Common use of Cooperación económica Clause in Contracts

Cooperación económica. 1. Las Partes Contratantes, habida cuenta de su interés mutuo y de sus objetivos económicos a medio y largo plazo, se comprometen a mantener la cooperación económica más amplia posible, sin excluir a priori ningún campo. Los objetivos de esta cooperación consistirán especialmente en: a. Reforzar y diversificar, de manera general, sus vínculos económicos; b. contribuir al desarrollo de sus economías sobre bases duraderas y a la elevación de sus niveles de vida respectivos; teniendo siempre en cuenta la protección del medio ambiente; c. promover la expansión del comercio recíproco, con vistas a la diversificación y a la apertura de nuevos mercados y el mejoramiento del acceso a los mismos; d. fomentar los flujos de inversión y reforzar la protección de las inversiones; e. promover la transferencia de tecnología y la cooperación entre operadores económicos, en especial entre las pequeñas y medianas empresas, reforzando la base científica y estimulando las capacidades innovadoras de ambas Partes; f. sentar las condiciones para elevar el nivel de empleo y mejorar la productividad; g. favorecer las medidas destinadas al desarrollo rural y a la mejora del hábitat urbano; h. apoyar los esfuerzos de los países centroamericanos en la puesta en marcha de políticas orientadas a modernizar y desarrollar los sectores agrícola e industrial; i. apoyar el proceso de integración centroamericana; j. intercambiar información en materia estadística y metodológica. 2. A tal efecto, las Partes Contratantes determinarán de común acuerdo, en su interés respectivo y teniendo en cuenta sus propias competencias y capacidades, los ámbitos de su cooperación económica, sin excluir a priori ningún sector. Esta cooperación se ejercerá, en particular, en los siguientes ámbitos: a) La modernización de los sectores productivos (industria, agroindustria, agricultura, ganadería, pesca, piscicultura, sector minero y forestal); b) la planificación energética y la utilización racional de la energía; c) la administración y protección de los recursos naturales y del medio ambiente; d) la transferencia de tecnología; e) la ciencia y la tecnología; f) la propiedad intelectual, incluida la propiedad industrial; g) las normas y los criterios de calidad; h) los servicios, incluidos los financieros, el turismo, el transporte, las telecomunicaciones, la telemática y la informática; i) el intercambio de información sobre cuestiones monetarias y sobre la armonización de políticas macroeconómicas con vistas a fortalecer la integración regional; j) las legislaciones técnicas sanitarias y fito y zoosanitarias; k) el reforzamiento de los organismos e instancias de cooperación económica regional; l) el desarrollo regional y la integración fronteriza. 3. Para realizar los objetivos de la cooperación económica, las Partes Contratantes, de conformidad con sus legislaciones respectivas, se esforzarán por fomentar, entre otras, las actividades siguientes: a. La asistencia técnica, en particular mediante el envío de expertos, la realización de estudios específicos en los ámbitos de cooperación señalados; b. la creación de empresas conjuntas (joint ventures), acuerdos de licencias, de transferencia de conocimientos tecnológicos, de subcontratación, entre otros; c. la intensificación de contratos entre empresarios de ambas partes, en particular mediante la organización de conferencias, seminarios, misiones comerciales e industriales dirigidas a aumentar los flujos de comercio e inversión, rondas de negocios y ferias generales y sectoriales; d. la participación conjunta de empresas procedentes de la Comunidad en las ferias y exposiciones que se celebren en Centroamérica y viceversa; e. los proyectos de investigación técnica y científica, así como el intercambio de expertos; f. el intercambio de información sobre las áreas de cooperación que contiene el presente acuerdo, en particular el acceso a bases de datos existentes o que estén por crearse; g. el establecimiento de redes de operadores económicos, especialmente en el ámbito industrial.

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Cooperación económica. 1. Las Partes Contratantescontratantes, habida cuenta de su interés mutuo y de sus objetivos económicos a medio y largo plazo, se comprometen a mantener desarrollar la cooperación económica más ma´s amplia posible, sin excluir a priori ningún ningu´ n campo. Los objetivos de esta cooperación consistirán consisti- ra´n especialmente en: a. Reforzar a) reforzar y diversificar, de manera general, sus vínculos económicos; b. b) contribuir al desarrollo de sus economías sobre bases duraderas y a la elevación de sus niveles de vida respectivos; teniendo siempre en cuenta la protección del medio ambienterespec- tivos; c. c) promover la expansión del comercio recíprocode los intercambios comer- ciales, con vistas a la diversificación y a la apertura de nuevos mercados y el mejoramiento del acceso a los mismosmercados; d. d) fomentar los flujos de inversión y las transferencias de tecnología y reforzar la protección de las inversiones; e. promover la transferencia de tecnología y la cooperación entre operadores económicos, en especial entre las pequeñas y medianas empresas, reforzando la base científica y estimulando las capacidades innovadoras de ambas Partes; f. e) sentar las condiciones para elevar el nivel de empleo y mejorar la productividadproductividad del sector del trabajo; g. f) favorecer las medidas destinadas al desarrollo rural y a la mejora del hábitat ha´bitat urbano; h. apoyar los esfuerzos de los países centroamericanos en la puesta en marcha de políticas orientadas a modernizar y desarrollar los sectores agrícola e industrial; i. g) impulsar el progreso científico y tecnológico, la trans- ferencia de tecnología y la capacitación tecnológica; h) apoyar el proceso movimiento de integración centroamericanaregional; j. i) intercambiar información en materia estadística y metodológica. 2. A tal efecto, las Partes Contratantes determinarán contratantes determinara´n de común comu´ n acuerdo, en su interés respectivo y teniendo en cuenta sus propias competencias y capacidades, los ámbitos a´mbitos de su cooperación económica, sin excluir a priori ningún ningu´ n sector. Esta cooperación cooperación, se ejerceráejercera´, en particular, en los siguientes ámbitosa´mbitos siguientes: a) La modernización de los sectores productivos (la industria, agroindustria, agricultura, ganadería, pesca, piscicultura, sector minero y forestal); b) la industria agraria y el sector minero; c) la agricultura y la pesca; d) la planificación energética y la utilización racional de la energía; ce) la administración protección del medio ambiente y protección la gestión dura- dera de los recursos naturales y del medio ambientenaturales; df) la transferencia de tecnología; eg) la ciencia y la tecnología; fh) la propiedad intelectual, incluida la propiedad industrialindus- trial; gi) las normas y los criterios de calidad; hj) los servicios, incluidos los financieros, el turismo, el transporte, las telecomunicaciones, la telemática telecomunicaciones y la informáticainforma´tica; ik) el intercambio de la información sobre cuestiones monetarias y sobre la armonización de políticas macroeconómicas con vistas a fortalecer la integración regionalmonetarias; jl) las legislaciones técnicas sanitarias la legislación técnica, sanitaria y fito y zoosanitariasfitosanitaria; km) el reforzamiento de los organismos e instancias de cooperación económica regionaleconómica; ln) el desarrollo regional y la integración fronteriza. 3. Para realizar los objetivos de la cooperación económicaeconó- mica, las Partes Contratantescontratantes, de conformidad con sus legislaciones respectivas, se esforzarán esforzara´n por fomentar, entre otras, las actividades siguientes: a. La asistencia técnica, en particular mediante el envío a) la multiplicación de expertos, la realización de estudios específicos en los ámbitos de cooperación señalados; b. la creación de empresas conjuntas (joint ventures), acuerdos de licencias, de transferencia de conocimientos tecnológicos, de subcontratación, contactos entre otros; c. la intensificación de contratos entre empresarios de ambas parteslas dos Partes, en particular mediante la organización de conferencias, seminarios, misiones comerciales e industriales dirigidas a industriales, encuentros empresariales (business weeks), ferias gene- rales, sectoriales y subcontratación y misiones de explo- ración para aumentar los flujos de comercio intercambios e inversión, rondas de negocios y ferias generales y sectoriales; d. b) la participación conjunta de empresas procedentes de la Comunidad en las ferias y exposiciones que se celebren cele- bren en Centroamérica el Pacto Xxxxxx y viceversa; e. c) la asistencia técnica, en particular mediante el envío de expertos y la realización de estudios específicos; d) los proyectos de investigación técnica y científica, así como el intercambio los intercambios de expertoscientíficos; f. e) la creación de empresas conjuntas (joint ventures), y los acuerdos de licencias, de transferencia de conoci- mientos técnicos y de subcontratación, entre otros; f) el intercambio de información sobre las áreas de cooperación pertinente, especial- mente en lo que contiene el presente acuerdo, en particular el se refiere al acceso a bases los bancos de datos existentes o que estén por crearsese vayan a crear; g. el establecimiento g) la creación de redes de operadores agentes económicos, especialmente especial- mente en el ámbito a´mbito industrial.

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