Condiciones para el ingreso al Régimen de Promoción y el goce de sus beneficios. A fin de gozar de los beneficios del Régimen de Promoción, Xxxxxx fue reconocida por el entonces gobernador del ex Territorio Nacional el 20 de febrero de 1991 como continuadora de las empresas Sanelco y Sansei, calificando así como Empresa Promovida. Mediante el Decreto N° 479/1995 se incorporó la posibilidad de sustituir productos que hasta entonces fabricaban las empresas promovidas siempre que dichos productos tuvieran un proceso productivo semejante o perteneciera a la misma posición de la C.I.I.U. (Clasificación Industrial Internacional Uniforme de las Naciones Unidas) y, posteriormente, por el Decreto N° 490/2003 se dispuso que las empresas industriales podrían ejercer la opción de acogerse al presente régimen para la fabricación de productos nuevos. Posteriormente se dictó el Decreto Nº 916/2010 por medio del cual se dispuso la reapertura del Régimen establecido por el decreto Nº 490/03 para la presentación de proyectos vinculados con la producción de “notebooks y netbooks”. El Decreto 39/11 prorrogó la vigencia del Decreto 916/10 y amplió su objeto a la presentación de nuevos proyectos, incluyendo la producción de “módems” y “tablet PC”. Por su parte, el Decreto N° 1.216/11 prorrogó el Decreto 916/10 y amplió su objeto a la presentación de nuevos proyectos para la producción de “cámaras fotográficas digitales” y el Decreto N° 2623/12 establece que la reapertura del Régimen Promocional establecido en el Decreto 490/03 alcanza a los siguientes productos: notebooks y netbooks, módems, tablet PC, cámaras fotográficas digitales y lectores de libros electrónicos. Como se destaca en el presente Prospecto, a través de una fusión por absorción (“La Fusión”) realizada dentro del conjunto económico en la cual Newsan absorbió a Electronic System, Xxxxx, Misur y Noblex, las que se disolvieron sin liquidarse, y, a partir del 1 de octubre de 2019 resultó continuadora universal de todas las actividades de dichas sociedades. En el marco del Decreto N° 479/1995, Newsan sustituyó televisores monocromáticos, instrumentos musicales electrónicos y juegos electrónicos por hornos a microondas, lavarropas automáticos y equipos de aire acondicionado, lo que fue aprobado por la Secretaría de Industria, Comercio y Minería mediante Resolución N° 805/1998, y mantuvo videograbador-reproductor, hi-fi (alta fidelidad), amplificador-sintonizador, bafles, ecualizador, centro musical, radiograbadores portables, bandejas giradiscos, casetera, reproductores de compact-disc, televisores color y blanco y negro, radiograbadores monoaurales, radiograbadores estéreo, sistema de minicomponentes, radio reloj, casetes de audio, videocasetes, autorradios con o sin pasacasete, teléfonos celulares, radio portátil AM/FM, reproductores de casete para auto, video juegos, sistema estéreo compacto con bandeja giratoria, y monitores. Sin perjuicio de lo previsto en la mencionada Resolución N° 805/1998, la Secretaría de Industria, Comercio y Minería posteriormente declinó la aprobación de lavarropas automáticos a Newsan. Posteriormente, y en el marco del Decreto N° 490/2003, a través Noblex, actualmente Newsan en virtud de La Fusión operada el 1/10/2019, presentó un nuevo proyecto para la fabricación de acondicionadores de aire de uso doméstico, familiar, comercial y otros usos no industriales tipo ventana y Split pared lo que fue aprobado por la Secretaría de Industria, Comercio y Minería mediante Resolución N° 147/2004. Como consecuencia de ello, Newsan fabrica actualmente, por sí o a través de Noblex (actualmente Newsan en virtud de La Fusión operada el 1/10/2019), los siguientes productos: televisores color, equipos de aire acondicionado y hornos microondas. En el marco de los Decretos N° 916/2010, 39/2011 y 1216/2011, Newsan sustituyó radiograbadores estéreo por máquinas automáticas para procesamiento de datos portátiles (de conformidad con la Resolución N° 59/2010 de la Secretaría de Industria y Comercio), radio-relojes por receptores/decodificadores integrados (IRD) de señales de video codificadas – set top box (de conformidad con la Resolución N° 137/2011 de la Secretaría de Industria y Comercio) y equipos hi-fi por monitores (de conformidad con la Resolución N° 138/2011 de la Secretaría de Industria y Comercio). Adicionalmente Newsan presentó un nuevo proyecto en los términos del Decreto N° 916/2010, para la fabricación de computadoras portátiles (notebooks y netbooks), que fue aprobado por la Secretaría de Industria y Comercio mediante la Resolución N° 486/2011. Por otro lado, mediante la Resolución N° 103/14 de la Secretaría de Industria se autorizó a Noblex, (actualmente Newsan en virtud de La Fusión operada el 1/10/2019), a la producción de tablets PC y mediante la Resolución N° 604/14 de la Secretaría de Industria se amplió la fabricación de celulares (aprobada originalmente mediante la Resolución N° 28/06). A su vez, a través de las Resoluciones N° 1237/15, 1242/15 y 1240/15 de la Secretaría de Industria, Newsan amplió sus proyectos de Monitores, Hornos de Microondas (aprobado originalmente mediante Resolución N° 805/98 de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería) y equipos de Aire Acondicionado (aprobado originalmente mediante Resolución N° 805/98 de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería), respectivamente. Por último, mediante la Resolución 1244/15, la Secretaría de Industria autorizó a Newsan la fabricación de tablets PC. A efectos de acreditar origen y gozar de los beneficios otorgados por el Régimen Promocional, los productos fabricados por Newsan deben cumplir con el proceso productivo mínimo que a tal efecto se encuentre aprobado o apruebe en el futuro la Autoridad de Aplicación. Asimismo, Xxxxxx debe cumplir con los compromisos asumidos en sus proyectos promocionales en materia de empleo, inversión y producción. La fiscalización del cumplimiento de los requisitos y obligaciones previstos en el Régimen Promocional se encuentra a cargo de diversas dependencias estatales como la AFIP a través de sus dos direcciones Dirección General Impositiva (la “AFIP-DGI”) y la Dirección General de Aduanas (la “AFIP-DGA”), el Poder Ejecutivo Provincial y la Comisión para el Área Aduanera Especial, quienes controlan la actividad de las empresas promovidas en el marco de sus competencias respectivas.
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Condiciones para el ingreso al Régimen de Promoción y el goce de sus beneficios. A fin de gozar de los beneficios del Régimen de Promoción, Xxxxxx fue reconocida por el entonces gobernador del ex Territorio Nacional el 20 de febrero de 1991 como continuadora de las empresas Sanelco y Sansei, calificando así como Empresa Promovida. Mediante el Decreto N° 479/1995 se incorporó la posibilidad de sustituir productos que hasta entonces fabricaban las empresas promovidas siempre que dichos productos tuvieran un proceso productivo semejante o perteneciera a la misma posición de la C.I.I.U. (Clasificación Industrial Internacional Uniforme de las Naciones Unidas) y, posteriormente, por el Decreto N° 490/2003 se dispuso que las empresas industriales podrían ejercer la opción de acogerse al presente régimen para la fabricación de productos nuevos. Posteriormente se dictó el Decreto Nº 916/2010 por medio del cual se dispuso la reapertura del Régimen establecido por el decreto Nº 490/03 para la presentación de proyectos vinculados con la producción de “notebooks y netbooks”. El Decreto 39/11 prorrogó la vigencia del Decreto 916/10 y amplió su objeto a la presentación de nuevos proyectos, incluyendo la producción de “módems” y “tablet PC”. Por su parte, el Decreto N° 1.216/11 prorrogó el Decreto 916/10 y amplió su objeto a la presentación de nuevos proyectos para la producción de “cámaras fotográficas digitales” y el Decreto N° 2623/12 establece que la reapertura del Régimen Promocional establecido en el Decreto 490/03 alcanza a los siguientes productos: notebooks y netbooks, módems, tablet PC, cámaras fotográficas digitales y lectores de libros electrónicos. Como se destaca en el presente Prospecto, a través de una fusión por absorción (“La Fusión”) la Fusión realizada dentro del conjunto económico en la cual Newsan absorbió a Electronic System, Xxxxx, Misur y Noblex, las que se disolvieron sin liquidarse, y, a partir del 1 de octubre de 2019 resultó continuadora universal de todas las actividades de dichas sociedades. En el marco del Decreto N° 479/1995, Newsan sustituyó televisores monocromáticos, instrumentos musicales electrónicos y juegos electrónicos por hornos a microondas, lavarropas automáticos y equipos de aire acondicionado, lo que fue aprobado por la Secretaría de Industria, Comercio y Minería mediante Resolución N° 805/1998, y mantuvo videograbador-reproductor, hi-fi (alta fidelidad), amplificador-sintonizador, bafles, ecualizador, centro musical, radiograbadores portables, bandejas giradiscos, casetera, reproductores de compact-disc, televisores color y blanco y negro, radiograbadores monoaurales, radiograbadores estéreo, sistema de minicomponentes, radio reloj, casetes de audio, videocasetes, autorradios con o sin pasacasete, teléfonos celulares, radio portátil AM/FM, reproductores de casete para auto, video juegos, sistema estéreo compacto con bandeja giratoria, y monitores. Sin perjuicio de lo previsto en la mencionada Resolución N° 805/1998, la Secretaría de Industria, Comercio y Minería posteriormente declinó la aprobación de lavarropas automáticos a Newsan. Posteriormente, y en el marco del Decreto N° 490/2003, a través Noblex, actualmente Newsan en virtud de La Fusión operada el 1/10/2019, presentó un nuevo proyecto para la fabricación de acondicionadores de aire de uso doméstico, familiar, comercial y otros usos no industriales tipo ventana y Split pared lo que fue aprobado por la Secretaría de Industria, Comercio y Minería mediante Resolución N° 147/2004. Como consecuencia de ello, Newsan fabrica actualmente, por sí o a través de Noblex (actualmente Newsan en virtud de La Fusión operada el 1/10/2019), los siguientes productos: televisores color, equipos de aire acondicionado y hornos microondas. En el marco de los Decretos N° 916/2010, 39/2011 y 1216/2011, Newsan sustituyó radiograbadores estéreo por máquinas automáticas para procesamiento de datos portátiles (de conformidad con la Resolución N° 59/2010 de la Secretaría de Industria y Comercio), radio-relojes por receptores/decodificadores integrados (IRD) de señales de video codificadas – set top box (de conformidad con la Resolución N° 137/2011 de la Secretaría de Industria y Comercio) y equipos hi-fi por monitores (de conformidad con la Resolución N° 138/2011 de la Secretaría de Industria y Comercio). Adicionalmente Newsan presentó un nuevo proyecto en los términos del Decreto N° 916/2010, para la fabricación de computadoras portátiles (notebooks y netbooks), que fue aprobado por la Secretaría de Industria y Comercio mediante la Resolución N° 486/2011. Por otro lado, mediante la Resolución N° 103/14 de la Secretaría de Industria se autorizó a Noblex, (actualmente Newsan en virtud de La Fusión operada el 1/10/2019), a la producción de tablets PC y mediante la Resolución N° 604/14 de la Secretaría de Industria se amplió la fabricación de celulares (aprobada originalmente mediante la Resolución N° 28/06). A su vez, a través de las Resoluciones N° 1237/15, 1242/15 y 1240/15 de la Secretaría de Industria, Newsan amplió sus proyectos de Monitores, Hornos de Microondas (aprobado originalmente mediante Resolución N° 805/98 de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería) y equipos de Aire Acondicionado (aprobado originalmente mediante Resolución N° 805/98 de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería), respectivamente. Por último, mediante la Resolución 1244/15, la Secretaría de Industria autorizó a Newsan la fabricación de tablets PC. A efectos de acreditar origen y gozar de los beneficios otorgados por el Régimen Promocional, los productos fabricados por Newsan deben cumplir con el proceso productivo mínimo que a tal efecto se encuentre aprobado o apruebe en el futuro la Autoridad de Aplicación. Asimismo, Xxxxxx debe cumplir con los compromisos asumidos en sus proyectos promocionales en materia de empleo, inversión y producción. La fiscalización del cumplimiento de los requisitos y obligaciones previstos en el Régimen Promocional se encuentra a cargo de diversas dependencias estatales como la AFIP a través de sus dos direcciones Dirección General Impositiva (la “AFIP-DGI”) y la Dirección General de Aduanas (la “AFIP-DGA”), el Poder Ejecutivo Provincial y la Comisión para el Área Aduanera Especial, quienes controlan la actividad de las empresas promovidas en el marco de sus competencias respectivas. Por Resolución N° 64 de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo publicada en el Boletín Oficial del día 16 de noviembre de 2022, se aprobó la solicitud de adhesión de Newsan S.A. a los beneficios y obligaciones establecidos en el Decreto 727/21.
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Condiciones para el ingreso al Régimen de Promoción y el goce de sus beneficios. A fin de gozar de los beneficios del Régimen de Promoción, Xxxxxx fue reconocida por el entonces gobernador del ex Territorio Nacional el 20 de febrero de 1991 como continuadora de las empresas Sanelco y Sansei, calificando así como Empresa Promovida. Mediante el Decreto N° 479/1995 se incorporó la posibilidad de sustituir productos que hasta entonces fabricaban las empresas promovidas siempre que dichos productos tuvieran un proceso productivo semejante o perteneciera a la misma posición de la C.I.I.U. (Clasificación Industrial Internacional Uniforme de las Naciones Unidas) y, posteriormente, por el Decreto N° 490/2003 se dispuso que las empresas industriales podrían ejercer la opción de acogerse al presente régimen para la fabricación de productos nuevos. Como se destaca en el presente Prospecto, a través de la Fusión realizada dentro del conjunto económico en la cual Posteriormente se dictó el Decreto Nº 916/2010 por medio del cual se dispuso la reapertura del Régimen establecido por el decreto Nº 490/03 para la presentación de proyectos vinculados con la producción de “notebooks y netbooks”. El Decreto 39/11 prorrogó la vigencia del Decreto 916/10 y amplió su objeto a la presentación de nuevos proyectos, incluyendo la producción de “módems” y “tablet PC”. Por su parte, el Decreto N° 1.216/11 prorrogó el Decreto 916/10 y amplió su objeto a la presentación de nuevos proyectos para la producción de “cámaras fotográficas digitales” y el Decreto N° 2623/12 establece que la reapertura del Régimen Promocional establecido en el Decreto 490/03 alcanza a los siguientes productos: notebooks y netbooks, módems, tablet PC, cámaras fotográficas digitales y lectores de libros electrónicos. Como se destaca en el presente Prospecto, a través de una fusión por absorción (“La Fusión”) realizada dentro del conjunto económico en la cual Newsan absorbió a Electronic System, Xxxxx, Misur y Noblex, las que se disolvieron sin liquidarse, y, a partir del 1 de octubre de 2019 Newsan resultó continuadora universal de todas las actividades de dichas sociedades. En el marco del Decreto N° 479/1995, Newsan sustituyó televisores monocromáticos, instrumentos musicales electrónicos y juegos electrónicos por hornos a microondas, lavarropas automáticos y equipos de aire acondicionado, lo que fue aprobado por la Secretaría de Industria, Comercio y Minería mediante Resolución N° 805/1998, y mantuvo videograbador-reproductor, hi-fi (alta fidelidad), amplificador-sintonizador, bafles, ecualizador, centro musical, radiograbadores portables, bandejas giradiscos, casetera, reproductores de compact-disc, televisores color y blanco y negro, radiograbadores monoaurales, radiograbadores estéreo, sistema de minicomponentes, radio reloj, casetes de audio, videocasetes, autorradios con o sin pasacasete, teléfonos celulares, radio portátil AM/FM, reproductores de casete para auto, video juegos, sistema estéreo compacto con bandeja giratoria, y monitores. Sin perjuicio de lo previsto en la mencionada Resolución N° 805/1998, la Secretaría de Industria, Comercio y Minería posteriormente declinó la aprobación de lavarropas automáticos a Newsan. Posteriormente, y en el marco del Decreto N° 490/2003, a través Noblex, (actualmente Newsan en virtud de La la Fusión operada el 1/10/2019), presentó un nuevo proyecto para la fabricación de acondicionadores de aire de uso doméstico, familiar, comercial y otros usos no industriales tipo ventana y Split pared lo que fue aprobado por la Secretaría de Industria, Comercio y Minería mediante Resolución N° 147/2004. Como consecuencia de ello, Newsan fabrica actualmente, por sí o a través de Noblex (actualmente Newsan en virtud de La Fusión operada el 1/10/2019), los siguientes productos: televisores color, equipos de aire acondicionado y hornos microondas. En el marco de los Decretos N° 916/2010, 39/2011 y 1216/2011, Newsan sustituyó radiograbadores estéreo por máquinas automáticas para procesamiento de datos portátiles (de conformidad con la Resolución N° 59/2010 de la Secretaría de Industria y Comercio), radio-relojes por receptores/decodificadores integrados (IRD) de señales de video codificadas – set top box (de conformidad con la Resolución N° 137/2011 de la Secretaría de Industria y Comercio) y equipos hi-fi por monitores (de conformidad con la Resolución N° 138/2011 de la Secretaría de Industria y Comercio). Adicionalmente Newsan presentó un nuevo proyecto en los términos del Decreto N° 916/2010, para la fabricación de computadoras portátiles (notebooks y netbooks), que fue aprobado por la Secretaría de Industria y Comercio mediante la Resolución N° 486/2011. Por otro lado, mediante la Resolución N° 103/14 de la Secretaría de Industria se autorizó a Noblex, (actualmente Newsan en virtud de La la Fusión operada el 1/10/2019), a la producción de tablets PC y mediante la Resolución N° 604/14 de la Secretaría de Industria se amplió la fabricación de celulares (aprobada originalmente mediante la Resolución N° 28/06). A su vez, a través de las Resoluciones N° 1237/15, 1242/15 y 1240/15 de la Secretaría de Industria, Newsan amplió sus proyectos de Monitores, Hornos de Microondas (aprobado originalmente mediante Resolución N° 805/98 de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería) y equipos de Aire Acondicionado (aprobado originalmente mediante Resolución N° 805/98 de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería), respectivamente. Por último, mediante la Resolución 1244/15, la Secretaría de Industria autorizó a Newsan la fabricación de tablets PC. A efectos de acreditar origen y gozar de los beneficios otorgados por el Régimen Promocional, los productos fabricados por Newsan deben cumplir con el proceso productivo mínimo que a tal efecto se encuentre aprobado o apruebe en el futuro la Autoridad de Aplicación. Asimismo, Xxxxxx debe cumplir con los compromisos asumidos en sus proyectos promocionales en materia de empleo, inversión y producción. La fiscalización del cumplimiento de los requisitos y obligaciones previstos en el Régimen Promocional se encuentra a cargo de diversas dependencias estatales como la AFIP a través de sus dos direcciones Dirección General Impositiva (la “AFIP-DGI”) y la Dirección General de Aduanas (la “AFIP-DGA”), el Poder Ejecutivo Provincial y la Comisión para el Área Aduanera Especial, quienes controlan la actividad de las empresas promovidas en el marco de sus competencias respectivas. Por Resolución N° 64 de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo publicada en el Boletín Oficial del día 16 de noviembre de 2022, se aprobó la solicitud de adhesión de Newsan S.A. a los beneficios y obligaciones establecidos en el Decreto 727/21.
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Condiciones para el ingreso al Régimen de Promoción y el goce de sus beneficios. A fin de gozar de los beneficios del Régimen de Promoción, Xxxxxx fue reconocida por el entonces gobernador del ex Territorio Nacional el 20 de febrero de 1991 como continuadora de las empresas Sanelco y Sansei, calificando así como Empresa Promovida. Mediante el Decreto N° 479/1995 se incorporó la posibilidad de sustituir productos que hasta entonces fabricaban las empresas promovidas siempre que dichos productos tuvieran un proceso productivo semejante o perteneciera a la misma posición de la C.I.I.U. (Clasificación Industrial Internacional Uniforme de las Naciones Unidas) y, posteriormente, por el Decreto N° 490/2003 se dispuso que las empresas industriales podrían ejercer la opción de acogerse al presente régimen para la fabricación de productos nuevos. Posteriormente se dictó el Decreto Nº 916/2010 por medio del cual se dispuso la reapertura del Régimen establecido por el decreto Nº 490/03 para la presentación de proyectos vinculados con la producción de “notebooks y netbooks”. El Decreto 39/11 prorrogó la vigencia del Decreto 916/10 y amplió su objeto a la presentación de nuevos proyectos, incluyendo la producción de “módems” y “tablet PC”. Por su parte, el Decreto N° 1.216/11 prorrogó el Decreto 916/10 y amplió su objeto a la presentación de nuevos proyectos para la producción de “cámaras fotográficas digitales” y el Decreto N° 2623/12 establece que la reapertura del Régimen Promocional establecido en el Decreto 490/03 alcanza a los siguientes productos: notebooks y netbooks, módems, tablet PC, cámaras fotográficas digitales y lectores de libros electrónicos. Como se destaca en el presente Prospecto, a través de una fusión por absorción (“La Fusión”) realizada dentro del conjunto económico en la cual Newsan absorbió a Electronic System, Xxxxx, Misur y Noblex, las que se disolvieron sin liquidarse, y, a partir del 1 de octubre de 2019 resultó continuadora universal de todas las actividades de dichas sociedades. En el marco del Decreto N° 479/1995, Newsan sustituyó televisores monocromáticos, instrumentos musicales electrónicos y juegos electrónicos por hornos a microondas, lavarropas automáticos y equipos de aire acondicionado, lo que fue aprobado por la Secretaría de Industria, Comercio y Minería mediante Resolución N° 805/1998, y mantuvo videograbador-reproductor, hi-fi (alta fidelidad), amplificador-sintonizador, bafles, ecualizador, centro musical, radiograbadores portables, bandejas giradiscos, casetera, reproductores de compact-disc, televisores color y blanco y negro, radiograbadores monoaurales, radiograbadores estéreo, sistema de minicomponentes, radio reloj, casetes de audio, videocasetes, autorradios con o sin pasacasete, teléfonos celulares, radio portátil AM/FM, reproductores de casete para auto, video juegos, sistema estéreo compacto con bandeja giratoria, y monitores. Sin perjuicio de lo previsto en la mencionada Resolución N° 805/1998, la Secretaría de Industria, Comercio y Minería posteriormente declinó la aprobación de lavarropas automáticos a Newsan. Posteriormente, y en el marco del Decreto N° 490/2003, a través Noblex, actualmente Newsan en virtud de La Fusión operada el 1/10/2019, presentó un nuevo proyecto para la fabricación de acondicionadores de aire de uso doméstico, familiar, comercial y otros usos no industriales tipo ventana y Split pared lo que fue aprobado por la Secretaría de Industria, Comercio y Minería mediante Resolución N° 147/2004. Como consecuencia de ello, Newsan fabrica actualmente, por sí o a través de Noblex (actualmente Newsan en virtud de La Fusión operada el 1/10/2019), los siguientes productos: televisores color, equipos de aire acondicionado y hornos microondas. En el marco de los Decretos N° 916/2010, 39/2011 y 1216/2011, Newsan sustituyó radiograbadores estéreo por máquinas automáticas para procesamiento de datos portátiles (de conformidad con la Resolución N° 59/2010 de la Secretaría de Industria y Comercio), radio-relojes por receptores/decodificadores integrados (IRD) de señales de video codificadas – set top box (de conformidad con la Resolución N° 137/2011 de la Secretaría de Industria y Comercio) y equipos hi-fi por monitores (de conformidad con la Resolución N° 138/2011 de la Secretaría de Industria y Comercio). Adicionalmente Newsan presentó un nuevo proyecto en los términos del Decreto N° 916/2010, para la fabricación de computadoras portátiles (notebooks y netbooks), que fue aprobado por la Secretaría de Industria y Comercio mediante la Resolución N° 486/2011. Por otro lado, mediante la Resolución N° 103/14 de la Secretaría de Industria se autorizó a Noblex, (actualmente Newsan en virtud de La Fusión operada el 1/10/2019), a la producción de tablets PC y mediante la Resolución N° 604/14 de la Secretaría de Industria se amplió la fabricación de celulares (aprobada originalmente mediante la Resolución N° 28/06). A su vez, a través de las Resoluciones N° 1237/15, 1242/15 y 1240/15 de la Secretaría de Industria, Newsan amplió sus proyectos de Monitores, Hornos de Microondas (aprobado originalmente mediante Resolución N° 805/98 de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería) y equipos de Aire Acondicionado (aprobado originalmente mediante Resolución N° 805/98 de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería), respectivamente. Por último, mediante la Resolución 1244/15, la Secretaría de Industria autorizó a Newsan la fabricación de tablets PC. A efectos de acreditar origen y gozar de los beneficios otorgados por el Régimen Promocional, los productos fabricados por Newsan deben cumplir con el proceso productivo mínimo que a tal efecto se encuentre aprobado o apruebe en el futuro la Autoridad de Aplicación. Asimismo, Xxxxxx debe cumplir con los compromisos asumidos en sus proyectos promocionales en materia de empleo, inversión y producción. La fiscalización del cumplimiento de los requisitos y obligaciones previstos en el Régimen Promocional se encuentra a cargo de diversas dependencias estatales como la AFIP a través de sus dos direcciones Dirección General Impositiva (la “AFIP-DGI”) y la Dirección General de Aduanas (la “AFIP-DGA”), el Poder Ejecutivo Provincial y la Comisión para el Área Aduanera Especial, quienes controlan la actividad de las empresas promovidas en el marco de sus competencias respectivas.
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