APRUEBA FORMATO TIPO DE BASES ADMINISTRATIVAS PARA LA ADQUISICIÓN DE SERVICIOS DE ARRIENDO DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS LIVIANOS Y MEDIANOS.
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA
APRUEBA FORMATO TIPO DE BASES ADMINISTRATIVAS PARA LA ADQUISICIÓN DE SERVICIOS DE ARRIENDO DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS LIVIANOS Y MEDIANOS.
Resolución N° 0036
FECHA, 30 xx xxxxx de 2022
VISTOS:
Lo dispuesto en la Ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases General de la Administración del Estado, cuyo texto Refundido, Coordinado y Sistematizado fue fijado por el D.F.L. N°1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado en la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; en el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba su Reglamento; en la Resolución N°1407 del Ministerio de Hacienda, que nombra a la Directora Nacional de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en la Resolución N°583, de 2021, que aprueba Nuevo Estatuto Interno para la Dirección de Compras y Contratación Pública; y en la Resoluciones Nºs 7, de 2019, y 16, de 2020, de la Contraloría General de la República, que establece normas sobre exención del trámite de toma de razón.
CONSIDERANDO:
1. Que, en virtud del artículo 30, letra a), de la Ley N°19.886, la Dirección de Compras y Contratación Pública tiene, entre otras funciones, el asesorar a los organismos públicos en la planificación y gestión de sus procesos de compra y contrataciones.
2. Que, de conformidad con el dictamen N°8.769, de 3 xx xxxxx de 2018, de la Contraloría General de la República, se reconoce la facultad de la Dirección de Compras y Contratación Pública para elaborar y remitir a toma de razón bases tipo que puedan ser posteriormente utilizadas por otras entidades compradoras, como expresión de la función asesora indicada en el considerando anterior y en aplicación del principio de coordinación entre los órganos de la Administración, contenido en el artículo 5, inciso segundo, de la Ley N°18.575.
3. Que, esta Dirección ha estimado necesario elaborar el presente formato tipo de bases administrativas para contratar Servicios De Arriendo De Vehículos Motorizados Livianos Y Medianos atendida la complejidad de dichas adquisiciones y la necesidad transversal de los distintos organismos que conforman la Administración del Estado, de contar con aquellos servicios.
4. Que, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 30 letra d) de la ley N°19.886, en el caso de que algunos de los productos que son objeto de las presentes base tipo se encuentren en convenio marco, la Entidad Licitante que desee utilizar las presentes bases tipo, deberá acreditar la existencia de condiciones más ventajosas a las del convenio marco respectivo, en conformidad con el artículo 15 del decreto supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
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5. Que, para adquirir los servicios que están dentro del alcanc s bTOaMsAeDsOtDipE oRAZÓN
deberán contar con la respectiva autorización en la forma señala
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Contralor General de la República
Presupuesto cuando corresponda, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año en que se inicie el respectivo proceso licitatorio.
RESUELVO:
1. DÉJESE sin efecto la resolución N°19 de 2022 de esta Dirección
2. APRUÉBASE el formato tipo de bases administrativas para SERVICIOS DE ARRIENDO DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS LIVIANOS Y MEDIANOS, con sus Anexos, cuyo texto se transcribe a continuación:
BASES ADMINISTRATIVAS
BASES ADMINISTRATIVAS PARA LA ADQUISICIÓN DE SERVICIOS DE ARRIENDO DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS LIVIANOS Y MEDIANOS
1. Antecedentes Básicos de la ENTIDAD LICITANTE
Razón Social del organismo | Ver Anexo N°4 |
Unidad de Compra | Ver Anexo N°4 |
R.U.T. del organismo | Ver Anexo N°4 |
Dirección | Ver Anexo N°4 |
Comuna | Ver Anexo N°4 |
Región en que se genera la Adquisición | Ver Anexo N°4 |
2. Antecedentes Administrativos
Nombre Adquisición | SERVICIOS DE ARRIENDO DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS LIVIANOS Y MEDIANOS | ||
Descripción | Los servicios de arriendo de vehículo livianos y medianos en corto, mediano y largo plazo por contratar se detallan en el Anexo N°5 “Requerimientos técnicos mínimos”, de las presentes bases. Se entenderá, de acuerdo con el Decreto Supremo N°241 de 2014 y el Decreto N°54 de 1994, ambos del Ministerio de Transporte, como vehículo motorizado liviano y vehículo motorizado mediano como lo siguiente: a) Vehículos motorizados livianos: “Todos aquellos vehículos con un peso bruto de menos de 2.700 kg., excluidos los de tres o menos ruedas. Los vehículos livianos, se clasifican en vehículos de pasajeros y comerciales.” b) Vehículos motorizados medianos: “Vehículo motorizado destinado al transporte de personas o carga, por calles y caminos, que tiene un peso bruto vehicular igual o superior a 2.700 e inferior a 3.860 kilogramos. | ||
Tipo de Convocatoria | Abierta. | ||
Moneda o Unidad reajustable | Ver Anexo N°4. | ||
Presupuesto disponible o estimado | Ver Anexo N°4. | TOMADO DE RA Fecha: 27/07/2022 | ZÓN |
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX Contralor General de la República |
Etapas del Proceso de Apertura | Una Etapa |
Opciones de pago | Transferencia electrónica |
Publicidad de las Ofertas Técnicas | Ver Anexo N°4. |
3. Etapas y Plazos
Fecha de Publicación
Plazo para realizar consultas sobre la licitación
Plazo para publicar respuestas a las consultas
Dentro de 5 días hábiles administrativos contados desde la total tramitación de la resolución que apruebe el llamado de la presente licitación pública, en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
La entidad licitante pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, sin indicar el autor de las preguntas, en el plazo de (Ver Anexo Nº4) días hábiles administrativos posteriores al vencimiento del plazo para realizar consultas, a las 18:00 horas.
En caso de que el número de preguntas que se reciba sea superior a:
● 100, la entidad licitante podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 5 días hábiles administrativos;
● 500, la entidad licitante podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 10 días hábiles administrativos;
● 1000, la entidad licitante podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 15 días hábiles administrativos.
En cualquier caso, la nueva fecha de publicación de respuestas será informada en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, en el ID de la licitación.
Fecha de Cierre para presentar Ofertas
(Ver Anexo Nº4) días hábiles administrativos desde el momento de la publicación del llamado, a las 15:00 horas. En todo caso, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles administrativos ni en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.
Se deja expresa constancia que los plazos indicados en el Anexo Nº4 deben cumplir con lo establecido en el artículo 25 del reglamento de la ley 19.886.
TOMADO DE RAZÓN
Fecha: 27/07/2022
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Fecha de Apertura de ofertas
Fecha de Adjudicación
Plazo para Firma de Contrato (si aplica)
Consideración
El mismo día en que se produzca el cierre de recepción de ofertas, a las 15:30 horas en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
(Ver Anexo Nº4) días hábiles administrativos posteriores a la fecha del Acto de Apertura Económica de ofertas en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
Si por causas no imputables a la Entidad compradora, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada, la Entidad compradora publicará una nueva fecha en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx en los términos indicados en el artículo 41 del Reglamento de la ley 19.886
Dentro de los 15 días hábiles administrativos posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
Los plazos de días establecidos en la cláusula 3, Etapas y Plazos, son de días hábiles administrativos, entendiéndose que son inhábiles los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos en Chile, sin considerar los feriados regionales.
En general, todos los plazos de días establecidos en las presentes Bases serán de días hábiles administrativos, entendiéndose por estos entre lunes y viernes, ambos inclusive, con excepción de los festivos, salvo aquellos que expresamente se señale que serán de días corridos.
4. Modificaciones a las bases
La entidad licitante que utilice las presentes bases tipo NO PODRÁ modificar éstas o el formato de sus anexos. Únicamente podrá aclarar su sentido y alcance mediante la instancia de preguntas y respuestas.
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante solo podrá modificar los datos que incorpora en los anexos N°4 al N°9, a través de la respectiva modificación de bases, hasta antes del cierre del plazo para ofertar. En este supuesto, la entidad licitante podrá extender el plazo de cierre de conformidad a lo indicado en el punto 3, del presente pliego de posiciones.
5. Requisitos Mínimos para Participar
a) No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886.
b) No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza xx Xxx N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.
c) No ser funcionario directivo de la respectiva entidad compradora; o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
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d) Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no h condenada conforme a la ley N° 20.393 a la pena de prohibición de celeb yTcOoMnAtDrOaDtEosRAZÓN
Fecha: 27/07/2022
con el Estado, mientras esta pena esté vigente.
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A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
Unión Temporal de Proveedores (UTP):
Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una unión temporal de proveedores deberán presentar obligatoriamente la siguiente documentación en su totalidad, en caso contrario, ésta no será sujeta a aclaración y la oferta será declarada inadmisible:
Anexo N°1: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PARA OFERTAR (UTP): debe ser
entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema, el cual realizará la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.
Anexo N°2: Declaración jurada sin conflictos de interés (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema, el cual realizada la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.
Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda, por cada miembro de la Unión temporal de proveedores
Anexo N°9: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: debe ser presentado por el miembro de la UTP que presente la oferta en el Sistema y quien realiza la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.
Las ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán contar con un apoderado.
En caso de que los antecedentes administrativos solicitados en esta sección no sean entregados y/o completados en forma correcta y oportuna, se desestimará la propuesta, no será evaluada y será declarada inadmisible.
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6. Instrucciones para la Presentación de Ofertas
Declaración jurada online: Los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx en el módulo de presentación de las ofertas.
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Anexo N°1: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PARA
OFERTAR (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema, el cual realizada la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.
Anexo N°2: Declaración jurada sin conflictos de interés (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con
salvedad del miembro de la UTP quien pre Sistema, el cual realizada la declaració
erta en el éTsOMdAeDO DlaE RAZÓN
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Anexos Administrativos.
Obligatorio.
Presentar Ofertas por Sistema.
“Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta. Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda, por cada miembro de la Unión temporal de proveedores Anexo N°9. Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: Este anexo solo debe ser presentado y firmado por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda, el miembro de la UTP que presente la oferta en el Sistema de Información. Los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx , en la sección Anexos Administrativos. | |
Anexos Técnicos. | Anexo N°7: Oferta Técnica y propuesta técnica en caso de que haya sido solicitada en el Anexo Nº5 El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx , en la sección Anexos Técnicos. En el caso que no se presente debidamente el Anexo N° 7 y la propuesta técnica (en caso de que se haya solicitado), la oferta será declarada inadmisible. |
Anexos Económicos. | Anexo N°8. Oferta económica El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx , en la sección Anexos Económicos En caso de que no se presente debidamente el Anexo N°8 “Oferta económica”, la oferta será declarada inadmisible. |
OBSERVACIÓN | Todos los anexos de las presentes bases deberán ser utilizados por el órgano licitante en las respectivas licitaciones que se efectúen utilizando las presentes bases tipo. |
Observaciones
Los oferentes deberán presentar su oferta a través de su cuenta en el Sistema de Información xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx. De existir discordancia entre el oferente o los antecedentes de su oferta y la cuenta a través de la cual la presenta, esta no será evaluada, siendo desestimada del proceso y declarada como inadmisible.
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados.
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Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho compr erTáOMpAoDOsiDbEleRAZÓN visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilid reFnecthae: .27/07/2022
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El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo Comprobante.
7. Antecedentes legales para poder ser contratado
Si el oferente es Persona Natural | Inscripción (en estado hábil) en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, en adelante “Registro de Proveedores”. | |
Anexo N°3. Declaración Jurada para Contratar Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva. | Acreditar en el Registro de Proveedores | |
Fotocopia de su cédula de identidad. | ||
Si el oferente no es Persona Natural | Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores. | |
Certificado de Vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta. | Acreditar en el Registro de Proveedores | |
Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente. | ||
Anexo N°3. Declaración Jurada para Contratar | ||
Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica. |
Observaciones
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores. No se aceptará la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte de papel u otro medio magnético de almacenamiento.
Lo señalado en el párrafo precedente no resultará aplicable a la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la cual podrá ser entregada físicamente en los términos que indican las presentes bases. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
TOMADO DE RAZÓN
Fecha: 27/07/2022
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Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado, dentro del plazo fatal de 15 días hábiles administrativos contados desde la notificación de la resolución de adjudicación o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, la entidad licitante podrá seleccionar la segunda mejor oferta para la firma del contrato. Además, tales incumplimientos darán origen al cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si la hubiere.
Inscripción en el Registro de Proveedores
En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles administrativos, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 15 días hábiles administrativos, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
8. Naturaleza y Monto de las Garantías
8.1. Garantía de Seriedad de la Oferta
Cuando la licitación sea por un monto superior a 2.000 UTM, el oferente deberá presentar junto a su oferta una o más garantías, equivalentes en total, al monto que indique la entidad licitante en el Anexo N°4 y que no podrá superar el 5% del monto total disponible o estimado para la licitación. Tratándose de contrataciones iguales o inferiores a las
2.000 UTM, la entidad licitante deberá ponderar el riesgo involucrado en cada contratación para determinar si requiere la presentación de garantías de seriedad de la oferta, debiendo justificar dicho riesgo en el Anexo N°4 en el caso que se decida exigir.
Solo si el oferente presenta más de una propuesta, en los términos indicados en la cláusula 9, letra b, numeral 1, de las bases de licitación, cada una de ellas deberá estar debidamente caucionada, según las instrucciones definidas en la presente cláusula, mediante instrumentos separados.
La(s) garantía(s) debe(n) ser entregada(s) en la dirección de la entidad licitante indicada en el Anexo N°4, dentro del plazo para presentación de ofertas, si fueran en soporte de papel, y en el horario de atención a los oferentes que allí se indique.
Si la(s) garantía(s) fuera(n) en soporte electrónico, se debe(n) presentar en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, o en su defecto, enviar a través del correo electrónico señalado por la entidad licitante en el Anexo N°4, dentro del plazo antes indicado.
Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 31 del reglamento de la ley N° 19.886 El instrumento deberá incluir una glosa que señale que se otorga para garantizar la seriedad de la oferta, singularizando el respectivo proceso de compra. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros.
La garantía deberá tener como vigencia mínima desde la presentación de la oferta hasta la suscripción del contrato entre el respectivo órgano público comprador y el proveedor adjudicado, plazo que deberá ser definido por la entidad licitante en el Anexo N°4, considerando los tiempos del proceso licitatorio. Si se lleva a cabo una readjudicación este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato.
Será responsabilidad del oferente mantener vigente la garantía, debiendo reemplazarla si por razones sobrevinientes a su presentación, deja de cubrir la vigencia mínima exigida en esta cláusula.
Como beneficiario del instrumento debe figurar la razón social y RUT de la entidad licitante, indicado en el Anexo N°4 de las bases.
Si el instrumento que se presenta expresa su monto en unidades de fomento (UF), se considerará para determinar su equivalente en pesos chilenos (CLP), el valor de la UF a la fecha en que se realice la apertura de la oferta.
ediante nstancia p umento a
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La(s) garantía(s) podrá(n) ser tomada por el mismo oferente o m un tercero a nombre éste; en este último caso, lo señalado deberá dejarse co orTOpMaArDtOeDdEeRlAZÓN
tercero en el mismo documento de garantía o mediante un doc neJxORoGEeAlNDqREuSeBERMUDEZ XXXX
deberá ser adjuntado al momento de presentar la caución según lo indicado en el párrafo anterior.
Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de la oferta, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la entidad licitante, siempre que los incumplimientos sean imputables al proveedor, en los siguientes casos:
1. Por no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, o la no aceptación de la OC,si corresponde;
2. Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con las presentes bases, si corresponde;
3. Por el desistimiento de la oferta dentro de su plazo de validez establecido en las presentes bases;
4. Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error; en el sentido que importe la entrega de antecedentes que no se correspondan con la realidad y cuya entidad incida en la validez de la oferta;
5. Por la no inscripción en el Registro de Proveedores dentro de los plazos establecidos en las presentes bases;
6. Por la no presentación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el caso del proveedor adjudicado, si procede; y
7. En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente y que sea atribuible a éste, durante el proceso licitatorio.
Tratándose del proveedor adjudicado, la restitución de esta garantía será realizada una vez que haya entregado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, si procede.
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles administrativos contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. En este caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el sistema de información, en la dirección de la entidad licitante, indicada en el Anexo N°4.
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas o no adjudicadas, se efectuará una vez que se haya notificado la resolución que aprueba el respectivo contrato. En este último caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el Sistema de Información, en la dirección de la entidad licitante recién aludida.
8.2. Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato en las contrataciones superiores a 1.000 UTM, el adjudicado debe presentar una o más garantías, equivalentes en total al porcentaje indicado en el Anexo N°4, el que no podrá ser inferior a 5% ni mayor a 30% del valor total del contrato. En los casos en los cuales el monto de la contratación sea igual o inferior a 1.000 UTM, no será exigida esta caución, salvo que el organismo contratante considere pertinente exigir dicha garantía en virtud del riesgo involucrado en la contratación, lo que deberá justificarse en el Anexo N°4. Lo anterior en virtud de lo establecido en el artículo 68 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
La(s) garantía(s) debe(n) ser entregada(s) en la dirección de la entidad licitante indicada en el Anexo N°4, dentro de los 15 días hábiles administrativos contados desde la notificación de la adjudicación, si fueran en soporte de papel, en el horario de atención a los oferentes, debidamente informado por la entidad licitante en dicho Anexo.
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En caso de que se contraten productos o servicios con entregas sucesivas (como lo señala el artículo 68 del decreto N° 250, de 2004, del Minist acienda) el
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adjudicado podrá asociar el valor de las garantías a las etapas, eTrOíMoAdDoOsDEdReAZÓN
cumplimiento que se indiquen en el Anexo N°4. Si el adjudicatar feJcOtRiGvEaANeDRsEtSaBERMUDEZ XXXX
opción podrá sustituir la garantía de fiel cumplimiento, debiendo en todo caso respetarse los porcentajes indicados en el citado Anexo N°4, en relación con los saldos insolutos del contrato a la época de la sustitución.
La(s) garantía(s) debe(n) ser entregada(s) en la dirección de la entidad licitante indicada en el Anexo N°4, dentro de los 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación, si fueran en soporte de papel, en el horario de atención a los oferentes, debidamente informado por la entidad licitante en dicho Anexo.
Si la(s) garantía(s) fuera(n) en soporte electrónico, se debe(n) enviar a través del correo electrónico señalado por la entidad licitante en el Anexo N°4, dentro del plazo antes indicado.
Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 68 del reglamento de la ley N°19.886. El instrumento deberá incluir una glosa que señale que se otorga para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, singularizando el respectivo proceso de compra. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros.
El adjudicatario podrá constituir la garantía en uno o más instrumentos financieros de la misma naturaleza que, en su conjunto, representen el monto o porcentaje a cauciona, tal como dispone el artículo 68, inciso tercero, del decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Dicha garantía podrá ser tomada por el adjudicatario por sí mismo o mediante un tercero a nombre de éste; en este último caso, lo señalado deberá quedar explicitado por parte xxx xxxxxxx en el mismo documento de garantía o mediante un documento anexo el que deberá ser adjuntado al momento de presentar la caución dentro del plazo señalado en el párrafo precedente.
La garantía deberá tener una vigencia mínima de 60 días hábiles administrativos posteriores al término de la vigencia del contrato.
Será responsabilidad del adjudicatario mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento, al menos hasta 60 días hábiles administrativos después de culminado el contrato. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.
Como beneficiario del instrumento debe figurar la razón social y RUT de la entidad licitante, datos indicados en la cláusula 1 de las bases.
El instrumento de garantía deberá indicar en su texto la siguiente glosa: "Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato denominado: [nombre de la licitación] y/o de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario”.
En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza en un plazo de 10 días hábiles administrativos, contados desde la notificación de cobro.
La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento, en los términos indicados en el Anexo N°4 y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.
rán hacers icados.
Cabe señalar que toda clase de garantías o cauciones que se constituyan en el contexto de esta cláusula, se enmarcan de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N°19.886, a partir de lo cual se asegurará el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, y permanecerán vigentes hasta 60 días hábiles administrativos después de culminado el contrato. Asimismo, con cargo a estas mismas cauciones pod e efectivas
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las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas adjud TOMADO DE RAZÓN
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9. Evaluación y adjudicación de las ofertas
a) Comisión Evaluadora
La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, que estará compuesta por 3 integrantes, designados por resolución o acto administrativo del Jefe de Servicio o quien tenga delegada la facultad. Sin embargo, la entidad licitante podrá aumentar dicho número a través del Anexo N°4.
Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la Comisión designados por la entidad licitante, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
• Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.
• Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
• Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Jefe de Servicio de la entidad licitante, o a quien tenga la facultad delegada para estos efectos, la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.
b) Consideraciones Generales
1. Sólo se admitirá una oferta por participante, entendiendo ésta como la presentación por parte de un oferente de los antecedentes requeridos en la cláusula N°6 “Instrucciones para la Presentación de Ofertas” y que serán evaluadas bajo lo establecido en las presentes bases de licitación, oferta que podrá comprender una o más de las líneas de servicios que se licitan en el respectivo proceso concursal. Con todo, en caso de que el proveedor ingrese más de una oferta en una línea de servicio en particular, se considerará la oferta que ingresó en último lugar (considerando fecha y hora registradas en el Sistema de Información), descartando las restantes ofertas ingresadas en dicha línea de servicio.
2.- Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula 6, “Instrucciones para Presentación de Ofertas”, de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras.
3.- La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 40, del Reglamento de la Ley N°19.886 y en las presentes bases.
4.- Los documentos solicitados por la entidad licitante deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en la cláusula 3 de las presentes bases y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor.
c) Subsanación de errores u omisiones formales
esos ofe o es, en d de los
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las
rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a reTOnMteADsO uDEnRaAZÓN situación de privilegio respecto de los demás competidores, est taFnecthoa: 2n7/0o7/20s2e2
afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualda ofJeOrReGnE AtNeDsR,ESyBERMUDEZ XXXX
se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 3 días hábiles administrativos, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
d) Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos
La entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 3 días hábiles administrativos, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
e) Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
f) Criterios de Evaluación y Procedimiento de Evaluación de las ofertas
La evaluación de las ofertas se realizará en una sola etapa. El organismo requirente podrá considerar todos o algunos de los siguientes criterios de evaluación, siendo obligatorios de utilizar los criterios “Precio Total”, “Comportamiento Contractual Anterior” y “Cumplimiento de requisitos formales”.
En caso de que la entidad no utilice algunos de los criterios optativos, es decir “Capacidad financiera”, “Recargo Por Devolución (Drop-Off)”, “Tiempo de Respuesta de Asistencia en Ruta” y “Años de Antigüedad de la Flota, deberá asignarles 0% de ponderación.
r Anexo N
Con todo, la suma de los criterios utilizados debe corresponder a 100.
Criterios | Ponderación* | ||
1. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES | Ver Anexo N°4 | ||
2. CAPACIDAD FINANCIERA | Ver Anexo N°4 | ||
3.- RECARGO POR DEVOLUCION (DROP-OFF) | Ver Anexo N°4 | ||
4.- TIEMPO DE RESPUESTA DE ASISTENCIA EN RUTA | Ver Anexo N°4 | ||
5. AÑOS DE ANTIGÜEDAD DE LA FLOTA | |||
Ve | °4 TOMADO | DE RAZÓN | |
Fecha: 27/07/2022 XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX Contralor General de la República |
6. COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR | Este criterio se aplica al final de la evaluación, y se resta puntaje a aquellos proveedores que tienen un mal comportamiento contractual |
7. PRECIO TOTAL | Ver Anexo N°4 |
El criterio “Comportamiento contractual anterior” no posee ponderación, si no que se aplica descontando puntaje por incumplimientos, según se detalla en el numeral 6 de esta cláusula.
Para obtener el puntaje total de la evaluación de cada oferente, se sumarán los puntajes finales ponderados de cada criterio ya referidos, según el siguiente polinomio:
Luego, el Puntaje de la Evaluación estará dado por el siguiente polinomio:
Puntaje Evaluación Técnica + Puntaje Evaluación Administrativa + Puntaje Evaluación Económica = Puntaje Evaluación.
Donde el Puntaje técnico = (Anexo N°4* DROP-OFF + Anexo N°4* TPO RESP ASIS.RUTA
+ Anexo N°4*CAP.FIN+ Anexo N°4*AÑOS ANTIG.)
Donde Evaluación Económica = (Anexo N°4 * PRECIO TOTAL) Donde Evaluación Administrativa = (Anexo N°4 * CUMP. REQ.F.)
Luego, el Puntaje de la Evaluación Final estará dado por el siguiente polinomio:
Puntaje Evaluación final = Puntaje Evaluación -COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR
Criterios de evaluación:
1. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos, sin errores u omisiones formales, obtendrá 100 puntos.
Si el oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes y se aplica lo dispuesto en las letras c y d precedentes, resultando subsanadas correctamente en el plazo allí indicado, obtendrá 50 puntos.
TOMADO DE RAZÓN
Por último, si el oferente no subsana correctamente errores u omisiones formales, o certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado en las letras c y d precedentes, obtendrá 0 puntos en este criterio
ESCALA DE CALIFICACION | DETALLE DE EVALUACION |
100 | Cumple con la presentación completa de antecedentes. |
50 | Ha incurrido en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes y se aplica lo dispuesto en las letras c y d precedentes, resultando subsanadas correctamente en el plazo allí indicado |
0 puntos | No subsana correctamente errores u omisiones formales, o certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado en las letras c y d precedentes. |
2. CAPACIDAD FINANCIERA
Para la evaluación de este criterio se considerará la información declarada en el Anexo Nº 7. Según la capacidad financiera en cada ítem declarado por el oferente, se le asignará el puntaje correspondiente según la siguiente tabla:
Nº | Capacidad Financiera | Puntaje |
1 | Índice de Solvencia mayor o igual a 1 | Ver Anexo N°4 |
2 | Índice de Solvencia menor a 1 | Ver Anexo N°4 |
3 | Capital de Trabajo positivo | Ver Anexo N°4 |
4 | Capital de Trabajo negativo | Ver Anexo N°4 |
5 | Índice de Endeudamiento menor o igual a 1 | Ver Anexo N°4 |
6 | Índice de Endeudamiento mayor a 1 | Ver Anexo N°4 |
7 | Referencias Bancarias | Ver Anexo N°4 |
8 | No Presenta Referencias Bancarias | Ver Anexo N°4 |
En caso de que se entregue la información solicitada, en forma ilegible, incoherente, parcial o no se declare, se entenderá que no cumple con el requisito.
- Para el cálculo del Índice de Solvencia utilizar la siguiente formula:
Índice de Solvencia = Activo circulante del último Balance
Pasivo Circulante del último Balance
- Para el cálculo del Capital de Trabajo utilizar la siguiente formula:
Capital de Trabajo positivo = (Activo circulante - Pasivo Circulante)
- Para el cálculo del Índice de Endeudamiento utilizar la siguiente formula:
Índice de Endeudamiento = Pasivo total
Activo total
- Para las Referencias Bancarias presentar al menos una referencia que refleje operaciones en el sistema financiero y donde certifique la categoría cliente A1 hasta A6.
3. RECARGO POR DEVOLUCION (DROP-OFF)
Este criterio solo podrá ser utilizado en caso de que el organismo comprador defina en el anexo N°4 que aceptara ofertas con recargo por devolución.
N°
TRAMOS
(Recargo Por Devolución (Drop-Off)
Puntaje
1
No incluye recargo por devolución de vehículo en una sucursal distinta a Ia de toma servicio.
100
2
Si, incluye recargo por devolución de vehículo en una sucursal distinta a Ia de toma de servicio o No informa
0
TOMADO DE RAZÓN
Para la evaluación de este criterio se considerará la información declarada en el Anexo Nº 7. Se asignará puntaje según si la declaración es afirmativa o negativa, respecto de si su oferta incluye o no recargo por devolución de un vehículo en una sucursal distinta a la que fue recogido. Se asignará el puntaje correspondiente según la siguiente tabla.
En caso de que se entregue la información solicitada, en forma ilegible, incoherente, parcial o no se declare, se entenderá que no cumple con el requisito
En el caso que el proveedor incluya un recargo por devolución del vehículo arrendado, el monto de este recargo deberá ser informado en el Anexo N°8
4. TIEMPO DE RESPUESTA DE ASISTENCIA EN RUTA
Para la evaluación de este criterio se considerará la información declarada en el Anexo N.º 7. Se evaluará la declaración que el oferente haga relativo a los tiempos de demora comprometidos para el reemplazo de un vehículo en caso xx xxxxx. El puntaje se asignará según la siguiente tabla.
N° | TRAMOS (Tiempo de Respuesta de Asistencia en Ruta) | Puntaje |
1 | Hasta (Definidas en Anexo N°4) horas | Ver Anexo N°4 |
2 | Hasta (Definidas en Anexo N°4) horas | Ver Anexo N°4 |
3 | Sobre _ (Definidas en Anexo N°4) horas o No entrega Ia información | Ver Anexo N°4 |
Las horas y puntajes se encuentran definidos en el Anexo N°4.
En caso de que se entregue la información solicitada, en forma ilegible, incoherente, parcial o no se declare, se entenderá que no cumple con el requisito
5. AÑOS DE ANTIGÜEDAD DE LA FLOTA
Para la evaluación de este criterio se considerará la información declarada en el Anexo Nº 7. Se asignará puntaje según la diferencia que exista entre el año promedio de la flota de vehículos que forman parte de la oferta y el año de referencia seleccionado en el Anexo N°4 (ver Anexo N°4), según la siguiente tabla:
N° | Años de Antigüedad de la Flota | Puntaje |
1 | Hasta años | Anexo N°4 |
2 | Hasta años | Anexo N°4 |
3 | Sobre _ años | Anexo N°4 |
4 | No entrega información o no se puede comprobar | Anexo N°4 |
Los tramos y puntajes se encuentran definidos en el Anexo N°4.
En caso de que se entregue la información solicitada, en forma ilegible, incoherente, parcial o no se declare, se entenderá que no cumple con el requisito.
6. COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR
Para la evaluación de este criterio, se utilizará el comportamiento contractual anterior del oferente respecto de los procesos en compras públicas de los últimos 24 meses móviles, considerando el Comportamiento Base de la semana del cierre de presentación de oferta, evaluación obtenida desde la Ficha del Proveedor del Registro de Proveedores xx Xxxxxxx Público.
El mecanismo de asignación de puntaje es el resultado de aplicar la siguiente fórmula: Puntaje oferente (j) = 10 x (5 – Nota oferente (j) en la Ficha del Proveedor)
El resultado de la fórmula se descontará al puntaje final de la evaluación de cada oferente.
r” varía e
Como antecedente la “Nota oferente (j) en la Ficha del Proveedo ntTrOeMAnDoOtaDE1RAZÓN
como mínimo y nota 5 como máximo.
Fecha: 27/07/2022
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX
Para oferentes nuevos (sin transacciones en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx que figuran como “sin información”) se entenderá que no registran nota, por lo tanto, no se puede aplicar la formula y no se le restara puntaje.
Para UTP (uniones temporales de proveedores) la nota del oferente que se considerará en la evaluación será el promedio de las notas de cada integrante, obtenidas desde la Ficha del Proveedor, en caso de que la UTP incluya oferentes nuevos, se entenderá que no registran nota, por lo tanto, no se puede aplicar la formula y ellos (los proveedores nuevos) no aportarán con nota al promedio total.
Ejemplo:
Supongamos 3 oferentes
Oferente 1: Nota 4,5
Oferente 2: Proveedor sin transacciones y por tanto sin nota por sistema
Oferente 3: Unión temporal de proveedores con 3 integrantes. El integrante 1 tiene nota 3,5, el integrante 2 tiene nota 2,5 y el integrante 3 no tiene transacciones y por tanto sin nota.
Con lo anterior resulta Oferente 1:
Puntaje oferente (1) = 10 * (5 - 4,5)) = 10 *(0,5) = 5 puntos
Oferente 2:
Al ser oferente nuevo no registra nota por lo tanto no se le resta puntaje a su puntaje final de evaluación.
Oferente 3:
Integrante 1: 3,5
Integrante 2: 2,5
Integrante 3: No registra nota
Promedio de notas: (3,5 + 2,5 ) / 2 = 6/2= 3
Puntaje oferente (3) = 10 * (5 - 3)) = 10 *(2) = 20 puntos
Importante: La entidad licitante debe guardar registro de la nota de comportamiento base utilizada para la asignación de puntaje.
7. PRECIO
El oferente deberá declarar en el Anexo N°8 el Precio unitario, de los productos y/o servicios ofertados (para una periodicidad de pago y periodo de arriendo detallado en Anexo N°4), con los impuestos procedentes, de cada línea de servicio, que corresponde al Precio con todos los impuestos aplicables incluido el Recargo Por Devolución (valores brutos), si es que el organismo licitante consideró este criterio de evaluación. El proveedor deberá ofertar este Precio unitario con impuesto por cada una de las líneas de servicios ofertadas. Cada línea de servicio deberá singularizarse de acuerdo con lo determinado en el punto 1 del Anexo N°5.
Luego, cada Precio unitario con impuesto, de cada línea ofertada, se someterá a la siguiente fórmula para obtener el puntaje según el criterio económico:
Puntaje Of. Económica Oferente = 100 x (Of. Económica mínima / Of.
Económica Oferente)
g) Mecanismo de Resolución de empates
n de oferta n la evalu
Fecha: 27/07/2022
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluació sT,OMhAuDbOieDsEeRAZÓN
dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje e acJOióRGnE AfNinDRaElS,XXXXXXXX XXXX
quedando más de uno en condición de resultar adjudicado, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje de acuerdo con la secuencia de los criterios que resulten aplicables, siguiendo el orden de prelación indicado en el Anexo N°4.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se envió primero en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
h) Adjudicación
Se adjudicará al oferente que obtenga el mejor puntaje ponderado en la totalidad de la respectiva línea de servicio ofertada (más alto), en los términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
i) Resolución de consultas respecto de la Adjudicación.
Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días hábiles administrativos contados desde la publicación en el Sistema de Información xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, a través del correo electrónico que se indica en el Anexo N°4.
La entidad licitante dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas. Este plazo no afectará la vigencia de contratación.
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o de aceptar la orden de compra que formaliza la adquisición conforme a lo dispuesto en el artículo 63 del reglamento de la Ley N°19.886, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 40 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
10.1 Documentos integrantes
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
i) Bases de licitación y sus anexos.
ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
iii) Oferta.
iv) Contrato definitivo suscrito entre las partes, de corresponder.
v) Orden de compra.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
10.2 Validez de la oferta.
Las ofertas tendrán una vigencia mínima desde su presentación hasta la suscripción del contrato. Si se lleva a cabo una readjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato.
s asociad órgano c
Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documento osTONMOADsOeDrEáRnAZÓN de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del omFepchraa: 2d7/0o7r/20l2a2
oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato.
10.3 Suscripción del Contrato
Para formalizar las adquisiciones de bienes y servicios regidas por la ley Nº 19.886, se requerirá la suscripción de un contrato. Sin perjuicio de lo anterior, las adquisiciones menores a 100 UTM podrán formalizarse mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor, salvo que la Entidad Licitante, por la complejidad de los servicios, decida formalizar la adquisición mediante un contrato, lo que deberá indicar en el Anexo N°4.
El respectivo contrato deberá suscribirse dentro de los 15 días hábiles administrativos siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Asimismo, cuando corresponda, la orden de compra que formaliza la adquisición deberá ser aceptada por el adjudicatario dentro de ese mismo plazo. Para suscribir el contrato el proveedor, deberá acompañar la garantía de fiel cumplimiento del contrato respectivo en caso de proceder.
Si por cualquier causa que no sea imputable a la entidad licitante, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, o no se acepta la orden de compra que formaliza la adquisición dentro de ese mismo término, se entenderá desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente. También se entenderá como desistimiento si no se acompaña la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento respectiva en los plazos establecidos para ello.
Para suscribir el contrato o aceptar la orden de compra contemplada en el artículo 63 del reglamento de la Ley de Compras, el adjudicado deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores.
10.4 Modificación del contrato
Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste y deberá contar con la debida autorización presupuestaria si fuere procedente.
10.5 Responsabilidades y Obligaciones del Adjudicatario
i. Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores.
ii. El adjudicatario liberará de toda responsabilidad a la entidad licitante en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N°
17.336 sobre Propiedad Intelectual.
iii. Las reuniones que se soliciten durante la ejecución del contrato deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el adjudicatario, lo que deberá documentarse fehacientemente.
iv. Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por la entidad licitante en un plazo máximo de 2 días hábiles administrativos, contado desde su notificación.
v. Entregar oportunamente informes solicitados por la entidad licitante.
os, indem
vi. El proveedor será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorari nTiOzMaAcDioOnDeEsR,AZÓN
Fecha: 27/07/2022
desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagar a sus trabajadores
10.6 Derechos e Impuestos
Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de este Contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las Bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste.
10.7 Cesión de contrato y Subcontratación
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre.
Por lo tanto, la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente suministre los servicios contratados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de sus obligaciones.
Sin perjuicio de lo anterior, se permite la subcontratación parcial, sólo en relación a aspectos logísticos relacionados a los servicios, esto es, bodegaje, traslado y entrega, así como modificaciones, adecuaciones y accesorios, lo que quedará dispuesto en el Anexo N° 4 y Anexo N°5.
En todos los casos es el oferente y eventual adjudicatario el único responsable del pleno cumplimiento de lo señalado en estas bases.
10.8 Efectos derivados de Incumplimientos del Proveedor
10.8.1 Multas
El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos asociados a la entrega de los servicios, de conformidad con las presentes bases.
Las multas por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones, se aplicarán de la siguiente manera:
A. Multas por atraso, por cada día hábil que transcurra, desde la fecha de notificación para la entrega y reemplazo, de cada vehículo en arriendo:
1,5 % * del valor diario neto del arriendo del respectivo vehículo con un tope de 10 días hábiles.
B. Multas referidas a la operación relacionada al servicio en arriendo de vehículos livianos y medianos:
Item* | Frecuencia | Monto de la multa | ||
Multa por no contar con el Permiso de circulación al día | 1 vez al año | 1,5 veces el valor del Permiso circulación | ||
Multa por no contar con el SOAP al día | 1 vez al año | 0,3 UTM | ||
Multa por no contar con la Revisión técnica (Promedio) al día | 1 vez al año | 0,5 UTM | ||
TOMADO | DE RAZÓN | |||
Fecha: 27/07/2022 XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX Contralor General de la República |
Reglas comunes a todas las multas
Las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 20% del valor total neto del contrato. Igualmente, no se le podrán cursar más de 6 multas totalmente tramitadas en un período de 6 meses consecutivos. Se configurará la causal de término anticipado del contrato, cuando se supere el límite del 20% (en multas) del valor total neto del contrato.
Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa. En caso de que no se pague dentro de dicho plazo, se procederá al cobro a través de la o las garantías de fiel cumplimiento, haciéndose pagadera la multa solo respecto de aquella parte que cubre el valor de esta, debiéndose restituir la diferencia al adjudicado. En este último caso, en la medida que la garantía cobrada esté vigente, el proveedor adjudicado deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza dentro de 15 días hábiles desde la notificación del cobro.
Cuando las multas se fijen en moneda extranjera, el monto en moneda nacional será determinado al momento de dictar la resolución que aplica la multa.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. La fecha de conversión será la del día de emisión del respectivo acto administrativo que origina el cobro de la multa.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
No procederá el cobro de las multas señaladas en este punto, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por la Entidad Licitante, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el oferente adjudicado acredite el hecho que le impide cumplir.
10.8.2 Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
Al Adjudicatario le podrá ser aplicada la medida de cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato por la entidad licitante, en los siguientes casos:
i. No pago de multas dentro del plazo establecido en las presentes bases y/o el respectivo contrato.
ii. Incumplimientos de las exigencias técnicas de los bienes y servicios (en caso de que hayan sido requeridos) adjudicados establecidos en el Contrato.
iii. Incumplimiento por atraso en la entrega de los bienes o prestación de los servicios, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones superior a 10 días hábiles e inferior a 20 días hábiles del total adjudicado.
iv. Cualquier otro incumplimiento acreditable e imputable al proveedor respecto de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, que no esté expresamente sancionado con multa o con término anticipado del contrato.
10.8.3 Término Anticipado Contrato
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
ejecución tas en la idad, y c
1) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor atribuido a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la pTaOMrcAiDaOl DpEoRrAZÓN
parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descri s Fpecrhea: s27e/0n7/2t0e2s2
Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabil uaJnORdGoE AdNDicRhESoBERMUDEZ XXXX
incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
2) Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
4) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
5) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor.
6) Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada.
7) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones del órgano comprador.
8) En caso de que el incumplimiento por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones supere los 20 días hábiles administrativos.
9) En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 20% del valor total neto contratado.
10) Por incumplimiento de las demostraciones funcionales por segunda vez, cuando estas se hayan solicitado en el Anexo Nº4.
11) En caso de que se haya solicitado una demostración funcional en el Anexo Nº4: Por exceder las 3 semanas en la realización de la segunda prueba funcional.
12) Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
13) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.
14) En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
b. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
c. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere características objeto de la evaluación de la oferta.
reunido una o más
TOMADO DE RAZÓN
Fecha: 27/07/2022
d. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
e. Disolución de la UTP.
15) No renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento, según lo establecido en la cláusula 8.2 de las bases de licitación.
16) En el caso de infracción de lo dispuesto en la cláusula 10.7 sobre “Cesión de contrato y Subcontratación”
17) Por incumplimiento de la cláusula de Confidencialidad.
De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto la del numeral 3), además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.
El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en la cláusula 10.9.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Resciliación o término de mutuo acuerdo
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.
10.9 Procedimiento para Aplicación de Medidas derivadas de incumplimientos
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, o que constituya una causal de término anticipado, con excepción de la resciliación, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles administrativos para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles administrativos, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles administrativos, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles administrativos para resolver el citado recurso.
ejar sin ef
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o d ecTOtoMAeDlOaDcEtRoAZÓN
impugnado.
Fecha: 27/07/2022
10.10 Del Pago
Los productos y/o servicios (en caso de que hayan sido requeridos) contratados se pagarán en la forma (una o varias cuotas) y periodicidad que indica el Anexo N°4 de las presentes bases, desde la total tramitación del acto administrativo que apruebe el presente contrato o la aceptación de la orden de compra, según corresponda y de conformidad con la Le N°21.131.
El pago será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la recepción de la factura respectiva, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.
La recepción deberá ser acreditada por la entidad que hubiere efectuado el requerimiento.
En el Anexo N°4 el organismo comprador deberá establecer los hitos, forma y periodicidad de pago, el que en todo caso podrá efectuarse una vez realizada la recepción conforme de los bienes. Se deja expresa constancia que, como parte de la recepción conforme, la entidad licitante podrá realizar demostraciones funcionales para constatar que las especificaciones técnicas señaladas en el Anexo N°5 se cumplan a cabalidad.
El proveedor solo podrá facturar los productos efectivamente entregados y recibidos conforme por cada organismo comprador, una vez que el administrador del contrato por parte del organismo comprador autorice la facturación en virtud de la recepción conforme de los productos. El organismo comprador rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los productos y la autorización expresa de facturar por parte de éste.
Para efectos del pago, el proveedor adjudicado deberá adjuntar a la factura, la respectiva orden de compra, la recepción conforme emitida por la entidad compradora, el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación) de la Dirección del Trabajo, que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, y en caso de que corresponda, un informe de aplicación de multas.
El pago de los productos o servicios será en la moneda o unidad reajustable señalada por el organismo comprador en el Anexo N°4. En caso de que el precio no esté en pesos chilenos, el monto a facturar será el precio de los servicios adquiridos, convertidos a pesos chilenos según el valor de la conversión correspondiente a la fecha de emisión de la factura, no procediendo ningún otro cobro adicional por servicios no convenidos, ni por tiempos en que por alguna razón el proveedor no presta un servicio. Cabe señalar que, cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario el monto deberá ser redondeado al número entero anterior
10.11 Vigencia y renovación del Contrato
El contrato tendrá la vigencia indicada en el Anexo N°4, contada desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
El contrato podrá ser renovado fundadamente por el mismo período, por una sola vez, en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y previo informe técnico favorable del administrador de contrato del órgano comprador.
TOMADO DE RAZÓN
10.12 Coordinador del Contrato
El adjudicatario deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada al órgano comprador.
En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos:
1. Informar oportunamente al órgano comprador de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.
2. Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
3. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el adjudicatario al responsable de administrar de contrato por parte del órgano comprador, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o el cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario.
10.13 Pacto de Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
i. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
ii. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
iii. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
iv. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
v. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
TOMADO DE RAZÓN
vi. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
vii. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
viii. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10.14 Comportamiento ético del Adjudicatario
El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
10.15 Auditorías
El adjudicatario podrá ser sometido a auditorías externas, contratadas por la entidad licitante a empresas auditoras independientes, con la finalidad de velar por el cumplimiento de las obligaciones contractuales y de las medidas de seguridad comprometidas por el adjudicatario en su oferta.
Si el resultado de estas auditorías evidencia incumplimientos contractuales por parte del adjudicatario, el proveedor quedará sujeto a las medidas que corresponda aplicar la entidad licitante, según las presentes bases.
10.16 Confidencialidad
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato.
El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el proceso licitatorio y el respectivo contrato.
El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
10.17 Propiedad de la Información
y tecnol e la ejec
La entidad licitante será la titular de todos los datos de transacciones, bitácoras (logs), parámetros, documentos electrónicos y archivos adjuntos y, en general, de las bases de datos y de toda información contenida en la infraestructura física ógTiOcMaAqDOueDElReAZÓN
suministre el proveedor contratado y que se genere en virtud d ucFieócnha: 2d7/e07/2l0o22s
servicios objeto de la presente licitación.
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX
El proveedor no podrá utilizar la información indicada en el párrafo anterior, durante la ejecución del contrato ni con posterioridad al término de su vigencia, sin autorización escrita de la entidad licitante. Por tal motivo, una vez que el proveedor entregue dicha información a la entidad o al finalizar la relación contractual, deberá borrarla de sus registros lógicos y físicos
10.18 Tratamiento de datos personales por mandato
En caso de que se encomiende al adjudicatario el tratamiento de datos personales por cuenta de la entidad licitante, ésta deberá suscribir un contrato de mandato escrito con el proveedor, en donde se especifiquen las condiciones bajo las cuales se podrán utilizar esos datos, según el artículo 8 de la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada. Sin embargo, deberá tenerse en consideración lo dispuesto en el artículo 10° de la referida ley, en cuanto a que no pueden ser objeto de tratamiento los datos sensibles, salvo cuando la ley lo autorice, exista consentimiento del titular o sean datos necesarios para la determinación u otorgamiento de beneficios de salud que correspondan a sus titulares, según procediera.
En dicho contrato de mandato se indicará, a lo menos, la finalidad del tratamiento, el tipo de datos que se entrega al adjudicatario (en calidad de mandatario), la duración del encargo y un procedimiento para la devolución de los datos y su eliminación efectiva por parte del proveedor, al terminar ese contrato. Además, deberá prohibir expresamente el uso de dichos datos personales para fines distintos a los que persigue la entidad licitante (en calidad de órgano público mandante) y señalar expresamente que no se permite su comunicación a terceros. Finalmente, la transmisión de datos sensibles solo se realizará en las formas y medios que establezca la ley.
Cabe señalar que el mandatario deberá cumplir las demás obligaciones que se establecen en la ley N°19.628 y, en especial, facilitar el ejercicio de los derechos que se le reconocen a los titulares respecto de sus propios datos personales.
El mandato de tratamiento de datos no exime de responsabilidad al órgano comprador, en especial, respecto de la utilización de los datos solo en materias propias de su competencia legal y de las obligaciones de cuidado de dicha información
10.19 Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Durante la vigencia del respectivo contrato el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
El órgano comprador podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas.
En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.
La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicataria dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
10.20 Normas laborales
nsable ex del Trab
, de en
El adjudicatario, en su calidad de empleador, será respo clTuOsMivADoO DdEeRlAZÓN cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código ajoFechya: 27l/0e7y/20e2s2 complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros feJrOmRGeE dANaDdREeSsBERMUDEZ XXXX
profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
El órgano comprador se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183- D del mismo Código.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.
10.21 Relación entre organismo comprador y personal del proveedor
Se deja expresamente establecido que el organismo contratante no tiene ni tendrá ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume ninguna obligación para con el personal que el adjudicatario destine o contrate para la provisión de los productos y/o servicios licitados, especialmente aquellas relacionadas con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del contratista, quien prestará el servicio bajo su propia responsabilidad y riesgo.
En este sentido, se deja constancia que la celebración del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores, o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.
10.22 Liquidación del contrato
Para llevar a cabo la finalización de la relación contractual entre las partes, sea por término anticipado o no, el proveedor adjudicado deberá:
● Acordar un calendario de cierre con la entidad licitante, en donde se establezca un evento o plazo prudencial a partir del cual se entiende que el contrato entre en etapa de cierre.
● Elaborar un protocolo de fin de contrato, que suscribirán ambas partes, y en donde se detallen todas las actividades a realizar y los responsables de cada una de ellas, para lograr un cierre de contrato ordenado.
11. Requerimientos técnicos
11.1. Servicios Licitados
sentes ba s técnico
seTsO.MADDiOchDoE sRAZÓN s Femchaí: n27i/m07/2o02s2
Los servicios requeridos se detallan en el Anexo N°5 de las pre productos y/o servicios serán considerados como requisito
obligatorios, de modo que, la oferta que no reúna alguno de ellos será declarada inadmisible.
11.2. Acuerdos de nivel de servicio (SLA)
Para estas bases tipo no aplica el Anexo N°6, de las presentes bases.
ANEXO N° 1
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PARA OFERTAR
(ESTE ANEXO DEBERÁ SER COMPLETADO EXCLUSIVAMENTE POR PROPONENTES QUE PRESENTEN SU OFERTA A TRAVÉS DE UNA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES)
Yo, <nombre y RUT>, en mi calidad de oferente o en representación del proveedor
<razón social empresa>, RUT N° <RUT empresa>, con domicilio en <domicilio>,
<comuna>, <ciudad>, declaro bajo juramento que:
• No he sido o mi representada no ha sido condenada por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta.
• Asimismo, declaro que no he sido o mi representada no ha sido sancionada por el Tribunal de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza xx Xxx N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
• Por último, declaro que, si mi representada fuera una persona jurídica, no ha sido condenada con la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
<Ciudad>, <día/mes/año>
<Firma>
<Nombre>
<Representante Legal>
<Nombre de Unión Temporal de Proveedores, si correspondiere>
NOTA:
1.-Todos los datos solicitados deben ser completados por el proveedor.
2.-En el caso de UTP, este anexo deberá ser completado por cada uno de los integrantes de la misma, respecto de la situación particular de su empresa.
ANEXO N° 2
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE CONFLICTOS DE INTERÉS (ESTE ANEXO DEBERÁ SER COMPLETADO EXCLUSIVAMENTE POR
PROPONENTES QUE PRESENTEN SU OFERTA A TRAVÉS DE UNA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES)
Yo, <nombre y RUT>, en mi calidad de oferente o representante legal del proveedor,
<razón social empresa>, RUT N° <RUT empresa>, con domicilio en <domicilio>,
<comuna>, <ciudad>, declaro bajo juramento que:
1. No soy funcionario directivo de la Entidad Licitante, ni me encuentro unido a ninguno de ellos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
2. Mi representada no es una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos de la entidad licitante, o bien las personas unidas a ellos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, formen parte, ni es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o éstas personas sean accionistas, ni es una sociedad anónima abierta en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, y
3. No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades mencionadas en el párrafo anterior.
4. Asimismo, declaro conocer que los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, son los siguientes: cónyuge, hijos, adoptados y parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
5. La información contenida en la presente declaración se encontrará permanentemente actualizada.
6. Declaro que, por este acto, ratifico todo lo obrado por el proveedor que represento en la licitación que resultó adjudicada, sea que se trate de actuaciones efectuadas por personas con poder suficiente para representarla o no.
<Ciudad>, <día/mes/año>
<Firma>
<Nombre>
<Representante Legal o persona natural, según corresponda>
<Nombre de Unión Temporal de Proveedores, si correspondiere>
NOTA:
1.- Todos los datos solicitados deben ser completados por el proveedor.
2.-En el caso de UTP, este anexo deberá ser completado por cada uno de los integrantes de ésta, respecto de la situación particular de su empresa, salvo por el miembro que presenta la oferta a través del Sistema.
ANEXO N° 3
DECLARACIÓN JURADA PARA CONTRATAR
(Deudas Vigentes con Trabajadores)
Yo, <nombre de representante legal o persona natural según corresponda >, cédula de identidad N° <RUT representante legal o persona natural según corresponda > con domicilio en <domicilio>, <comuna>, <ciudad> en representación de <razón social empresa o persona natural según corresponda >, RUT N° <RUT empresa o persona natural según corresponda >, del mismo domicilio, declaro que mi representada:
(En el espacio en blanco, favor indicar “Sí” o “No”, según corresponda):
“ registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.”
Asimismo, declaro que por este acto vengo en ratificar todo lo obrado por el proveedor que represento en la licitación que resultó adjudicada, sea que se trate de actuaciones efectuadas por personas con poder suficiente para representarla o no.
<Ciudad>, <fecha>
_
<Firma>
<Nombre>
<Representante Legal>
<Nombre de Unión Temporal de Proveedores, si correspondiere>
Nota:
1. Todos los datos solicitados deben ser completados debidamente por el oferente que sea adjudicado.
2. En el caso de UTP, este anexo deberá ser completado por cada uno de los integrantes de la misma, respecto de la situación particular de su empresa.
3. Esta declaración será exigida al momento de suscribir el respectivo contrato
ANEXO N° 4 ANEXO COMPLEMENTARIO
La entidad licitante podrá utilizar todas o algunas de las siguientes tablas
complementarias, para determinar las especificidades del respectivo proceso licitatorio.
Identificación de la entidad licitante
Razón Social del organismo | |
Unidad de Compra | |
R.U.T. del organismo | |
Dirección | |
Comuna | |
Región en que se genera la Adquisición |
Indique si, para el caso de las contratación en particular aplica algún tipo de regulación especial (como por ejemplo zonas francas) :
Regulación Especial (Defina)
Moneda y presupuesto:
Moneda o Unidad reajustable | |
Presupuesto disponible* | |
Presupuesto estimado* |
(*La entidad licitante deberá escoger entre presupuesto disponible y presupuesto estimado. En caso de este último, podrá optar por no hacerlo explícito).
Publicidad de las ofertas técnicas
Publicidad de las Ofertas Técnicas | (SÍ/NO) |
Justificación | Las ofertas técnicas de los oferentes podrán no visualizarse públicamente en el sistema xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, si la entidad licitante estima que ello puede afectar derechos de los proponentes, tales como propiedad intelectual, secretos comerciales, datos personales, entre otros. Sin embargo, la oferta técnica que resulte adjudicada pasará a ser visible públicamente en dicha plataforma, desde que se notifique la adjudicación. Lo anterior, sin perjuicio del ejercicio del derecho de acceso a información pública regulado en la ley N°20.285. |
Etapas y Plazos (días hábiles administrativos):
Plazo para realizar consultas sobre la licitación | ||
Plazo para publicar respuestas a las consultas | ||
Fecha de Cierre para presentar Ofertas | Normal: Extensión: | |
Fecha de Adjudicación | ||
Período de recepción de consultas sobre los resultados de la evaluación |
Período de Respuesta a Consultas sobre los resultados de la evaluación
*Los plazos deben cumplir con lo establecido en el artículo 25 del Decreto N°250 de
2004 del Ministerio de Hacienda que Aprueba el Reglamento de la Ley 19.886
Requiere contrato para las adquisiciones menores a 100 UTM:
SÍ | |
NO |
Garantía de Seriedad de la oferta
Solicita garantía de seriedad de la oferta para compra igual o inferior a 2000 UTM (SI/NO/No aplica) | |
Justificación cuando solicita garantía de seriedad de la oferta en compras iguales o inferiores a 2000 UTM | |
Monto | |
Glosa* | |
Plazo de vigencia (p.ej., 90, 120 o 150 días posteriores a la publicación de la licitación o desde otro hito) con un límite de hasta la celebración efectiva del respectivo contrato. | |
Dirección para su entrega (si es en formato físico) | |
Horario de atención | |
Correo electrónico en caso de remitirse garantía en soporte electrónico |
* En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.
Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato
Solicita garantía de fiel cumplimiento para compra igual o inferior a 1000 UTM (SI/NO/No aplica) | ||
Justificación cuando solicita garantía de fiel cumplimiento en compras inferiores a 1000 UTM | ||
Monto (%) | ||
Glosa* | ||
Dirección para su entrega (si es en formato físico) | ||
Horario de atención | ||
TOMADO DE RAZÓN Fecha: 27/07/2022 XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX Contralor General de la República |
Correo electrónico en caso de remitirse garantía en soporte electrónico | |
Forma de restitución y devolución |
*En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.
Comisión evaluadora
Número de integrantes (mayor o igual a 3)
Criterios de evaluación
CRITERIOS | PONDERACIÓN |
1. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES | |
2. CAPACIDAD FINANCIERA | |
3.- RECARGO POR DEVOLUCION (DROP-OFF) | |
4.- TIEMPO DE RESPUESTA DE ASISTENCIA EN RUTA | |
5. AÑOS DE ANTIGÜEDAD DE LA FLOTA | |
6. COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR | Este criterio resta puntaje a aquellos proveedores que tienen un mal comportamiento contractual |
7. PRECIO TOTAL |
Detalle de Criterios de evaluación:
1. CAPACIDAD FINANCIERA
Nº | Capacidad Financiera | Puntaje* |
1 | Índice de Solvencia mayor o igual a 1 | 25 |
2 | Índice de Solvencia menor a 1 | 0 |
3 | Capital de Trabajo positivo | 25 |
4 | Capital de Trabajo negativo | 0 |
5 | Índice de Endeudamiento menor o igual a 1 | 25 |
6 | Índice de Endeudamiento mayor a 1 | 0 |
7 | Referencias Bancarias | 25 |
8 | No Presenta Referencias Bancarias | 0 |
*Los puntajes expuestos son a modo de ejemplo. La suma de los puntajes que otorgue el organismo a cada subcriterio debe sumar 100. Cada subcriterio es obligatorio de utilizar.
SI | TOMADO DE | RAZÓN 022 ES XXXXXXXX XXXX | |
NO | Fecha: 27/07/2 XXXXX XXXX | ||
Contralor General de la República |
2. RECARGO POR DEVOLUCION (DROP-OFF) Se permitirá recargo Por Devolución (Drop-Off):
3. TIEMPO DE RESPUESTA DE ASISTENCIA EN RUTA:
N° | TRAMOS (Tiempo de Respuesta de Asistencia en Ruta) | Puntaje |
1 | Hasta horas | |
2 | Hasta horas | |
3 | Sobre horas o No entrega Ia información |
4. AÑOS DE ANTIGÜEDAD DE LA FLOTA
N° | Años de Antigüedad de la Flota | Puntaj e |
1 | Hasta años | |
2 | Hasta años | |
3 | Sobre años | |
4 | No entrega información o no se puede comprobar |
AÑO DE REFERENCIA: _ _
Correo electrónico para realizar consultas sobre los resultados de la evaluación y adjudicación:
Hito | Descripción | Porcentaje del Contrato |
HITO 1 | Instalación y puesta en marcha de los equipos | 50% del monto total del contrato |
ETC. |
_ HITOS DE PAGO
Ejemplo: Arriendo a 48 meses
“Hito 1: Instalación y puesta en marcha de los equipos: 50% del monto total
del contrato.
Hito 2: Pago del primer mes de arriendo: 1% del monto total del contrato. Hito 3: Pago del segundo mes de arriendo: 1% del monto total del contrato. (…)
Hito 49: Pago del último mes de arriendo: 3% del monto total del contrato.”
Forma de Pago:
Cuotas | |
Periodicidad | Hitos de pago |
Reajustabilidad del precio:
Indicador de reajuste (por ejemplo: IPC) | |
Periodicidad |
TOMADO DE RAZÓN
Meses
Vigencia del Contrato:
Mecanismo de Resolución de empates:
Los empates serán resueltos siguiendo este orden de prelación (la cantidad de filas debe ser proporcional a la cantidad de criterios de evaluación):
Orden de prelación | Criterio |
1° | |
2° | |
3° |
TOMADO DE RAZÓN
Se prohíbe la subcontratación de los servicios contratados:
SI | |
NO |
ANEXO N° 5 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
1. MODALIDAD DEL SERVICIO DE ARRIENDO: Indique si el servicio de arriendo es corto, mediano o largo plazo por cada línea de servicio
Línea N°1
Corto plazo (desde 1 día hasta 1 mes) | |
Mediano plazo (mayor a un mes, menos de 1 año) | |
Largo plazo (mayor a un año) |
Línea N°2
Corto plazo (desde 1 día hasta 1 mes) | |
Mediano plazo (mayor a un mes, menos de 1 año) | |
Largo plazo (mayor a un año) |
2. CHOFER: Indique si el servicio de arriendo requiere chofer por cada línea de servicio
Línea N°1
SI | |
NO |
Línea N°2
SI | |
NO |
3. LÍNEAS DE VEHICULOS LIVIANOS Y MEDIANOS: El organismo requirente deberá marcar tantas líneas como sea su necesidad mediante la señalización de la cantidad.
TIPO DE VEHÍCULO LIVIANOS Y MEDIANOS* | CANTIDAD |
ARRIENDO AUTOMÓVIL | |
ARRIENDO CAMIONETA | |
ARRIENDO TODO TERRENO | |
ARRIENDO MINIBUS | |
ARRIENDO FURGON DE CARGA |
*Se excluyen los furgones escolares
4. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS POR CADA LINEA DE SERVICIO
Los oferentes podrán considerar diferentes marcas y modelos para cada uno de los tipos de vehículos livianos y medianos y de esta manera completar el volumen total de cada tipo, haciendo presente que el o los modelos ofertados para cada tipo deben cumplir con los requerimientos técnicos mínimos que a continuación se detallan.
rvicio, en
CIO”, el
Asimismo, la entidad licitante deberá indicar, para cada línea de se
“I.TABLA DE ESPECIFICACIONES POR CADA LINEA DE SERVI
eTlOnMuAmDOeDrEaRl AZÓN
dFeecthaa:l2le7/07/d20e22
Las presentes bases solo contemplan los vehículos livianos y medianos.
requerimientos mínimos en relación a cada Ítem que allí se indica. Lo expuesto en la
columna “Detalle” es solo un ejemplo.
TOMADO DE RAZÓN
Fecha: 27/07/2022
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX
I. TABLA DE ESPECIFICACIONES POR CADA LINEA DE SERVICIO
ARRIENDO DE VEHICULOS1 | |
REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS LINEA N°1 | |
ITEM | DETALLE (Lo indicado es una propuesta que puede ser modificada por cada entidad licitante) |
Estado de los vehículos | Los vehículos a considerar en la prestación de servicio pueden ser nuevos o usados, o ambos, debiendo encontrarse en buenas condiciones de operación al momento de la entrega en caso de que se trate de vehículos usados. |
Mantenimiento y reparación de la flota contratada | El arrendador seleccionado deberá mantener los vehículos en buenas condiciones de funcionamiento, debiendo efectuar todas las reparaciones que fueren necesarias (preventivas y correctivas), reemplazando y/o reparando las partes y accesorios a su propia xxxxx. |
En la eventualidad que se produzcan desperfectos atribuibles a responsabilidad de la Institución y sus dependientes, en lo que respecta de manera específica a desperfectos producidos en motores de combustión interna, transmisiones y neumáticos, serán de cargo de la institución siempre y cuando estos sean aceptados por personal técnico del Organismos requirente, debiendo el prestador del servicio presentar un informe técnico con los sustentos técnicos que justifiquen la responsabilidad del usuario en el desperfecto. | |
Coordinación de ingresos a servicio técnico | La coordinación para ingreso a servicio técnico de los vehículos será gestionada por los encargados de cada una de las zonas2 a las cuales serán destinados los vehículos quienes en lo sucesivo se denominarán como “coordinadores zonales”, personal que será definido en el contrato de prestación de servicios. En este orden de ideas los usuarios de los vehículos serán los encargados de trasladar los vehículos a los servicios técnicos dispuestos por el prestador, en el día y horario asignado. |
Vehículos de reemplazo3 | Si un vehículo dejare de funcionar como consecuencia de un desperfecto mecánico o mantención preventiva que exceda las 24 horas de ejecución, el arrendador se obliga a reemplazarlo por otro vehículo de cualquiera de las siguientes categorías: (Definir categoría), cuyo plazo de reposición debe ser un máximo de (Definir |
1 Los productos y/o servicios requeridos deberán referirse siempre a las características técnicas y no a marcas específicas. En caso de ser necesario indicar además marcas, deberá admitir soluciones equivalentes. Lo anterior, conforme a lo establecido en el artículo 22, N° 2, del Reglamento de la Ley N° 19.886.
stinados los ve
2 En este caso, el organismo licitante podrá definir las zonas o unidades a las cuales pueden ser de híTcuOlMosAlDivOiaDnoEsRyAZÓN
medianos, por ejemplo, ciudades, regiones, comunas, etc.
3 Se pueden considerar vehículos livianos y medianos usados.
Fecha: 27/07/2022
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX
plazo en días hábiles administrativos)4, contado desde la fecha que éste reciba el aviso correspondiente, en la eventualidad que la notificación se realice un día xxxxxx xxxxxxx o festivo, el plazo será contabilizado desde el siguiente día hábil administrativo. | |
El vehículo conducido por el arrendatario que como consecuencia de un choque o volcamiento dejare de funcionar, este deberá ser reemplazado por otro de similares características, considerando los términos en cuanto a notificación y plazos descritos en el párrafo que antecede. | |
El arrendador deberá considerar la provisión de vehículos de reemplazo, los cuales pueden ser de condiciones constructivas diferentes a los arrendados siempre y cuando estos se encuentren en el segmento de vehículos livianos y medianos tipo; (Definir tipo), reemplazos que se mantendrán en operación por el usuario hasta el reintegro del vehículo, reparado, mantenido preventivamente o hasta la reposición de vehículos declarados como pérdida total por los seguros exigidos. | |
En este orden de ideas en la eventualidad que el prestador de servicio no disponga de vehículos para materializar el reemplazo, aplicará las multas determinadas en las presentes bases y en contrato de arrendamiento. | |
Capacitación para operadores y coordinadores zonales | Al momento de materializar la entrega de los vehículos de enlace y los vehículos objeto del contrato, el prestador del servicio deberá entregar instrucciones a los usuarios respecto al uso de los vehículos arrendados, instrucciones de mantenimiento, intervenciones prohibidas, entre otros aspectos a considerar, con el objeto de orientar al personal respecto del cuidado y conservación de los vehículos, las que pueden ser presenciales, o ya sea en manuales físicos o digitales. |
TOMADO DE RAZÓN
rio de evaluaci
4 Este plazo de reposición expuesto debe coincidir con los plazos de reposición declarados en el crite ónFNec°h4a,: s2i7e/0m7p/2r0e22y
cuando el organismo licitante seleccione este último para la evaluación técnica.
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX
Una vez emitida la respectiva orden de compra el prestador del servicio deberá proporcionar una capacitación a los coordinadores zonales, orientada a la administración del servicio, ingreso de unidades a mantenimiento, control de plazos, declaración de siniestros, solicitudes de vehículos de reemplazo uso de plataformas de enlace entre otros aspectos asociados a la gestión y administración del contrato. | |
Plataforma web | El prestador del servicio deberá considerar un sitio web de control, que permita a lo menos; agendar ingresos a servicio, notificar siniestros y solicitar vehículos de reemplazo, debiendo el sitio proporcionar historial de las acciones asociadas, como; fechas de solicitud, fecha de ingreso a servicio, fecha de notificación de entrega de vehículo y fecha de retiro de vehículo desde las instalaciones del arrendado, debiendo a lo menos registrar la placa patente de cada uno de los vehículos que prestan el servicio y su historial. Este sitio debe permitir a lo menos la extracción de bases de datos, que describa las fechas de control anteriormente señaladas, tipo de solicitud y placas patentes de los vehículos. |
Seguro de vehículos livianos y medianos | El oferente deberá contar con seguro contra todo riesgo para la totalidad de los vehículos arrendados, lo que debe cubrir al menos los siguientes puntos: • Daños propios al vehículo • Pérdida total y robo del vehículo • Responsabilidad civil por daño emergente • Responsabilidad civil por daño moral • Responsabilidad civil por lucro cesante • Daños propios por la propia carga • Daños a terceros por la propia carga • Robo de accesorios • Huelga y terrorismo • Actos maliciosos • Riesgo de la naturaleza • Daños por granizo • Daños por sismo • Muerte e incapacidad accidental Las cuentas por daños producto de siniestros, robos u otra cláusula cubierta por la póliza de seguro, deberá ser informados por la unidad de cargo al arrendador en un plazo no superior a (Definir horas), siendo este último el encargado de notificar a la compañía de seguros contratada. |
Elementos complementarios | Al momento de la entrega de los vehículos: Deberán contar con la totalidad de documentación vigente que permitan su circulación a nivel nacional, debiendo considerar de igual manera; Kit de Herramientas Básicas para cada unidad (exigiendo como mínimo llave xx xxxxxx, Gato de accionamiento mecánico o hidráulico para cada unidad conforme al diseño constructivo del vehículo). Kit de Emergencia (Triángulo de Seguridad, Chaleco Reflectante conforme a norma, Botiquín básico, Extinguidor). |
Gastos asociados a la operación del servicio | Respecto de los vehículos objeto del contratado, que generen cobros producto de su tránsito por autopistas concesionadas, deberán ser cobradas de manera independiente al cobro del servicio, cuyos tránsitos serán de cargo Institucional, haciendo presente que el arrendador deberá proporcionar los registros de los tránsitos, para de esta manera verificar la aplicabilidad de los cobros. |
En lo que respecta a las multas de tránsito suscritas a placas patentes de los vehículos objeto del servicio de arriendo, siempre y cuando estos hayan sido operados por la Institución y sus dependientes a la fecha de registro de la infracción, deberán ser cobradas de manera independiente a la institución, haciendo presente que el prestador del servicio contratado deberá regularizar la situación de los vehículos, debiendo mantener todos los vehículos con su respectiva documentación vigente. | |
Forma de entrega | El organismo licitante debe indicar la forma de entrega requerida: Indique: |
Importante | Los vehículos ofertados deben ajustarse a las condiciones técnicas mínimas exigidas, lo cual debe considerar vehículos de modelos diferentes para cada requerimiento, con su respectivo volumen de unidades. |
II. DESCRIPCION DE CADA LINEA DE SERVICIO (REQUISITOS MINIMOS PARTICULARES):
ÍTEM | DESCRIPCIÓN LINEA N°1 | |
Identificación del vehículo | Marca | |
Modelo | ||
Motorización | Potencia máxima | |
Torque máximo | ||
Ciclo motor | ||
Sistema de transmisión | ||
Seguridad pasiva | ||
Equipamiento | ||
Otros (Color, Kilometraje*, antigüedad, etc.) |
* En caso de que sea un vehículo usado se sugiere indicar el kilometraje máximo y antigüedad (en años) que se acepta respecto del vehículo.
Recargo Por Devolución (Drop-Off)
Requiere Drop- Off | Marque con una X | |
SI | ||
NO |
Si marcó la opción SI, detalle el requerimiento en la siguiente tabla:
Drop-Off (Defina el requerimiento)
5. OBLIGACIONES: DEL ARRENDATARIO
- El arrendatario deberá utilizar las especies en arriendo de acuerdo con las aptitudes de estos, cumpliendo estrictamente las disposiciones relativas al uso, y conservación.
- Todo daño o perdida que afectare a los bienes, cualquiera sea su causa y gravedad, deberá ser informado al arrendador.
Responsabilidades de la entidad compradora para el correcto uso de los vehículos livianos y medianos arrendados:
Responsabilidades | |
1.- | |
2.- |
DEL ARRENDADOR
- Son obligaciones del arrendador, las que a continuación se señalan, y en especial las contenidas en el art. 1924 al art. 1937 del código civil.
enas con ue fueren
- El arrendador se obliga a entregar las especies en el plazo y lugares establecidos en estas bases.
- El arrendador se obliga a mantener las especies en bu dicTOioMnAeDsO DdE eRAZÓN
funcionamiento, debiendo efectuar todas las reparaciones q neFeccehas: 2a7/r0i7a/20s2,2
reemplazando o reparando la totalidad de las partes, piezas y accesorios, sin costo para la institución, así como realizando las inspecciones necesarias y los servicios de mantenimiento aconsejados por los fabricantes de las especies objeto del contrato.
- Adicionalmente, el proveedor adjudicado se obliga a todo lo establecido en estas
bases, anexos y texto de contrato.”
6. PROPUESTA TÉCNICA:
Requiere propuesta técnica: SI/NO
En caso de que la respuesta sea afirmativa indicar los detalles que debe contener la propuesta técnica.
El proveedor debe indicar el Plan de mantenciones de los vehículos livianos y medianos arrendados, cuando aplique.
7. SUBCONTRATACIÓN:
Si la entidad licitante decide permitir la subcontratación, deberá desarrollar el alcance de esta última y solo con relación a aspectos logísticos y ajustes relacionados a los servicios, esto es, bodegaje, traslado y entrega, así como modificaciones, adecuaciones y accesorios, dando cumplimiento al Artículo 76 del Reglamento de la Ley de compras públicas.
ANEXO N° 6
ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO (SLA)
No aplica este anexo para estas bases tipo.
ANEXO N° 7 OFERTA TÉCNICA
1. LÍNEAS DE VEHÍCULOS LIVIANOS Y MEDIANOS:
TIPO DE VEHÍCULO LIVIANO | CANTIDAD |
ARRIENDO AUTOMÓVIL | |
ARRIENDO CAMIONETA | |
ARRIENDO TODO TERRENO | |
ARRIENDO MINIBÚS | |
ARRIENDO FURGÓN DE CARGA |
2. REQUISITOS TÉCNICOS MÍNIMOS POR CADA LÍNEA DE SERVICIO
La entidad licitante deberá completar las siguientes tablas que correspondan, de acuerdo con los criterios y subcriterios de evaluación que apliquen en el respectivo proceso licitatorio, para determinar la forma de presentación de la Oferta Técnica.
I. TABLA DE ESPECIFICACIONES POR CADA LÍNEA DE SERVICIO
ARRIENDO DE VEHICULOS5 | ||
REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS LINEA N°1 | ||
ITEM | DETALLE | OFERTA DEL PROVEEDOR |
Los vehículos a considerar en la | ||
prestación de servicio pueden ser | ||
Estado de los vehículos | nuevos o usados, o ambos, debiendo encontrarse en buenas condiciones de operación al momento de la entrega en | |
caso de que se trate de vehículos | ||
usados. | ||
El arrendador seleccionado deberá | ||
mantener los vehículos en buenas | ||
condiciones de funcionamiento, | ||
debiendo efectuar todas las | ||
reparaciones que fueren necesarias | ||
(preventivas y correctivas), | ||
reemplazando y/o reparando las | ||
partes y accesorios a su propia xxxxx. | ||
En la eventualidad que se produzcan | ||
desperfectos atribuibles a | ||
Mantenimiento y reparación de la flota contratada | responsabilidad de la Institución y sus dependientes, en lo que respecta de manera específica a desperfectos producidos en motores de combustión | |
interna, transmisiones y neumáticos, | ||
serán de cargo de la institución | ||
siempre y cuando estos sean | ||
aceptados por personal técnico del | ||
Organismos requirente, debiendo el | ||
prestador del servicio presentar un | ||
informe técnico con los sustentos | ||
técnicos que justifiquen la | ||
responsabilidad del usuario en el | ||
desperfecto. | ||
La coordinación para ingreso a servicio | ||
técnico de los vehículos será | ||
gestionada por los encargados de cada | ||
una de las zonas6 a las cuales serán | ||
destinados los vehículos quienes en lo | ||
Coordinación de ingresos a servicio técnico | sucesivo se denominarán como “coordinadores zonales”, personal que será definido en el contrato de prestación de servicios. | |
En este orden de ideas los usuarios de | ||
los vehículos serán los encargados de | ||
trasladar los vehículos a los servicios | ||
técnicos dispuestos por el prestador, | ||
en el día y horario asignado. |
stablecido en e
stinados los ve
5 Los productos y/o servicios requeridos deberán referirse siempre a las características técnicas y no a marcas específicas. En caso de ser necesario indicar además marcas, deberá admitir soluciones equivalentes. Lo anterior, conforme a lo e l artículo 22, N° 2,
del Reglamento de la Ley N° 19.886.
TOMADO DE RAZÓN
6 En este caso, el organismo licitante podrá definir las zonas o unidades a las cuales pueden ser de híFceuclhoas: 2li7v/i0a7n/2o0s22y
medianos, por ejemplo, ciudades, regiones, comunas, etc.
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX
Si un vehículo dejare de funcionar | ||
como consecuencia de un desperfecto | ||
mecánico o mantención preventiva | ||
que exceda las 24 horas de ejecución, | ||
el arrendador se obliga a reemplazarlo | ||
por otro vehículo de cualquiera de las | ||
siguientes categorías: (Definir | ||
categoría), cuyo plazo de reposición | ||
debe ser un máximo de (Definir | ||
plazo en días hábiles | ||
administrativos)8, contado desde la | ||
fecha que éste reciba el aviso | ||
correspondiente, en la eventualidad | ||
que la notificación se realice un día | ||
xxxxxx xxxxxxx o festivo, el plazo | ||
será contabilizado desde el siguiente | ||
día hábil administrativo. | ||
El vehículo conducido por el | ||
arrendatario que como consecuencia | ||
de un choque o volcamiento dejare de | ||
funcionar, este deberá ser | ||
reemplazado por otro de similares | ||
características, considerando los | ||
términos en cuanto a notificación y | ||
plazos descritos en el párrafo que | ||
antecede. | ||
Vehículos de reemplazo7 | El arrendador deberá considerar la provisión de vehículos de reemplazo, los cuales pueden ser de condiciones | |
constructivas diferentes a los | ||
arrendados siempre y cuando estos se | ||
encuentren en el segmento de | ||
vehículos livianos y medianos tipo; | ||
(Definir tipo), reemplazos que se | ||
mantendrán en operación por el | ||
usuario hasta el reintegro del vehículo, | ||
reparado, mantenido preventivamente | ||
o hasta la reposición de vehículos | ||
declarados como pérdida total por los | ||
seguros exigidos. | ||
En este orden de ideas en la | ||
eventualidad que el prestador de | ||
servicio no disponga de vehículos para | ||
materializar el reemplazo, aplicará las | ||
multas determinadas en las presentes | ||
bases y en contrato de arrendamiento. |
7 Se pueden considerar vehículos livianos y medianos usados.
TOMADO DE RAZÓN
rio de evaluaci
8 Este plazo de reposición expuesto debe coincidir con los plazos de reposición declarados en el crite ónFNec°h4a,: s2i7e/0m7p/2r0e22y
cuando el organismo licitante seleccione este último para la evaluación técnica.
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX
Contralor General de la República
TOMADO DE RAZÓN
Fecha: 27/07/2022
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX
Contralor General de la República
Al momento de materializar la entrega | |
de los vehículos de enlace y los | |
vehículos objeto del contrato, el | |
prestador del servicio deberá entregar | |
instrucciones a los usuarios respecto al | |
uso de los vehículos arrendados, | |
instrucciones de mantenimiento, | |
intervenciones prohibidas, entre otros | |
aspectos a considerar, con el objeto de | |
orientar al personal respecto del | |
cuidado y conservación de los | |
Capacitación para operadores y coordinadores | vehículos, las que pueden ser presenciales, o ya sea en manuales físicos o digitales. |
zonales | Una vez emitida la respectiva orden de compra el prestador del servicio |
deberá proporcionar una capacitación | |
a los coordinadores zonales, orientada | |
a la administración del servicio, | |
ingreso de unidades a mantenimiento, | |
control de plazos, declaración de | |
siniestros, solicitudes de vehículos de | |
reemplazo uso de plataformas de | |
enlace entre otros aspectos asociados | |
a la gestión y administración del | |
contrato. | |
Plataforma web | El prestador del servicio deberá considerar un sitio web de control, que permita a lo menos; agendar ingresos a servicio, notificar siniestros y solicitar vehículos de reemplazo, debiendo el sitio proporcionar historial de las acciones asociadas, como; fechas de solicitud, fecha de ingreso a servicio, fecha de notificación de entrega de vehículo y fecha de retiro de vehículo desde las instalaciones del arrendado, debiendo a lo menos registrar la placa patente de cada uno de los vehículos que prestan el servicio y su historial. Este sitio debe permitir a lo menos la extracción de bases de datos, que describa las fechas de control anteriormente señaladas, tipo de solicitud y placas patentes de los vehículos. |
El oferente deberá contar con seguro contra todo riesgo para la totalidad de los vehículos arrendados, lo que debe cubrir al menos los siguientes puntos: | |
Seguro de vehículos livianos y medianos | • Daños propios al vehículo • Pérdida total y robo del vehículo • Responsabilidad civil por daño emergente • Responsabilidad civil por daño moral • Responsabilidad civil por lucro cesante • Daños propios por la propia carga • Daños a terceros por la propia carga • Robo de accesorios |
• Huelga y terrorismo • Actos maliciosos • Riesgo de la naturaleza • Daños por granizo • Daños por sismo • Muerte e incapacidad accidental Las cuentas por daños producto de siniestros, robos u otra cláusula cubierta por la póliza de seguro, deberá ser informados por la unidad de cargo al arrendador en un plazo no superior a (Definir horas), siendo este último el encargado de notificar a la compañía de seguros contratada. | ||||
Elementos complementarios | Al momento de la entrega de los vehículos: Deberán contar con la totalidad de documentación vigente que permitan su circulación a nivel nacional, debiendo considerar de igual manera; Kit de Herramientas Básicas para cada unidad (exigiendo como mínimo llave xx xxxxxx, Gato de accionamiento mecánico o hidráulico para cada unidad conforme al diseño constructivo del vehículo). Kit de Emergencia (Triángulo de Seguridad, Chaleco Reflectante conforme a norma, Botiquín básico, Extinguidor). | |||
Gastos asociados a la operación del servicio | Respecto de los vehículos objeto del contratado, que generen cobros producto de su tránsito por autopistas concesionadas, deberán ser cobradas de manera independiente al cobro del servicio, cuyos tránsitos serán de cargo Institucional, haciendo presente que el arrendador deberá proporcionar los registros de los tránsitos, para de esta manera verificar la aplicabilidad de los cobros. | |||
En lo que respecta a las multas de tránsito suscritas a placas patentes de los vehículos objeto del servicio de arriendo, siempre y cuando estos hayan sido operados por la Institución y sus dependientes a la fecha de registro de la infracción, deberán ser cobradas de manera independiente a la institución, haciendo presente que el prestador del servicio contratado deberá regularizar la situación de los vehículos, debiendo mantener todos los vehículos con su respectiva documentación vigente. | ||||
Forma de entrega | ||||
Importante | Los vehículos ofertados deben ajustarse a las condiciones técnicas mínimas exigidas, lo cual debe considerar vehículos de modelos diferentes para cada requerimiento, con su respectivo volumen de unidades. | |||
TOMADO DE RA Fecha: 27/07/2022 XXXXX XXXXXX BE | ZÓN XXXXXX XXXX | |||
Contralor General de la República |
II. DESCRIPCIÓN DE CADA LÍNEA DE SERVICIO (REQUISITOS MÍNIMOS PARTICULARES):
ÍTEM | DESCRIPCIÓN LÍNEA N°1 | OFERTA DEL PROVEEDOR | |
Identificación del vehículo | Marca | ||
Modelo | |||
Motorización | Potencia máxima | ||
Torque máximo | |||
Ciclo motor | |||
Sistema de transmisión | |||
Seguridad pasiva | |||
Equipamiento | |||
Otros (Color, Kilometraje, antigüedad, etc.) |
Drop-Off (dDebe entregar la estructura de este servicio)
3. CRITERIO CAPACIDAD FINANCIERA
TOMADO DE RAZÓN
Fecha: 27/07/2022
Declare en la siguiente Declaración jurada la capacidad financiera de su empresa:
DECLARACIÓN JURADA
Yo, <nombre y RUT>, en mi calidad de adjudicatario o representante legal del proveedor adjudicado, <razón social empresa>, RUT N° <RUT empresa>, con domicilio en
<domicilio>, <comuna>, <ciudad>, declaro bajo juramento que:
Nº | Capacidad Financiera | Declaración Capacidad Financiera |
1 | Índice de Solvencia mayor o igual a 1 | |
2 | Índice de Solvencia menor a 1 | |
3 | Capital de Trabajo positivo | |
4 | Capital de Trabajo negativo | |
5 | Índice de Endeudamiento menor o igual a 1 | |
6 | Índice de Endeudamiento mayor a 1 | |
7 | Referencias Bancarias | |
8 | No Presenta Referencias Bancarias |
Nota: A continuación, se entregan el detalle de los antecedentes a presentar respecto del Criterio financiero. El oferente deberá escoger una de ellas, de acuerdo a su condición (a ó b):
a) Requisitos para oferentes nacionales, con estados financieros referidos a ejercicios comerciales con cierre al 31 de diciembre de (año de cierre inmediatamente anterior a la publicación de la licitación)
Aplicable a empresas de distinta naturaleza jurídica que actúen en forma individual o como participantes de una UTP en cuyo caso todos sus integrantes deben presentar la información.
I. Estados financieros auditados (Balance General, Estado de resultados), firmados por el representante legal, incorporando el informe del auditor, quien debe mantener registro vigente a la fecha de elaboración, auditados con sus respectivas notas y el informe del Auditor Independiente, correspondientes al ejercicio terminado al 31 de diciembre de (año de cierre inmediatamente anterior a la publicación de la licitación).
Se aceptarán los estados financieros cuyos informes de Auditores independientes expresen que estos y sus notas, se presenten de forma razonable en todos sus aspectos significativos. Las notas deberán indicar las normas bajo las cuales fueron preparados los estados financieros que se presenten, tales como Principios contables Generalmente aceptados (PCGA) o Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
El Auditor independiente, que elabore el Informe de Auditoría, deberá encontrarse inscrito, a la fecha de emisión de este o a la fecha de la evaluación, en el Registro de Inspectores de Cuenta y Auditores Externos o en el Registro Empresas de Auditoría Externa, de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) o el registro que los reemplace.
No se aceptarán estados financieros que no cumplan con todos los requisitos indicados, ni estados financieros cuyos informes presentes salvedades que afecten la razonabilidad de éstos en sus aspectos significativos, como tampoco, estados financieros en cuyos informes se cuestione su plena vigencia, existencia permanente y proyección futura (Principio de Empresa en marcha) o estados financieros en los cuales, de conformidad a lo consignado en el informe del Auditor, se abstiene de opinar respecto de éstos o que expresen una opinión negativa respecto de la razonabilidad de los estados financieros.
II.Certificado de línea de crédito disponible, emitidos según los siguientes requisitos:
arán solo
- Se podrán presentar hasta tres (3) certificados de líneas de crédito aprobadas y disponibles como máximo. En caso de presentar un mayor número de certificados de línea de crédito se consider laTsOMtrAeDsO D(3E )RAZÓN
con el valor más alto.
Fecha: 27/07/2022
- Deberán señalar en forma explícita las líneas autorizadas para contraer prestamos de corto o largo plazo, líneas de sobregiro, línea operacional, global, de capital de trabajo o de crédito.
- No se consideran líneas de financiamiento autorizadas para garantías, factoring o leasing.
- En el caso que una línea haga referencia a los productos indicados en el punto anterior y no especifique los sublímites de cada uno, no se considerará la línea presentada en su totalidad.
- Tener una antigüedad no superior a cuarenta y cinco días (45) a la fecha de cierre de recepción de ofertas.
- Emitidos solo por entidades que forman parte del sistema financiero formal y regulado del país en el cual se emiten (Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, en Chile)
- En caso de que la entidad que emita el certificado no corresponda a una institución en Chile, se deberá adjuntar el certificado, emitido por la institución correspondiente, que acredite la pertenencia al sistema financiero formal y regulado del país de emisión.
- Deberá constar la firma y/o nombre de quien los emite y la razón social de la entidad financiera y no estar condicionados o referidos a operaciones o contratos futuros.
El certificado presentado podrá ser verificado independientemente por el organismo licitante con la entidad emisora.
b) Requisitos para empresas con domicilio en el extranjero:
Aplicable a empresas de distinta naturaleza jurídica, que actúen en forma individual, o como participantes de una Unión temporal de Proveedores (UTP)
I.Estados financieros auditados (Balance General, Estado de resultados), firmados por el representante legal, auditados con sus respectivas notas y el informe del Auditor Independiente, y deberán referirse a periodos anuales, según las fechas xx xxxxx de acuerdo a la regulación del país de origen, lo que deberá ser declarado en las respectivas notas de los estados financieros, lo que en ningún caso podrán corresponder al ejercicio posterior a (año de cierre inmediatamente anterior a la publicación de la licitación)
Se aceptarán los estados financieros cuyos informes de Auditores independientes expresen que estos y sus notas, se presenten de forma razonable en todos sus aspectos significativos. Las notas deberán indicar las normas bajo las cuales fueron preparados los estados financieros que se presenten, tales como Principios contables Generalmente aceptados (PCGA) o Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
No se aceptarán estados financieros que no cumplan con todos los requisitos indicados, ni estados financieros cuyos informes presentes salvedades que afecten la razonabilidad de éstos en sus aspectos significativos, como tampoco, estados financieros en cuyos informes se cuestione su plena vigencia, existencia permanente y proyección futura (Principio de Empresa en marcha) o estados financieros en los cuales, de conformidad a lo consignado en el informe del Auditor, se abstiene de opinar respecto de éstos o que expresen una opinión negativa respecto de la razonabilidad de los estados financieros.
II.Certificado de línea de crédito disponible, emitidos según los siguientes requisitos:
- Se podrán presentar hasta tres (3) certificados de líneas de crédito aprobadas y disponibles como máximo. En caso de presentar un mayor número de certificados de línea de crédito se considerarán solo las tres (3) con el valor más alto.
adas para
- Deberán señalar en forma explícita las líneas autorizadas para contraer prestamos de corto o largo plazo, líneas de sobregiro, línea operacional, global, de capital de trabajo o de crédito.
- No se consideran líneas de financiamiento autoriz garantías, factoring o leasing. TOMADO DE RAZÓN
- En el caso que una línea haga referencia a los productos indicados en el punto anterior y no especifique los sublímites de cada uno, no se considerará la línea presentada en su totalidad.
- Tener una antigüedad no superior a cuarenta y cinco días (45) a la fecha de cierre de recepción de ofertas.
- Emitidos solo por entidades que forman parte del sistema financiero formal y regulado del país en el cual se emiten (Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, en Chile)
- En caso de que la entidad que emita el certificado no corresponda a una institución en Chile, se deberá adjuntar el certificado, emitido por la institución correspondiente, que acredite la pertenencia al sistema financiero formal y regulado del país de emisión.
- Deberá constar la firma y/o nombre de quien los emite y la razón social de la entidad financiera y no estar condicionados o referidos a operaciones o contratos futuros.
El certificado presentado podrá ser verificado independientemente por el organismo licitante con la entidad emisora.
<Ciudad>, <día/mes/año>
<Firma>
<Nombre>
<Representante Legal o persona natural, según corresponda>
<Nombre de Unión Temporal de Proveedores, si correspondiere>
NOTAS:
1. Todos los datos solicitados deben ser completados debidamente por el oferente.
2. Este anexo deberá ser completado por cada uno de los integrantes de la misma, respecto de la situación particular de su empresa, salvo por el miembro que presenta la oferta a través del Sistema.
4. RECARGO POR DEVOLUCION (DROP-OFF)
TOMADO DE RAZÓN
Declare el recargo por Drop-off. Si la respuesta es afirmativa, declare, además, el porcentaje de recargo y el valor en la moneda especificada en el Anexo N°4, de su empresa:
N° | Recargo Por Devolución (Drop-Off) | Marqu e con una X |
1 | No incluye recargo por devolución de vehículo en una sucursal distinta a la de toma servicio. | |
2 | Si, incluye recargo por devolución de vehículo en una sucursal distinta a la de toma de servicio o No informa |
Indique porcentaje del recargo: Indique Precio del recargo: _
5. TIEMPO DE RESPUESTA DE ASISTENCIA EN RUTA
N° de horas:
6. AÑOS DE ANTUGUEDAD DE LA FLOTA
DECLARACIÓN JURADA
Por cada línea de servicio ofertada
Yo, <nombre y RUT>, en mi calidad de adjudicatario o representante legal del proveedor adjudicado, <razón social empresa>, RUT N° <RUT empresa>, con domicilio en
<domicilio>, <comuna>, <ciudad>, declaro bajo juramento que los servicios ofrecidos en la Licitación cuentan con la siguiente flota y características:
Patent e | Año primera inscripció n | Año de antigüeda d | Xxxx a | Model o | Cilindrad a | Consum o cuidad | Tipo de combustibl e |
Nombre del proponente o Representarte Legal del oferente | ||
Firma del Representante Legal debidamente Autorizado: | ||
Fecha: |
<Ciudad>, <día/mes/año>
<Firma>
<Nombre>
<Representante Legal o persona natural, según corresponda>
<Nombre de Unión Temporal de Proveedores, si correspondiere>
NOTAS:
1. Todos los datos solicitados deben ser completados debidamente por el oferente
ANEXO N°8 OFERTA ECONÓMICA
A continuación, se deberá completar, cada una de las columnas de acuerdo a las líneas definidas en Anexo N°5 y según requerimiento definido por la Entidad Licitante en el mismo anexo mencionado. El proveedor deberá ofertar todos los productos y/o servicios que indique el organismo licitante. TOMADO DE RAZÓN
Los precios ofrecidos deberán estar expresados según la moneda indicada en el Anexo N°4 y deberán incluir todos los gastos asociados a la línea de servicios, por ejemplo: seguros, revisión técnica, patente, etc.
Nombre | Detalle de los | Cantidades | Precio Total | Precio Total |
Línea de | servicios de | (información | sin IVA | con IVA |
Servicios | arriendo de vehículos livianos y | a completar por la | (información a completar | (información a completar |
medianos (por la | entidad | por el | por el | |
línea de servicio) * | licitante) | oferente) | oferente) | |
Precio Total | Precio Total | |||
sin IVA de | con IVA de | |||
Productos y | Productos y | |||
servicios: | servicios: |
El siguiente cuadro solo se rellena en el caso en que el organismo licitante solicitó, en Anexo N°5, el servicio de Drop off:
Precio Por Devolución (Drop-Off) en pesos | |||
Nombre Línea de Servicios | Cantidades (información a completar por la entidad licitante) | Precio Por Devolución (Drop-Off) en pesos sin IVA | Precio Por Devolución (Drop-Off) en pesos con IVA |
*La información dispuesta respecto a las líneas para arriendo de vehículos livianos y medianos debe coincidir con la información definida en Anexo N°5.
** La información respecto al Recargo por devolución debe coincidir con lo declarado en el Anexo N°7 de las respectivas bases. Sin embargo y ante la eventualidad de una diferencia entre ambos, podrá ser evaluada su oferta y prevalecerá lo declarado en Anexo N°8, no obstante, implicará un no cumplimiento de los Requisitos Formales, involucrando el puntaje correspondiente en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos Formales”. Si el organismo licitante no elige este criterio de evaluación, debe rellenar la columna con el mensaje “No aplica”.
<Ciudad>, <fecha>
_
<Firma>
<Nombre>
<Representante Legal>
<Nombre de Unión Temporal de Proveedores, si correspondiere>
ANEXO N° 9
DECLARACIÓN PARA UNIONES TEMPORALES DE PROVEEDORES (ESTE FORMULARIO DEBERÁ SER COMPLETADO EXCLUSIVAMENTE POR PROPONENTES QUE PRESENTEN SU OFERTA A TRAVÉS DE UNA UNIÓN
TEMPORAL DE PROVEEDORES)
Nombre de la Unión Temporal de Proveedores
(UTP): ………………………………………………………………………
Integrantes de la UTP:
N° | RAZÓN SOCIAL | RUT |
1 | ||
2 | ||
3 |
(Agregue tantas filas como integrantes tenga la UTP)
Criterios Técnicos:
Al momento de la presentación de la oferta, los integrantes de la unión determinarán que antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de sus integrantes.
CRITERIO DE EVALUACIÓN | RAZÓN SOCIAL | RUT |
La siguiente información debe ser coincidente con el instrumento constitutivo de la UTP. Para su elaboración considere, a lo menos, las exigencias dispuestas en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y las recomendaciones de la Directiva N°22, de 2015.
1. Objeto UTP:
2. Solidaridad: (todos los integrantes responden respecto de todas las obligaciones que se generen para la UTP)
3. Duración/Vigencia: (no inferior a la vigencia del convenio marco)
4. Apoderado: (nombre, apellidos, XXX y datos de contacto)
Firma
<Nombre>
< Representante Legal o persona natural según corresponda>
Este anexo deberá ser presentado por el integrante de la UTP que ingrese la oferta a través del Sistema de Información en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
ANEXO N° 10 CONTRATO TIPO
En , entre _ _ , en lo sucesivo “el órgano comprador”, RUT N° _ _ _, representado por
_, ambos domiciliados en _ y, por otra parte, “el proveedor adjudicado”, RUT N° , representado por _ _, con domicilio en , han acordado suscribir el siguiente contrato:
CONDICIONES GENERALES
1. Antecedentes
El órgano comprador llevó a cabo el proceso licitatorio ID _ _, para contratar ADQUISICIÓN SERVICIOS DE ARRIENDO DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS LIVIANOS Y
MEDIANOS. que se describen en el Anexo A del presente acuerdo.
Como resultado del proceso licitatorio, resultó adjudicado .
2. Objeto del contrato
El presente contrato tiene por objeto que el proveedor adjudicado provea a la Entidad licitante, SERVICIOS DE ARRIENDO DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS LIVIANOS Y MEDIANOS:
Tipo de Producto/Servicio Logísticos
1)
2)
3) 4) …..
5) …..
(Seleccione el o los productos y/o servicios logísticos que correspondan).
Dichos productos y/o servicios se encuentran detallados en el Anexo N°5 de las respectivas bases de licitación, que se entienden formar parte de este acuerdo..
3. Documentos integrantes
La relación contractual entre el órgano comprador y el proveedor adjudicado se ceñirá a los siguientes documentos:
i) Bases de licitación y sus anexos.
ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
iii) Oferta.
iv) El presente contrato.
v) Orden de compra.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
4. Sometimiento a la legislación nacional
El proveedor adjudicado, por el sólo hecho de participar en este proceso se someterá a la legislación chilena
5. Cesión de contrato y Subcontratación
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre.
Por lo tanto, la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente suministre los servicios contratados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de sus obligaciones.
Sin perjuicio de lo anterior, se permite la subcontratación parcial, sólo en relación a aspectos logísticos relacionados a los servicios, esto es, bodegaje, traslado y entrega, así como modificaciones, adecuaciones y accesorios, lo que quedará dispuesto en el Anexo N° 4 y Anexo N°5.
En todos los casos es el oferente y eventual adjudicatario el único responsable del pleno cumplimiento de lo señalado en estas bases.
6. Vigencia y renovación del Contrato
El contrato tendrá una vigencia de meses, contados desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
El contrato podrá ser renovado fundadamente por el mismo período, por una sola vez, en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y previo informe técnico favorable del administrador de contrato del órgano comprador.
7. Modificación del contrato
Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste y deberá contar con la debida autorización presupuestaria si fuere procedente.
8. Precio
Los productos y/o servicios logísticos (en caso que hayan sido requeridos) contratados se pagarán en la forma y periodicidad establecida en el Anexo N°4 de las respectivas bases de licitación, esto es, _.
Con todo, el monto total del contrato corresponde a $ _ (impuestos incluidos).
9. Derechos e Impuestos
Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de este contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las Bases, ha contraído el proveedor adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste.
10.Del Pago
Los productos y/o servicios (en caso de que hayan sido requeridos) contratados se pagarán en la forma (una o varias cuotas) y periodicidad que indica el Anexo N°4 de las presentes bases, desde la total tramitación del acto administrativo que apruebe el presente contrato o la aceptación de la orden de compra, según corresponda y de conformidad con la Le N°21.131.
El pago será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la recepción de la factura respectiva, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.
La recepción deberá ser acreditada por la entidad que hubiere efectuado el requerimiento.
los hito realizada parte de l
Fecha: 27/07/2022
En el Anexo N°4 el organismo comprador deberá establecer s, forma y periodicidad de pago, el que en todo caso podrá efectuarse una vez laTrOeMcAeDpOcDiEóRnAZÓN
conforme de los bienes. Se deja expresa constancia que, como a JOrReGcEeApNDcRiEóSnBERMUDEZ XXXX
conforme, la entidad licitante podrá realizar demostraciones funcionales para constatar que las especificaciones técnicas señaladas en el Anexo N°5 se cumplan a cabalidad.
El proveedor solo podrá facturar los productos efectivamente entregados y recibidos conforme por cada organismo comprador, una vez que el administrador del contrato por parte del organismo comprador autorice la facturación en virtud de la recepción conforme de los productos. El organismo comprador rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los productos y la autorización expresa de facturar por parte de éste.
Para efectos del pago, el proveedor adjudicado deberá adjuntar a la factura, la respectiva orden de compra, la recepción conforme emitida por la entidad compradora, el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación) de la Dirección del Trabajo, que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, y en caso de que corresponda, un informe de aplicación de multas.
El pago de los productos o servicios será en la moneda o unidad reajustable señalada por el organismo comprador en el Anexo N°4. En caso de que el precio no esté en pesos chilenos, el monto a facturar será el precio de los servicios adquiridos, convertidos a pesos chilenos según el valor de la conversión correspondiente a la fecha de emisión de la factura, no procediendo ningún otro cobro adicional por servicios no convenidos, ni por tiempos en que por alguna razón el proveedor no presta un servicio. Cabe señalar que, cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario el monto deberá ser redondeado al número entero anterior.
11.Coordinador del Contrato
El proveedor adjudicado deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada al órgano comprador.
En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos:
1. Informar oportunamente al órgano comprador de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.
2. Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
3. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el proveedor adjudicado al responsable de administrar de contrato por parte del órgano comprador, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o el cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario.
12.Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
El proveedor adjudicado, en el presente acto, entrega una o más garantías para caucionar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de conformidad a las bases de licitación, equivalentes al % del valor total del contrato.
Será responsabilidad del proveedor adjudicado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento, al menos hasta 60 días hábiles administrativos después de culminado el contrato. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor adjudicado.
En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del proveedor adjudicado indicadas en las bases, éste deberá reponer previamente la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza en un plazo de 10 días hábiles administrativos.
usiva del
La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido su fecha de
vencimiento, y su retiro será obligación y responsabilidad excl proveedor adjudicado. TOMADO DE RAZÓN
Cabe señalar que toda clase de garantías o cauciones que se constituyan en el contexto de esta cláusula, se enmarcan de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N°19.886, a partir de lo cual se asegurará el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, y permanecerán vigentes hasta 60 días hábiles administrativos después de culminado el contrato. Asimismo, con cargo a estas mismas cauciones podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas adjudicados.
13.Responsabilidades y Obligaciones del proveedor adjudicado
i. Será responsabilidad del proveedor adjudicado velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores.
ii.El proveedor adjudicado liberará de toda responsabilidad al órgano comprador en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N° 17.336 sobre Propiedad Intelectual.
iii. Las reuniones que se soliciten durante la ejecución del contrato deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el proveedor adjudicado, lo que deberá documentarse fehacientemente.
iv. Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por el órgano comprador en un plazo máximo de 2 días hábiles administrativos, contado desde su notificación.
v. Entregar oportunamente informes solicitados por el órgano comprador.
vi. El proveedor será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagar a sus trabajadores.
vii.Suministrar los productos licitados que le fueron adjudicados en los plazos comprometidos según su oferta adjudicada y cumpliendo con las especificaciones técnicas correspondientes establecidas en estas bases de licitación.
14.Pacto de Integridad
El proveedor adjudicado declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el proveedor adjudicado acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
i.Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
TOMADO DE RAZÓN
xx.Xx ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
xxx.Xx intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
iv.Revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
v.Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el proceso licitatorio y en la ejecución contractual.
vi.El proveedor adjudicado manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
vii.El proveedor adjudicado reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
viii.El proveedor adjudicado se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
15.Comportamiento ético del proveedor adjudicado
El proveedor adjudicado que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
16.Auditorías
El proveedor adjudicado podrá ser sometido a auditorías externas, contratadas por el órgano comprador a empresas auditoras independientes, con la finalidad de velar por el cumplimiento de las obligaciones contractuales y de las medidas de seguridad comprometidas por el proveedor adjudicado en su oferta.
Si el resultado de estas auditorías evidencia incumplimientos contractuales por parte del proveedor adjudicado, éste quedará sujeto a las medidas que corresponda aplicar al órgano comprador, según las bases.
17.Confidencialidad
El proveedor adjudicado no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato.
El proveedor adjudicado, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el con el proceso licitatorio y el respectivo contrato.
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nformación
TOMADO DE RAZÓN
El proveedor adjudicado debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o p
referida.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor adjudicado, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
18.Propiedad de la Información
El órgano comprador será la titular de todos los datos de transacciones, bitácoras (logs), parámetros, documentos electrónicos y archivos adjuntos y, en general, de las bases de datos y de toda información contenida en la infraestructura física y tecnológica que le suministre el proveedor adjudicado y que se genere en virtud de la ejecución de los servicios objeto de la licitación.
El proveedor adjudicado no podrá utilizar la información indicada en el párrafo anterior, durante la ejecución del contrato ni con posterioridad al término de su vigencia, sin autorización escrita del órgano comprador. Por tal motivo, una vez que el proveedor entregue dicha información a la entidad o al finalizar la relación contractual, deberá borrarla de sus registros lógicos y físicos
19.Tratamiento de datos personales por mandato
En caso de que se encomiende al proveedor adjudicado el tratamiento de datos personales por cuenta del órgano comprador, éste deberá suscribir un contrato de mandato escrito con el proveedor adjudicado, en donde se especifiquen las condiciones bajo las cuales se podrán utilizar esos datos, según el artículo 8 de la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada. Sin embargo, deberá tenerse en consideración lo dispuesto en el artículo 10° de la referida ley, en cuanto a que no pueden ser objeto de tratamiento los datos sensibles, salvo cuando la ley lo autorice, exista consentimiento del titular o sean datos necesarios para la determinación u otorgamiento de beneficios de salud que correspondan a sus titulares, según procediera.
En dicho contrato de mandato se indicará, a lo menos, la finalidad del tratamiento, el tipo de datos que se entrega al proveedor adjudicado (en calidad de mandatario), la duración del encargo y un procedimiento para la devolución de los datos y su eliminación efectiva por parte del proveedor adjudicado, al terminar ese contrato. Además, deberá prohibir expresamente el uso de dichos datos personales para fines distintos a los que persigue el órgano comprador (en calidad de órgano público mandante) y señalar expresamente que no se permite su comunicación a terceros. Finalmente, si fuera el caso, y salvo que se trate de un caso expresamente autorizado por la ley, para acceder a datos sensibles se requiere contar con el consentimiento del titular de los mismos.
Cabe señalar que el mandatario deberá cumplir las demás obligaciones que se establecen en la ley N°19.628 y, en especial, facilitar el ejercicio de los derechos que se le reconocen a los titulares respecto de sus propios datos personales.
El mandato de tratamiento de datos no exime de responsabilidad al órgano comprador, en especial, respecto de la utilización de los datos solo en materias propias de su competencia legal y de las obligaciones de cuidado de dicha información
20.Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Durante la vigencia del presente contrato el proveedor adjudicado deberá acreditar que no registra saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
El órgano comprador podrá requerir al proveedor adjudicado, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas.
o con tr ago produ debiendo
En caso de que el proveedor adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores abajadores
Fecha: 27/07/2022
contratados en los últimos dos años, los primeros estados de p ctToOMdAeDOeDsEtaRAZÓN
licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, laJOeRmGEpANrDeRsEaS XXXXXXXX XXXX
acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.
El órgano comprador deberá exigir que el proveedor adjudicado proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor adjudicado dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
21.Normas laborales
El proveedor adjudicado, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
En consecuencia, el proveedor adjudicado será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
El órgano comprador se reserva el derecho a exigir al proveedor adjudicado, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el proveedor adjudicado, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.
22.Relación entre organismo comprador y personal del proveedor
Se deja expresamente establecido que el organismo contratante no tiene ni tendrá ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume ninguna obligación para con el personal que el adjudicatario destine o contrate para la provisión de los productos y/o servicios licitados, especialmente aquellas relacionadas con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del contratista, quien prestará el servicio bajo su propia responsabilidad y riesgo.
En este sentido, se deja constancia que la celebración del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores, o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.
El adjudicatario y el personal bajo su dependencia se obligan a respetar las normas internas e instrucciones del organismo contratante.
23. Efectos derivados de Incumplimientos del adjudicatario
• Multas
sociados
El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos a a la entrega
Fecha: 27/07/2022
de los servicios, de conformidad con las presentes bases. TOMADO DE RAZÓN
Las multas por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones, se aplicarán de la siguiente manera:
A. Multas por atraso, por cada día hábil que transcurra, desde la fecha de notificación para la entrega y reemplazo, de cada vehículo en arriendo:
1,5 % * del valor diario neto del arriendo del respectivo vehículo con un tope de 10 días hábiles.
B. Multas referidas a la operación relacionada al servicio en arriendo de vehículos livianos y medianos:
Item* | Frecuencia | Monto de la multa |
Multa por no contar con el Permiso de circulación al día | 1 vez al año | 1,5 veces el valor del Permiso circulación |
Multa por no contar con el SOAP al día | 1 vez al año | 0,3 UTM |
Multa por no contar con la Revisión técnica (Promedio) al día | 1 vez al año | 0,5 UTM |
Reglas comunes a todas las multas
Las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 20% del valor total neto del contrato. Igualmente, no se le podrán cursar más de 6 multas totalmente tramitadas en un período de 6 meses consecutivos. Se configurará la causal de término anticipado del contrato, cuando se supere el límite del 20% (en multas) del valor total neto del contrato.
Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa. En caso de que no se pague dentro de dicho plazo, se procederá al cobro a través de la o las garantías de fiel cumplimiento, haciéndose pagadera la multa solo respecto de aquella parte que cubre el valor de esta, debiéndose restituir la diferencia al adjudicado. En este último caso, en la medida que la garantía cobrada esté vigente, el proveedor adjudicado deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza dentro de 15 días hábiles desde la notificación del cobro.
Cuando las multas se fijen en moneda extranjera, el monto en moneda nacional será determinado al momento de dictar la resolución que aplica la multa.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. La fecha de conversión será la del día de emisión del respectivo acto administrativo que origina el cobro de la multa.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
No procederá el cobro de las multas señaladas en este punto, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por la Entidad Licitante, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el oferente adjudicado acredite el hecho que le impide cumplir.
íaTOpMAoDrO FDiEeRlAZÓN
Fecha: 27/07/2022
▪ Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
la Garant es casos:
Al Adjudicatario le podrá ser aplicada la medida de cobro de Cumplimiento del Contrato por la entidad licitante, en los siguient
i. No pago de multas dentro del plazo establecido en las presentes bases y/o el respectivo contrato.
ii. Incumplimientos de las exigencias técnicas de los bienes y servicios (en caso de que hayan sido requeridos) adjudicados establecidos en el Contrato.
iii. Incumplimiento por atraso en la entrega de los bienes o prestación de los servicios, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones superior a 10 días hábiles e inferior a 20 días hábiles del total adjudicado.
iv. Cualquier otro incumplimiento acreditable e imputable al proveedor respecto de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, que no esté expresamente sancionado con multa o con término anticipado del contrato.
▪ Término Anticipado Contrato
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor atribuido a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
2) Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
4) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
5) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor.
6) Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada.
7) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones del órgano comprador.
8) En caso de que el incumplimiento por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones supere los 20 días hábiles administrativos.
TOMADO DE RAZÓN
Fecha: 27/07/2022
9) En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 20% del valor total neto contratado.
10) Por incumplimiento de las demostraciones funcionales por segunda vez, cuando estas se hayan solicitado en el Anexo Nº4.
11) En caso de que se haya solicitado una demostración funcional en el Anexo Nº4: Por exceder las 3 semanas en la realización de la segunda prueba funcional.
12) Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
13) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.
14) En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
b. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
c. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
d. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
e. Disolución de la UTP.
15) No renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento, según lo establecido en la cláusula 8.2 de las bases de licitación.
16) En el caso de infracción de lo dispuesto en la cláusula 10.7 sobre “Cesión de contrato y Subcontratación”
17) Por incumplimiento de la cláusula de Confidencialidad.
De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto la del numeral 3), además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.
El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en la cláusula 10.9.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Resciliación o término de mutuo acuerdo
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplim
Resciliación o término de mutuo acuerdo
TOMADO DE RAZÓN
Fecha: 27/07/2022
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX
Sin perjuicio de lo anterior, el órgano comprador y el proveedor adjudicado podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.
24.Procedimiento para Aplicación de Medidas derivadas de incumplimientos
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, o que constituya una causal de término anticipado, con excepción de la resciliación, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles administrativos para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles administrativos, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles administrativos, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles administrativos para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
Con todo, el adjudicatario será responsable por hechos imputables a su incumplimiento directo y no por indisponibilidades de servicio en que se demuestre que fueron ocasionadas por fallas propias del hardware o del software que no sea de su propiedad, por el propio usuario o por terceros no vinculados al adjudicatario. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario deberá adoptar medidas que ofrezcan continuidad operativa de sus servicios en caso de ocurrir las fallas recién mencionadas.
25.Liquidación del contrato
Para llevar a cabo la finalización de la relación contractual entre las partes, sea por término anticipado o no, el proveedor adjudicado deberá:
● Acordar un calendario de cierre con el órgano comprador, en donde se establezca un evento o plazo prudencial a partir del cual se entiende que el contrato entre en etapa de cierre.
● Elaborar un protocolo de fin de contrato, que suscribirán ambas partes, y en donde se detallen todas las actividades a realizar y los responsables de cada una de ellas, para lograr un cierre de contrato ordenado.
26.Domicilio y jurisdicción
Las partes fijan su domicilio en la ciudad de y se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
27.Personerías
ción que
____, oto
La personería de _ (representante legal del adjudicatario), para representar a _ _ (razón social del adjudicatario], consta en
rgada en la
_ (Escritura pública u otra documenta certifique la
vigencia del poder del representante legal) de fecha Notaría .
TOMADO DE RAZÓN
Fecha: 27/07/2022
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX
Por su parte, la personería de _ (representante legal o autoridad competente del organismo contratante), consta en _ (decreto, resolución u otro que otorgue facultades para representar al organismo contratante) de fecha _, del _ [nombre organismo público].
Anexo A: DESCRIPCIÓN TÉCNICAS DE LOS PRODUCTOS Y/O SERVICIOS CONTRATADOS
(Este anexo lo completa el órgano comprador según su requerimiento definido en el Anexo N°5 de las bases)
Producto y/o servicio contratado |
Anexo B: Plan de Mantenciones (cuando aplique)
Plan de mantenciones | |
1.- |
Anótese, Comuníquese, Tómese de Razón y Publíquese, XXXXX XXXXXX XXXXXXXX
DIRECTORA
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA
RMZ/MNM/DRM/PMS/AVH/ALB
Distribución:
• Dirección
• Fiscalía
TOMADO DE RAZÓN
Fecha: 27/07/2022
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX
• División Compras Colaborativas
Nombre Firmante: Xxxxx Xxxxxx Xxxxx: 2022-06-30
ID: 3471
Url: xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxx/?xxxx0000