CONDICIONES DE LA LICITACIÓN. El LICITANTE deberá presentar su proposición con el debido cuidado de dar cumplimiento a todos los requisitos solicitados en los documentos de la CONVOCATORIA a la Licitación. La ENTIDAD desechara la proposición del LICITANTE o LICITANTES que incumplan en alguno de los requisitos establecidos en la CONVOCATORIA de la Licitación, que afecten directamente la solvencia de las proposiciones, entre las que se incluirá la comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo de los trabajos, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes, lo anterior de conformidad con el artículo 31 la fracción XXIV, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. De conformidad con lo establecido en el artículo 51 la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, Las dependencias y entidades se abstendrán de recibir proposiciones o adjudicar contrato alguno en las materias a que se refiere esta Ley. “2019, AÑO XXX XXXXXXXX DEL SUR, XXXXXXXX XXXXXX” Las condiciones que tengan como propósito facilitar la evaluación de las propuestas el licitante deberá de presentar los archivos electrónicos de Excel dentro del contenedor winzip los archivos los cuales contendrán la DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA, LA PROPUESTA TECNICA Y EN LA TERCERA CARPETA LA PROPUESTA ECONOMICA, los documentos PE-02 (análisis de precios unitarios) y PE-13 (catálogo de conceptos).
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CONDICIONES DE LA LICITACIÓN. Art. 09: El LICITANTE deberá presentar su proposición agente financiero conducirá el proceso de licitación pública de acuerdo a los procedimientos
Art. 10: Las licitaciones publicas para la contratación de préstamos con instituciones financieras se regirán por las cláusulas generales y particulares xxx xxxxxx que en cada caso elaborará el debido cuidado agente financiero, tomando en consideración el requerimiento efectuado por el Ministerio de dar cumplimiento a todos los requisitos solicitados en los documentos de la CONVOCATORIA a la Licitación. La ENTIDAD desechara la proposición Economía, Obras y Servicios Públicos y las condiciones que surgen del LICITANTE o LICITANTES que incumplan en alguno de los requisitos establecidos en la CONVOCATORIA de la Licitación, que afecten directamente la solvencia de las proposiciones, entre las que se incluirá la comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo de los trabajos, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes, lo anterior de conformidad con el artículo 31 la fracción XXIV, presente reglamento y de la Ley N°2141 de Administración Financiera y Control.
Art. 11: Los requisitos formales que deben cumplir las instituciones financieras para presentarse como oferentes en licitaciones públicas para contratar operaciones de financiamiento con la Provincia del Neuquén son los establecidos en las disposiciones emitidas al respecto por el Ministerio de Economía, Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. De conformidad con lo establecido Públicos de la Nación y la presentación de la correspondiente acreditación en el artículo 51 Banco Central de la República Argentina (BCRA). Las instituciones financieras extranjeras o internacionales deberán cumplir además con los requisitos exigidos por la Resolución N° 731/95 del Ministerio de Economía de la Nación, debiendo acreditar poseer el certificado de "Registro de Representante" expedido por el BCRA, o disposición que en el futuro la modificase o reemplazase.
Art. 12: De acuerdo a lo normado por el articulo 39° de la Ley 2141, y sin perjuicio de lo especificado en la presente reglamentación, las ofertas provenientes de instituciones financieras deberán ajustarse, en lo que corresponda, a la Resoluciones N° 1075t93 y 731/95 del Ministerio de Economía, Obras Públicas y Servicios Relacionados Públicos de la Nación y a toda otra norma nacional de aplicación directa o indirecta, vigente o que en futuro se dicte, relacionada con la contratación de préstamos por parte del Estado con entidades financieras.
Art. 13: A efecto de su consideración las Mismasofertas presentadas deberán ser definitivas y no condicionadas, Las dependencias debiendo contar con la aprobación del Comité de Crédito de la institución financiera proponente o de autoridad que posea poder suficiente.
Art. 14: En caso de presentarse instituciones financieras en forma sindicada deberán designar un representante único para la negociación de la operación y entidades la definición de los términos del Contrato de Mutuo y de Cesión de Derechos, sin perjuicio que posteriormente la firma del Contrato se abstendrán realice con cada institución por separado.
Art. 15: En el caso que las negociaciones de recibir proposiciones financiamiento no lleguen a ser concluidas de manera satisfactoria para la Provincia del Neuquén y/o adjudicar la institución financiera y por lo tanto no sea firmado el correspondiente contrato alguno en las materias a que y no se refiere esta Ley. “2019haya producido el desembolso xxx xxxxxxxx, AÑO XXX XXXXXXXX DEL SURni la Provincia ni su agente financiero reconocerán suma alguna de gastos, XXXXXXXX XXXXXX” Las condiciones que tengan como propósito facilitar la evaluación de las propuestas el licitante deberá de presentar los archivos electrónicos de Excel dentro del contenedor winzip los archivos los cuales contendrán la DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA, LA PROPUESTA TECNICA Y EN LA TERCERA CARPETA LA PROPUESTA ECONOMICA, los documentos PE-02 (análisis de precios unitarios) y PE-13 (catálogo de conceptos)comisiones u honorarios por cualquier concepto o naturaleza.
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CONDICIONES DE LA LICITACIÓN. El LICITANTE deberá presentar su proposición con el debido cuidado de dar cumplimiento a todos los requisitos solicitados en los documentos de la CONVOCATORIA a la Licitación. La ENTIDAD desechara la proposición del LICITANTE o LICITANTES que incumplan en alguno de los requisitos establecidos en la CONVOCATORIA de la Licitación, que afecten directamente la solvencia de las proposiciones, entre las que se incluirá la comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo de los trabajos, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes, lo anterior de conformidad con el artículo 31 la fracción XXIV, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. “2019, AÑO XXX XXXXXXXX DEL SUR, XXXXXXXX XXXXXX” De conformidad con lo establecido en el artículo 51 la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, Las dependencias y entidades se abstendrán de recibir proposiciones o adjudicar contrato alguno en las materias a que se refiere esta Ley. “2019, AÑO XXX XXXXXXXX DEL SUR, XXXXXXXX XXXXXX” Las condiciones que tengan como propósito facilitar la evaluación de las propuestas el licitante deberá de presentar los archivos electrónicos de Excel dentro del contenedor winzip los archivos los cuales contendrán la DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA, LA PROPUESTA TECNICA Y EN LA TERCERA CARPETA LA PROPUESTA ECONOMICA, los documentos PE-02 (análisis de precios unitarios) y PE-13 (catálogo de conceptos).
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