PROVEEDOR ADJUDICADO DEBE PROPORCIONAR EL SISTEMA ADMINISTRATIVA Y ASIGNACIÓN Y DEBERÁ ENTREGAR UN ESCRITO DONDE PROPORCIONE LAS SIGUIENTES HERRAMIENTAS DE LOTIFICACIÓN DEL FABRICANTE. EL INSTITUTOCOMUNICACIÓN: UN CORREO ELECTRÓNICO, POR CONDUCTO DEL ÁREA ADQUIRENTE, SOLICITARÁ DIRECTAMENTE AL PROVEEDOR, DENTRO DE LOS 3 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES AL MOMENTO EN QUE SE HAYA PERCATADO DEL VICIO OCULTO O PROBLEMA DE CALIDAD, EL CANJE DE LOS BIENES QUE PRESENTEN PROBLEMAS DE CALIDAD O VICIOS OCULTOS. EL PROVEEDOR DEBERÁ REPONER LOS BIENES SUJETOS A CANJE, EN UN PLAZO QUE NO EXCEDERÁ XX XXXX DÍAS HÁBILES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU NOTIFICACIÓN. LOS LOTES DE LOS BIENES TERAPÉUTICOS QUE SE ENTREGUEN AL INSTITUTO POR MOTIVO DE CANJE, SERÁN ACEPTADOS CON EL DICTAMEN DE UN TERCERO AUTORIZADO POR LA SECRETARÍA DE SALUD, EN EL QUE SE CONSTATE QUE CUMPLE CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. EN CASOS JUSTIFICADOS POR EL ÁREA MÉDICA O SOLICITANTE, SE PODRÁN RECIBIR POR CANJE LOS LOTES DE BIENES CON EL INFORME ANALÍTICO DEL LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DEL FABRICANTE, MEDIANTE EL CUAL SE CONSTATE DE IGUAL FORMA, QUE SE CUMPLE CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. EL PROVEEDOR DEBERÁ ADEMÁS VERIFICAR SI OTROS LOTES DE ESTOS BIENES PREVIAMENTE ENTREGADOS, PRESENTAN EL DEFECTO DE CALIDAD INICIALMENTE DETECTADO, DE SER ASÍ DEBERÁ REPONERLOS POR LOTES YA CORREGIDOS. EN LOS CASOS QUE ENSEGUIDA SE DETALLAN SE PROCEDERÁ A LA DEVOLUCIÓN DEL TOTAL DE LAS EXISTENCIAS DE LOS BIENES AL PROVEEDOR, INFORMANDO A LA COFEPRIS NÚMERO TELEFÓNICO LOCAL Y A LAS ÁREAS MÉDICAS Y DE ADQUISICIONES DE LA DELEGACIÓN Y UMAE, QUE SE TRATE: EN CASO DE QUE CON POSTERIORIDAD A LA ENTREGA DE LOTES CORREGIDOS, SE DETECTE EL MISMO DEFECTO DE LOTES ANTERIORES Y ÉSTOS NO HAYAN SIDO REPUESTOS EN CASO DE QUE SE DEMUESTRE QUE UN BIEN PUEDE PRODUCIR CONDICIONES PELIGROSAS O INSEGURAS PARA LAS PERSONAS QUE LOS UTILICEN. EN CASO DE QUE SE PUEDA REDUCIR EN FORMA DRÁSTICA LA UTILIDAD PARA EL FIN DESTINADO. EL PROVEEDOR SE OBLIGA A RESPONDER POR SU CUENTA Y RIESGO DE LOS DAÑOS Y/O PERJUICIOS QUE POR INOBSERVANCIA O NEGLIGENCIA DE SU PARTE, LLEGUE A CAUSAR AL INSTITUTO Y/O A TERCEROS. EN CASO DE QUE EL INSTITUTO DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO O LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO RECIBA COMUNICADO POR PARTE DE LA SSA, DE QUE HA SIDO SANCIONADO EL PROVEEDOR O SE LE HA REVOCADO EL REGISTRO SANITARIO, SE PODRÁ UNA PÁGINA WEB EN SU CASO, INICIAR EL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. TODOS LOS GASTOS QUE SE GENEREN CON MOTIVO DEL CANJE, CORRERÁN POR CUENTA DEL PROVEEDOR.
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Samples: Convenio De Participación Conjunta
CONDICIONES DE ENTREGA. EL LICITANTE DEBERÁ SUMINISTRAR LA TRANSPORTACIÓN PRÓTESIS, LA CUAL DEBERÁ SER ADAPTADA DE MANERA PERSONALIZADA A LOS DERECHOHABIENTES. EL LICITANTE DEBERÁ SUMINISTRAR ÚNICAMENTE PRODUCTOS NUEVOS. LAS ÓRTESIS Y PRÓTESIS ORTOPÉDICAS SERÁN SOLICITADAS POR EL INSTITUTO, ÚNICAMENTE POR MEDIO DE UNA SOLICITUD DENOMINADA “SOLICITUD DE SERVICIO SUBROGADO” ANEXO NÚMERO 4 (CUATRO), DE LAS BASES DE LICITACIÓN, LA CUAL DEBERÁ ESTAR DEBIDAMENTE REQUISITADA Y FIRMADA POR EL MEDICO SOLICITANTE Y EL DIRECTOR O SUBDIRECTOR MEDICO DE LA UNIDAD QUE SOLICITA, EN CASO DE DUDA EL PROVEEDOR SE COMUNICARA CON EL MEDICO ENCARGADO DEL CASO PARA ACLARAR LO NECESARIO. EL LICITANTE ACEPTARÁ SUPERVISIONES EN EL MOMENTO Y SITUACIÓN QUE EL INSTITUTO DETERMINE, A FIN DE EVALUAR LA CALIDAD DE LOS BIENES. LA SUPERVISIÓN OPERATIVA TOMARÁ COMO CRITERIOS LA OPINIÓN DE LOS USUARIOS DERECHOHABIENTES, LAS MANIOBRAS DE CARGA EN CUANTO AL TRATO, OPORTUNIDAD, SEGURIDAD Y DESCARGA EN EL ANDEN DEL LUGAR DE ENTREGA SERÁN A CARGO DEL PROVEEDOR, ASÍ COMO EL ASEGURAMIENTO GENERAL SOBRE LA CALIDAD DE LOS BIENES, HASTA QUE ESTOS SEAN RECIBIDOS . EN LAS VISITAS DE CONFORMIDAD POR EL INSTITUTO. DURANTE LA RECEPCIÓN, LOS BIENES ESTARÁN SUJETOS A UNA VERIFICACIÓN VISUAL ALEATORIA, CON OBJETO DE REVISAR QUE SE ENTREGUEN CONFORME CON LA DESCRIPCIÓN DEL CATÁLOGO DE ARTÍCULOS, ASÍ COMO CON LAS CONDICIONES REQUERIDAS EN LA PRESENTE LICITACIÓN, CONSIDERANDO CANTIDAD, EMPAQUES Y ENVASES EN BUENAS CONDICIONES ASIMISMO, SUPERVISIÓN OPERATIVA SE VERIFICARÁ QUE EL CÓDIGO XX XXXXXX QUE OSTENTEN EQUIPAMIENTO Y LOS BIENES A ENTREGAR CORRESPONDA A RECURSOS SEAN LOS EMPAQUES PRIMARIOS Y/O SECUNDARIOS, ASÍ COMO LOS RELATIVOS A LOS EMPAQUES COLECTIVOS, DE ACUERDO A LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CODIFICACIÓN, Y A LA CÉDULA DE ACTUALIZACIÓN DE NÚMEROS DE CÓDIGOS XX XXXXXX, PESOS Y VOLÚMENES, ACTUALIZADA POR LOS PROVEEDORES Y PRESENTADA OFRECIDOS EN LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. CABE RESALTAR QUE MIENTRAS NO SE CUMPLA CON LAS CONDICIONES DE ENTREGA ESTABLECIDAS EN LAS PRESENTES BASES, EL INSTITUTO NO DARÁ POR RECIBIDOS PROPUESTA TÉCNICA Y ACEPTADOS LOS BIENES. LOS BIENES DEBERÁN SER ENTREGADOS POR LOS PROVEEDORES BAJO EL ESQUEMA LAB “LIBRE A BORDO” Y DDP “ENTREGA DERECHOS PAGADOS DESTINO FINAL”. “TODOS LOS BIENES QUE ENTREGUE EL PROVEEDOR DEBERÁN CONTENER EL CÓDIGO XX XXXXXX PARA EMPAQUES PRIMARIOS Y/O SECUNDARIOS (CODIGOS UPC-A, UPC-E, EAN-13, O EAN-A8), ASÍ COMO LOS CORRESPONDIENTES A SUS EMPAQUES COLECTIVOS (CODIGO DUN-14), DE ACUERDO A LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CODIFICACIÓN, EL QUE NO DEBERÁ MODIFICARSE DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, PARA TAL EFECTO, DEBERÁN REQUISITAR LA “CÉDULA DE ACTUALIZACIÓN DE NÚMEROS DE CÓDIGOS XX XXXXXX, PESOS Y VOLÚMENES” TOMANDO EN CUENTA SU INSTRUCTIVO DE LLENADO, CONTENIDA EN LOS ANEXOS NÚMERO 19 Y 20 (DIECINUEVE Y VEINTE), DE LAS PRESENTES BASES. LA CÉDULA DEBERÁ SER REQUISITADA POR CADA UNA DE LAS CLAVES EN LA QUE LOS PROVEEDORES RESULTEN ADJUDICADOS. NO SERÁ MOTIVO DE DESCALIFICACIÓN LA NO PRESENTACIÓN DE LA CÉDULA. NOTA: LOS PROVEEDORES QUE HAYAN REQUISITADO LA CÉDULA MENCIONADA A PARTIR DEL MES DE ENERO DE 2008, NO SERÁ NECESARIO QUE LA REQUISITEN NUEVAMENTE; SOLAMENTE SE REQUIERE EN LOS CASOS DE QUE NO SE HAYA REALIZADO A PARTIR DE LA FECHA CITADA O EN LOS CASOS EN QUE HAYA SUFRIDO MODIFICACIONES. LOS BIENES TERAPÉUTICOS QUE SE ENTREGUEN DEBERÁN APEGARSE ESTRICTAMENTE A LAS ESPECIFICACIONES, DESCRIPCIONES, PRESENTACIONES Y DEMÁS CARACTERÍSTICAS QUE SE INDICAN ESTIPULADOS EN EL ANEXO NÚMERO 3 (TRES) EL CUAL FORMA PARTE DE LAS PRESENTES BASES, Y QUE CORRESPONDEN A LA DESCRIPCIÓN DEL CUADRO BÁSICO Y CATÁLOGO DE INSUMOS DEL SECTOR SALUD. EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR JUNTO CON LOS BIENES: REMISIÓN EN LA QUE SE INDIQUE EL NÚMERO DE LOTE, FECHA DE CADUCIDAD (EN CASO DE APLICAR), NÚMERO DE PIEZAS Y DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES; ORDEN DE REPOSICIÓN; EN SU CASO, COPIA DEL PROGRAMA DE ENTREGAS; ADEMÁS INFORME ANALÍTICO DEL LOTE A ENTREGAR, EMITIDO POR EL LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DEL FABRICANTE. EN CASO DE ENTREGAR BIENES CON UNA CADUCIDAD MÍNIMA DE HASTA 9 (NUEVE) MESES, PRESENTAR CARTA COMPROMISO, EN LA CUAL SE OBLIGUE A CANJEAR SIN COSTO ALGUNO PARA EL INSTITUTO, AQUELLOS BIENES QUE NO SEAN CONSUMIDOS, POR EL INSTITUTO, DENTRO DE SU VIDA ÚTIL, IDENTIFICANDO EN DICHA CARTA, LA (S) CLAVE (S) , CON SU DESCRIPCIÓN, FABRICANTE Y NÚMERO DE LOTE. PARA LOS BIENES QUE NO TENGAN FECHA DE CADUCIDAD IMPRESA EN LA ETIQUETA, EL PERÍODO DE GARANTÍA SERÁ DE CINCO AÑOS A PARTIR DE LA FECHA DE FABRICACIÓN, POR LO CUAL EL PROVEEDOR ADJUDICADO DEBE PROPORCIONAR EL SISTEMA DE LOTIFICACIÓN DEL FABRICANTE. EL INSTITUTO, POR CONDUCTO DEL ÁREA ADQUIRENTE, SOLICITARÁ DIRECTAMENTE AL PROVEEDOR, DENTRO DE LOS 3 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES AL MOMENTO EN QUE SE HAYA PERCATADO DEL VICIO OCULTO O PROBLEMA DE CALIDAD, EL CANJE DE LOS BIENES QUE PRESENTEN PROBLEMAS DE CALIDAD O VICIOS OCULTOS. EL PROVEEDOR DEBERÁ REPONER LOS BIENES SUJETOS A CANJE, EN UN PLAZO QUE NO EXCEDERÁ XX XXXX DÍAS HÁBILES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU NOTIFICACIÓN. LOS LOTES DE LOS BIENES TERAPÉUTICOS QUE SE ENTREGUEN AL INSTITUTO POR MOTIVO DE CANJE, SERÁN ACEPTADOS CON EL DICTAMEN DE UN TERCERO AUTORIZADO POR LA SECRETARÍA DE SALUD, EN EL QUE SE CONSTATE QUE CUMPLE CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. EN CASOS JUSTIFICADOS POR EL ÁREA MÉDICA O SOLICITANTE, SE PODRÁN RECIBIR POR CANJE LOS LOTES DE BIENES CON EL INFORME ANALÍTICO DEL LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DEL FABRICANTE, MEDIANTE EL CUAL SE CONSTATE DE IGUAL FORMA, QUE SE CUMPLE CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. EL PROVEEDOR DEBERÁ ADEMÁS VERIFICAR SI OTROS LOTES DE ESTOS BIENES PREVIAMENTE ENTREGADOS, PRESENTAN EL DEFECTO DE CALIDAD INICIALMENTE DETECTADO, DE SER ASÍ DEBERÁ REPONERLOS POR LOTES YA CORREGIDOS. EN LOS CASOS QUE ENSEGUIDA SE DETALLAN SE PROCEDERÁ A LA DEVOLUCIÓN DEL TOTAL DE LAS EXISTENCIAS DE LOS BIENES AL PROVEEDOR, INFORMANDO A LA COFEPRIS Y A LAS ÁREAS MÉDICAS Y DE ADQUISICIONES DE LA DELEGACIÓN Y UMAE, QUE SE TRATE: EN CASO DE QUE CON POSTERIORIDAD A LA ENTREGA DE LOTES CORREGIDOS, SE DETECTE EL MISMO DEFECTO DE LOTES ANTERIORES Y ÉSTOS NO HAYAN SIDO REPUESTOS EN CASO DE QUE SE DEMUESTRE QUE UN BIEN PUEDE PRODUCIR CONDICIONES PELIGROSAS O INSEGURAS PARA LAS PERSONAS QUE LOS UTILICEN. EN CASO DE QUE SE PUEDA REDUCIR EN FORMA DRÁSTICA LA UTILIDAD PARA EL FIN DESTINADO. EL PROVEEDOR SE OBLIGA A RESPONDER POR SU CUENTA Y RIESGO DE LOS DAÑOS Y/O PERJUICIOS QUE POR INOBSERVANCIA O NEGLIGENCIA DE SU PARTE, LLEGUE A CAUSAR AL INSTITUTO Y/O A TERCEROS. EN CASO DE QUE EL INSTITUTO DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO O LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO RECIBA COMUNICADO POR PARTE DE LA SSA, DE QUE HA SIDO SANCIONADO EL PROVEEDOR O SE LE HA REVOCADO EL REGISTRO SANITARIO, SE PODRÁ EN SU CASO, INICIAR EL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. TODOS LOS GASTOS QUE SE GENEREN CON MOTIVO DEL CANJE, CORRERÁN POR CUENTA DEL PROVEEDOR.
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Samples: Contrato Abierto De Adquisición Y Suministro De Material De Ortesis Y Prótesis Ortopedicas
CONDICIONES DE ENTREGA. SE ENTENDERÁ EFECTUADA LA TRANSPORTACIÓN ENTREGA DE LOS BIENESEL BIEN AL MOMENTO DEL ARRIBO DEL MATERIAL AL LUGAR CONVENIDO (DDU-CALLAO, LAS MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA EN EL ANDEN DEL LUGAR DE ENTREGA SERÁN A CARGO DEL PROVEEDOR, ASÍ COMO EL ASEGURAMIENTO DE LOS BIENES, HASTA QUE ESTOS SEAN RECIBIDOS DE CONFORMIDAD POR EL INSTITUTO. DURANTE LA RECEPCIÓN, LOS BIENES ESTARÁN SUJETOS A UNA VERIFICACIÓN VISUAL ALEATORIA, CON OBJETO DE REVISAR QUE SE ENTREGUEN CONFORME CON LA DESCRIPCIÓN DEL CATÁLOGO DE ARTÍCULOS, ASÍ COMO CON LAS CONDICIONES REQUERIDAS EN LA PRESENTE LICITACIÓN, CONSIDERANDO CANTIDAD, EMPAQUES Y ENVASES EN BUENAS CONDICIONES ASIMISMO, SE VERIFICARÁ QUE EL CÓDIGO XX XXXXXX QUE OSTENTEN LOS BIENES A ENTREGAR CORRESPONDA A LOS EMPAQUES PRIMARIOS Y/O SECUNDARIOS, ASÍ COMO LOS RELATIVOS A LOS EMPAQUES COLECTIVOS, LIMA-PERÚ) TERMINAL AEROPORTUARIO DE ACUERDO A LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CODIFICACIÓN, Y A CONDICIONES DEL INCOTERM 2000. “LA CÉDULA DE ACTUALIZACIÓN DE NÚMEROS DE CÓDIGOS XX XXXXXX, PESOS Y VOLÚMENES, ACTUALIZADA POR LOS PROVEEDORES Y PRESENTADA FAP” DESIGNARÁ AL PERSONAL TÉCNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL BIEN EN LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. CABE RESALTAR QUE MIENTRAS NO SE CUMPLA CON LAS CONDICIONES CIUDAD DE ENTREGA ESTABLECIDAS EN LAS PRESENTES BASESLIMA, EL INSTITUTO NO DARÁ POR RECIBIDOS Y ACEPTADOS LOS BIENES. LOS BIENES DEBERÁN SER ENTREGADOS POR LOS PROVEEDORES BAJO EL ESQUEMA LAB “LIBRE A BORDO” Y DDP “ENTREGA DERECHOS PAGADOS DESTINO FINAL”. “TODOS LOS BIENES QUE ENTREGUE EL PROVEEDOR DEBERÁN CONTENER EL CÓDIGO XX XXXXXX PARA EMPAQUES PRIMARIOS Y/O SECUNDARIOS (CODIGOS UPC-A, UPC-E, EAN-13, O EAN-A8), ASÍ COMO LOS CORRESPONDIENTES A SUS EMPAQUES COLECTIVOS (CODIGO DUN-14), DE ACUERDO A LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CODIFICACIÓN, EL QUE NO DEBERÁ MODIFICARSE DURANTE DEBIENDO REALIZAR LA VIGENCIA DEL CONTRATO, PARA TAL EFECTO, DEBERÁN REQUISITAR LA “CÉDULA DE ACTUALIZACIÓN DE NÚMEROS DE CÓDIGOS XX XXXXXX, PESOS Y VOLÚMENES” TOMANDO EN CUENTA SU INSTRUCTIVO DE LLENADO, CONTENIDA EN LOS ANEXOS NÚMERO 19 Y 20 (DIECINUEVE Y VEINTE), DE LAS PRESENTES BASES. LA CÉDULA DEBERÁ SER REQUISITADA POR CADA UNA DE LAS CLAVES EN LA QUE LOS PROVEEDORES RESULTEN ADJUDICADOS. NO SERÁ MOTIVO DE DESCALIFICACIÓN LA NO PRESENTACIÓN REVISIÓN DE LA CÉDULA. NOTA: LOS PROVEEDORES QUE HAYAN REQUISITADO LA CÉDULA MENCIONADA A PARTIR DEL MES DOCUMENTACIÓN TÉCNICA (DOCUMENTACIÓN DE ENERO DE 2008, NO SERÁ NECESARIO QUE LA REQUISITEN NUEVAMENTE; SOLAMENTE SE REQUIERE EN LOS CASOS DE QUE NO SE HAYA REALIZADO A PARTIR DE LA FECHA CITADA O EN LOS CASOS EN QUE HAYA SUFRIDO MODIFICACIONES. LOS BIENES TERAPÉUTICOS QUE SE ENTREGUEN DEBERÁN APEGARSE ESTRICTAMENTE A LAS ESPECIFICACIONES, DESCRIPCIONES, PRESENTACIONES CERTIFICACIÓN Y DEMÁS CARACTERÍSTICAS QUE SE INDICAN EN EL ANEXO NÚMERO 3 (TRES) EL CUAL FORMA PARTE DE LAS PRESENTES BASES, Y QUE CORRESPONDEN A LA DESCRIPCIÓN DEL CUADRO BÁSICO Y CATÁLOGO DE INSUMOS DEL SECTOR SALUD. EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR JUNTO CON LOS BIENES: REMISIÓN EN LA QUE SE INDIQUE EL NÚMERO DE LOTE, FECHA DE CADUCIDAD (EN CASO DE APLICAR), NÚMERO DE PIEZAS Y DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES; ORDEN DE REPOSICIÓN; EN SU CASO, COPIA DEL PROGRAMA DE ENTREGAS; ADEMÁS INFORME ANALÍTICO DEL LOTE A ENTREGAR, EMITIDO TRAZABILIDAD EMITIDA POR EL LABORATORIO FABRICANTE) Y VERIFICARÁ Y EFECTUARÁ LAS PRUEBAS QUE ESTIME CONVENIENTE PARA DETERMINAR LA BUENA CALIDAD DE CONTROL EL BIEN QUE ADQUIERE. ENCONTRÁNDOSE ÉSTE CONFORME SE SUSCRIBIRÁ EL ACTA DE CALIDAD DEL FABRICANTE. EN CASO CONFORMIDAD DE ENTREGAR BIENES CON UNA CADUCIDAD MÍNIMA DE HASTA 9 (NUEVE) MESES, PRESENTAR CARTA COMPROMISO, EN LA CUAL SE OBLIGUE A CANJEAR SIN COSTO ALGUNO PARA EL INSTITUTO, AQUELLOS BIENES QUE NO SEAN CONSUMIDOSRECEPCIÓN, POR EL INSTITUTO, DENTRO DE SU VIDA ÚTIL, IDENTIFICANDO EN DICHA CARTA, LA (S) CLAVE (S) , CON SU DESCRIPCIÓN, FABRICANTE Y NÚMERO DE LOTE. PARA LOS BIENES QUE NO TENGAN FECHA DE CADUCIDAD IMPRESA EN LA ETIQUETA, EL PERÍODO DE GARANTÍA SERÁ DE CINCO AÑOS A PARTIR REPRESENTANTE DE LA FECHA DE FABRICACIÓN, POR LO CUAL EL PROVEEDOR ADJUDICADO DEBE PROPORCIONAR EL SISTEMA DE LOTIFICACIÓN DEL FABRICANTE“LA FAP”. EL INSTITUTOACTA DE CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN, POR CONDUCTO DEL ÁREA ADQUIRENTE, SOLICITARÁ DIRECTAMENTE AL PROVEEDOR, SE SUSCRIBIRÁ DENTRO DE LOS 3 TREINTA (30) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES AL MOMENTO EN QUE SE HAYA PERCATADO DEL VICIO OCULTO O PROBLEMA DE CALIDAD, EL CANJE DE LOS BIENES QUE PRESENTEN PROBLEMAS DE CALIDAD O VICIOS OCULTOS. EL PROVEEDOR DEBERÁ REPONER LOS BIENES SUJETOS A CANJE, EN UN PLAZO QUE NO EXCEDERÁ XX XXXX DÍAS HÁBILES, CALENDARIOS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU NOTIFICACIÓNARRIBO DE EL BIEN EN LIMA – PERÚ; SIEMPRE Y CUANDO NO EXISTA DISCREPANCIA. LOS LOTES EXCEDIDO DICHO PLAZO, “EL CONTRATISTA” QUEDARA LIBERADO DE LOS BIENES TERAPÉUTICOS PRESENTAR DICHO DOCUMENTO A FIN DE LIBERAR LA CARTA FIANZA OTORGADA. DE ENCONTRARSE ALGÚN DEFECTO EN EL BIEN QUE SE ENTREGUEN AL INSTITUTO ADQUIERE, O DE NO ESTAR ÉSTE A SATISFACCIÓN DE “LA FAP” SERÁ DEVUELTO A “EL CONTRATISTA” A FIN DE QUE ÉSTE LO CAMBIE POR MOTIVO DE CANJE, SERÁN ACEPTADOS CON EL DICTAMEN DE UN TERCERO AUTORIZADO POR LA SECRETARÍA DE SALUD, EN EL OTROS QUE SE CONSTATE QUE CUMPLE CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICASENCUENTRE A SATISFACCIÓN DE “LA FAP”. EN CASOS JUSTIFICADOS POR EL ÁREA MÉDICA O SOLICITANTE, SE PODRÁN RECIBIR POR CANJE LOS LOTES DE BIENES CON EL INFORME ANALÍTICO DEL LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DEL FABRICANTE, MEDIANTE EL CUAL SE CONSTATE DE IGUAL FORMA, QUE SE CUMPLE CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. EL PROVEEDOR DEBERÁ ADEMÁS VERIFICAR SI OTROS LOTES DE ESTOS BIENES PREVIAMENTE ENTREGADOS, PRESENTAN EL DEFECTO DE CALIDAD INICIALMENTE DETECTADO, DE SER ASÍ DEBERÁ REPONERLOS POR LOTES YA CORREGIDOS. EN LOS CASOS QUE ENSEGUIDA SE DETALLAN SE PROCEDERÁ A LA DEVOLUCIÓN DEL TOTAL DE LAS EXISTENCIAS DE LOS BIENES AL PROVEEDOR, INFORMANDO A LA COFEPRIS Y A LAS ÁREAS MÉDICAS Y DE ADQUISICIONES DE LA DELEGACIÓN Y UMAE, QUE SE TRATE: EN CASO DE QUE CON POSTERIORIDAD A LA ENTREGA DE LOTES CORREGIDOS, SE DETECTE EL MISMO DEFECTO DE LOTES ANTERIORES Y ÉSTOS NO HAYAN SIDO REPUESTOS EN CASO DE QUE SE DEMUESTRE QUE UN BIEN PUEDE PRODUCIR CONDICIONES PELIGROSAS O INSEGURAS PARA LAS PERSONAS QUE LOS UTILICEN. EN CASO DE QUE SE PUEDA REDUCIR EN FORMA DRÁSTICA LA UTILIDAD PARA EL FIN DESTINADO. EL PROVEEDOR SE OBLIGA A RESPONDER POR SU CUENTA Y RIESGO DE LOS DAÑOS Y/O PERJUICIOS QUE POR INOBSERVANCIA O NEGLIGENCIA DE SU PARTE, LLEGUE A CAUSAR AL INSTITUTO Y/O A TERCEROS. EN CASO DE QUE EL INSTITUTO DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO O LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO RECIBA COMUNICADO POR PARTE DE LA SSA, DE QUE HA SIDO SANCIONADO EL PROVEEDOR O SE LE HA REVOCADO EL REGISTRO SANITARIO, SE PODRÁ EN SU ESTE CASO, INICIAR “EL PROCEDIMIENTO CONTRATISTA”, CONTARÁ CON UN PLAZO QUE NO PODRÁ EXCEDER DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATOTREINTA (30) DÍAS CALENDARIOS. TODOS LOS GASTOS QUE SE GENEREN CON MOTIVO DEL CANJE, CORRERÁN POR CUENTA DEL PROVEEDORDE EXCEDERSE DE ESTE PLAZO SERÁ DE APLICACIÓN LO DISPUESTO EN LA CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA.
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CONDICIONES DE ENTREGA. 1.-“EL PROVEEDOR” DEBERÁ ENTREGAR LOS BIENES CON LAS CARACTERÍSTICAS Y LA DOCUMENTACIÓN SOLICITADAS EN LA CONVOCATORIA DE LA LICITACIÓN PUBLICA INTERNACIONAL MIXTA NUMERO 49111003-007-09.- ------------------------, QUE SE DESCRIBEN EN EL ANEXO 3, FORMATO PARA PRESENTAR LA PROPOSICIONES TÉCNICA POR PARTIDA DE “EL PROVEEDOR” ADJUNTO A ESTE CONTRATO, LOS CUALES SERÁN VERIFICADOS POR EL O LOS ALMACENES Y, EN SU CASO, POR LAS ÁREAS SOLICITANTES O DE CONTROL DE CALIDAD. 2.-TRANSPORTACIÓN: LA TRANSPORTACIÓN DE LOS BIENES, LAS MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA EN EL ANDEN ANDÉN DEL LUGAR DE ENTREGA SERÁN A CARGO ENTREGA, SERÁ POR CUENTA Y RIESGO DE “EL PROVEEDOR” HASTA EL HOSPITAL DE DESTINO. 3.-“EL PROVEEDOR” SERÁ RESPONSABLE DEL PROVEEDOR, ASÍ COMO EL ASEGURAMIENTO DE LOS BIENES, BIENES HASTA QUE ESTOS SEAN RECIBIDOS DE CONFORMIDAD POR “EL INSTITUTOORGANISMO” EN EL LUGAR DE ENTREGA SEÑALADO. DURANTE 4.-ENTREGA: SI EN LA RECEPCIÓN, ENTREGA DE LOS BIENES ESTARÁN SUJETOS SE IDENTIFICAN DEFECTOS QUE AFECTEN SU DURACIÓN Y FUNCIONALIDAD, “EL ORGANISMO” PROCEDERÁ A UNA VERIFICACIÓN VISUAL ALEATORIA, CON OBJETO NO ACEPTAR LOS MISMOS. 5.-DEVOLUCIONES: SI DURANTE EL USO DE REVISAR LOS BIENES SE COMPRUEBAN VICIOS OCULTOS O DEFECTOS DE FABRICACIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES A “EL PROVEEDOR” Y DENTRO DEL PERIODO DE GARANTÍA QUE SE ENTREGUEN CONFORME CON LA DESCRIPCIÓN DEL CATÁLOGO DE ARTÍCULOS, ASÍ COMO CON LAS CONDICIONES REQUERIDAS EN LA PRESENTE LICITACIÓN, CONSIDERANDO CANTIDAD, EMPAQUES Y ENVASES EN BUENAS CONDICIONES ASIMISMO, SE VERIFICARÁ QUE EL CÓDIGO XX XXXXXX QUE OSTENTEN LOS BIENES A ENTREGAR CORRESPONDA A LOS EMPAQUES PRIMARIOS Y/O SECUNDARIOS, ASÍ COMO LOS RELATIVOS A LOS EMPAQUES COLECTIVOS, DE ACUERDO A LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CODIFICACIÓN, Y A LA CÉDULA DE ACTUALIZACIÓN DE NÚMEROS DE CÓDIGOS XX XXXXXX, PESOS Y VOLÚMENES, ACTUALIZADA POR LOS PROVEEDORES Y PRESENTADA EN LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. CABE RESALTAR QUE MIENTRAS NO SE CUMPLA CON LAS CONDICIONES DE ENTREGA ESTABLECIDAS EN LAS PRESENTES BASES, EL INSTITUTO NO DARÁ POR RECIBIDOS Y ACEPTADOS LOS BIENES. LOS BIENES DEBERÁN SER ENTREGADOS POR LOS PROVEEDORES BAJO EL ESQUEMA LAB “LIBRE A BORDO” Y DDP “ENTREGA DERECHOS PAGADOS DESTINO FINAL”. “TODOS LOS BIENES QUE ENTREGUE EL PROVEEDOR DEBERÁN CONTENER EL CÓDIGO XX XXXXXX PARA EMPAQUES PRIMARIOS Y/O SECUNDARIOS (CODIGOS UPC-A, UPC-E, EAN-13, O EAN-A8), ASÍ COMO LOS CORRESPONDIENTES A SUS EMPAQUES COLECTIVOS (CODIGO DUN-14), DE ACUERDO A LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CODIFICACIÓN, EL QUE NO DEBERÁ MODIFICARSE DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, PARA TAL EFECTO, DEBERÁN REQUISITAR LA “CÉDULA DE ACTUALIZACIÓN DE NÚMEROS DE CÓDIGOS XX XXXXXX, PESOS Y VOLÚMENES” TOMANDO EN CUENTA SU INSTRUCTIVO DE LLENADO, CONTENIDA EN LOS ANEXOS NÚMERO 19 Y 20 (DIECINUEVE Y VEINTE), DE LAS PRESENTES BASES. LA CÉDULA DEBERÁ SER REQUISITADA POR CADA UNA DE LAS CLAVES EN LA QUE LOS PROVEEDORES RESULTEN ADJUDICADOS. NO SERÁ MOTIVO DE DESCALIFICACIÓN LA NO PRESENTACIÓN DE LA CÉDULA. NOTA: LOS PROVEEDORES QUE HAYAN REQUISITADO LA CÉDULA MENCIONADA A PARTIR DEL MES DE ENERO DE 2008, NO SERÁ NECESARIO QUE LA REQUISITEN NUEVAMENTE; SOLAMENTE SE REQUIERE EN LOS CASOS DE QUE NO SE HAYA REALIZADO COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA CITADA O INSTALACIÓN Y PUESTA EN LOS CASOS EN QUE HAYA SUFRIDO MODIFICACIONES. LOS BIENES TERAPÉUTICOS QUE SE ENTREGUEN DEBERÁN APEGARSE ESTRICTAMENTE A LAS ESPECIFICACIONES, DESCRIPCIONES, PRESENTACIONES Y DEMÁS CARACTERÍSTICAS QUE SE INDICAN EN EL ANEXO NÚMERO 3 (TRES) EL CUAL FORMA PARTE DE LAS PRESENTES BASES, Y QUE CORRESPONDEN A LA DESCRIPCIÓN DEL CUADRO BÁSICO Y CATÁLOGO DE INSUMOS DEL SECTOR SALUD. EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR JUNTO CON LOS BIENES: REMISIÓN EN LA QUE SE INDIQUE EL NÚMERO DE LOTE, FECHA DE CADUCIDAD (EN CASO DE APLICAR), NÚMERO DE PIEZAS Y DESCRIPCIÓN OPERACIÓN DE LOS BIENES; ORDEN , “EL ORGANISMO” HARÁ LA DEVOLUCIÓN DE REPOSICIÓNLOS MISMOS; EN SU CASO, COPIA DEL PROGRAMA DE ENTREGAS; ADEMÁS INFORME ANALÍTICO DEL LOTE ESTOS CASOS “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A ENTREGAR, EMITIDO POR REPONER A “EL LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DEL FABRICANTE. EN CASO DE ENTREGAR BIENES CON UNA CADUCIDAD MÍNIMA DE HASTA 9 (NUEVE) MESES, PRESENTAR CARTA COMPROMISO, EN LA CUAL SE OBLIGUE A CANJEAR ORGANISMO” SIN COSTO ALGUNO PARA EL INSTITUTO, AQUELLOS BIENES QUE NO SEAN CONSUMIDOS, POR EL INSTITUTO, DENTRO DE SU VIDA ÚTIL, IDENTIFICANDO EN DICHA CARTA, LA (S) CLAVE (S) , CON SU DESCRIPCIÓN, FABRICANTE Y NÚMERO DE LOTE. PARA LOS BIENES QUE NO TENGAN FECHA DE CADUCIDAD IMPRESA EN LA ETIQUETACONDICIÓN ALGUNA, EL PERÍODO DE GARANTÍA SERÁ DE CINCO AÑOS A PARTIR DE LA FECHA DE FABRICACIÓN, POR LO CUAL EL PROVEEDOR ADJUDICADO DEBE PROPORCIONAR EL SISTEMA DE LOTIFICACIÓN 100% DEL FABRICANTE. EL INSTITUTO, POR CONDUCTO DEL ÁREA ADQUIRENTE, SOLICITARÁ DIRECTAMENTE AL PROVEEDOR, DENTRO DE LOS 3 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES AL MOMENTO EN QUE SE HAYA PERCATADO DEL VICIO OCULTO O PROBLEMA DE CALIDAD, EL CANJE DE LOS BIENES QUE PRESENTEN PROBLEMAS DE CALIDAD O VICIOS OCULTOS. EL PROVEEDOR DEBERÁ REPONER LOS BIENES SUJETOS A CANJEVOLUMEN DEVUELTO ORIGINALMENTE, EN UN PLAZO QUE NO EXCEDERÁ XX XXXX DE VEINTE DÍAS HÁBILES, NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA NOTIFICACIÓN DE SU NOTIFICACIÓNDICHA DEVOLUCIÓN. 6.-EN CASO DE QUE POR CAUSAS IMPUTABLES A “EL PROVEEDOR”, ÉSTE NO PUEDA HACER LA REPOSICIÓN EN EL PLAZO ARRIBA SEÑALADO, SE RESCINDIRÁ EL CONTRATO Y “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A DEVOLVER LA CANTIDAD RECIBIDA MÁS LOS LOTES INTERESES GENERADOS A LA TASA QUE SEÑALE LA LEY DE LOS BIENES TERAPÉUTICOS QUE SE ENTREGUEN AL INSTITUTO POR MOTIVO INGRESOS DE CANJE, SERÁN ACEPTADOS CON EL DICTAMEN DE UN TERCERO AUTORIZADO POR LA SECRETARÍA DE SALUDFEDERACIÓN, EN EL CASO DE PRORROGA DE CRÉDITOS FISCALES QUE SE CONSTATE QUE CUMPLE CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. CALCULARAN SOBRE EL MONTO NO AMORTIZADO, COMPUTÁNDOSE POR DÍAS CALENDARIO, DESDE LA FECHA DE DEVOLUCIÓN DE LOS BIENES, HASTA AQUELLA EN CASOS JUSTIFICADOS POR EL ÁREA MÉDICA O SOLICITANTE, SE PODRÁN RECIBIR POR CANJE LOS LOTES DE BIENES CON EL INFORME ANALÍTICO DEL LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DEL FABRICANTE, MEDIANTE EL CUAL SE CONSTATE DE IGUAL FORMA, QUE SE CUMPLE CON PONGAN EFECTIVAMENTE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. CANTIDADES A DISPOSICIÓN DE “EL PROVEEDOR DEBERÁ ADEMÁS VERIFICAR SI OTROS LOTES DE ESTOS BIENES PREVIAMENTE ENTREGADOS, PRESENTAN EL DEFECTO DE CALIDAD INICIALMENTE DETECTADO, DE SER ASÍ DEBERÁ REPONERLOS POR LOTES YA CORREGIDOS. ORGANISMO” Y EN LOS CASOS QUE ENSEGUIDA SE DETALLAN SE PROCEDERÁ A LA DEVOLUCIÓN DEL TOTAL DE LAS EXISTENCIAS DE LOS BIENES AL PROVEEDOR, INFORMANDO A LA COFEPRIS Y A LAS ÁREAS MÉDICAS Y DE ADQUISICIONES DE LA DELEGACIÓN Y UMAE, QUE SE TRATE: EN SU CASO DE QUE CON POSTERIORIDAD A LA ENTREGA DE LOTES CORREGIDOS, SE DETECTE EL MISMO DEFECTO DE LOTES ANTERIORES Y ÉSTOS NO HAYAN SIDO REPUESTOS EN CASO DE QUE SE DEMUESTRE QUE UN BIEN PUEDE PRODUCIR CONDICIONES PELIGROSAS O INSEGURAS PARA LAS PERSONAS QUE LOS UTILICEN. EN CASO DE QUE SE PUEDA REDUCIR EN FORMA DRÁSTICA LA UTILIDAD PARA EL FIN DESTINADO. EL PROVEEDOR SE OBLIGA A RESPONDER POR SU CUENTA Y RIESGO DE LOS DAÑOS Y/O PERJUICIOS QUE POR INOBSERVANCIA O NEGLIGENCIA DE SU PARTE, LLEGUE A CAUSAR AL INSTITUTO Y/O A TERCEROS. EN CASO DE QUE EL INSTITUTO DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO O PODRÁ HACERSE EFECTIVA LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO RECIBA COMUNICADO POR PARTE DE LA SSA, DE QUE HA SIDO SANCIONADO EL PROVEEDOR O SE LE HA REVOCADO EL REGISTRO SANITARIO, SE PODRÁ EN SU CASO, INICIAR EL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. TODOS 7.-“EL PROVEEDOR” ESTA OBLIGADO A ESTAR PRESENTE AL MOMENTO DE LA ENTREGA RECEPCIÓN DE LOS GASTOS QUE SE GENEREN CON MOTIVO DEL CANJE, CORRERÁN POR CUENTA DEL PROVEEDOR.BIENES ADJUDICADOS Y PARA LA APERTURA DE LOS EQUIPOS EN EL ALMACEN
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CONDICIONES DE ENTREGA. EN EL SUPUESTO DE QUE EL PROVEEDOR PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO REQUIERA HACER ENTREGA DE BIENES EN LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO, LA TRANSPORTACIÓN DE LOS BIENES, LAS MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA EN EL ANDEN DEL LUGAR DE ENTREGA SERÁN A CARGO DEL PROVEEDORENTREGA, ASÍ COMO EL ASEGURAMIENTO DE LOS BIENES, HASTA QUE ESTOS SEAN RECIBIDOS DE CONFORMIDAD POR EL INSTITUTO, SERÁN A CARGO DEL PROVEEDOR. DURANTE LA RECEPCIÓNPRESTACIÓN DEL SERVICIO, LOS BIENES ESTARÁN SUJETOS ÉSTE ESTARÁ SUJETO A UNA VERIFICACIÓN VISUAL ALEATORIA, CON OBJETO DE REVISAR QUE SE ENTREGUEN CONFORME CON LA DESCRIPCIÓN DEL CATÁLOGO DE ARTÍCULOS, ASÍ COMO CUMPLA CON LAS CONDICIONES REQUERIDAS EN LA PRESENTE LICITACIÓN, CONSIDERANDO CANTIDAD, EMPAQUES Y ENVASES EN BUENAS CONDICIONES ASIMISMO, SE VERIFICARÁ QUE EL CÓDIGO XX XXXXXX QUE OSTENTEN LOS BIENES A ENTREGAR CORRESPONDA A LOS EMPAQUES PRIMARIOS Y/O SECUNDARIOS, ASÍ COMO LOS RELATIVOS A LOS EMPAQUES COLECTIVOS, DE ACUERDO A LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CODIFICACIÓN, Y A LA CÉDULA DE ACTUALIZACIÓN DE NÚMEROS DE CÓDIGOS XX XXXXXX, PESOS Y VOLÚMENES, ACTUALIZADA POR LOS PROVEEDORES Y PRESENTADA EN LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. CABE RESALTAR QUE MIENTRAS NO SE CUMPLA CON LAS CONDICIONES DE ENTREGA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE CONTRATO Y EN LAS PRESENTES BASES, BASES CORRESPONDIENTES EL INSTITUTO NO DARÁ POR RECIBIDOS ACEPTADO EL SERVICIO. EL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA DE GARRAFÓN SERÁ DE FORMA PERMANENTE Y ACEPTADOS OPORTUNA EN LAS DIRECCIONES RELACIONADAS EN EL ANEXO NUMERO TRES Y EN EL ÁREA QUE INDIQUEN LOS BIENESADMINISTRADORES. EN EL SUPUESTO DE QUE EL PROVEEDOR PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO REQUIERA INGRESAR A LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO, LA TRANSPORTACIÓN, LAS MANIOBRAS DE CARGA Y RETIRO DEL LUGAR SERÁN A CARGO DEL PROVEEDOR. ASÍ COMO CONTAR CON UNA PLANTILLA DE VEHÍCULOS CON LOS QUE LA EMPRESA PRESTARA EL SERVICIO. TODOS LOS GARRAFÓN DE AGUA PURIFICADA SERÁN DE 20 LTS., DEBERÁ SER ABASTECIDOS CON LOS ENVASES Y CONTENEDORES NECESARIOS PARA ESTE SERVICIO CON OPORTUNIDAD. LOS BIENES DEBERÁN SER ENTREGADOS POR LOS PROVEEDORES BAJO EL ESQUEMA LAB “LIBRE A BORDO” Y DDP “ENTREGA DERECHOS PAGADOS DESTINO FINAL”. “TODOS LOS BIENES QUE ENTREGUE EL PROVEEDOR DEBERÁN CONTENER EL CÓDIGO XX XXXXXX PARA EMPAQUES PRIMARIOS Y/O SECUNDARIOS (CODIGOS UPC-A, UPC-E, EAN-13, O EAN-A8), ASÍ COMO LOS CORRESPONDIENTES A SUS EMPAQUES COLECTIVOS (CODIGO DUN-14), DE ACUERDO A LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CODIFICACIÓN, EL QUE NO DEBERÁ MODIFICARSE DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, PARA TAL EFECTO, DEBERÁN REQUISITAR LA “CÉDULA DE ACTUALIZACIÓN DE NÚMEROS DE CÓDIGOS XX XXXXXX, PESOS Y VOLÚMENES” TOMANDO EN CUENTA SU INSTRUCTIVO DE LLENADO, CONTENIDA EN LOS ANEXOS NÚMERO 19 Y 20 (DIECINUEVE Y VEINTE), DE LAS PRESENTES BASES. LA CÉDULA DEBERÁ SER REQUISITADA POR CADA UNA DE LAS CLAVES EN LA QUE LOS PROVEEDORES RESULTEN ADJUDICADOS. NO SERÁ MOTIVO DE DESCALIFICACIÓN LA NO PRESENTACIÓN DE LA CÉDULA. NOTA: LOS PROVEEDORES QUE HAYAN REQUISITADO LA CÉDULA MENCIONADA A PARTIR DEL MES DE ENERO DE 2008, NO SERÁ NECESARIO QUE LA REQUISITEN NUEVAMENTE; SOLAMENTE SE REQUIERE EN LOS CASOS DE QUE NO SE HAYA REALIZADO A PARTIR DE LA FECHA CITADA O EN LOS CASOS EN QUE HAYA SUFRIDO MODIFICACIONES. LOS BIENES TERAPÉUTICOS QUE SE ENTREGUEN DEBERÁN APEGARSE SUMINISTREN SE APEGARAN ESTRICTAMENTE A LAS ESPECIFICACIONES, DESCRIPCIONES, PRESENTACIONES Y DEMÁS CARACTERÍSTICAS QUE SE INDICAN EN EL ANEXO NÚMERO 3 (TRES) EL CUAL FORMA PARTE DE LAS PRESENTES BASES, Y QUE CORRESPONDEN A LA DESCRIPCIÓN DEL CUADRO BÁSICO Y CATÁLOGO SELECCIÓN DE INSUMOS DEL SECTOR SALUDPRIMERA CALIDAD. EL PROVEEDOR SUMINISTRO DE AGUA DEBERÁ ENTREGAR JUNTO PROPORCIONARSE CON IDENTIFICACIÓN CON LOS BIENES: REMISIÓN EN LA QUE SE INDIQUE EL NÚMERO DE LOTE, FECHA DE CADUCIDAD (EN CASO DE APLICAR), NÚMERO DE PIEZAS Y DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES; ORDEN DE REPOSICIÓN; EN SU CASO, COPIA DEL PROGRAMA DE ENTREGAS; ADEMÁS INFORME ANALÍTICO DEL LOTE A ENTREGAR, EMITIDO POR EL LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DEL FABRICANTE. EN CASO DE ENTREGAR BIENES CON UNA CADUCIDAD MÍNIMA DE HASTA 9 (NUEVE) MESES, PRESENTAR CARTA COMPROMISO, EN LA CUAL SE OBLIGUE A CANJEAR SIN COSTO ALGUNO PARA EL INSTITUTO, AQUELLOS BIENES QUE NO SEAN CONSUMIDOS, POR EL INSTITUTO, DENTRO DE SU VIDA ÚTIL, IDENTIFICANDO EN DICHA CARTA, LA (S) CLAVE (S) , CON SU DESCRIPCIÓN, FABRICANTE Y NÚMERO DE LOTE. PARA LOS BIENES QUE NO TENGAN FECHA DE CADUCIDAD IMPRESA EN LA ETIQUETA, EL PERÍODO DE GARANTÍA SERÁ DE CINCO AÑOS A PARTIR DE LA FECHA DE FABRICACIÓN, POR LO CUAL EL PROVEEDOR ADJUDICADO DEBE PROPORCIONAR EL SISTEMA DE LOTIFICACIÓN DEL FABRICANTE. EL INSTITUTO, POR CONDUCTO DEL ÁREA ADQUIRENTE, SOLICITARÁ DIRECTAMENTE AL PROVEEDOR, DENTRO DE LOS 3 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES AL MOMENTO EN QUE SE HAYA PERCATADO DEL VICIO OCULTO O PROBLEMA DE CALIDAD, EL CANJE DE LOS BIENES QUE PRESENTEN PROBLEMAS DE CALIDAD O VICIOS OCULTOS. EL PROVEEDOR DEBERÁ REPONER LOS BIENES SUJETOS A CANJE, EN UN PLAZO QUE NO EXCEDERÁ XX XXXX DÍAS HÁBILES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU NOTIFICACIÓN. LOS LOTES DE LOS BIENES TERAPÉUTICOS QUE SE ENTREGUEN AL INSTITUTO POR MOTIVO DE CANJE, SERÁN ACEPTADOS CON EL DICTAMEN DE UN TERCERO AUTORIZADO POR LA SECRETARÍA DE SALUD, EN EL QUE SE CONSTATE QUE CUMPLE CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. EN CASOS JUSTIFICADOS POR EL ÁREA MÉDICA O SOLICITANTE, SE PODRÁN RECIBIR POR CANJE LOS LOTES DE BIENES CON EL INFORME ANALÍTICO DEL LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DEL FABRICANTE, MEDIANTE EL CUAL SE CONSTATE DE IGUAL FORMA, QUE SE CUMPLE CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. EL PROVEEDOR DEBERÁ ADEMÁS VERIFICAR SI OTROS LOTES DE ESTOS BIENES PREVIAMENTE ENTREGADOS, PRESENTAN EL DEFECTO DE CALIDAD INICIALMENTE DETECTADO, DE SER ASÍ DEBERÁ REPONERLOS POR LOTES YA CORREGIDOS. EN LOS CASOS QUE ENSEGUIDA SE DETALLAN SE PROCEDERÁ A LA DEVOLUCIÓN DEL TOTAL DE LAS EXISTENCIAS DE LOS BIENES AL PROVEEDOR, INFORMANDO A LA COFEPRIS Y A LAS ÁREAS MÉDICAS Y DE ADQUISICIONES DE LA DELEGACIÓN Y UMAE, QUE SE TRATE: EN CASO DE QUE CON POSTERIORIDAD A LA ENTREGA DE LOTES CORREGIDOS, SE DETECTE EL MISMO DEFECTO DE LOTES ANTERIORES Y ÉSTOS NO HAYAN SIDO REPUESTOS EN CASO DE QUE SE DEMUESTRE QUE UN BIEN PUEDE PRODUCIR CONDICIONES PELIGROSAS O INSEGURAS PARA LAS PERSONAS QUE LOS UTILICEN. EN CASO DE QUE SE PUEDA REDUCIR EN FORMA DRÁSTICA LA UTILIDAD PARA EL FIN DESTINADO. EL PROVEEDOR SE OBLIGA A RESPONDER POR SU CUENTA Y RIESGO DE LOS DAÑOS Y/O PERJUICIOS QUE POR INOBSERVANCIA O NEGLIGENCIA DE SU PARTE, LLEGUE A CAUSAR AL INSTITUTO Y/O A TERCEROS. EN CASO DE QUE EL INSTITUTO DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO O LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO RECIBA COMUNICADO POR PARTE DE LA SSA, DE QUE HA SIDO SANCIONADO EL PROVEEDOR O SE LE HA REVOCADO EL REGISTRO SANITARIO, SE PODRÁ EN SU CASO, INICIAR EL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. TODOS LOS GASTOS QUE SE GENEREN CON MOTIVO DEL CANJE, CORRERÁN POR CUENTA DEL PROVEEDOR.DATOS:
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Samples: Convenio De Participación Conjunta
CONDICIONES DE ENTREGA. TODOS LOS BIENES QUE “EL PROVEEDOR” ENTREGUE A “EL HOSPITAL”, SERÁN DE ACUERDO A LAS ESPECIFICACIONES Y PRESENTACIONES SOLICITADAS EN EL ANEXO 1 (UNO) DE LAS BASES DE LA LICITACIÓN. “EL HOSPITAL” PODRÁ AMPLIAR HASTA UN 20% LA CANTIDAD DE LOS BIENES CONTRATADOS ORIGINALMENTE, O EL MONTO TOTAL DEL CONTRATO OBLIGÁNDOSE “EL PROVEEDOR” A SUMINISTRAR LOS BIENES, DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL NUMERAL 11.2 DE LAS BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL PRESENCIAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS NÚMERO LA- 917038987-__-2018, CON REDUCCIÓN DE PLAZOS, REFERENTE A LA ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS PARA EL HOSPITAL DEL NIÑO MORELENSE. LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 52 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y 91 DE SU REGLAMENTO LA TRANSPORTACIÓN DE LOS BIENES, BIENES Y LAS MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA EN EL ÉL ANDEN DEL LUGAR DE ENTREGA ENTREGA, SERÁN A CARGO DEL DE “EL PROVEEDOR”, ASÍ COMO EL ASEGURAMIENTO DE LOS BIENES, BIENES HASTA QUE ESTOS SEAN RECIBIDOS DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR “EL INSTITUTOHOSPITAL”. DURANTE UNA COPIA DE LA RECEPCIÓN, LOS BIENES ESTARÁN SUJETOS A UNA VERIFICACIÓN VISUAL ALEATORIA, ORDEN DE SUMINISTRO. CERTIFICADO ANALÍTICO DE PRODUCTO TERMINADO DE CADA LOTE CON OBJETO FIRMA AUTÓGRAFA. FACTURA ORIGINAL Y TRES COPIAS. ESTE DOCUMENTO DEBERÁ CONTENER FECHA DE REVISAR QUE SE ENTREGUEN CONFORME CON LA DESCRIPCIÓN DEL CATÁLOGO CADUCIDAD DE ARTÍCULOS, ASÍ COMO CON LAS CONDICIONES REQUERIDAS EN LA PRESENTE LICITACIÓN, CONSIDERANDO CANTIDAD, EMPAQUES Y ENVASES EN BUENAS CONDICIONES ASIMISMO, SE VERIFICARÁ QUE EL CÓDIGO XX XXXXXX QUE OSTENTEN LOS BIENES A ENTREGAR CORRESPONDA A LOS EMPAQUES PRIMARIOS Y/O SECUNDARIOS, ASÍ COMO LOS RELATIVOS A LOS EMPAQUES COLECTIVOS, DE ACUERDO A LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CODIFICACIÓN, Y A LA CÉDULA DE ACTUALIZACIÓN DE NÚMEROS DE CÓDIGOS XX XXXXXX, PESOS Y VOLÚMENES, ACTUALIZADA POR LOS PROVEEDORES Y PRESENTADA EN LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. CABE RESALTAR QUE MIENTRAS NO SE CUMPLA CON LAS CONDICIONES DE ENTREGA ESTABLECIDAS EN LAS PRESENTES BASES, EL INSTITUTO NO DARÁ POR RECIBIDOS Y ACEPTADOS LOS BIENES. LOS BIENES DEBERÁN SER ENTREGADOS POR LOS PROVEEDORES BAJO EL ESQUEMA LAB “LIBRE A BORDO” , LOTE CORRESPONDIENTE Y DDP “ENTREGA DERECHOS PAGADOS DESTINO FINAL”. “TODOS LOS BIENES QUE ENTREGUE EL PROVEEDOR DEBERÁN CONTENER EL CÓDIGO XX XXXXXX PARA EMPAQUES PRIMARIOS Y/O SECUNDARIOS (CODIGOS UPC-A, UPC-E, EAN-13, O EAN-A8), ASÍ COMO LOS CORRESPONDIENTES A SUS EMPAQUES COLECTIVOS (CODIGO DUN-14), ORDEN DE ACUERDO A LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CODIFICACIÓN, EL QUE NO DEBERÁ MODIFICARSE DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, PARA TAL EFECTO, DEBERÁN REQUISITAR LA “CÉDULA DE ACTUALIZACIÓN DE NÚMEROS DE CÓDIGOS XX XXXXXX, PESOS Y VOLÚMENES” TOMANDO EN CUENTA SU INSTRUCTIVO DE LLENADO, CONTENIDA EN LOS ANEXOS NÚMERO 19 Y 20 (DIECINUEVE Y VEINTE), DE LAS PRESENTES BASES. LA CÉDULA DEBERÁ SER REQUISITADA POR CADA UNA DE LAS CLAVES EN LA QUE LOS PROVEEDORES RESULTEN ADJUDICADOS. NO SERÁ MOTIVO DE DESCALIFICACIÓN LA NO PRESENTACIÓN DE LA CÉDULA. NOTA: LOS PROVEEDORES QUE HAYAN REQUISITADO LA CÉDULA MENCIONADA A PARTIR DEL MES DE ENERO DE 2008, NO SERÁ NECESARIO QUE LA REQUISITEN NUEVAMENTE; SOLAMENTE SE REQUIERE EN LOS CASOS DE QUE NO SE HAYA REALIZADO A PARTIR DE LA FECHA CITADA O EN LOS CASOS EN QUE HAYA SUFRIDO MODIFICACIONES. LOS BIENES TERAPÉUTICOS QUE SE ENTREGUEN DEBERÁN APEGARSE ESTRICTAMENTE A LAS ESPECIFICACIONES, DESCRIPCIONES, PRESENTACIONES Y DEMÁS CARACTERÍSTICAS QUE SE INDICAN EN EL ANEXO NÚMERO 3 (TRES) EL CUAL FORMA PARTE DE LAS PRESENTES BASES, Y QUE CORRESPONDEN A LA DESCRIPCIÓN DEL CUADRO BÁSICO Y CATÁLOGO DE INSUMOS DEL SECTOR SALUD. EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR JUNTO SUMINISTRO CON LOS BIENES: REMISIÓN EN LA QUE SE INDIQUE EL NÚMERO DE LOTE, FECHA CONTRATO QUE AMPARA DICHA ENTREGA DE CADUCIDAD (EN CASO BIENES. ORIGINAL DE APLICAR), NÚMERO LA CARTA COMPROMISO DE PIEZAS CANJE. CARTA GARANTÍA ORIGINAL CONTRA DEFECTOS DE FABRICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES; ORDEN DE REPOSICIÓN; EN SU CASO, COPIA DEL PROGRAMA DE ENTREGAS; ADEMÁS INFORME ANALÍTICO DEL LOTE A ENTREGAR, EMITIDO VICIOS OCULTOS POR EL LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DEL FABRICANTE. EN CASO DE ENTREGAR BIENES CON UNA CADUCIDAD MÍNIMA DE HASTA 9 (NUEVE) MESES, PRESENTAR CARTA COMPROMISO, EN LA CUAL SE OBLIGUE A CANJEAR SIN COSTO ALGUNO PARA “EL INSTITUTO, AQUELLOS BIENES QUE NO SEAN CONSUMIDOS, POR EL INSTITUTO, DENTRO DE SU VIDA ÚTIL, IDENTIFICANDO EN DICHA CARTA, LA (S) CLAVE (S) , CON SU DESCRIPCIÓN, FABRICANTE Y NÚMERO DE LOTE. PARA LOS BIENES QUE NO TENGAN FECHA DE CADUCIDAD IMPRESA EN LA ETIQUETA, EL PERÍODO DE GARANTÍA SERÁ DE CINCO AÑOS A PARTIR DE LA FECHA DE FABRICACIÓN, POR LO CUAL EL PROVEEDOR ADJUDICADO DEBE PROPORCIONAR EL SISTEMA DE LOTIFICACIÓN DEL FABRICANTE. EL INSTITUTO, POR CONDUCTO DEL ÁREA ADQUIRENTE, SOLICITARÁ DIRECTAMENTE AL PROVEEDOR, DENTRO DE LOS 3 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES AL MOMENTO EN QUE SE HAYA PERCATADO DEL VICIO OCULTO O PROBLEMA DE CALIDAD, EL CANJE DE LOS BIENES QUE PRESENTEN PROBLEMAS DE CALIDAD O VICIOS OCULTOS. EL PROVEEDOR DEBERÁ REPONER LOS BIENES SUJETOS A CANJE, EN UN PLAZO QUE NO EXCEDERÁ XX XXXX DÍAS HÁBILES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU NOTIFICACIÓN. LOS LOTES DE LOS BIENES TERAPÉUTICOS QUE SE ENTREGUEN AL INSTITUTO POR MOTIVO DE CANJE, SERÁN ACEPTADOS CON EL DICTAMEN DE UN TERCERO AUTORIZADO POR LA SECRETARÍA DE SALUD, EN EL QUE SE CONSTATE QUE CUMPLE CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. EN CASOS JUSTIFICADOS POR EL ÁREA MÉDICA O SOLICITANTE, SE PODRÁN RECIBIR POR CANJE LOS LOTES DE BIENES CON EL INFORME ANALÍTICO DEL LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DEL FABRICANTE, MEDIANTE EL CUAL SE CONSTATE DE IGUAL FORMA, QUE SE CUMPLE CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. EL PROVEEDOR DEBERÁ ADEMÁS VERIFICAR SI OTROS LOTES DE ESTOS BIENES PREVIAMENTE ENTREGADOS, PRESENTAN EL DEFECTO DE CALIDAD INICIALMENTE DETECTADO, DE SER ASÍ DEBERÁ REPONERLOS POR LOTES YA CORREGIDOS. EN LOS CASOS QUE ENSEGUIDA SE DETALLAN SE PROCEDERÁ A LA DEVOLUCIÓN DEL TOTAL DE LAS EXISTENCIAS DE LOS BIENES AL PROVEEDOR, INFORMANDO A LA COFEPRIS Y A LAS ÁREAS MÉDICAS Y DE ADQUISICIONES DE LA DELEGACIÓN Y UMAE, QUE SE TRATE: EN CASO DE QUE CON POSTERIORIDAD A LA ENTREGA DE LOTES CORREGIDOS, SE DETECTE EL MISMO DEFECTO DE LOTES ANTERIORES Y ÉSTOS NO HAYAN SIDO REPUESTOS EN CASO DE QUE SE DEMUESTRE QUE UN BIEN PUEDE PRODUCIR CONDICIONES PELIGROSAS O INSEGURAS PARA LAS PERSONAS QUE LOS UTILICEN. EN CASO DE QUE SE PUEDA REDUCIR EN FORMA DRÁSTICA LA UTILIDAD PARA EL FIN DESTINADO. EL PROVEEDOR ” SE OBLIGA A RESPONDER POR SU CUENTA Y RIESGO DE LOS DAÑOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS QUE PRESENTEN LOS BIENES ENTREGADOS, INDEPENDIENTEMENTE DE LAS PRUEBAS QUE SE HAYAN REALIZADO POR PARTE DE “EL HOSPITAL” O POR EL FABRICANTE Y/O PERJUICIOS QUE POR INOBSERVANCIA O NEGLIGENCIA DE SU PARTEDISTRIBUIDOR, LLEGUE A CAUSAR AL INSTITUTO Y/O A TERCEROS. DICHA CARTA SERÁ ENTREGADA EN CASO DE QUE EL INSTITUTO DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO O LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO RECIBA COMUNICADO POR PARTE MOMENTO DE LA SSA, ENTREGA DE QUE HA SIDO SANCIONADO EL PROVEEDOR O SE LE HA REVOCADO EL REGISTRO SANITARIO, SE PODRÁ EN SU CASO, INICIAR EL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. TODOS LOS GASTOS QUE SE GENEREN CON MOTIVO DEL CANJE, CORRERÁN POR CUENTA DEL PROVEEDORBIENES.
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CONDICIONES DE ENTREGA. LA TRANSPORTACIÓN ENTREGA DE LOS BIENES SE LLEVARÁ ACABO EN PRESENCIA DE UN REPRESENTANTE DEL ÁREA DE ALMACENES E INVENTARIOS DE LA GUARDIA NACIONAL. EL TRASLADO DE LOS BIENES SERÁ POR CUENTA, CARGO Y RIESGO DEL PROVEEDOR QUE RESULTE ADJUDICADO. NO DEBERÁN PRESENTAR EMPAQUES ROTOS O EN MAL ESTADO. “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, REMITIRÁ A “EL PROVEEDOR”, LA ORDEN DE SUMINISTRO O DOCUMENTO APLICABLE, MEDIANTE LA CUAL, SE REQUERIRÁN “LOS BIENES” QUE DEBAN ENTREGARSE Y SEÑALAR AQUELLOS BIENES QUE REQUIERAN INSTALACIÓN PARA SU OPERACIÓN, INDICANDO POR LO MENOS, LA DESCRIPCIÓN DE “LOS BIENES” REQUERIDOS, LA CANTIDAD, EL DOMICILIO DEL PUNTO DE ENTREGA QUE CORRESPONDA Y LA FECHA DE ENTREGA EN DÍAS Y HORAS HÁBILES TOMANDO EN CUENTA LOS PLAZOS DE ENTREGA ESTABLECIDOS, EN LAS SIGUIENTES CONDICIONES SON: “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A CUBRIR TODOS LOS GASTOS RELACIONADOS CON EL ENVÍO, MANIOBRAS DE CARGA, DESCARGA, ESTIBA, EMPLAYADO O EMPAQUETADO, INSTALACIÓN, PUESTA EN MARCHA; A MANTENER ASEGURADOS “LOS BIENES” Y A ABSORBER TODOS LOS RIESGOS HASTA LA RECEPCIÓN DE LOS MISMOS, MEDIANTE ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN, A ENTERA SATISFACCIÓN DE “EL ÁREA REQUIRENTE”, EN EL SITIO DE ENTREGA. “EL PROVEEDOR” DEBERÁ ENTREGAR “LOS BIENES” PERFECTAMENTE EMPACADOS, CON LAS ENVOLTURAS ORIGINALES DEL FABRICANTE DE TAL FORMA QUE, SE PRESERVEN SUS CARACTERÍSTICAS ORIGINALES DURANTE EL TRANSPORTE Y LAS MANIOBRAS DE CARGA CARGA, DESCARGA Y DESCARGA EN ESTIBA, QUE DURANTE EL ANDEN ALMACENAJE LOS RESGUARDEN DEL LUGAR POLVO Y LA HUMEDAD, SIN MERMA DE ENTREGA SERÁN A CARGO DEL PROVEEDOR, ASÍ COMO EL ASEGURAMIENTO DE LOS BIENES, HASTA QUE ESTOS SEAN RECIBIDOS DE CONFORMIDAD POR EL INSTITUTO. DURANTE SU VIDA ÚTIL Y SIN PERJUICIO ALGUNO PARA “LA RECEPCIÓN, LOS BIENES ESTARÁN SUJETOS A UNA VERIFICACIÓN VISUAL ALEATORIA, CON OBJETO DE REVISAR QUE SE ENTREGUEN CONFORME CON LA DESCRIPCIÓN DEL CATÁLOGO DE ARTÍCULOS, ASÍ COMO CON LAS CONDICIONES REQUERIDAS EN LA PRESENTE LICITACIÓN, CONSIDERANDO CANTIDAD, EMPAQUES Y ENVASES EN BUENAS CONDICIONES ASIMISMO, SE VERIFICARÁ QUE EL CÓDIGO XX XXXXXX QUE OSTENTEN LOS BIENES A ENTREGAR CORRESPONDA A LOS EMPAQUES PRIMARIOS Y/O SECUNDARIOS, ASÍ COMO LOS RELATIVOS A LOS EMPAQUES COLECTIVOS, DE ACUERDO A LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CODIFICACIÓN, Y A LA CÉDULA DE ACTUALIZACIÓN DE NÚMEROS DE CÓDIGOS XX XXXXXX, PESOS Y VOLÚMENES, ACTUALIZADA POR LOS PROVEEDORES Y PRESENTADA EN LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATOINSTITUCIÓN”. CABE RESALTAR QUE MIENTRAS NO SE CUMPLA CON LAS CONDICIONES DE ENTREGA ESTABLECIDAS EN LAS LOS PRESENTES BASESTÉRMINOS Y CONDICIONES, “EL INSTITUTO ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” NO DARÁ POR RECIBIDOS Y ACEPTADOS “LOS BIENES” A ENTERA SATISFACCIÓN. LOS BIENES DEBERÁN SER ENTREGADOS NO SE ADMITEN ENTREGAS POR LOS PROVEEDORES BAJO PAQUETERÍA Y DEBERÁ ACUDIR UN REPRESENTANTE DE LA EMPRESA PARA EL ESQUEMA LAB TRÁMITE DOCUMENTAL, PREVIAMENTE ACREDITADO CON “LIBRE A BORDO” Y DDP “ENTREGA DERECHOS PAGADOS DESTINO FINALEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”. “TODOS LOS BIENES QUE ENTREGUE EL PROVEEDOR DEBERÁN CONTENER EL CÓDIGO XX XXXXXX PARA EMPAQUES PRIMARIOS Y/O SECUNDARIOS (CODIGOS UPC-A, UPC-E, EAN-13, O EAN-A8), ASÍ COMO LOS CORRESPONDIENTES A SUS EMPAQUES COLECTIVOS (CODIGO DUN-14), DE ACUERDO A LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CODIFICACIÓN, EL QUE NO DEBERÁ MODIFICARSE DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, PARA TAL EFECTO, DEBERÁN REQUISITAR LA “CÉDULA DE ACTUALIZACIÓN DE NÚMEROS DE CÓDIGOS XX XXXXXX, PESOS Y VOLÚMENESPROVEEDOR” TOMANDO EN CUENTA SU INSTRUCTIVO DE LLENADO, CONTENIDA EN LOS ANEXOS NÚMERO 19 Y 20 (DIECINUEVE Y VEINTE), DE LAS PRESENTES BASES. LA CÉDULA DEBERÁ SER REQUISITADA POR CADA UNA DE LAS CLAVES EN LA QUE LOS PROVEEDORES RESULTEN ADJUDICADOS. NO SERÁ MOTIVO DE DESCALIFICACIÓN LA NO PRESENTACIÓN DE LA CÉDULA. NOTA: LOS PROVEEDORES QUE HAYAN REQUISITADO LA CÉDULA MENCIONADA A PARTIR DEL MES DE ENERO DE 2008, NO SERÁ NECESARIO QUE LA REQUISITEN NUEVAMENTE; SOLAMENTE SE REQUIERE EN LOS CASOS DE QUE NO SE HAYA REALIZADO A PARTIR DE LA FECHA CITADA O EN LOS CASOS EN QUE HAYA SUFRIDO MODIFICACIONES. LOS BIENES TERAPÉUTICOS QUE SE ENTREGUEN DEBERÁN APEGARSE ESTRICTAMENTE A LAS ESPECIFICACIONES, DESCRIPCIONES, PRESENTACIONES Y DEMÁS CARACTERÍSTICAS QUE SE INDICAN EN EL ANEXO NÚMERO 3 (TRES) EL CUAL FORMA PARTE DE LAS PRESENTES BASES, Y QUE CORRESPONDEN A LA DESCRIPCIÓN DEL CUADRO BÁSICO Y CATÁLOGO DE INSUMOS DEL SECTOR SALUD. EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR JUNTO CON “LOS BIENES: ”, UNA REMISIÓN DEL CONTRATO, (DEBERÁ ELABORARSE EN HOJA MEMBRETADA DE LA QUE SE INDIQUE EMPRESA Y DEBERÁ CONTENER LA DESCRIPCIÓN CORTA DE LAS CARACTERÍSTICAS DE “LOS BIENES” DE ACUERDO CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ADJUDICADAS, EL NÚMERO DE LOTESERIE DE CADA BIEN, FECHA CANTIDAD, NÚMERO DE CADUCIDAD (CONTRATO Y DIRECCIÓN DEL PUNTO DE ENTREGA COMO MÍNIMO), LA CUAL DEBERÁ PRESENTARSE EN ORIGINAL; EN ESTA REMISIÓN DEL CONTRATO EL RECEPTOR DE “LOS BIENES”, ASENTARÁ EN EL ORIGINAL, SELLO DE RECIBIDO, FECHA, FIRMA, NOMBRE DE LA PERSONA QUE RECIBE. ESTOS DOCUMENTOS, EN ORIGINAL EN DOS TANTOS, SERÁ REQUISITO INDISPENSABLE PARA EL TRÁMITE DEL PAGO CORRESPONDIENTE POR PARTE DE “EL PROVEEDOR”. LAS CONDICIONES DE ENTREGA DETALLADAS EN EL PRESENTE APARTADO SON APLICABLES PARA EL PUNTO DE ENTREGA INDICADO POR “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, ENTENDIÉNDOSE QUE NO SE TENDRÁ POR ACEPTADO HASTA QUE NO SE HAYAN VALIDADO LAS CONDICIONES DE ENTREGA-RECEPCIÓN. “EL PROVEEDOR” DEBERÁ LLEVAR EL PERSONAL SUFICIENTE PARA XX XXXXXXX XX “XXX XXXXXX”, XXX XXXXXX DEBERÁN SER ETIQUETADOS Y EMPLAYADOS PARA LA ENTREGA-RECEPCIÓN EN EL HORARIO DE ATENCIÓN ESTABLECIDO POR “EL ÁREA REQUIRENTE”, “LOS BIENES” DEBERÁN ESTAR ACOMPAÑADOS DE LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA EN EL APARTADO XII “MANUALES Y LICENCIAS” EN CASO DE APLICAR), NÚMERO DE PIEZAS Y DESCRIPCIÓN INCURRIR EN ALGUNO DE LOS BIENES; SUPUESTOS SEÑALADOS PARA LA ENTREGA, SE DARÁN POR NO RECIBIDOS Y SE APLICARÁN LAS PENAS CONVENCIONALES CORRESPONDIENTES. “EL PROVEEDOR” DEBERÁ ENTREGAR EN EL DOMICILIO ESTABLECIDO, UNA ETIQUETA IDENTIFICADORA POR CADA ORDEN DE REPOSICIÓN; EN SU CASOSUMINISTRO, COPIA DEL PROGRAMA DE ENTREGAS; ADEMÁS INFORME ANALÍTICO DEL LOTE A ENTREGAR, EMITIDO POR EL LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DEL FABRICANTE. EN CASO DE ENTREGAR BIENES CON UNA CADUCIDAD MÍNIMA DE HASTA 9 (NUEVE) MESES, PRESENTAR CARTA COMPROMISO, EN LA CUAL SE OBLIGUE A CANJEAR SIN COSTO ALGUNO PARA EL INSTITUTO, AQUELLOS BIENES QUE NO SEAN CONSUMIDOS, POR EL INSTITUTO, DENTRO DE SU VIDA ÚTIL, IDENTIFICANDO EN DICHA CARTA, LA (S) CLAVE (S) , CON SU DESCRIPCIÓN, FABRICANTE Y NÚMERO DE LOTE. PARA LOS BIENES QUE NO TENGAN FECHA DE CADUCIDAD IMPRESA EN LA ETIQUETA, EL PERÍODO DE GARANTÍA SERÁ DE CINCO AÑOS A PARTIR AL DÍA SIGUIENTE DE LA FECHA “NOTIFICACIÓN DEL FALLO” O AL DÍA SIGUIENTE DE FABRICACIÓN, POR LO CUAL EL PROVEEDOR ADJUDICADO DEBE PROPORCIONAR EL SISTEMA DE LOTIFICACIÓN DEL FABRICANTEHABERSE SOLICITADO LA REPOSICIÓN. EL INSTITUTO, POR CONDUCTO DEL ÁREA ADQUIRENTE, SOLICITARÁ DIRECTAMENTE AL PROVEEDOR, DENTRO DE LA ETIQUETA IDENTIFICADORA DEBERÁ CONTENER LOS 3 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES AL MOMENTO EN QUE SE HAYA PERCATADO DEL VICIO OCULTO O PROBLEMA DE CALIDAD, EL CANJE DE LOS BIENES QUE PRESENTEN PROBLEMAS DE CALIDAD O VICIOS OCULTOS. EL PROVEEDOR DEBERÁ REPONER LOS BIENES SUJETOS A CANJE, EN UN PLAZO QUE NO EXCEDERÁ XX XXXX DÍAS HÁBILES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU NOTIFICACIÓN. LOS LOTES DE LOS BIENES TERAPÉUTICOS QUE SE ENTREGUEN AL INSTITUTO POR MOTIVO DE CANJE, SERÁN ACEPTADOS CON EL DICTAMEN DE UN TERCERO AUTORIZADO POR LA SECRETARÍA DE SALUD, EN EL QUE SE CONSTATE QUE CUMPLE CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. EN CASOS JUSTIFICADOS POR EL ÁREA MÉDICA O SOLICITANTE, SE PODRÁN RECIBIR POR CANJE LOS LOTES DE BIENES CON EL INFORME ANALÍTICO DEL LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DEL FABRICANTE, MEDIANTE EL CUAL SE CONSTATE DE IGUAL FORMA, QUE SE CUMPLE CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. EL PROVEEDOR DEBERÁ ADEMÁS VERIFICAR SI OTROS LOTES DE ESTOS BIENES PREVIAMENTE ENTREGADOS, PRESENTAN EL DEFECTO DE CALIDAD INICIALMENTE DETECTADO, DE SER ASÍ DEBERÁ REPONERLOS POR LOTES YA CORREGIDOS. EN LOS CASOS QUE ENSEGUIDA SE DETALLAN SE PROCEDERÁ A LA DEVOLUCIÓN DEL TOTAL DE LAS EXISTENCIAS DE LOS BIENES AL PROVEEDOR, INFORMANDO A LA COFEPRIS Y A LAS ÁREAS MÉDICAS Y DE ADQUISICIONES DE LA DELEGACIÓN Y UMAE, QUE SE TRATE: EN CASO DE QUE CON POSTERIORIDAD A LA ENTREGA DE LOTES CORREGIDOS, SE DETECTE EL MISMO DEFECTO DE LOTES ANTERIORES Y ÉSTOS NO HAYAN SIDO REPUESTOS EN CASO DE QUE SE DEMUESTRE QUE UN BIEN PUEDE PRODUCIR CONDICIONES PELIGROSAS O INSEGURAS PARA LAS PERSONAS QUE LOS UTILICEN. EN CASO DE QUE SE PUEDA REDUCIR EN FORMA DRÁSTICA LA UTILIDAD PARA EL FIN DESTINADO. EL PROVEEDOR SE OBLIGA A RESPONDER POR SU CUENTA Y RIESGO DE LOS DAÑOS Y/O PERJUICIOS QUE POR INOBSERVANCIA O NEGLIGENCIA DE SU PARTE, LLEGUE A CAUSAR AL INSTITUTO Y/O A TERCEROS. EN CASO DE QUE EL INSTITUTO DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO O LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO RECIBA COMUNICADO POR PARTE DE LA SSA, DE QUE HA SIDO SANCIONADO EL PROVEEDOR O SE LE HA REVOCADO EL REGISTRO SANITARIO, SE PODRÁ EN SU CASO, INICIAR EL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. TODOS LOS GASTOS QUE SE GENEREN CON MOTIVO DEL CANJE, CORRERÁN POR CUENTA DEL PROVEEDOR.DATOS:
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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas, Bajo La Cobertura De Tratados Con Caracter Internacional