Common use of Conductas legítimas Clause in Contracts

Conductas legítimas. A efectos de lo dispuesto en los apartados anteriores, salvo que la CNMV y/o el Mercado, según proceda, determine que no hay razón legítima para la realización de la operación en cuestión, no se considerará que una persona que posea Información Privilegiada ha operado con ella en los siguientes casos: 1. Siempre que dicha persona realice una operación para adquirir, transmitir o ceder Valores Negociables o Instrumentos Financieros y esta operación se efectúe de buena fe en cumplimiento de una obligación vencida y no para eludir la prohibición de operaciones con Información Privilegiada, y: (a) dicha obligación se derive de una orden dada o de un acuerdo celebrado antes de que la persona en cuestión tuviera conocimiento de la Información Privilegiada; o (b) esa operación tenga por objeto cumplir una disposición legal o reglamentaria anterior a la fecha en que la persona en cuestión tuviera conocimiento de la Información Privilegiada. 2. En general, siempre que la operación se realice de conformidad con la normativa aplicable. Tampoco se considerarán incluidas en este artículo las operaciones u órdenes que tengan su origen en la ejecución por parte de la Sociedad de programas de recompra de acciones propias o estabilización de valores siempre que se cumplan las condiciones establecidas legalmente para ello.

Appears in 3 contracts

Samples: Reglamento Interno De Conducta, Reglamento Interno De Conducta, Reglamento Interno De Conducta

Conductas legítimas. A efectos de lo dispuesto en los apartados anteriores, salvo que la CNMV y/o el Mercado, según proceda, determine que no hay razón legítima para la realización de la operación en cuestión, no se considerará que una persona que posea Información Privilegiada ha operado con ella en los siguientes casos: 1. Siempre que dicha persona realice una operación para adquirir, transmitir o ceder Valores Negociables o Instrumentos Financieros afectados y esta operación se efectúe de buena fe en cumplimiento de una obligación vencida y no para eludir la prohibición de operaciones con Información Privilegiada, y: (a) dicha obligación se derive de una orden dada o de un acuerdo celebrado antes de que la persona en cuestión tuviera conocimiento de la Información Privilegiada; o (b) esa operación tenga por objeto cumplir una disposición legal o reglamentaria anterior a la fecha en que la persona en cuestión tuviera conocimiento de la Información Privilegiada. 2. En general, siempre que la operación se realice de conformidad con la normativa aplicable. Tampoco se considerarán incluidas en este artículo las operaciones u órdenes que tengan su origen en la ejecución por parte de la Sociedad de programas de recompra de acciones propias o estabilización de valores siempre que se cumplan las condiciones establecidas legalmente para ello.

Appears in 1 contract

Samples: Reglamento Interno De Conducta