Contrato xx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables. Los Títulos Valores Marginables que constituyan el Aporte en Títulos Valores del Cliente para la utilización de la Línea de Crédito bajo la modalidad LMP, así como los Títulos Valores Marginables que Panacorp adquiera para el Cliente bajo comisión para la utilización de la Línea de Crédito bajo la modalidad PFM, serán entregados en Préstamo a Panacorp como condición para el otorgamiento de un Préstamo de Dinero al Cliente por parte de Panacorp bajo la Línea de Crédito (dicho Préstamo de Títulos Valores Marginables en adelante referido como “Préstamo de Títulos Valores Marginables”). El Préstamo de Títulos Valores Marginables se regirá conforme a lo dispuesto en el Capítulo IV de este documento, y además estará sujeta a las siguientes reglas, las cuales serán de aplicación preferente: a. Préstamos de Títulos Valores Marginables en la modalidad PFM. Ejecutada la comisión de compra por Panacorp conforme a lo dispuesto en el literal (e) de la Cláusula 3 de este Capítulo, el Cliente otorga a Panacorp en calidad xx xxxxxxxx o mutuo los Títulos Valores Marginables adquiridos. El contrato xx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables se considera perfeccionado con el acuerdo entre las partes de transferir a Panacorp la titularidad de los Títulos Valores Marginables adquiridos bajo comisión (traditio brevi manu). Por efecto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables, se verificará la novación de la obligación de Panacorp bajo la comisión de compra de entregar los Títulos Valores Marginables al Cliente, por la obligación de restitución bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables a cargo de Panacorp. A todo evento, Panacorp, como acreedor bajo la comisión por el financiamiento parcial del precio de adquisición de los Títulos Valores Marginables, hace reserva expresa de los derechos y privilegios que le corresponden como comisionista del Cliente. x. Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la modalidad LMP. Como condición previa para el otorgamiento xx Xxxxxxxx de Dinero al Cliente bajo la modalidad LMP, el Cliente deberá otorgar en préstamo o mutuo a Panacorp una cantidad a Valor Mercado de Títulos Valores Marginables, igual o mayor al Monto Mínimo de Margen, los cuales constituyen el Aporte en Títulos Valores del Cliente. En o antes de la Fecha Valor xxx Xxxxxxxx, el Cliente deberá transferir los Títulos Valores Marginables a Panacorp. El Cliente deberá realizar todos los actos que sean necesarios para transmitir la propiedad de los Títulos Valores Marginables a Panacorp, incluyendo el endoso, el traspaso en libros u otros registros, notificaciones y entrega de los Títulos Valores Marginables. Si los Títulos Valores Marginables se encuentran en custodia de un tercero, o son títulos desmaterializados, nominativos o no a la orden, se deberá notificar de la transferencia al custodio, agente de traspaso, caja de valores, deudor o emisor, según el caso. c. Objeto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables-Reserva de Usufructo. Serán objeto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores los Títulos Valores Marginables que se especifican en la confirmación. En caso de que los Títulos Valores Marginables objeto de un Préstamo de Títulos Valores Marginables otorguen a su titular derechos de voto, opciones, derechos de suscripción, warrants, sintéticos, derivativos y otros derechos similares, el Cliente deberá instruir a Panacorp acerca del ejercicio de tales derechos. Si no se hace tal provisión, Xxxxxxxx deberá ejercer tales derechos a su criterio y beneficio, sin que el Cliente tenga derecho a remuneración adicional. El Cliente hace reserva expresa de usufructo sobre los Títulos Valores Marginables, por lo que corresponden al Cliente y no a Panacorp los frutos de Títulos Valores Marginables objeto xxx xxxxxxxx. Específicamente, corresponden al Cliente los intereses y los dividendos pagaderos por el emisor de los Títulos Valores Marginables. Corresponderán a Panacorp los demás derechos accesorios de los Títulos Valores, tales como los derechos de voto, opciones, derechos de suscripción, warrants, sintéticos, derivativos y otros derechos similares. Si el emisor de los Títulos Valores efectúa algún pago correspondiente a los frutos reservados durante la vigencia xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables, Panacorp recibirá tales pagos por cuenta y en nombre del Cliente y abonará tales cantidades al Cliente, en su totalidad, el mismo día del pago por el emisor. d. Plazo xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables. El Préstamo de Títulos Valores Marginables será a la vista y estará sujeto a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio. e. Obligación de Panacorp bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables. Panacorp y el Cliente acuerdan que Xxxxxxxx quedará liberado de su obligación bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables, entregando al Cliente una cantidad de dinero equivalente al Valor xx Xxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la Fecha de Pago, y estará sujeto a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio. f. Otros Reembolsos. Panacorp además deberá reembolsar cualquier cantidad que hubiese pagado el emisor o deudor de los Títulos Valores Marginables prestados, distintos de los frutos reservados por el Cliente, tales como amortizaciones del capital, redenciones y similares, o por el ejercicio de cualesquiera derechos accesorios de los Títulos Valores Marginables prestados que hayan sido ejercidos por Panacorp. Dichos reembolsos serán pagados en dinero, y estarán sujetos a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio. Toda cantidad que Panacorp entregue al Cliente derivada de amortizaciones de capital de los Títulos Valores Marginables, se rebajará de la obligación de restitución por un monto nominal equivalente. Todas las cantidades a ser reembolsadas por Panacorp serán pagadas en dinero mediante abono a la Cuenta Bancaria del Cliente o mediante compensación contra cantidades debidas por el Cliente bajo los Préstamos, de conformidad con lo establecido en el Contrato de Línea de Crédito. g. Contraprestación. Panacorp pagará al Cliente, como contraprestación por cada Préstamo de Títulos Valores Marginables, una contraprestación que se fijará como un interés que se calculará sobre el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores Marginables en la Fecha de Transacción. El interés se devengara desde (e incluyendo) la Fecha Valor (independientemente de que la entrega de los Títulos Valores a Panacorp se haya efectuado con anterioridad a la Fecha Valor xxx Xxxxxxxx), y se calculará por los días efectivamente transcurridos, sobre la base de un año de 360 días. Los intereses serán pagados por Panacorp al Cliente mediante compensación, según se establece en la Cuenta Corriente de Comercio. Salvo que Xxxxxxxx y el Cliente acuerden otra tasa de interés en la confirmación, se fija la tasa de interés por el Préstamo de Títulos Valores Marginables en 0.25% anual. h. Préstamos de Títulos Valores Marginables a favor del Cliente. El Cliente podrá solicitar a Panacorp un Préstamo de Títulos Valores Marginables. El otorgamiento de un Préstamo de Títulos Valores Marginables al Cliente quedará a la absoluta y total discreción de Xxxxxxxx y está sujeto a la suscripción y envío al Cliente de una confirmación similar a la contenida en el Anexo VI-D de este documento. El Préstamo de Títulos Valores Marginables de Panacorp al Cliente estará sujeto a los términos y condiciones de esta Cláusula 4. x. Xxx Aplicable. Los Préstamos de Títulos Valores Marginables que se celebren de conformidad con este Capítulo, estarán regulados por las leyes de la República de Panamá.
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Samples: General Terms and Conditions, General Investment Agreement
Contrato xx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables. Los Títulos Valores Marginables que constituyan el Aporte en Títulos Valores del Cliente para la utilización de la Línea de Crédito bajo la modalidad LMP, así como los Títulos Valores Marginables que Panacorp MSI adquiera para el Cliente bajo comisión para la utilización de la Línea de Crédito bajo la modalidad PFM, serán entregados en Préstamo préstamo a Panacorp MSI como condición para el otorgamiento de un Préstamo de Dinero al Cliente por parte de Panacorp MSI bajo la Línea de Crédito (dicho Préstamo préstamo de Títulos Valores Marginables en adelante referido como “Préstamo de Títulos Valores Marginables”). El Préstamo de Títulos Valores Marginables se regirá conforme a lo dispuesto en el Capítulo IV de este documento, y además estará sujeta sujeto a las siguientes reglas, las cuales serán de aplicación preferente:
a. Préstamos x. Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la modalidad PFM. Ejecutada la comisión de compra por Panacorp MSI conforme a lo dispuesto en el literal (e) de la Cláusula 3 de este Capítulo, el Cliente otorga a Panacorp MSI en calidad xx xxxxxxxx o mutuo los Títulos Valores Marginables adquiridos. El contrato xx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables se considera perfeccionado con el acuerdo entre las partes de transferir a Panacorp MSI la titularidad de los Títulos Valores Marginables adquiridos bajo comisión (traditio brevi manu). Por efecto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables, se verificará la novación de la obligación de Panacorp MSI bajo la comisión de compra de entregar los Títulos Valores Marginables al Cliente, por la obligación de restitución bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables a cargo de PanacorpMSI. A todo evento, PanacorpMSI, como acreedor bajo la comisión por el financiamiento parcial del precio de adquisición de los Títulos Valores Marginables, hace reserva expresa de los derechos y privilegios que le corresponden como comisionista del Cliente.
x. Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la modalidad LMP. Como condición previa para el otorgamiento xx Xxxxxxxx de Dinero al Cliente bajo la modalidad LMP, el Cliente deberá otorgar en préstamo o mutuo a Panacorp una cantidad a Valor Mercado de Títulos Valores Marginables, igual o mayor al Monto Mínimo de Margen, los cuales constituyen el Aporte en Títulos Valores del Cliente. En o antes de la Fecha Valor xxx Xxxxxxxx, el Cliente deberá transferir los Títulos Valores Marginables a Panacorp. El Cliente deberá realizar todos los actos que sean necesarios para transmitir la propiedad de los Títulos Valores Marginables a Panacorp, incluyendo el endoso, el traspaso en libros u otros registros, notificaciones y entrega de los Títulos Valores Marginables. Si los Títulos Valores Marginables se encuentran en custodia de un tercero, o son títulos desmaterializados, nominativos o no a la orden, se deberá notificar de la transferencia al custodio, agente de traspaso, caja de valores, deudor o emisor, según el caso.
c. Objeto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables-Reserva de Usufructo. Serán objeto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores los Títulos Valores Marginables que se especifican en la confirmación. En caso de que los Títulos Valores Marginables objeto de un Préstamo de Títulos Valores Marginables otorguen a su titular derechos de voto, opciones, derechos de suscripción, warrants, sintéticos, derivativos y otros derechos similares, el Cliente deberá instruir a Panacorp acerca del ejercicio de tales derechos. Si no se hace tal provisión, Xxxxxxxx deberá ejercer tales derechos a su criterio y beneficio, sin que el Cliente tenga derecho a remuneración adicional. El Cliente hace reserva expresa de usufructo sobre los Títulos Valores Marginables, por lo que corresponden al Cliente y no a Panacorp los frutos de Títulos Valores Marginables objeto xxx xxxxxxxx. Específicamente, corresponden al Cliente los intereses y los dividendos pagaderos por el emisor de los Títulos Valores Marginables. Corresponderán a Panacorp los demás derechos accesorios de los Títulos Valores, tales como los derechos de voto, opciones, derechos de suscripción, warrants, sintéticos, derivativos y otros derechos similares. Si el emisor de los Títulos Valores efectúa algún pago correspondiente a los frutos reservados durante la vigencia xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables, Panacorp recibirá tales pagos por cuenta y en nombre del Cliente y abonará tales cantidades al Cliente, en su totalidad, el mismo día del pago por el emisor.
d. Plazo xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables. El Préstamo de Títulos Valores Marginables será a la vista y estará sujeto a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio.
e. Obligación de Panacorp bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables. Panacorp y el Cliente acuerdan que Xxxxxxxx quedará liberado de su obligación bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables, entregando al Cliente una cantidad de dinero equivalente al Valor xx Xxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la Fecha de Pago, y estará sujeto a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio.
f. Otros Reembolsos. Panacorp además deberá reembolsar cualquier cantidad que hubiese pagado el emisor o deudor de los Títulos Valores Marginables prestados, distintos de los frutos reservados por el Cliente, tales como amortizaciones del capital, redenciones y similares, o por el ejercicio de cualesquiera derechos accesorios de los Títulos Valores Marginables prestados que hayan sido ejercidos por Panacorp. Dichos reembolsos serán pagados en dinero, y estarán sujetos a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio. Toda cantidad que Panacorp entregue al Cliente derivada de amortizaciones de capital de los Títulos Valores Marginables, se rebajará de la obligación de restitución por un monto nominal equivalente. Todas las cantidades a ser reembolsadas por Panacorp serán pagadas en dinero mediante abono a la Cuenta Bancaria del Cliente o mediante compensación contra cantidades debidas por el Cliente bajo los Préstamos, de conformidad con lo establecido en el Contrato de Línea de Crédito.
g. Contraprestación. Panacorp pagará al Cliente, como contraprestación por cada Préstamo de Títulos Valores Marginables, una contraprestación que se fijará como un interés que se calculará sobre el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores Marginables en la Fecha de Transacción. El interés se devengara desde (e incluyendo) la Fecha Valor (independientemente de que la entrega de los Títulos Valores a Panacorp se haya efectuado con anterioridad a la Fecha Valor xxx Xxxxxxxx), y se calculará por los días efectivamente transcurridos, sobre la base de un año de 360 días. Los intereses serán pagados por Panacorp al Cliente mediante compensación, según se establece en la Cuenta Corriente de Comercio. Salvo que Xxxxxxxx y el Cliente acuerden otra tasa de interés en la confirmación, se fija la tasa de interés por el Préstamo de Títulos Valores Marginables en 0.25% anual.
h. Préstamos de Títulos Valores Marginables a favor del Cliente. El Cliente podrá solicitar a Panacorp un Préstamo de Títulos Valores Marginables. El otorgamiento de un Préstamo de Títulos Valores Marginables al Cliente quedará a la absoluta y total discreción de Xxxxxxxx y está sujeto a la suscripción y envío al Cliente de una confirmación similar a la contenida en el Anexo VI-D de este documento. El Préstamo de Títulos Valores Marginables de Panacorp al Cliente estará sujeto a los términos y condiciones de esta Cláusula 4.
x. Xxx Aplicable. Los Préstamos de Títulos Valores Marginables que se celebren de conformidad con este Capítulo, estarán regulados por las leyes de la República de Panamá.
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Samples: Cuenta De Inversión Mercantil, Investment Account Agreement
Contrato xx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables. Los Títulos Valores Marginables que constituyan el Aporte en Títulos Valores del Cliente para la utilización de la Línea de Crédito bajo la modalidad LMP, así como los Títulos Valores Marginables que Panacorp Banacci adquiera para el Cliente bajo comisión para la utilización de la Línea de Crédito bajo la modalidad PFM, serán entregados en Préstamo préstamo a Panacorp Banacci como condición para el otorgamiento de un Préstamo de Dinero al Cliente por parte de Panacorp xx Xxxxxxx bajo la Línea de Crédito (dicho Préstamo préstamo de Títulos Valores Marginables en adelante referido como “Préstamo de Títulos Valores Marginables”). El Préstamo de Títulos Valores Marginables se regirá conforme a lo dispuesto en el Capítulo IV de este documento, y además estará sujeta a las siguientes reglas, las cuales serán de aplicación preferente:
a. Préstamos x. Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la modalidad PFM. Ejecutada la comisión de compra por Panacorp Xxxxxxx conforme a lo dispuesto en el literal (e) de la Cláusula 3 de este Capítulo, el Cliente otorga a Panacorp Xxxxxxx en calidad xx xxxxxxxx o mutuo los Títulos Valores Marginables adquiridos. El contrato xx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables se considera perfeccionado con el acuerdo entre las partes de transferir a Panacorp Xxxxxxx la titularidad de los Títulos Valores Marginables adquiridos bajo comisión (traditio brevi manu). Por efecto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables, se verificará la novación de la obligación de Panacorp xx Xxxxxxx bajo la comisión de compra de entregar los Títulos Valores Marginables al Cliente, por la obligación de restitución bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables a cargo de Panacorpxx Xxxxxxx. A todo evento, PanacorpXxxxxxx, como acreedor bajo la comisión por el financiamiento parcial del precio de adquisición de los Títulos Valores Marginables, hace reserva expresa de los derechos y privilegios que le corresponden como comisionista del Cliente.
x. Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la modalidad LMP. Como condición previa para el otorgamiento xx Xxxxxxxx de Dinero al Cliente bajo la modalidad LMP, el Cliente deberá otorgar en préstamo o mutuo a Panacorp una cantidad a Valor Mercado de Títulos Valores Marginables, igual o mayor al Monto Mínimo de Margen, los cuales constituyen el Aporte en Títulos Valores del Cliente. En o antes de la Fecha Valor xxx Xxxxxxxx, el Cliente deberá transferir los Títulos Valores Marginables a Panacorp. El Cliente deberá realizar todos los actos que sean necesarios para transmitir la propiedad de los Títulos Valores Marginables a Panacorp, incluyendo el endoso, el traspaso en libros u otros registros, notificaciones y entrega de los Títulos Valores Marginables. Si los Títulos Valores Marginables se encuentran en custodia de un tercero, o son títulos desmaterializados, nominativos o no a la orden, se deberá notificar de la transferencia al custodio, agente de traspaso, caja de valores, deudor o emisor, según el caso.
c. Objeto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables-Reserva de Usufructo. Serán objeto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores los Títulos Valores Marginables que se especifican en la confirmación. En caso de que los Títulos Valores Marginables objeto de un Préstamo de Títulos Valores Marginables otorguen a su titular derechos de voto, opciones, derechos de suscripción, warrants, sintéticos, derivativos y otros derechos similares, el Cliente deberá instruir a Panacorp acerca del ejercicio de tales derechos. Si no se hace tal provisión, Xxxxxxxx deberá ejercer tales derechos a su criterio y beneficio, sin que el Cliente tenga derecho a remuneración adicional. El Cliente hace reserva expresa de usufructo sobre los Títulos Valores Marginables, por lo que corresponden al Cliente y no a Panacorp los frutos de Títulos Valores Marginables objeto xxx xxxxxxxx. Específicamente, corresponden al Xxxxxxx se reserva (y el Cliente los intereses y los dividendos pagaderos por el emisor de los Títulos Valores Marginables. Corresponderán a Panacorp los demás derechos accesorios de los Títulos Valoresacepta expresamente tal reserva), tales como los derechos de voto, opciones, derechos de suscripción, warrants, sintéticos, derivativos retención y otros derechos similares. Si privilegio consagrados en el emisor de los Títulos Valores efectúa algún pago correspondiente a los frutos reservados durante la vigencia xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables, Panacorp recibirá tales pagos por cuenta y en nombre artículo 394 del Cliente y abonará tales cantidades al Cliente, en su totalidad, el mismo día del pago por el emisor.
d. Plazo xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables. El Préstamo de Títulos Valores Marginables será a la vista y estará sujeto a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente Código de Comercio.
e. Obligación de Panacorp bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables. Panacorp y el Cliente acuerdan que Xxxxxxxx quedará liberado de su obligación bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables, entregando al Cliente una cantidad de dinero equivalente al Valor xx Xxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la Fecha de Pago, y estará sujeto a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio.
f. Otros Reembolsos. Panacorp además deberá reembolsar cualquier cantidad que hubiese pagado el emisor o deudor de los Títulos Valores Marginables prestados, distintos de los frutos reservados por el Cliente, tales como amortizaciones del capital, redenciones y similares, o por el ejercicio de cualesquiera derechos accesorios de los Títulos Valores Marginables prestados que hayan sido ejercidos por Panacorp. Dichos reembolsos serán pagados en dinero, y estarán sujetos a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio. Toda cantidad que Panacorp entregue al Cliente derivada de amortizaciones de capital de los Títulos Valores Marginables, se rebajará de la obligación de restitución por un monto nominal equivalente. Todas las cantidades a ser reembolsadas por Panacorp serán pagadas en dinero mediante abono a la Cuenta Bancaria del Cliente o mediante compensación contra cantidades debidas por el Cliente bajo los Préstamos, de conformidad con lo establecido en el Contrato de Línea de Crédito.
g. Contraprestación. Panacorp pagará al Cliente, como contraprestación por cada Préstamo de Títulos Valores Marginables, una contraprestación que se fijará como un interés que se calculará sobre el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores Marginables en la Fecha de Transacción. El interés se devengara desde (e incluyendo) la Fecha Valor (independientemente de que la entrega de los Títulos Valores a Panacorp se haya efectuado con anterioridad a la Fecha Valor xxx Xxxxxxxx), y se calculará por los días efectivamente transcurridos, sobre la base de un año de 360 días. Los intereses serán pagados por Panacorp al Cliente mediante compensación, según se establece en la Cuenta Corriente de Comercio. Salvo que Xxxxxxxx y el Cliente acuerden otra tasa de interés en la confirmación, se fija la tasa de interés por el Préstamo de Títulos Valores Marginables en 0.25% anual.
h. Préstamos de Títulos Valores Marginables a favor del Cliente. El Cliente podrá solicitar a Panacorp un Préstamo de Títulos Valores Marginables. El otorgamiento de un Préstamo de Títulos Valores Marginables al Cliente quedará a la absoluta y total discreción de Xxxxxxxx y está sujeto a la suscripción y envío al Cliente de una confirmación similar a la contenida en el Anexo VI-D de este documento. El Préstamo de Títulos Valores Marginables de Panacorp al Cliente estará sujeto a los términos y condiciones de esta Cláusula 4.
x. Xxx Aplicable. Los Préstamos de Títulos Valores Marginables que se celebren de conformidad con este Capítulo, estarán regulados por las leyes de la República de Panamá.
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Samples: Cuenta De Corretaje Bursátil
Contrato xx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables. Los Títulos Valores Marginables que constituyan el Aporte en Títulos Valores del Cliente para la utilización de la Línea de Crédito bajo la modalidad LMP, así como los Títulos Valores Marginables que Panacorp AMINSA adquiera para el Cliente bajo comisión para la utilización de la Línea de Crédito bajo la modalidad PFM, serán entregados en Préstamo préstamo a Panacorp AMINSA como condición para el otorgamiento de un Préstamo de Dinero al Cliente por parte de Panacorp AMINSA bajo la Línea de Crédito (dicho Préstamo préstamo de Títulos Valores Marginables en adelante referido como “Préstamo de Títulos Valores Marginables”). El Préstamo de Títulos Valores Marginables se regirá conforme a lo dispuesto en el Capítulo IV de este documento, y además estará sujeta a las siguientes reglas, las cuales serán de aplicación preferente:
a. Préstamos x. Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la modalidad PFM. Ejecutada la comisión de compra por Panacorp AMINSA conforme a lo dispuesto en el literal (e) de la Cláusula 3 de este Capítulo, el Cliente otorga a Panacorp AMINSA en calidad xx xxxxxxxx o mutuo los Títulos Valores Marginables adquiridos. El contrato xx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables se considera perfeccionado con el acuerdo entre las partes de transferir a Panacorp AMINSA la titularidad de los Títulos Valores Marginables adquiridos bajo comisión (traditio brevi manu). Por efecto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables, se verificará la novación de la obligación de Panacorp AMINSA bajo la comisión de compra de entregar los Títulos Valores Marginables al Cliente, por la obligación de restitución bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables a cargo de PanacorpAMINSA. A todo evento, PanacorpAMINSA, como acreedor bajo la comisión por el financiamiento parcial del precio de adquisición de los Títulos Valores Marginables, hace reserva expresa de los derechos y privilegios que le corresponden como comisionista del Cliente.
x. Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la modalidad LMP. Como condición previa para el otorgamiento xx Xxxxxxxx de Dinero al Cliente bajo la modalidad LMP, el Cliente deberá otorgar en préstamo o mutuo a Panacorp una cantidad a Valor Mercado de Títulos Valores Marginables, igual o mayor al Monto Mínimo de Margen, los cuales constituyen el Aporte en Títulos Valores del Cliente. En o antes de la Fecha Valor xxx Xxxxxxxx, el Cliente deberá transferir los Títulos Valores Marginables a Panacorp. El Cliente deberá realizar todos los actos que sean necesarios para transmitir la propiedad de los Títulos Valores Marginables a Panacorp, incluyendo el endoso, el traspaso en libros u otros registros, notificaciones y entrega de los Títulos Valores Marginables. Si los Títulos Valores Marginables se encuentran en custodia de un tercero, o son títulos desmaterializados, nominativos o no a la orden, se deberá notificar de la transferencia al custodio, agente de traspaso, caja de valores, deudor o emisor, según el caso.
c. Objeto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables-Reserva de Usufructo. Serán objeto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores los Títulos Valores Marginables que se especifican en la confirmación. En caso de que los Títulos Valores Marginables objeto de un Préstamo de Títulos Valores Marginables otorguen a su titular derechos de voto, opciones, derechos de suscripción, warrants, sintéticos, derivativos y otros derechos similares, el Cliente deberá instruir a Panacorp acerca del ejercicio de tales derechos. Si no se hace tal provisión, Xxxxxxxx deberá ejercer tales derechos a su criterio y beneficio, sin que el Cliente tenga derecho a remuneración adicional. El Cliente hace reserva expresa de usufructo sobre los Títulos Valores Marginables, por lo que corresponden al Cliente y no a Panacorp los frutos de Títulos Valores Marginables objeto xxx xxxxxxxx. Específicamente, corresponden al Cliente los intereses y los dividendos pagaderos por el emisor de los Títulos Valores Marginables. Corresponderán a Panacorp los demás derechos accesorios de los Títulos Valores, tales como los derechos de voto, opciones, derechos de suscripción, warrants, sintéticos, derivativos y otros derechos similares. Si el emisor de los Títulos Valores efectúa algún pago correspondiente a los frutos reservados durante la vigencia xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables, Panacorp recibirá tales pagos por cuenta y en nombre del Cliente y abonará tales cantidades al Cliente, en su totalidad, el mismo día del pago por el emisor.
d. Plazo xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables. El Préstamo de Títulos Valores Marginables será a la vista y estará sujeto a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio.
e. Obligación de Panacorp bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables. Panacorp y el Cliente acuerdan que Xxxxxxxx quedará liberado de su obligación bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables, entregando al Cliente una cantidad de dinero equivalente al Valor xx Xxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la Fecha de Pago, y estará sujeto a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio.
f. Otros Reembolsos. Panacorp además deberá reembolsar cualquier cantidad que hubiese pagado el emisor o deudor de los Títulos Valores Marginables prestados, distintos de los frutos reservados por el Cliente, tales como amortizaciones del capital, redenciones y similares, o por el ejercicio de cualesquiera derechos accesorios de los Títulos Valores Marginables prestados que hayan sido ejercidos por Panacorp. Dichos reembolsos serán pagados en dinero, y estarán sujetos a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio. Toda cantidad que Panacorp entregue al Cliente derivada de amortizaciones de capital de los Títulos Valores Marginables, se rebajará de la obligación de restitución por un monto nominal equivalente. Todas las cantidades a ser reembolsadas por Panacorp serán pagadas en dinero mediante abono a la Cuenta Bancaria del Cliente o mediante compensación contra cantidades debidas por el Cliente bajo los Préstamos, de conformidad con lo establecido en el Contrato de Línea de Crédito.
g. Contraprestación. Panacorp pagará al Cliente, como contraprestación por cada Préstamo de Títulos Valores Marginables, una contraprestación que se fijará como un interés que se calculará sobre el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores Marginables en la Fecha de Transacción. El interés se devengara desde (e incluyendo) la Fecha Valor (independientemente de que la entrega de los Títulos Valores a Panacorp se haya efectuado con anterioridad a la Fecha Valor xxx Xxxxxxxx), y se calculará por los días efectivamente transcurridos, sobre la base de un año de 360 días. Los intereses serán pagados por Panacorp al Cliente mediante compensación, según se establece en la Cuenta Corriente de Comercio. Salvo que Xxxxxxxx y el Cliente acuerden otra tasa de interés en la confirmación, se fija la tasa de interés por el Préstamo de Títulos Valores Marginables en 0.25% anual.
h. Préstamos de Títulos Valores Marginables a favor del Cliente. El Cliente podrá solicitar a Panacorp un Préstamo de Títulos Valores Marginables. El otorgamiento de un Préstamo de Títulos Valores Marginables al Cliente quedará a la absoluta y total discreción de Xxxxxxxx y está sujeto a la suscripción y envío al Cliente de una confirmación similar a la contenida en el Anexo VI-D de este documento. El Préstamo de Títulos Valores Marginables de Panacorp al Cliente estará sujeto a los términos y condiciones de esta Cláusula 4.
x. Xxx Aplicable. Los Préstamos de Títulos Valores Marginables que se celebren de conformidad con este Capítulo, estarán regulados por las leyes de la República de Panamá.
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Samples: Investment Account Contract
Contrato xx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables. Los Títulos Valores Marginables que constituyan el Aporte en Títulos Valores del Cliente para la utilización de la Línea de Crédito bajo la modalidad LMP, así como los Títulos Valores Marginables que Panacorp AVS adquiera para el Cliente bajo comisión para la utilización de la Línea de Crédito bajo la modalidad PFM, serán entregados en Préstamo préstamo a Panacorp AVS como condición para el otorgamiento de un Préstamo de Dinero al Cliente por parte de Panacorp AVS bajo la Línea de Crédito (dicho Préstamo préstamo de Títulos Valores Marginables en adelante referido como “Préstamo de Títulos Valores Marginables”). El Préstamo de Títulos Valores Marginables se regirá conforme a lo dispuesto en el Capítulo IV de este documento, y además estará sujeta a las siguientes reglas, las cuales serán de aplicación preferente:
a. Préstamos x. Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la modalidad PFM. Ejecutada la comisión de compra por Panacorp AVS conforme a lo dispuesto en el literal (e) de la Cláusula 3 de este Capítulo, el Cliente otorga a Panacorp AVS en calidad xx xxxxxxxx o mutuo los Títulos Valores Marginables adquiridos. El contrato xx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables se considera perfeccionado con el acuerdo entre las partes de transferir a Panacorp AVS la titularidad de los Títulos Valores Marginables adquiridos bajo comisión (traditio brevi manu). Por efecto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables, se verificará la novación de la obligación de Panacorp AVS bajo la comisión de compra de entregar los Títulos Valores Marginables al Cliente, por la obligación de restitución bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables a cargo de PanacorpAVS. A todo evento, PanacorpAVS, como acreedor bajo la comisión por el financiamiento parcial del precio de adquisición de los Títulos Valores Marginables, hace reserva expresa de los derechos y privilegios que le corresponden como comisionista del Cliente.
x. Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la modalidad LMP. Como condición previa para el otorgamiento xx Xxxxxxxx de Dinero al Cliente bajo la modalidad LMP, el Cliente deberá otorgar en préstamo o mutuo a Panacorp una cantidad a Valor Mercado de Títulos Valores Marginables, igual o mayor al Monto Mínimo de Margen, los cuales constituyen el Aporte en Títulos Valores del Cliente. En o antes de la Fecha Valor xxx Xxxxxxxx, el Cliente deberá transferir los Títulos Valores Marginables a Panacorp. El Cliente deberá realizar todos los actos que sean necesarios para transmitir la propiedad de los Títulos Valores Marginables a Panacorp, incluyendo el endoso, el traspaso en libros u otros registros, notificaciones y entrega de los Títulos Valores Marginables. Si los Títulos Valores Marginables se encuentran en custodia de un tercero, o son títulos desmaterializados, nominativos o no a la orden, se deberá notificar de la transferencia al custodio, agente de traspaso, caja de valores, deudor o emisor, según el caso.
c. Objeto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables-Reserva de Usufructo. Serán objeto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores los Títulos Valores Marginables que se especifican en la confirmación. En caso de que los Títulos Valores Marginables objeto de un Préstamo de Títulos Valores Marginables otorguen a su titular derechos de voto, opciones, derechos de suscripción, warrants, sintéticos, derivativos y otros derechos similares, el Cliente deberá instruir a Panacorp acerca del ejercicio de tales derechos. Si no se hace tal provisión, Xxxxxxxx deberá ejercer tales derechos a su criterio y beneficio, sin que el Cliente tenga derecho a remuneración adicional. El Cliente hace reserva expresa de usufructo sobre los Títulos Valores Marginables, por lo que corresponden al Cliente y no a Panacorp los frutos de Títulos Valores Marginables objeto xxx xxxxxxxx. Específicamente, corresponden al Cliente los intereses y los dividendos pagaderos por el emisor de los Títulos Valores Marginables. Corresponderán a Panacorp los demás derechos accesorios de los Títulos Valores, tales como los derechos de voto, opciones, derechos de suscripción, warrants, sintéticos, derivativos y otros derechos similares. Si el emisor de los Títulos Valores efectúa algún pago correspondiente a los frutos reservados durante la vigencia xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables, Panacorp recibirá tales pagos por cuenta y en nombre del Cliente y abonará tales cantidades al Cliente, en su totalidad, el mismo día del pago por el emisor.
d. Plazo xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables. El Préstamo de Títulos Valores Marginables será a la vista y estará sujeto a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio.
e. Obligación de Panacorp bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables. Panacorp y el Cliente acuerdan que Xxxxxxxx quedará liberado de su obligación bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables, entregando al Cliente una cantidad de dinero equivalente al Valor xx Xxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la Fecha de Pago, y estará sujeto a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio.
f. Otros Reembolsos. Panacorp además deberá reembolsar cualquier cantidad que hubiese pagado el emisor o deudor de los Títulos Valores Marginables prestados, distintos de los frutos reservados por el Cliente, tales como amortizaciones del capital, redenciones y similares, o por el ejercicio de cualesquiera derechos accesorios de los Títulos Valores Marginables prestados que hayan sido ejercidos por Panacorp. Dichos reembolsos serán pagados en dinero, y estarán sujetos a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio. Toda cantidad que Panacorp entregue al Cliente derivada de amortizaciones de capital de los Títulos Valores Marginables, se rebajará de la obligación de restitución por un monto nominal equivalente. Todas las cantidades a ser reembolsadas por Panacorp serán pagadas en dinero mediante abono a la Cuenta Bancaria del Cliente o mediante compensación contra cantidades debidas por el Cliente bajo los Préstamos, de conformidad con lo establecido en el Contrato de Línea de Crédito.
g. Contraprestación. Panacorp pagará al Cliente, como contraprestación por cada Préstamo de Títulos Valores Marginables, una contraprestación que se fijará como un interés que se calculará sobre el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores Marginables en la Fecha de Transacción. El interés se devengara desde (e incluyendo) la Fecha Valor (independientemente de que la entrega de los Títulos Valores a Panacorp se haya efectuado con anterioridad a la Fecha Valor xxx Xxxxxxxx), y se calculará por los días efectivamente transcurridos, sobre la base de un año de 360 días. Los intereses serán pagados por Panacorp al Cliente mediante compensación, según se establece en la Cuenta Corriente de Comercio. Salvo que Xxxxxxxx y el Cliente acuerden otra tasa de interés en la confirmación, se fija la tasa de interés por el Préstamo de Títulos Valores Marginables en 0.25% anual.
h. Préstamos de Títulos Valores Marginables a favor del Cliente. El Cliente podrá solicitar a Panacorp un Préstamo de Títulos Valores Marginables. El otorgamiento de un Préstamo de Títulos Valores Marginables al Cliente quedará a la absoluta y total discreción de Xxxxxxxx y está sujeto a la suscripción y envío al Cliente de una confirmación similar a la contenida en el Anexo VI-D de este documento. El Préstamo de Títulos Valores Marginables de Panacorp al Cliente estará sujeto a los términos y condiciones de esta Cláusula 4.
x. Xxx Aplicable. Los Préstamos de Títulos Valores Marginables que se celebren de conformidad con este Capítulo, estarán regulados por las leyes de la República de Panamá.
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Contrato xx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables. Los Títulos Valores Marginables que constituyan el Aporte en Títulos Valores del Cliente para la utilización de la Línea de Crédito bajo la modalidad LMP, así como los Títulos Valores Marginables que Panacorp Winexco adquiera para el Cliente bajo comisión para la utilización de la Línea de Crédito bajo la modalidad PFM, serán entregados en Préstamo préstamo a Panacorp Winexco como condición para el otorgamiento de un Préstamo de Dinero al Cliente por parte de Panacorp Winexco bajo la Línea de Crédito (dicho Préstamo préstamo de Títulos Valores Marginables en adelante referido como “Préstamo de Títulos Valores Marginables”). El Préstamo de Títulos Valores Marginables se regirá conforme a lo dispuesto en el Capítulo IV de este documento, y además estará sujeta sujeto a las siguientes reglas, las cuales serán de aplicación preferente:
a. Préstamos x. Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la modalidad PFM. Ejecutada la comisión de compra por Panacorp Winexco conforme a lo dispuesto en el literal (e) de la Cláusula 3 de este Capítulo, el Cliente otorga a Panacorp Winexco en calidad xx xxxxxxxx o mutuo los Títulos Valores Marginables adquiridos. El contrato xx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables se considera perfeccionado con el acuerdo entre las partes de transferir a Panacorp Winexco la titularidad de los Títulos Valores Marginables adquiridos bajo comisión (traditio brevi manu). Por efecto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables, se verificará la novación de la obligación de Panacorp Winexco bajo la comisión de compra de entregar los Títulos Valores Marginables al Cliente, por la obligación de restitución bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables a cargo de PanacorpWinexco. A todo evento, PanacorpWinexco, como acreedor bajo la comisión por el financiamiento parcial del precio de adquisición de los Títulos Valores Marginables, hace reserva expresa de los derechos y privilegios que le corresponden como comisionista del Cliente.
x. Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la modalidad LMP. Como condición previa para el otorgamiento xx Xxxxxxxx de Dinero al Cliente bajo la modalidad LMP, el Cliente deberá otorgar en préstamo o mutuo a Panacorp una cantidad a Valor Mercado de Títulos Valores Marginables, igual o mayor al Monto Mínimo de Margen, los cuales constituyen el Aporte en Títulos Valores del Cliente. En o antes de la Fecha Valor xxx Xxxxxxxx, el Cliente deberá transferir los Títulos Valores Marginables a Panacorp. El Cliente deberá realizar todos los actos que sean necesarios para transmitir la propiedad de los Títulos Valores Marginables a Panacorp, incluyendo el endoso, el traspaso en libros u otros registros, notificaciones y entrega de los Títulos Valores Marginables. Si los Títulos Valores Marginables se encuentran en custodia de un tercero, o son títulos desmaterializados, nominativos o no a la orden, se deberá notificar de la transferencia al custodio, agente de traspaso, caja de valores, deudor o emisor, según el caso.
c. Objeto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables-Reserva de Usufructo. Serán objeto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores los Títulos Valores Marginables que se especifican en la confirmación. En caso de que los Títulos Valores Marginables objeto de un Préstamo de Títulos Valores Marginables otorguen a su titular derechos de voto, opciones, derechos de suscripción, warrants, sintéticos, derivativos y otros derechos similares, el Cliente deberá instruir a Panacorp acerca del ejercicio de tales derechos. Si no se hace tal provisión, Xxxxxxxx deberá ejercer tales derechos a su criterio y beneficio, sin que el Cliente tenga derecho a remuneración adicional. El Cliente hace reserva expresa de usufructo sobre los Títulos Valores Marginables, por lo que corresponden al Cliente y no a Panacorp los frutos de Títulos Valores Marginables objeto xxx xxxxxxxx. Específicamente, corresponden al Cliente los intereses y los dividendos pagaderos por el emisor de los Títulos Valores Marginables. Corresponderán a Panacorp los demás derechos accesorios de los Títulos Valores, tales como los derechos de voto, opciones, derechos de suscripción, warrants, sintéticos, derivativos y otros derechos similares. Si el emisor de los Títulos Valores efectúa algún pago correspondiente a los frutos reservados durante la vigencia xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables, Panacorp recibirá tales pagos por cuenta y en nombre del Cliente y abonará tales cantidades al Cliente, en su totalidad, el mismo día del pago por el emisor.
d. Plazo xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables. El Préstamo de Títulos Valores Marginables será a la vista y estará sujeto a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio.
e. Obligación de Panacorp bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables. Panacorp y el Cliente acuerdan que Xxxxxxxx quedará liberado de su obligación bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables, entregando al Cliente una cantidad de dinero equivalente al Valor xx Xxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la Fecha de Pago, y estará sujeto a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio.
f. Otros Reembolsos. Panacorp además deberá reembolsar cualquier cantidad que hubiese pagado el emisor o deudor de los Títulos Valores Marginables prestados, distintos de los frutos reservados por el Cliente, tales como amortizaciones del capital, redenciones y similares, o por el ejercicio de cualesquiera derechos accesorios de los Títulos Valores Marginables prestados que hayan sido ejercidos por Panacorp. Dichos reembolsos serán pagados en dinero, y estarán sujetos a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio. Toda cantidad que Panacorp entregue al Cliente derivada de amortizaciones de capital de los Títulos Valores Marginables, se rebajará de la obligación de restitución por un monto nominal equivalente. Todas las cantidades a ser reembolsadas por Panacorp serán pagadas en dinero mediante abono a la Cuenta Bancaria del Cliente o mediante compensación contra cantidades debidas por el Cliente bajo los Préstamos, de conformidad con lo establecido en el Contrato de Línea de Crédito.
g. Contraprestación. Panacorp pagará al Cliente, como contraprestación por cada Préstamo de Títulos Valores Marginables, una contraprestación que se fijará como un interés que se calculará sobre el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores Marginables en la Fecha de Transacción. El interés se devengara desde (e incluyendo) la Fecha Valor (independientemente de que la entrega de los Títulos Valores a Panacorp se haya efectuado con anterioridad a la Fecha Valor xxx Xxxxxxxx), y se calculará por los días efectivamente transcurridos, sobre la base de un año de 360 días. Los intereses serán pagados por Panacorp al Cliente mediante compensación, según se establece en la Cuenta Corriente de Comercio. Salvo que Xxxxxxxx y el Cliente acuerden otra tasa de interés en la confirmación, se fija la tasa de interés por el Préstamo de Títulos Valores Marginables en 0.25% anual.
h. Préstamos de Títulos Valores Marginables a favor del Cliente. El Cliente podrá solicitar a Panacorp un Préstamo de Títulos Valores Marginables. El otorgamiento de un Préstamo de Títulos Valores Marginables al Cliente quedará a la absoluta y total discreción de Xxxxxxxx y está sujeto a la suscripción y envío al Cliente de una confirmación similar a la contenida en el Anexo VI-D de este documento. El Préstamo de Títulos Valores Marginables de Panacorp al Cliente estará sujeto a los términos y condiciones de esta Cláusula 4.
x. Xxx Aplicable. Los Préstamos de Títulos Valores Marginables que se celebren de conformidad con este Capítulo, estarán regulados por las leyes de la República de Panamá.
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Samples: Cuenta De Corretaje Bursátil
Contrato xx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables. Los Títulos Valores Marginables que constituyan el Aporte en Títulos Valores del Cliente para la utilización de la Línea de Crédito bajo la modalidad LMP, así como los Títulos Valores Marginables que Panacorp AVS adquiera para el Cliente bajo comisión para la utilización de la Línea de Crédito bajo la modalidad PFM, serán entregados en Préstamo préstamo a Panacorp AVS como condición para el otorgamiento de un Préstamo de Dinero al Cliente por parte de Panacorp AVS bajo la Línea de Crédito (dicho Préstamo préstamo de Títulos Valores Marginables en adelante referido como “Préstamo de Títulos Valores Marginables”). El Préstamo de Títulos Valores Marginables se regirá conforme a lo dispuesto en el Capítulo IV de este documento, y además estará sujeta a las siguientes reglas, las cuales serán de aplicación preferente:
a. Préstamos x. Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la modalidad PFM. Ejecutada la comisión de compra por Panacorp AVS conforme a lo dispuesto en el literal (e) de la Cláusula 3 de este Capítulo, el Cliente otorga a Panacorp AVS en calidad xx xxxxxxxx o mutuo los Títulos Valores Marginables adquiridos. El contrato xx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables se considera perfeccionado con el acuerdo entre las partes de transferir a Panacorp AVS la titularidad de los Títulos Valores Marginables adquiridos bajo comisión (traditio brevi manu). Por efecto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables, se verificará la novación de la obligación de Panacorp AVS bajo la comisión de compra de entregar los Títulos Valores Marginables al Cliente, por la obligación de restitución bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables a cargo de PanacorpAVS. A todo evento, PanacorpAVS, como acreedor bajo la comisión por el financiamiento parcial del precio de adquisición de los Títulos Valores Marginables, hace reserva expresa de los derechos y privilegios que le corresponden como comisionista del Cliente.
x. Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la modalidad LMP. Como condición previa para el otorgamiento xx Xxxxxxxx de Dinero al Cliente bajo la modalidad LMP, el Cliente deberá otorgar en préstamo o mutuo a Panacorp una cantidad a Valor Mercado de Títulos Valores Marginables, igual o mayor al Monto Mínimo de Margen, los cuales constituyen el Aporte en Títulos Valores del Cliente. En o antes de la Fecha Valor xxx Xxxxxxxx, el Cliente deberá transferir los Títulos Valores Marginables a Panacorp. El Cliente deberá realizar todos los actos que sean necesarios para transmitir la propiedad de los Títulos Valores Marginables a Panacorp, incluyendo el endoso, el traspaso en libros u otros registros, notificaciones y entrega de los Títulos Valores Marginables. Si los Títulos Valores Marginables se encuentran en custodia de un tercero, o son títulos desmaterializados, nominativos o no a la orden, se deberá notificar de la transferencia al custodio, agente de traspaso, caja de valores, deudor o emisor, según el caso.
c. Objeto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables-Reserva de Usufructo. Serán objeto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores los Títulos Valores Marginables que se especifican en la confirmación. En caso de que los Títulos Valores Marginables objeto de un Préstamo de Títulos Valores Marginables otorguen a su titular derechos de voto, opciones, derechos de suscripción, warrants, sintéticos, derivativos y otros derechos similares, el Cliente deberá instruir a Panacorp acerca del ejercicio de tales derechos. Si no se hace tal provisión, Xxxxxxxx deberá ejercer tales derechos a su criterio y beneficio, sin que el Cliente tenga derecho a remuneración adicional. El Cliente hace reserva expresa de usufructo sobre los Títulos Valores Marginables, por lo que corresponden al Cliente y no a Panacorp los frutos de Títulos Valores Marginables objeto xxx xxxxxxxx. Específicamente, corresponden al Cliente los intereses y los dividendos pagaderos por el emisor de los Títulos Valores Marginables. Corresponderán a Panacorp los demás derechos accesorios de los Títulos Valores, tales como los derechos de voto, opciones, derechos de suscripción, warrants, sintéticos, derivativos y otros derechos similares. Si el emisor de los Títulos Valores efectúa algún pago correspondiente a los frutos reservados durante la vigencia xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables, Panacorp recibirá tales pagos por cuenta y en nombre del Cliente y abonará tales cantidades al Cliente, en su totalidad, el mismo día del pago por el emisor.
d. Plazo xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables. El Préstamo de Títulos Valores Marginables será a la vista y estará sujeto a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio.
e. Obligación de Panacorp bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables. Panacorp y el Cliente acuerdan que Xxxxxxxx quedará liberado de su obligación bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables, entregando al Cliente una cantidad de dinero equivalente al Valor xx Xxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la Fecha de Pago, y estará sujeto a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio.
f. Otros Reembolsos. Panacorp además deberá reembolsar cualquier cantidad que hubiese pagado el emisor o deudor de los Títulos Valores Marginables prestados, distintos de los frutos reservados por el Cliente, tales como amortizaciones del capital, redenciones y similares, o por el ejercicio de cualesquiera derechos accesorios de los Títulos Valores Marginables prestados que hayan sido ejercidos por Panacorp. Dichos reembolsos serán pagados en dinero, y estarán sujetos a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio. Toda cantidad que Panacorp entregue al Cliente derivada de amortizaciones de capital de los Títulos Valores Marginables, se rebajará de la obligación de restitución por un monto nominal equivalente. Todas las cantidades a ser reembolsadas por Panacorp serán pagadas en dinero mediante abono a la Cuenta Bancaria del Cliente o mediante compensación contra cantidades debidas por el Cliente bajo los Préstamos, de conformidad con lo establecido en el Contrato de Línea de Crédito.
g. Contraprestación. Panacorp pagará al Cliente, como contraprestación por cada Préstamo de Títulos Valores Marginables, una contraprestación que se fijará como un interés que se calculará sobre el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores Marginables en la Fecha de Transacción. El interés se devengara desde (e incluyendo) la Fecha Valor (independientemente de que la entrega de los Títulos Valores a Panacorp se haya efectuado con anterioridad a la Fecha Valor xxx Xxxxxxxx), y se calculará por los días efectivamente transcurridos, sobre la base de un año de 360 días. Los intereses serán pagados por Panacorp al Cliente mediante compensación, según se establece en la Cuenta Corriente de Comercio. Salvo que Xxxxxxxx y el Cliente acuerden otra tasa de interés en la confirmación, se fija la tasa de interés por el Préstamo de Títulos Valores Marginables en 0.25% anual.
h. Préstamos de Títulos Valores Marginables a favor del Cliente. El Cliente podrá solicitar a Panacorp un Préstamo de Títulos Valores Marginables. El otorgamiento de un Préstamo de Títulos Valores Marginables al Cliente quedará a la absoluta y total discreción de Xxxxxxxx y está sujeto a la suscripción y envío al Cliente de una confirmación similar a la contenida en el Anexo VI-D de este documento. El Préstamo de Títulos Valores Marginables de Panacorp al Cliente estará sujeto a los términos y condiciones de esta Cláusula 4.
x. Xxx Aplicable. Los Préstamos de Títulos Valores Marginables que se celebren de conformidad con este Capítulo, estarán regulados por las leyes de la República de Panamá.
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Samples: Cuenta De Corretaje Bursátil
Contrato xx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables. Los Títulos Valores Marginables que constituyan el Aporte en Títulos Valores del Cliente para la utilización de la Línea de Crédito bajo la modalidad LMP, así como los Títulos Valores Marginables que Panacorp adquiera para el Cliente bajo comisión para la utilización de la Línea de Crédito bajo la modalidad PFM, serán entregados en Préstamo a Panacorp como condición para el otorgamiento de un Préstamo de Dinero al Cliente por parte de Panacorp bajo la Línea de Crédito (dicho Préstamo de Títulos Valores Marginables en adelante referido como “Préstamo de Títulos Valores Marginables”). El Préstamo de Títulos Valores Marginables se regirá conforme a lo dispuesto en el Capítulo IV de este documento, y además estará sujeta a las siguientes reglas, las cuales serán de aplicación preferente:
a. Préstamos de Títulos Valores Marginables en la modalidad PFM. Ejecutada la comisión de compra por Panacorp conforme a lo dispuesto en el literal (e) de la Cláusula 3 de este Capítulo, el Cliente otorga a Panacorp en calidad xx xxxxxxxx o mutuo los Títulos Valores Marginables adquiridos. El contrato xx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables se considera perfeccionado con el acuerdo entre las partes de transferir a Panacorp la titularidad de los Títulos Valores Marginables adquiridos bajo comisión (traditio brevi manu). Por efecto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables, se verificará la novación de la obligación de Panacorp bajo la comisión de compra de entregar los Títulos Valores Marginables al Cliente, por la obligación de restitución bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables a cargo de Panacorp. A todo evento, Panacorp, como acreedor bajo la comisión por el financiamiento parcial del precio de adquisición de los Títulos Valores Marginables, hace reserva expresa de los derechos y privilegios que le corresponden como comisionista del Cliente.
x. Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la modalidad LMP. Como condición previa para el otorgamiento xx Xxxxxxxx de Dinero al Cliente bajo la modalidad LMP, el Cliente deberá otorgar en préstamo o mutuo a Panacorp una cantidad a Valor Mercado de Títulos Valores Marginables, igual o mayor al Monto Mínimo de Margen, los cuales constituyen el Aporte en Títulos Valores del Cliente. En o antes de la Fecha Valor xxx Xxxxxxxx, el Cliente deberá transferir los Títulos Valores Marginables a Panacorp. El Cliente deberá realizar todos los actos que sean necesarios para transmitir la propiedad de los Títulos Valores Marginables a Panacorp, incluyendo el endoso, el traspaso en libros u otros registros, notificaciones y entrega de los Títulos Valores Marginables. Si los Títulos Valores Marginables se encuentran en custodia de un tercero, o son títulos desmaterializados, nominativos o no a la orden, se deberá notificar de la transferencia al custodio, agente de traspaso, caja de valores, deudor o emisor, según el caso.
c. Objeto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables-Reserva de Usufructo. Serán objeto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores los Títulos Valores Marginables que se especifican en la confirmación. En caso de que los Títulos Valores Marginables objeto de un Préstamo de Títulos Valores Marginables otorguen a su titular derechos de voto, opciones, derechos de suscripción, warrants, sintéticos, derivativos y otros derechos similares, el Cliente deberá instruir a Panacorp acerca del ejercicio de tales derechos. Si no se hace tal provisión, Xxxxxxxx deberá ejercer tales derechos a su criterio y beneficio, sin que el Cliente tenga derecho a remuneración adicional. El Cliente hace reserva expresa de usufructo sobre los Títulos Valores Marginables, por lo que corresponden al Cliente y no a Panacorp los frutos de Títulos Valores Marginables objeto xxx xxxxxxxx. Específicamente, corresponden al Cliente los intereses y los dividendos pagaderos por el emisor de los Títulos Valores Marginables. Corresponderán a Panacorp los demás derechos accesorios de los Títulos Valores, tales como los derechos de voto, opciones, derechos de suscripción, warrants, sintéticos, derivativos y otros derechos similares. Si el emisor de los Títulos Valores efectúa algún pago correspondiente a los frutos reservados durante la vigencia xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables, Panacorp recibirá tales pagos por cuenta y en nombre del Cliente y abonará tales cantidades al Cliente, en su totalidad, el mismo día del pago por el emisor.
d. Plazo xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables. El Préstamo de Títulos Valores Marginables será a la vista y estará sujeto a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio.
e. Obligación de Panacorp bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables. Panacorp y el Cliente acuerdan que Xxxxxxxx quedará liberado de su obligación bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables, entregando al Cliente una cantidad de dinero equivalente al Valor xx Xxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la Fecha de Pago, y estará sujeto a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio.
f. Otros Reembolsos. Panacorp además deberá reembolsar cualquier cantidad que hubiese pagado el emisor o deudor de los Títulos Valores Marginables prestados, distintos de los frutos reservados por el Cliente, tales como amortizaciones del capital, redenciones y similares, o por el ejercicio de cualesquiera derechos accesorios de los Títulos Valores Marginables prestados que hayan sido ejercidos por Panacorp. Dichos reembolsos serán pagados en dinero, y estarán sujetos a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio. Toda cantidad que Panacorp entregue al Cliente derivada de amortizaciones de capital de los Títulos Valores Marginables, se rebajará de la obligación de restitución por un monto nominal equivalente. Todas las cantidades a ser reembolsadas por Panacorp serán pagadas en dinero mediante abono a la Cuenta Bancaria del Cliente o mediante compensación contra cantidades debidas por el Cliente bajo los Préstamos, de conformidad con lo establecido en el Contrato de Línea de Crédito.
g. Contraprestación. Panacorp pagará al Cliente, como contraprestación por cada Préstamo de Títulos Valores Marginables, una contraprestación que se fijará como un interés que se calculará sobre el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores Marginables en la Fecha de Transacción. El interés se devengara desde (e incluyendo) la Fecha Valor (independientemente de que la entrega de los Títulos Valores a Panacorp se haya efectuado con anterioridad a la Fecha Valor xxx Xxxxxxxx), y se calculará por los días efectivamente transcurridos, sobre la base de un año de 360 días. Los intereses serán pagados por Panacorp al Cliente mediante compensación, según se establece en la Cuenta Corriente de Comercio. Salvo que Xxxxxxxx y el Cliente acuerden otra tasa de interés en la confirmación, se fija la tasa de interés por el Préstamo de Títulos Valores Marginables en 0.25% anual.
h. Préstamos de Títulos Valores Marginables a favor del Cliente. El Cliente podrá solicitar a Panacorp un Préstamo de Títulos Valores Marginables. El otorgamiento de un Préstamo de Títulos Valores Marginables al Cliente quedará a la absoluta y total discreción de Xxxxxxxx y está sujeto a la suscripción y envío al Cliente de una confirmación similar a la contenida en el Anexo VI-D de este documento. El Préstamo de Títulos Valores Marginables de Panacorp al Cliente estará sujeto a los términos y condiciones de esta Cláusula 4.
x. Xxx Aplicable. Los Préstamos de Títulos Valores Marginables que se celebren de conformidad con este Capítulo, estarán regulados por las leyes de la República de Panamá.
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Samples: General Conditions Agreement
Contrato xx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables. Los Títulos Valores Marginables que constituyan el Aporte en Títulos Valores del Cliente para la utilización de la Línea de Crédito bajo la modalidad LMP, así como los Títulos Valores Marginables que Panacorp Arca adquiera para el Cliente bajo comisión para la utilización de la Línea de Crédito bajo la modalidad PFM, serán entregados en Préstamo préstamo a Panacorp Arca como condición para el otorgamiento de un Préstamo de Dinero al Cliente por parte de Panacorp Arca bajo la Línea de Crédito (dicho Préstamo préstamo de Títulos Valores Marginables en adelante referido como “Préstamo de Títulos Valores Marginables”). El Préstamo de Títulos Valores Marginables se regirá conforme conf xxxx a lo dispuesto en el Capítulo IV de este documento, y además estará sujeta sujeto a las siguientes reglas, las cuales serán de aplicación preferente:
a. Préstamos x. Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la modalidad PFM. Ejecutada la comisión de compra por Panacorp Arca conforme a lo dispuesto en el literal (e) de la Cláusula 3 de este Capítulo, el Cliente otorga a Panacorp Arca en calidad xx xxxxxxxx o mutuo los Títulos Valores Marginables adquiridos. El contrato xx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables se considera perfeccionado con el acuerdo entre las partes de transferir transf erir a Panacorp Arca la titularidad de los Títulos Valores Marginables adquiridos bajo comisión (traditio brevi manu). Por efecto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables, se verificará la novación de la obligación de Panacorp Arca bajo la comisión de compra de entregar los Títulos Valores Marginables al Cliente, por la obligación de restitución bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables a cargo de PanacorpArca. A todo evento, PanacorpArca, como acreedor bajo la comisión por el financiamiento parcial del precio de adquisición de los Títulos Valores Marginables, hace reserva expresa de los derechos y privilegios que le corresponden como comisionista del Cliente.
x. Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la modalidad LMP. Como condición previa para el otorgamiento xx Xxxxxxxx de Dinero al Cliente bajo la modalidad LMP, el Cliente deberá otorgar en préstamo o mutuo a Panacorp una cantidad a Valor Mercado de Títulos Valores Marginables, igual o mayor al Monto Mínimo de Margen, los cuales constituyen el Aporte en Títulos Valores del Cliente. En o antes de la Fecha Valor xxx Xxxxxxxx, el Cliente deberá transferir los Títulos Valores Marginables a Panacorp. El Cliente deberá realizar todos los actos que sean necesarios para transmitir la propiedad de los Títulos Valores Marginables a Panacorp, incluyendo el endoso, el traspaso en libros u otros registros, notificaciones y entrega de los Títulos Valores Marginables. Si los Títulos Valores Marginables se encuentran en custodia de un tercero, o son títulos desmaterializados, nominativos o no a la orden, se deberá notificar de la transferencia al custodio, agente de traspaso, caja de valores, deudor o emisor, según el caso.
c. Objeto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables-Reserva de Usufructo. Serán objeto xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores los Títulos Valores Marginables que se especifican en la confirmación. En caso de que los Títulos Valores Marginables objeto de un Préstamo de Títulos Valores Marginables otorguen a su titular derechos de voto, opciones, derechos de suscripción, warrants, sintéticos, derivativos y otros derechos similares, el Cliente deberá instruir a Panacorp acerca del ejercicio de tales derechos. Si no se hace tal provisión, Xxxxxxxx deberá ejercer tales derechos a su criterio y beneficio, sin que el Cliente tenga derecho a remuneración adicional. El Cliente hace reserva expresa de usufructo sobre los Títulos Valores Marginables, por lo que corresponden al Cliente y no a Panacorp los frutos de Títulos Valores Marginables objeto xxx xxxxxxxx. Específicamente, corresponden al Cliente los intereses y los dividendos pagaderos por el emisor de los Títulos Valores Marginables. Corresponderán a Panacorp los demás derechos accesorios de los Títulos Valores, tales como los derechos de voto, opciones, derechos de suscripción, warrants, sintéticos, derivativos y otros derechos similares. Si el emisor de los Títulos Valores efectúa algún pago correspondiente a los frutos reservados durante la vigencia xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables, Panacorp recibirá tales pagos por cuenta y en nombre del Cliente y abonará tales cantidades al Cliente, en su totalidad, el mismo día del pago por el emisor.
d. Plazo xxx Xxxxxxxx de Títulos Valores Marginables. El Préstamo de Títulos Valores Marginables será a la vista y estará sujeto a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio.
e. Obligación de Panacorp bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables. Panacorp y el Cliente acuerdan que Xxxxxxxx quedará liberado de su obligación bajo el Préstamo de Títulos Valores Marginables, entregando al Cliente una cantidad de dinero equivalente al Valor xx Xxxxxxx de Títulos Valores Marginables en la Fecha de Pago, y estará sujeto a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio.
f. Otros Reembolsos. Panacorp además deberá reembolsar cualquier cantidad que hubiese pagado el emisor o deudor de los Títulos Valores Marginables prestados, distintos de los frutos reservados por el Cliente, tales como amortizaciones del capital, redenciones y similares, o por el ejercicio de cualesquiera derechos accesorios de los Títulos Valores Marginables prestados que hayan sido ejercidos por Panacorp. Dichos reembolsos serán pagados en dinero, y estarán sujetos a compensación, de acuerdo a lo establecido en la Cuenta Corriente de Comercio. Toda cantidad que Panacorp entregue al Cliente derivada de amortizaciones de capital de los Títulos Valores Marginables, se rebajará de la obligación de restitución por un monto nominal equivalente. Todas las cantidades a ser reembolsadas por Panacorp serán pagadas en dinero mediante abono a la Cuenta Bancaria del Cliente o mediante compensación contra cantidades debidas por el Cliente bajo los Préstamos, de conformidad con lo establecido en el Contrato de Línea de Crédito.
g. Contraprestación. Panacorp pagará al Cliente, como contraprestación por cada Préstamo de Títulos Valores Marginables, una contraprestación que se fijará como un interés que se calculará sobre el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores Marginables en la Fecha de Transacción. El interés se devengara desde (e incluyendo) la Fecha Valor (independientemente de que la entrega de los Títulos Valores a Panacorp se haya efectuado con anterioridad a la Fecha Valor xxx Xxxxxxxx), y se calculará por los días efectivamente transcurridos, sobre la base de un año de 360 días. Los intereses serán pagados por Panacorp al Cliente mediante compensación, según se establece en la Cuenta Corriente de Comercio. Salvo que Xxxxxxxx y el Cliente acuerden otra tasa de interés en la confirmación, se fija la tasa de interés por el Préstamo de Títulos Valores Marginables en 0.25% anual.
h. Préstamos de Títulos Valores Marginables a favor del Cliente. El Cliente podrá solicitar a Panacorp un Préstamo de Títulos Valores Marginables. El otorgamiento de un Préstamo de Títulos Valores Marginables al Cliente quedará a la absoluta y total discreción de Xxxxxxxx y está sujeto a la suscripción y envío al Cliente de una confirmación similar a la contenida en el Anexo VI-D de este documento. El Préstamo de Títulos Valores Marginables de Panacorp al Cliente estará sujeto a los términos y condiciones de esta Cláusula 4.
x. Xxx Aplicable. Los Préstamos de Títulos Valores Marginables que se celebren de conformidad con este Capítulo, estarán regulados por las leyes de la República de Panamá.
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