Common use of CONSIDERANDO Clause in Contracts

CONSIDERANDO. Que, a 31 de diciembre de 2021, el Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx, cerró la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de $ 40.297.199 (Cuarenta Millones Doscientos Noventa y Siete Mil Ciento Noventa y Nueve Pesos M/cte Col). Que, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, mediante Circular 02 del 01 xx xxxxx de 2022, y conforme a lo establecido en los artículos 37° y 38° del Decreto 372 de 2010, comunicó la decisión tomada en su sesión N° 02, celebrada el 00 xx xxxxxxx 0000, indicando que, del monto total de los excedentes generados a 31 de diciembre de 2021, al Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx se le asignó una partida de $ 3.076.099.241 ( Tres Mil Setenta y Seis Millones Noventa y Nueve Mil Doscientos Cuarenta y Un Pesos M/cte Col) Que, es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx para la vigencia fiscal, comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2022, los recursos asignados por el CONFIS. Que, el 16 xx xxxxx de 2022, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto favorable N° 0-0000-00000, sobre la modificación a la inversión – adición de excedentes financieros. De igual forma en circular emitida por esta entidad se estableció una proyección de la distribución de la partida asignada de la siguiente manera: ⮚ Fortalecimiento de la Malla vial: $ 2.916.948.753 (Dos Mil Novecientos Dieciseis Millones Novecientos Cuarenta y Ocho Mil Setecientos Cincuenta y Tres Pesos M/cte Col) ⮚ Fortalecer el funcionamiento y administración del programa Parceros a nivel local: $ 59.150.488 (Cincuenta y Nueve Mil Millones Ciento Cincuenta Mil Cuatrocientos Ochenta y Ocho Pesos M/cte Col). ⮚ Desarrollo de iniciativas locales a través de la unidad de cuidado del espacio público: $ 100.000.000 (Cien Millones de Pesos M/cte Col) Que, el Alcalde presentó para estudio y aprobación de la JAL el Proyecto de Acuerdo para la adición de recursos al Presupuesto de Ingresos y Gastos. Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

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Samples: Local Agreement

CONSIDERANDO. QueQue el 9 de septiembre de 2019 se firmó el contrato xx xxxxxxxx Xx. 0000/XX-XX, xxxxx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx y el Banco Interamericano de Desarrollo, en adelante el “Contrato xx Xxxxxxxx”, para financiar el “Programa de Apoyo a 31 la Inclusión Social de diciembre de 2021Personas con Discapacidad en Ecuador”, en adelante el Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx, cerró la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de $ 40.297.199 (Cuarenta Millones Doscientos Noventa y Siete Mil Ciento Noventa y Nueve Pesos M/cte Col). Que, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, “Programa”; Que mediante Circular 02 oficio Nº MEF-SFP-2020-0395-O del 01 20 xx xxxxx de 20222020 y oficio Nº MEF-SFP-2020-0532-O de 22 xx xxxx de 2020 el Prestatario, a través del Ministerio de Economía y conforme Finanzas (MEF) emitió las resoluciones Nº 0027 y Nº 0038 y solicitó al Banco la modificación del Contrato xx Xxxxxxxx para: (i) reducir US$5.089.749 del aporte local, a lo establecido en los artículos 37° y 38° del Decreto 372 fin de 2010, comunicó la decisión tomada en su sesión N° 02, celebrada dar cumplimiento con el 00 xx xxxxxxx 0000, indicando que, del monto total Acuerdo Ministerial No. 0001 de los excedentes generados a 31 de diciembre de 2021, al Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx se le asignó una partida de $ 3.076.099.241 ( Tres Mil Setenta y Seis Millones Noventa y Nueve Mil Doscientos Cuarenta y Un Pesos M/cte Col) Que, es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx para la vigencia fiscal, comprendida entre el 01 2 de enero de 2020; y (ii) realizar un ajuste a los criterios para selección de predios donde se realizará la implementación de Parques Inclusivos Integrales previstos en el 31 Componente 2 del Programa, permitiendo tener una mayor área de diciembre intervención y acceso a un mayor número de 2022, los recursos asignados por usuarios y beneficiarios en situación de vulnerabilidad a nivel nacional; Que mediante la Ayuda Memoria suscrita el CONFIS. Que, el 16 18 xx xxxxx de 20222020 se acordó para el Componente 1 ejecutado por el Ministerio de Salud Pública (MSP) lo siguiente: realizar un ajuste en el alcance del Componente 1, debido a que algunas actividades previstas originalmente se realizaron con recursos fiscales propios en el transcurso del 2019, mientras el Contrato xx Xxxxxxxx estaba en proceso para su suscripción; y Que la Secretaría Distrital República del Ecuador y el Banco, en adelante conjuntamente las “Partes”, de Planeacióncomún acuerdo, emitió concepto favorable N° 0-0000-00000desean introducir las siguientes modificaciones al Contrato xx Xxxxxxxx, sobre la modificación a la inversión – adición de excedentes financieros. De igual forma en circular emitida por esta entidad se estableció una proyección de la distribución de la partida asignada de la siguiente manera: ⮚ Fortalecimiento de la Malla vial: $ 2.916.948.753 (Dos Mil Novecientos Dieciseis Millones Novecientos Cuarenta y Ocho Mil Setecientos Cincuenta y Tres Pesos M/cte Col) ⮚ Fortalecer el funcionamiento y administración del programa Parceros a nivel local: $ 59.150.488 (Cincuenta y Nueve Mil Millones Ciento Cincuenta Mil Cuatrocientos Ochenta y Ocho Pesos M/cte Col). ⮚ Desarrollo de iniciativas locales a través de la unidad de cuidado del espacio público: $ 100.000.000 (Cien Millones de Pesos M/cte Col) Que, el Alcalde presentó para estudio y aprobación de la JAL el Proyecto de Acuerdo para la adición de recursos al Presupuesto de Ingresos y Gastos. Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,:

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Samples: Préstamo

CONSIDERANDO. QueI.-Hechos probados: Para la resolución del presente asunto, se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que la oferta de la empresa Heliconio Griego S.A, para el proceso en cuestión, aportó la siguiente información: A) “…EQUIPO OFRECIDO-------------------- El equipo descrito en el cuadro anterior se pone a disposición para ejecutar el proyecto una vez que se dé la orden de inicio. En presentación de Xxxxxxxxx Xxxxxx S.A, me comprometo a disponer del equipo necesario para llevar a cabo esta obra…”. (ver folio 95 del expediente de apelación). B) “…Formulario No. 11 Contrato de arrendamiento de maquinaria. Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, mayor, casado, […]. Representante de TRACTORES XXXXXXX Y XXXXXX LTDA, cédula jurídica 0-000-000000, […] y Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx […], representante de Xxxxxxxxx Xxxxxx S.A, […] convenimos celebrar el contrato de arrendamiento de maquinaria que se regirá por las siguientes cláusulas: El primero, en su condición de dueño da en arrendamiento al segundo quien acepta los vehículos que se describen a continuación: Cargador Xxxxx Xxxxxxx, estilo WA380-6, año 2008 serie KMTWA095PO1065623. El arrendamiento es a título oneroso y el precio será estipulado a la hora de realizar los trabajos y por el tiempo de ejecución que tarda el presente proyecto. El arrendamiento queda autorizado a utilizar la maquinaria para la Licitación Abreviada No. 2015LA-000003-01…”. (subrayado no es del original). (ver folio 92 del expediente administrativo). C) “…Formulario No. 11 Contrato de arrendamiento de maquinaria. Xxxxxxxx, Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, mayor, casado, […]. Representante de CONSTRUCTORA ALBOSA S.A, cédula jurídica 0-000-000000, […] y Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx […], representante de Heliconia Griego S.A, […] convenimos celebrar el contrato de arrendamiento de maquinaria que se regirá por las siguientes cláusulas: El primero, en su condición de dueño da en arrendamiento al segundo quien acepta los vehículos que se describen a continuación: Vagoneta marca Caterpillar, estilo 725, año 2006 número de serie CAT00725AFX01570 con una capacidad de 16m3. Vagoneta marca Caterpillar, estilo 725, año 2008, número de serie CAT00725PBILO1428, con una capacidad de 16m3. Vagoneta marca Caterpillar, estilo 725, año 2008 número de serie CAT00725CB1LO1630 con una capacidad de 16m3. El arrendamiento es a título oneroso y el precio será estipulado a la hora de realizar los trabajos y por el tiempo de ejecución que tarda el presente proyecto. El arrendamiento queda autorizado a utilizar la maquinaria para la Licitación Abreviada No. 2015LA-000003-01…”. (subrayado no es del original). (ver folio 91 del expediente administrativo). 2) Que la empresa Heliconio Griego S.A, adjuntó con el escrito de recurso de apelación, la siguiente información: A) “…Derecho de circulación del vehículo placa número C-135107, vagoneta xxxxx Xxxx, Xxxxxx 1995, a 31 nombre de Heliconio Griego S.A.”. (subrayado no es del original). (ver folio 25 del expediente de apelación). B) “…Tarjeta de Revisión Técnica del vehículo placa número C-135107, vagoneta xxxxx Xxxx, Modelo 1995…”. (ver folio 27 del expediente de apelación). C) “…Derecho de circulación del vehículo placa número C-147570, vagoneta marca Kenworth, Modelo 1996, a nombre de Xxxxxxxxx Xxxxxx S.A.”. (subrayado no es del original). (ver folio 28 del expediente de apelación). D) “…Tarjeta de Revisión Técnica de la vagoneta placa número C-147570, marca Kenworth, Modelo 1996…”. (ver folio 30 del expediente de apelación). E) Documento denominado Comprobante de Mercancía Nacionalizada que señala “…Imp./Export Maquinaria y Tractores Limitada, Fecha Ingr:07/05/2008, EXCAVADORA CON ORUGAS SERIE XXX0000XXX0X00000 Caterpillar Motor XXXX0000 XXX XXX00000…”. (subrayado no es del original) (ver folio 33 del expediente de apelación). 3). Que mediante estudio técnico No. UTGVM-657-122015, del 15 de diciembre del 2015, la Unidad Técnica de Gestión Vial señala: “…Asunto: Licitación Abreviada No. CD-000003-01. […] Según el análisis correspondiente se informa lo siguiente: a) La empresa Heliconio Griego S.A, presenta la oferta de menor precio sin embargo presentó dos números de placas que corresponden a dos vagonetas, no entregó los documentos de Revisión Técnica Vehicular, ni los derechos de circulación y los títulos de propiedad de la maquinaria, por lo anterior no cumple con todos los requisitos de admisibilidad. Además la maquinaria se encuentra subcontratada un 57.14% y no indica el monto a cancelar por dicho arrendamiento y según el artículo 69 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa el cual dice textualmente “El oferente podrá subcontratar hasta en un 50% del monto adjudicado, salvo que la Administración autorice un monto mayor”, por lo que se desconoce el costo del arrendamiento de la maquinaria. La empresa Heliconio Griego S.A, queda excluida de la Licitación Abreviada No. CD-000003-01, por los motivos expuestos anteriormente. b) La empresa Constructora Caramo S.A, por ser la única empresa participante obtiene los 50 puntos del precio, también obtiene un 37.75 puntos por Modelo y Capacidad del Equipo y por último en el puntaje Tiempo de Entrega, no lo indica sin embargo obtiene la totalidad de los 10 puntos ya que se apega al tiempo estipulado en el cartel en el punto 1.3 Plazo de Entrega, inciso a) el cual dice: El plazo de entrega no podrá ser mayor a 55 días hábiles después de la entregada de la orden de compra, como lo indica la Ley de Contratación III.-Sobre el fondo del recurso presentado: a). Sobre la exclusión de la Empresa Heliconio Griego S.A. i) Sobre la documentación de los equipos ofrecidos. La apelante manifiesta que su representada conoce lo expuesto por la Unidad Técnica de Gestión Vial en su oficio UTGVM-657-122015, del día 15 de diciembre de 20212015 y que corre a folios 148 y 149 del expediente administrativo, documento en donde el Fondo Municipio reconoce expresamente que la plica de Desarrollo Local xx Xxxxxxxsu representada es la de menor precio, cerró no obstante, es ese mismo oficio erróneamente se dispuso que su oferta no es elegible y queda excluida de la vigencia fiscal contratación por cuanto supuestamente no cumpliría con excedentes financieros los requisitos del cartel. Ante ello señala que en relación a su oferta se indicó “...no cumple con todos los requisitos de Admisibilidad”, indicando que ello es completamente falso y así se acredita a continuación. Añade que el apartado 1.20 del cartel de la Licitación, visible a folio 20 de expediente administrativo, estableció los requisitos de admisibilidad que regirían esta contratación. Ante ello afirma, que su plica fue realizada observando el cumplimiento técnico de los requisitos de admisibilidad definidos en el citado aparte 1.20 del Cartel; así a folio 95 del expediente administrativo consta los equipos ofrecidos por valor su oferta. Es así como acredita que la oferta de $ 40.297.199 (Cuarenta Millones Doscientos Noventa su representada y Siete Mil Ciento Noventa según consta en el expediente administrativo, ha cumplido con todos los requisitos de admisibilidad dispuestos en el cartel, reiterando que los precios ofertados incluyen al operador de todos los equipos requeridos y Nueve Pesos M/cte Col)están en buen estado de funcionamiento. QueAfirma que en el cartel de la Licitación Abreviada N°2015LA- 000003-01, no se estableció la obligación para los oferentes de aportar la documentación técnica de los equipos, por lo que no resulta jurídicamente posible que a su representada se le excluya del concurso, por un supuesto incumplimiento de requisitos que no fueron previamente dispuestos en el Consejo Distrital pliego de Política Económica condiciones elaborado y Fiscal CONFISpublicitado por el citado Municipio. Señala que dichos requisitos extrañamente salen a relucir en el análisis de las ofertas, mediante Circular 02 del 01 xx xxxxx poniendo en clara desventaja a su representada, cuando lo único que según el cartel debían de 2022cumplir, era con una cantidad determinada de equipos que a su vez cumplieran con ciertas características de capacidad y potencia, que contaran con sus respectivos operadores y en buenas condiciones mecánicas, aspectos los cuales cumple a cabalidad según se observa en su oferta. La adjudicataria no da respuesta a la audiencia inicial. La Administración manifiesta que no presenta cambio en relación a lo externado en el informe técnico realizado por la Unidad Técnica Vial, y conforme a lo establecido que se encuentra en los artículos 37° folios 148 y 38° 149 del Decreto 372 de 2010, comunicó la decisión tomada en su sesión N° 02, celebrada el 00 xx xxxxxxx 0000, indicando que, del monto total de los excedentes generados a 31 de diciembre de 2021, al Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx se le asignó una partida de $ 3.076.099.241 ( Tres Mil Setenta y Seis Millones Noventa y Nueve Mil Doscientos Cuarenta y Un Pesos M/cte Col) Que, es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx para la vigencia fiscal, comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2022, los recursos asignados por el CONFISexpediente. Que, el 16 xx xxxxx de 2022, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto favorable N° 0-0000-00000, sobre la modificación Deja manifestado que con respecto a la inversión – adición maquinaria solicitada, si bien es cierto, en el cartel no se indica expresamente que la maquinaria debe contar con todos los permisos al día (RTV y derecho de excedentes financieroscirculación), esos son requisitos que no se pueden obviar en virtud que son exigidos por Xxx xx Xxxxxxxx, que es un requisito indispensable que las maquinas cuenten con dichos permisos, de lo contrario no es posible que operen ni que circulen por las vías nacionales. De igual forma en circular emitida por esta entidad se estableció una proyección Afirma que la empresa Heliconio Griego S.A, no presenta, ni el número de placa de varias de las unidades que oferta, lo que dificulta a la Administración verificar si verdaderamente los datos proporcionados son verdaderos. Criterio de la distribución División: En virtud de la partida asignada lo anterior, como punto de la siguiente manera: ⮚ Fortalecimiento inicio para el presente cuestionamiento, conviene verificar cuáles son los aspectos contenidos en el pliego cartelario como requisitos de la Malla vial: $ 2.916.948.753 (Dos Mil Novecientos Dieciseis Millones Novecientos Cuarenta y Ocho Mil Setecientos Cincuenta y Tres Pesos M/cte Col) ⮚ Fortalecer admisibilidad, ante ello se tiene que el funcionamiento y administración del programa Parceros a nivel local: $ 59.150.488 (Cincuenta y Nueve Mil Millones Ciento Cincuenta Mil Cuatrocientos Ochenta y Ocho Pesos M/cte Col). ⮚ Desarrollo cartel reguló en el punto 1.20, un apartado titulado “Requisitos de iniciativas locales a través de la unidad de cuidado del espacio público: $ 100.000.000 (Cien Millones de Pesos M/cte Col) Que, el Alcalde presentó para estudio y aprobación de la JAL el Proyecto de Acuerdo para la adición de recursos al Presupuesto de Ingresos y Gastos. Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto. QueAdmisibilidad”, en mérito de el cual se contempló lo anteriormente expuesto,siguiente: “REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD. -------------

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Samples: Recurso De Apelación

CONSIDERANDO. QueHechos Probados: 1) Que el Banco Nacional xx Xxxxx Rica promovió la Licitación Pública No. 2007LN-001885-01, para suministro e instalación de 182 grabadores digitales en sus agencias y sucursales del Banco Nacional xx Xxxxx Rica y equipo de CCTV Digital, para uso de la oficina de mantenimiento de ATM. 2) Que participaron en el concurso dos oferentes: Edintel S.A. y Consorcio Protección Electrónica S.A., Grupo Almo y Servicio Internacional de Alarmas S.A. (folio 558) 3) Que en La Gaceta número 202 del 22 de setiembre de 2007 se declaró infructuosa la Licitación Pública No. 2007LN-001885-01. 4) Que el cartel en lo que interesa dispone: A.-Condiciones Especiales. Punto 4: “El oferente deberá presentar un documento ,emitido por la empresa fabricante, en donde se garantice que el oferente es distribuidor autorizado de todo el equipo ofertado en la propuesta, este documento debe haber sido emitido como máximo dentro de los tres(3) meses anteriores a 31 la fecha propuesta para la apertura de diciembre ofertas. No se aceptarán firmas de 2021, el Fondo vendedores o encargados de Desarrollo Local xx Xxxxxxx, cerró la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de $ 40.297.199 cuenta”. (Cuarenta Millones Doscientos Noventa y Siete Mil Ciento Noventa y Nueve Pesos M/cte Colfolio 060). Que5) Que en la oferta de Edintel S.A. se adjuntó una carta de 28 de febrero de 2007, que en lo que interesa se lee: “Por medio de la presente confirmamos y certificamos a Edintel como Canal de Venta Autorizado de productos Pelco de Circuitos Cerrados de Televisión(CCTV). Como Canal de Venta Autorizado Edintel está habilitado para revender y distribuir dichos productos de acuerdo a los estándares comerciales de Pelco”. (Folio 202). 6) El artículo 5 de la Sesión Ordinaria N° 888-2007, celebrada por el Consejo Distrital Comité de Política Económica y Fiscal CONFISLicitaciones el 09 de octubre del 2007, mediante Circular 02 del 01 xx xxxxx se dice textualmente: “Oferta N°1, Edintel 1. Incumple con el punto número 4 de 2022las Condiciones Especiales...c) Recomendación: En virtud de los incumplimientos indicados anteriormente, y conforme a recomiendo declarar infructuoso dicho proceso, ya que ninguno de los oferentes cumple con lo establecido en los artículos 37° y 38° del Decreto 372 de 2010, comunicó la decisión tomada en su sesión N° 02, celebrada el 00 xx xxxxxxx 0000, indicando que, del monto total de los excedentes generados a 31 de diciembre de 2021, al Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx se le asignó una partida de $ 3.076.099.241 ( Tres Mil Setenta y Seis Millones Noventa y Nueve Mil Doscientos Cuarenta y Un Pesos M/cte Col) Que, es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx para la vigencia fiscal, comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2022, los recursos asignados por el CONFIS. Que, el 16 xx xxxxx de 2022, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto favorable N° 0-0000-00000, sobre la modificación a la inversión – adición de excedentes financieros. De igual forma en circular emitida por esta entidad se estableció una proyección cartel de la distribución de la partida asignada de la siguiente manera: ⮚ Fortalecimiento de la Malla vial: $ 2.916.948.753 licitación supracitada...” (Dos Mil Novecientos Dieciseis Millones Novecientos Cuarenta y Ocho Mil Setecientos Cincuenta y Tres Pesos M/cte Col) ⮚ Fortalecer el funcionamiento y administración del programa Parceros a nivel local: $ 59.150.488 (Cincuenta y Nueve Mil Millones Ciento Cincuenta Mil Cuatrocientos Ochenta y Ocho Pesos M/cte Col). ⮚ Desarrollo de iniciativas locales a través de la unidad de cuidado del espacio público: $ 100.000.000 (Cien Millones de Pesos M/cte Col) Que, el Alcalde presentó para estudio y aprobación de la JAL el Proyecto de Acuerdo para la adición de recursos al Presupuesto de Ingresos y Gastos. Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,folios 556,557)..-------------------------------------------------------------------------------------------------------------

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Samples: Recurso De Apelación

CONSIDERANDO. QueHechos probados: Para el dictado de la presente resolución, este Despacho ha tenido por probados los siguientes hechos de interés: 1) Que por medio del oficio SAR-775-2017 de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxx xx Xxxxxxxxxxxxx de Bienes y Servicios, Sub área de reactivos y otros, solicitó a 31 la empresa QUALITY STORE S.A. la subsanación de diciembre de 2021lo siguiente: "(…) 2. Muestra, el Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx, cerró la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de $ 40.297.199 cartel lo solicita..." (Cuarenta Millones Doscientos Noventa y Siete Mil Ciento Noventa y Nueve Pesos M/cte Colver folio 113 del expediente administrativo). Que2) Que mediante recibo número 351649 de fecha 0 xx xxxxxxx xx 0000, xx Xxxx xx Xxxxxxxxxxxxx de Bienes y Servicios, Sub área de análisis Administrativo recibe la muestra aportada por la empresa QUALITY STORE S.A. (ver folio 115 del expediente administrativo). 3) Que el Consejo Distrital análisis de Política Económica ofertas emitido por la Comisión Técnica de Normalización y Fiscal CONFISCompras de Formulario y Papelería, mediante Circular 02 del 01 xx xxxxx de 2022, y conforme a lo establecido en los artículos 37° y 38° del Decreto 372 de 2010, comunicó la decisión tomada en su sesión N° 02, celebrada el fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000, indicando quexxxxxx en relación con la empresa QUALITY STORE S.A., del monto total de los excedentes generados a 31 de diciembre de 2021, al Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx se le asignó una partida de $ 3.076.099.241 ( Tres Mil Setenta y Seis Millones Noventa y Nueve Mil Doscientos Cuarenta y Un Pesos M/cte Colen lo que interesa: “(…) Que, es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx para la vigencia fiscal, comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2022, los recursos asignados por el CONFIS. Que, el 16 xx xxxxx de 2022, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto favorable OFERTA 0-0000-000002 QUALITY STORE S.A: De peso 12 Kgs. cada rollo.. / No cumple, sobre la modificación pesa 0.15 kgs el rollo de muestra presentado. / GRAMAJE: 72.5 gramos / m² a la inversión – adición de excedentes financieros80 gramos / m² / No cumple, pesa 83 gramos / m² el S.A. No cumple con los requisitos técnicos solicitados en este concurso. De igual forma en circular emitida por esta entidad No se estableció una proyección de la distribución de la partida asignada de la siguiente manera: ⮚ Fortalecimiento de la Malla vial: $ 2.916.948.753 recomienda técnicamente. (Dos Mil Novecientos Dieciseis Millones Novecientos Cuarenta y Ocho Mil Setecientos Cincuenta y Tres Pesos M/cte Col) ⮚ Fortalecer el funcionamiento y administración …)” (Ver folios 134 al 139 del programa Parceros a nivel local: $ 59.150.488 (Cincuenta y Nueve Mil Millones Ciento Cincuenta Mil Cuatrocientos Ochenta y Ocho Pesos M/cte Col). ⮚ Desarrollo de iniciativas locales a través de la unidad de cuidado del espacio público: $ 100.000.000 (Cien Millones de Pesos M/cte Col) Que, el Alcalde presentó para estudio y aprobación de la JAL el Proyecto de Acuerdo para la adición de recursos al Presupuesto de Ingresos y Gastos. Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,expediente administrativo).------------------------------------

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Samples: Recurso De Apelación

CONSIDERANDO. QueQue con fecha 00 xx Xxxxxxxxx xx 0000 xx XXXXXXXXX xx XXXXXXXX suscribió el Convenio del Programa de Financiamiento Ordenado en el marco del Decreto № 1.274/2003, ratificado por Ley Provincial № 4.092 de fecha 20 xx xxxxxx de 2004. Que en el Capítulo II, artículos 6o Inc. a) y 7o del Convenio Bilateral antes mencionado se estableció que el mismo permitirá a 31 la PROVINCIA contar con el financiamiento para atender los vencimientos de los servicios de intereses y amortizaciones de programas con financiamiento de Organismos Multilaterales de Crédito que se produzcan en el ejercicio 2004, comprometiéndose el ESTADO NACIONAL a otorgar un financiamiento a la PROVINCIA hasta la suma máxima de PESOS SESENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL ($ 69.430.000), estableciéndose en el artículo 8o las condiciones en las cuales será reembolsado dicho monto. Que la PROVINCIA y el ESTADO NACIONAL suscribieron con fecha 21 de diciembre el Convenio Complementario previsto en el Capítulo III del Convenio del Programa de 2021, el Fondo Financiamiento Ordenado citado; surgiendo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx, cerró dicho Convenio Complementario un saldo deudor de la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor PROVINCIA de PESOS SETENTA Y CUATRO MILLONES CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES CON VEINTIDÓS CENTAVOS ($ 40.297.199 (Cuarenta Millones Doscientos Noventa y Siete Mil Ciento Noventa y Nueve Pesos M/cte Col74.054.973,22). Que, Que por tanto las Partes se encuentran en condiciones de suscribir el Consejo Distrital presente Convenio de Política Económica y Fiscal CONFIS, mediante Circular 02 del 01 xx xxxxx de 2022, y conforme a lo establecido en los artículos 37° y 38° del Decreto 372 de 2010, comunicó la decisión tomada en su sesión N° 02, celebrada el 00 xx xxxxxxx 0000, indicando que, del monto total Refinanciación de los excedentes generados servicios de intereses y amortización de programas de financiamiento de Organismo Multilaterales de Crédito cuyo vencimiento se produjera en el año 2004 y de los saldos a 31 de diciembre de 2021favor del Estado Nacional mencionados en el considerando anterior. Por ello, al Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx se le asignó una partida de $ 3.076.099.241 ( Tres Mil Setenta y Seis Millones Noventa y Nueve Mil Doscientos Cuarenta y Un Pesos M/cte Col) Que, es necesario incorporar al presupuesto las Partes del Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx para la vigencia fiscal, comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2022, los recursos asignados por el CONFIS. Que, el 16 xx xxxxx de 2022, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto favorable N° 0-0000-00000, sobre la modificación a la inversión – adición de excedentes financieros. De igual forma en circular emitida por esta entidad se estableció una proyección de la distribución de la partida asignada de la siguiente manera: ⮚ Fortalecimiento de la Malla vial: $ 2.916.948.753 (Dos Mil Novecientos Dieciseis Millones Novecientos Cuarenta y Ocho Mil Setecientos Cincuenta y Tres Pesos M/cte Col) ⮚ Fortalecer el funcionamiento y administración del programa Parceros a nivel local: $ 59.150.488 (Cincuenta y Nueve Mil Millones Ciento Cincuenta Mil Cuatrocientos Ochenta y Ocho Pesos M/cte Col). ⮚ Desarrollo de iniciativas locales a través de la unidad de cuidado del espacio público: $ 100.000.000 (Cien Millones de Pesos M/cte Col) Que, el Alcalde presentó para estudio y aprobación de la JAL el Proyecto de Acuerdo para la adición de recursos al Presupuesto de Ingresos y Gastos. Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,presente CONVIENEN

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Samples: Convenio Complementario Al Convenio De Financiamiento

CONSIDERANDO. QueHechos probados: Para la resolución del presente asunto, a 31 se tienen por demostrados los siguientes hechos de diciembre interés: 1) Que en el acuerdo número 4661, tomado por la Junta Directiva de 2021SENARA, el Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx, cerró la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de $ 40.297.199 (Cuarenta Millones Doscientos Noventa y Siete Mil Ciento Noventa y Nueve Pesos M/cte Col)en sesión ordinaria No. Que, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, mediante Circular 02 del 01 xx xxxxx de 2022, y conforme a lo establecido en los artículos 37° y 38° del Decreto 372 de 2010, comunicó la decisión tomada en su sesión N° 02638-13, celebrada el 00 xx xxxxxxx 000007 de octubre de 2013, indicando quese indicó lo siguiente “…con base en los informes de la Dirección Jurídica No. DJ-OF-316-2013, del Técnico No. DDRAT-OF-1006-2013 y DDRAT- OF-1221-2013, Administrativo No. SA-PROGIRH-OF-595-2013 y Certificación No. 014 Presupuestaria: Se adjudica la Licitación Pública No. 2012LN-000006-DDRAT “Reconstrucción de 14 kilómetros de caminos en los subdistritos Piedra y Cabuyo” a la oferta No. 6, presentada por la empresa: JR AJIMA DEL OCCIDENTE S.A. / Esta adjudicación es por un monto total de los excedentes generados a 31 ¢ 125.845.421.66. / Un plazo de diciembre ejecución de 2021, al Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx se le asignó una partida de $ 3.076.099.241 ( Tres Mil Setenta y Seis Millones Noventa y Nueve Mil Doscientos Cuarenta y Un Pesos M/cte Col15 días naturales…”. (ver folio 1292 del expediente administrativo). 2) Que, es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx para la vigencia fiscal, comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2022, los recursos asignados Que según documentación certificada por el CONFIS. QueLicenciado Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, el 16 xx xxxxx de 2022respecto a los vehículos placas 11354, la Secretaría Distrital de Planeación22277, emitió concepto favorable N° 0-0000-0000079846 y 5256, sobre la modificación a la inversión – adición de excedentes financieros. De igual forma en circular emitida por esta entidad se estableció una proyección de la distribución de la partida asignada de extrae la siguiente manerainformación: ⮚ Fortalecimiento a)- 11/12/2013. / Consulta y Pago de la Malla vialMarchamo. Tipo de Vehículo Carga Pesada. / Número de Placa 11354. / Vehículo sin revisión técnica. / Marchamo Pendiente / Nombre del Propietario: $ 2.916.948.753 NIVELACIONES Y TRANSPORTES ROLJUANJO LIMITADA. / Marca: MACK. / Modelo: 1975. / Períodos a pagar: 3. / Monto a cancelar al día xx xxx: 135.678.00. / Descripción de Rubro Monto SEGURO OBLIGATORIO DE AUTOMOVILES 52.689.00 RECARGO DEL SEGURO OBLIGATORIO 3.591.00 APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 24.299.00 RECARDO DEL APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 554.00 IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 24.000.00 RECARGO AL IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 19.110.00 IMPUESTO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDADES 600.00 TIMBRE FAUNA XXXXXXXXX 312.00 LEY 7088 Y REF 3.673.0 IMPUESTO DE VENTAS (Dos Mil Novecientos Dieciseis Millones Novecientos Cuarenta 13%) 6.850.00 b)- 11/12/2013. / Consulta y Ocho Mil Setecientos Cincuenta Pago de Marchamo. Tipo de Vehículo Carga Pesada. / Número de Placa 22277. / Vehículo sin revisión técnica. / Marchamo Pendiente / Nombre del Propietario: NIVELACIONES Y TRANSPORTES ROLJUANJO LIMITADA. / Marca: MACK. / Modelo: 1971. / Períodos a pagar: 11. / Monto a cancelar al día xx xxx: 181.068.00. / Descripción de Rubro Monto SEGURO OBLIGATORIO DE AUTOMOVILES 62.958.00 RECARGO DEL SEGURO OBLIGATORIO 4.777.00 APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 27.688.00 RECARDO DEL APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 945.00 IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 32.000.00 RECARGO AL IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 30.367.00 IMPUESTO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDADES 2.200.00 TIMBRE FAUNA XXXXXXXXX 892.00 LEY 7088 Y REF 11.056.00 IMPUESTO DE VENTAS (13%) 8.185.00 c)- 11/12/2013. / Consulta y Tres Pesos M/cte ColPago de Marchamo. Tipo de Vehículo Carga Liviana. / Número de Placa 79846. / Vehículo sin revisión técnica. / Marchamo Pendiente / Nombre del Propietario: NIVELACIONES Y TRANSPORTES ROLJUANJO LIMITADA. / Marca: ISUZU. / Modelo: 1980. / Períodos a pagar: 11. / Monto a cancelar al día xx xxx: 283.152.00. / Descripción de Rubro Monto SEGURO OBLIGATORIO DE AUTOMOVILES 51.154.00 RECARGO DEL SEGURO OBLIGATORIO 4.062.00 APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 26.846.00 RECARDO DEL APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 849.00 IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 93.540.00 RECARGO AL IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 85.778.00 IMPUESTO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDADES 2.200.00 TIMBRE FAUNA XXXXXXXXX 902.00 LEY 7088 Y REF 11.171.00 IMPUESTO DE VENTAS (13%) ⮚ Fortalecer el funcionamiento 6.650.00 d)- 11/12/2013. / Consulta y administración Pago de Marchamo. Tipo de Vehículo Particular. / Número de Placa 5256. / Vehículo sin revisión técnica. / Marchamo Pendiente / Nombre del programa Parceros Propietario: NIVELACIONES Y TRANSPORTES ROLJUANJO LIMITADA. / Marca: DAIHATSUN. / Modelo: 1979. / Períodos a nivel localpagar: $ 59.150.488 12. / Monto a cancelar al día xx xxx: 321.679.00. / Descripción de Rubro Monto SEGURO OBLIGATORIO DE AUTOMOVILES 65.810.00 RECARGO DEL SEGURO OBLIGATORIO 5.083.00 APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 28.601.00 RECARDO DEL APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 1.051.00 IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 98.820.00 RECARGO AL IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 88.866.00 ESTACIONOMETROS (Cincuenta y Nueve Mil Millones Ciento Cincuenta Mil Cuatrocientos Ochenta y Ocho Pesos M/cte Col). ⮚ Desarrollo de iniciativas locales a través de la unidad de cuidado del espacio público: $ 100.000.000 PARQUIMETROS) 6.000.00 IMPUESTO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDADES 1.440.00 TIMBRE FAUNA XXXXXXXXX 912.00 LEY 7088 Y REF 14.141.00 IMPUESTO DE VENTAS (Cien Millones de Pesos M/cte Col13%) Que, el Alcalde presentó para estudio y aprobación de la JAL el Proyecto de Acuerdo para la adición de recursos al Presupuesto de Ingresos y Gastos. Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,8.555.00

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Samples: Licitación Pública

CONSIDERANDO. QueQue el Fiduciante Inmobiliario es titular de dominio de ciertas fracciones de terreno ubicadas en el paraje denominado “El Tuyú”, próximo a la Localidad de las Toninas del Partido de la Xxxxx, Provincia de Buenos Aires, entre las que se encuentran, a 31 saber: Xxxxxxxx X, X, X, X X X xx xx XXXXXX 10, con la siguiente NOMENCLATURA CATASTRAL: Circunscripción: IV, Sección: EE, Chacra 10, Parcelas 1, 2, 3, 4 y 5; ii) Parcela 9 de diciembre la CHACRA 11. NOMENCLATURA CATASTRAL: Circunscripción: IV; Sección: EE; Chacra 11; Parcela 4. iii) Xxxxxxxx X x X xx xx XXXXXX 00. NOMENCLATURA CATASTRAL: Circunscripción: IV; Sección: FF; Chacra 10; Parcelas 1 y 2. iv) Parcela A de 2021la CHACRA 22; NOMENCLATURA CATASTRAL: Circunscripción: IV; Sección: FF; Chacra 11; Parce1a 1; v) Xxxxxxx 0 x 0 xx xx XXXXXX 00-x. XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXX Xxxxxxxxxxxxxxx: IV; Sección: KK; Chacra 20— b; Xxxxxxxx 0 x 0; x xx) Xxxxxxx 0 xx xx XXXXXX 22-b: NOMENCLATURA CATASTRAL: Circunscripción: IV; Sección: KK; Chacra 22—b; Parcela 1.cuyas medidas, superficies y linderos se encuentran descriptos en la copia del título de propiedad que se adjunta al presente como Anexo I (el “Inmueble”). Que Grupo Tres Ele S.R.L. es una sociedad cuyo objeto consiste principalmente en la administración de activos y su afectación a proyectos de inversión inmobiliarios. Que Xxxxxxx es una sociedad cuyo objeto consiste principalmente en la administración y ejecución de proyectos inmobiliarios tanto comerciales como residenciales. Que Grupo Tres Ele y Xxxxxxx han acordado desarrollar en conjunto cumpliendo el ro l de desarrollador (en forma conjunta ambas sociedades, el Fondo “Desarrollador”) un emprendimiento inmobiliario denominado “Kilómetro 314” (el “Emprendimiento”), que comprenderá un desarrollo de Desarrollo Local xx Xxxxxxxtipo urbanización con acceso restringido, cerró con lotes sometidos al Régimen de Propiedad Horizontal establecido en la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor Ley Nº 13.512 (individualmente la “Unidad Funcional” y, en conjunto e indistintamente, las “Unidades Funcionales”), donde se podrá construir viviendas unifamiliares, cabañas y viviendas multifamiliares (distribuidas en la zona costera) de $ 40.297.199 acuerdo al MasterPlan que se adjunta como Anexo 1.1. (Cuarenta Millones Doscientos Noventa y Siete Mil Ciento Noventa y Nueve Pesos M/cte Colxxxiv). QueQue la realización del Emprendimiento será llevada a cabo en dos (2) etapas, en la primera etapa, que se extenderá hasta 30 días a contar desde la fecha del presente (el “Período de Suscripción”), se ha previsto tomar “Reservas Ad Referéndum” (las “Reservas”) de interesados en las Unidades Funcionales (los “Adquirentes”), quienes suscribirán las Reservas. En las Reservas se indicará la Unidad Funcional que les corresponda, el Consejo Distrital monto depositado, el saldo de Política Económica precio y Fiscal CONFISsus condiciones de pago (la “Etapa I del Fideicomiso”) Que la construcción y comercialización del Emprendimiento será financiada con el producido de las Reservas y los Boletos de Compraventa (conforme se lo define mas adelante) de las Unidades Funcionales celebrados por un representante del Comité Ejecutivo y los Adquirentes de dichas Unidades Funcionales. Que el Fiduciante Inmobiliario transferirá fiduciariamente el Inmueble al Fiduciario, mediante Circular 02 en su carácter de fiduciario del 01 xx xxxxx Fideicomiso en los términos de 2022la Ley de Fideicomiso. Que finalizado el Período de Suscripción, el Fiduciario verificará la existencia de Reservas por al menos el 25% (veinticinco por ciento) de las Unidades Funcionales del Emprendimiento (la “Cantidad de Reservas Requeridas”), y conforme la presentación de toda la documentación relevante para la obtención de todos los permisos provinciales y municipales y demás autorizaciones que resulten necesarios para realizar el Emprendimiento y las Obras (los “Permisos”). Que de no alcanzarse la Cantidad de Reservas Requeridas se informará a lo establecido los Adquirentes de tal circunstancia, se les reembolsará sin intereses las sumas que hubieran depositado en los artículos 37° concepto de Reservas y 38° del Decreto 372 se extinguirá el presente Contrato. Que de 2010, comunicó alcanzarse la decisión tomada en su sesión N° 02, celebrada el 00 xx xxxxxxx 0000, indicando que, del monto total Cantidad de Reservas Requeridas y habiéndose presentado toda la documentación necesaria para la obtención de los excedentes generados a 31 de diciembre de 2021Permisos (la “Etapa II del Fideicomiso”), al Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx se le asignó una partida de $ 3.076.099.241 ( Tres Mil Setenta y Seis Millones Noventa y Nueve Mil Doscientos Cuarenta y Un Pesos M/cte Col) Que, es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx para la vigencia fiscalrealización del Emprendimiento será necesario contar con una adecuada administración de los fondos que serán invertidos según el flujo de fondos de obras (el “Flujo de Fondos de Obras”), comprendida de manera tal de brindar seguridad a los Adquirentes y a todos los Fiduciantes. Que a fin de llevar adelante el Emprendimiento el Comité Ejecutivo contratará a empresas de primer nivel para las obras de construcción del Emprendimiento y la comercialización de las Unidades Funcionales. Que el Fiduciario es una sociedad con experiencia en el negocio de fideicomisos inmobiliarios y cuyo objeto es la prestación de servicios fiduciarios. EN CONSECUENCIA, en atención a estas consideraciones y con el objeto de (i) desarrollar el Emprendimiento; (ii) efectuar los pagos, realizar la recaudación y demás actos que se asignan en este Contrato; y (iii) garantizar la afectación de los Bienes Fideicomitidos al destino indicado en el presente; y (iv) establecer las pautas para distribuir entre los Fideicomisarios el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2022, los recursos asignados por el CONFIS. Que, el 16 xx xxxxx de 2022, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto favorable N° 0-0000-00000, sobre la modificación a la inversión – adición de excedentes financieros. De igual forma en circular emitida por esta entidad se estableció una proyección producido de la distribución venta de las Unidades Funcionales una vez cumplida la partida asignada de la siguiente manera: ⮚ Fortalecimiento de la Malla vial: $ 2.916.948.753 (Dos Mil Novecientos Dieciseis Millones Novecientos Cuarenta y Ocho Mil Setecientos Cincuenta y Tres Pesos M/cte Col) ⮚ Fortalecer el funcionamiento y administración finalidad del programa Parceros a nivel local: $ 59.150.488 (Cincuenta y Nueve Mil Millones Ciento Cincuenta Mil Cuatrocientos Ochenta y Ocho Pesos M/cte Col). ⮚ Desarrollo de iniciativas locales a través de la unidad de cuidado del espacio público: $ 100.000.000 (Cien Millones de Pesos M/cte Col) QueFideicomiso, el Alcalde presentó para estudio y aprobación de la JAL el Proyecto de Acuerdo para la adición de recursos al Presupuesto de Ingresos y Gastos. Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto. Que, en mérito de se acuerda lo anteriormente expuesto,siguiente:

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Samples: Fideicomiso

CONSIDERANDO. QueHECHOS PROBADOS: 1) Que en la oferta de FESA Formas Eficientes S.A. se indicó: a) en relación con el punto 1.5.1 y 1.5.2 que lo entiende y acepta, así como se remite al anexo N°1 de la oferta ( folio 1388 del expediente administrativo). b) Que en el anexo N°1 se observa la cuadrícula presentada por FESA Formas Eficientes S.A para las 377 líneas y sus respectivos precios unitarios ( folio 1332 al 1270 del expediente administrativo). c) Que ofreció para la línea 351 lo siguiente: Papel higiénico tipo jumbo, xxxxx Xxxxx, promedio mensual 228 unidades, precio unitario ¢2.365,00 para un tota de ¢539.220,00 (folio 1329 del expediente administrativo). 2) Que en la oferta de Xxxxxxxxx XX Xxxxxxxxx – Xxxxxxx y Xxxxx se ofreció para el ítem 351 papel higiénico tipo jumbo, Xxxxxxxx Xxxxx, 228 unidades en ¢20.476,01 la unidad, para un precio final total de ¢4,668,530.05 ( folio 1529 del expediente administrativo). 3) Que el Consorcio Xxxxxxxxx XX Xxxxxxxxx – Xxxxxxx y Xxxxx presentó a 31 la Administración la factura 0282066 de 21 de enero de 2014 emitida por la empresa Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx Rica Ltda para R.R. Xxxxxxxxx xx Xxxxx Rica S.A. en donde se indicó “480 CJ *KCP pap hig JRT kleenex 2P SC 6x250MT ¢11,369.00 20% Desc. ¢9,095.20” (folio 2654 del expediente administrativo) 4) Carta emitida por RRDonnelley de Costa Rica S.A en fecha 30 xx xxxxx y dirigida a Xxxxxxxx Xxxxx dónde cuestiona si a su empresa se le podría otorgar el precio ofrecido por FESA Formas Eficientes S.A. en el ítem 351 ( folio 2741 del expediente administrativo). 5) Mediante oficio sin número de 29 xx xxxxx de 2014 y dirigido a la División de Contratación Administrativa del Banco Popular, el Consorcio RR Donnelley – Xxxxxxx y Xxxxx puso en conocimiento de la Administración el correo electrónico con fecha 2 xx xxxx de 2014, mediante el cual el señor Xxxxx Xxxxxxxxxxx C, en su condición de funcionario xx Xxxxxxxx y Xxxxx, responde la pregunta formulada por RR Donnelley indicando que el precio de ¢2.365 no es posible otorgarlo a RR Donnelley ( folio 2741 del expediente administrativo). 6) Que el capital accionario de la firma de FESA Formas Eficientes S.A. pertenece a Office Depot de México, Sociedad Anónima de Capital variable ( folio 1244 del expediente administrativo). 7) Que al responder la audiencia inicial, la empresa adjudicataria remitió una carta emitida por la empresa Industrias Garend S.A., en donde se indica que le vende a FESA Formas Eficientes S.A el papel higiénico jumbo Xxxxx de 500 metros código 30213093, en empaques de 6 rollos y únicamente para la Licitación Pública 2013LN-000040-DCADM del Banco Popular a un precio de ¢1892.5 (folio 060 del expediente de apelación). 8) Que en certificación extendida por el contador público autorizado Lic. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx se certifica el valor de compras efectuadas por FESA Formas Eficientes S.A a Industrias Garend S.A. y que corresponden al período de 00 xx xxxxxxx 0000 a 30 de setiembre de 2013 por la suma de ¢556.189.244 (folio 64 del expediente de apelación). 9) Que con ocasión de cumplir con la mejora de precios permitida en el cartel la empresa adjudicataria aportó la certificación emitida por el Licenciado Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Contador Público Autorizado #1830 que en lo que interesa señala: “Una certificación como la solicitada consiste en la verificación de la oferta económica de Fesa, analizando el precio de venta de la primer oferta presentada el 21/02/2014 y el precio de venta de la segunda oferta a presentar el 28/02/2014.[…] En el análisis de toda la documentación arriba referida que representan la oferta económica presentada para esta licitación, he comprobado que esta mejora de precios no constituye un precio ruinoso” ( folio 2234 del expediente administrativo). 10) Que la División de Planificación y Análisis Financiero del Banco Popular mediante el oficio No. AAF-131-2014 de 10 xx xxxxx de 2014 indicó respecto de esa certificación en lo que interesa que: “Se les recuerda que por poseer los Contadores Públicos Autorizados fe pública, esta certificación representa un documento legal para el Banco en el caso en que a futuro estas empresas fueran adjudicadas. De acuerdo con los párrafos anteriores esta área indica que los precios ofertados por las empresas no representan un precio ruinoso para las mismas, esto de acuerdo a las certificaciones ya citadas” ( folio 2357 del expediente administrativo). 11) Que en oficio del Proceso de Bienes y Servicios, oficio SSG-0990-2012 de 10 de diciembre de 20212012 y que sustenta la orden de inicio del proceso de compra, se indica: “En razón de lo indicado; se informa, que la estimación mensual del volumen de negocios es de ¢110,7 millones, lo que asciende a ¢1.328,4 millones anuales”. ( folio 04 vuelto del expediente administrativo) 12) En el Fondo Informe de Desarrollo Local Adjudicación N°92-2014 de 00 xx Xxxxxxxxxxx xx 2014, cerró se da la vigencia fiscal tabla de evaluación de las ofertas de Xxxxxxxxx XX Xxxxxxxxx – Xxxxxxx y Xxxxx con excedentes financieros por valor de $ 40.297.199 (Cuarenta Millones Doscientos Noventa y Siete Mil Ciento Noventa y Nueve Pesos M/cte Colprecio 69,56%, análisis factor orden ambiental 0%, análisis factor flotilla vehicular 4,50% Resultado Final 74,06%. Mientras que FESA Formas Eficientes S.A obtuvo 71,50% en precio, 10% análisis factor orden ambiental, 4,60% análisis factor flotilla vehicular, Resultado Final 86,10%. ( folio 3010 del expediente administrativo). Que13) Que según oficio ASG-0249-2014 dirigido al licenciado Xxxxxxx Xxxx, el Consejo Distrital jefe de Política Económica Bienes y Fiscal CONFIS, mediante Circular 02 del 01 xx xxxxx de 2022Servicios, y conforme firmado por el licenciado Xxxx Xxxxxx Xxxx Jefe de Servicios Generales, se determina que tanto el Consorcio RR Donnelley – Xxxxxxx y Xxxxx como la firma FESA Formas Eficientes S.A cumplen técnicamente ( folios 2732, 2731 vuelto del expediente administrativo) 14) Que la firma FESA Formas Eficientes S.A presenta con el aval de precios remunerativos del CPA Lic, Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, una rebaja en las siguientes líneas 301 a lo establecido en los artículos 37° y 38° del Decreto 372 kit de 2010mantenimiento parte 52D4H00Lexmark, comunicó la decisión tomada en su sesión 301b kit de mantenimiento parte 62D4H00Lexmark,322 tonner parte 0262D5x00 Lexmark, celebrada el 00 xx xxxxxxx 0000, indicando que, del monto total de los excedentes generados a 31 de diciembre de 2021, al Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx se le asignó una partida de $ 3.076.099.241 ( Tres Mil Setenta y Seis Millones Noventa y Nueve Mil Doscientos Cuarenta y Un Pesos M/cte Col) Que, es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local xx Xxxxxxx para la vigencia fiscal, comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2022, los recursos asignados por el CONFIS. Que, el 16 xx xxxxx de 2022, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto favorable 323 tonner parte 0-0000-00000, sobre la modificación a la inversión – adición de excedentes financieros. De igual forma en circular emitida por esta entidad se estableció una proyección de la distribución de la partida asignada de la siguiente manera: ⮚ Fortalecimiento de la Malla vial: $ 2.916.948.753 52D5x00 Lexmark (Dos Mil Novecientos Dieciseis Millones Novecientos Cuarenta y Ocho Mil Setecientos Cincuenta y Tres Pesos M/cte Col) ⮚ Fortalecer el funcionamiento y administración folio 2234 del programa Parceros a nivel local: $ 59.150.488 (Cincuenta y Nueve Mil Millones Ciento Cincuenta Mil Cuatrocientos Ochenta y Ocho Pesos M/cte Col). ⮚ Desarrollo de iniciativas locales a través de la unidad de cuidado del espacio público: $ 100.000.000 (Cien Millones de Pesos M/cte Col) Que, el Alcalde presentó para estudio y aprobación de la JAL el Proyecto de Acuerdo para la adición de recursos al Presupuesto de Ingresos y Gastos. Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,expediente administrativo).-----------------------------------------------------

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Samples: Recurso De Apelación