Efectos de la presentación de proposiciones Cláusulas de Ejemplo

Efectos de la presentación de proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Los licitadores no podrán retirar su proposición durante el plazo de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones (artículo 161.2 TRLCSP). Dicho plazo quedará ampliado en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 152.3 del TRLCSP relativo a las ofertas con valores anormales o desproporcionados. La retirada indebida de una proposición podrá dar lugar a la declaración de prohibición de contratar de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60.2 a) TRLCSP, conllevando a su vez la incautación de la garantía provisional conforme al artículo 103.4 TRLCSP, si ésta hubiera sido exigida.
Efectos de la presentación de proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. La mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa. Su composición podrá estar prevista en el Anexo C del cuadro-resumen, que se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o, en caso contrario, su composición se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un anuncio específico en el citado perfil.
Efectos de la presentación de proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
Efectos de la presentación de proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las condiciones de este Pliego, xxx Xxxxxx de condiciones técnicas y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con Xxxxx xx Xxxxxxxx. Los licitadores no podrán retirar su proposición durante el plazo de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones. La retirada indebida de una proposición habilitará a Xxxxx xx Xxxxxxxx para impedir al licitador contratar con Xxxxx xx Xxxxxxxx. El órgano de contratación será el órgano competente para admitir o excluir a los licitadores, previa calificación de la documentación administrativa. Para estas tareas podrá ser asistido por la Mesa de Contratación definida en las IIC de Xxxxx xx Xxxxxxxx. El Departamento de Compras será el competente para recibir las ofertas y custodiarlas hasta el momento señalado para su apertura pública y valoración, de acuerdo con los criterios señalados en los Anexos correspondientes. La Mesa de contratación estará integrada, por el Director General xx Xxxxx, que ejercerá de Presidente, un representante del Departamento de Administración, el Jefe de Compras y el Director del Departamento Solicitante que actuarán como vocales. A este último le corresponderá la emisión del informe técnico de valoración. En caso de fuerza mayor los miembros de la Mesa podrán ser sustituidos de manera motivada. El voto del presidente de la Mesa será decisorio en caso de empate. A los actos de apertura pública asistirán en representación de la Xxxxx xx Xxxxxxxx, al menos, dos integrantes de la Mesa de Contratación.
Efectos de la presentación de proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas y contenido de este Pliego y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y otra documentación adicional a los mismos, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en los Registros Oficiales de Licitadores y Empresas Clasificadas, o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. Los licitadores no podrán retirar su proposición antes de que transcurran los plazos señalados en el artículo 158 LCSP.
Efectos de la presentación de proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las condiciones de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con SOGAMA, S.A. Los licitadores no podrán retirar su proposición durante el plazo de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones. Dicho plazo quedará ampliado en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 149 LCSP relativo a las ofertas anormalmente bajas. La retirada indebida de una proposición será causa que impedirá al licitador contratar con las Administraciones Públicas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71.2.a) LCSP.
Efectos de la presentación de proposiciones. 1.- La presentación de proposiciones presupone por parte de la empresa licitadora la aceptación incondicional de las cláusulas de este pliego y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. El no sometimiento a los pliegos implica necesariamente el rechazo de la oferta.
Efectos de la presentación de proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del Empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar. Los licitadores no podrán retirar su proposición durante el plazo de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones. Dicho plazo quedará ampliado en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 136.3 relativo a las ofertas con valores anormales o desproporcionados. La retirada indebida de una proposición será causa que impedirá al licitador contratar con las Administraciones Públicas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.2 LCSP.
Efectos de la presentación de proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las condiciones de este Xxxxxx y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. La mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la calificación de la documentación administrativa, así como para realizar la evaluación y clasificación de las ofertas. Su composición podrá estar prevista en el Anexo XVIII del presente pliego, que se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o, en caso contrario, su composición se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un anuncio específico en el citado perfil. Si el contrato ha previsto criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor, conforme al Anexo X, la valoración de los mismos les corresponderá a los servicios técnicos del órgano de contratación. En el caso de que de acuerdo con el apartado A de la cláusula 2.2.4 se exija sobre ÚNICO, concluido el plazo de presentación de proposiciones se procederá por la mesa de contratación, en acto público, a la apertura de los sobres presentados por los licitadores en tiempo y forma, verificándose que consta toda la documentación exigida en dicha cláusula. En el caso de que se observen defectos subsanables en la documentación presentada se procederá de acuerdo con la Seguidamente se dará lectura a las ofertas económicas y, en su caso, al resto de criterios ofertados por los licitadores. No serán objeto de valoración y quedarán excluidas del procedimiento aquellas ofertas que no contengan toda la documentación exigida en el PCAP cuando impidan la valoración de los criterios de adjudicación, o cuando ésta presente defectos que no puedan ser objeto de subsanación; asimismo tendrán el mismo tratamiento aquellas ofertas que no cumplan con las especificaciones técnicas requeridas o cuando falte la documentación exigida necesaria para verificar dicho cumplimiento. De todo lo actuado conforme a los apartados anteriores, se dejará constancia en las Actas correspondientes en las que se reflejará el resultado del procedimiento y sus incidencias. El resultado de los actos de calificación, admisión o exclusión de las ofertas se publicará en el perfil de contratante, sin perjuicio de la necesaria comunicación o notificación, según xxxxxxx, a los licitadores afectados. El acto de exclusión de un licitador será notificado a éste, con indicación de ...
Efectos de la presentación de proposiciones. 18. Variantes.