Evaluación Oferta Económica. El Comité de Compras y Contrataciones evaluará y comparará únicamente las Ofertas que se ajustan sustancialmente al presente Pliego de Condiciones Específicas y que hayan sido evaluadas técnicamente como CONFORME, bajo el criterio del mejor precio ofertado.
Evaluación Oferta Económica. Una vez finalizada la evaluación de las Ofertas Técnicas se procederá a evaluar exclusivamente las respectivas Ofertas Económicas “Sobre B” de los Oferentes que hayan superado un mínimo de [] puntos en la evaluación de las Propuestas Técnicas.
Evaluación Oferta Económica. Una vez finalizada la evaluación de las Ofertas Técnicas se procederá a evaluar exclusivamente las respectivas Ofertas Económicas “Sobre B” de los Oferentes que hayan cumplido con TODOS los criterios señalados en el numeral 3.4– Criterios de Evaluación y, adicionalmente que hayan superado un mínimo de [XX] puntos en la evaluación de las Propuestas Técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones evaluará y comparará únicamente las Ofertas que se ajustan sustancialmente al presente Pliego de Condiciones Específicas y que hayan sido evaluadas técnicamente como CONFORME, bajo el criterio del mejor precio ofertado.
Evaluación Oferta Económica. Para la calificación de la propuesta económica se tendrá en cuenta el VALOR TOTAL ofertado indicado en el ANEXO No. 5. El valor de la Oferta Económica deberá integrar de manera global la ejecución total de las actividades y obligaciones que se deriven del contenido del presente Pliego y sus anexos La propuesta económica debe presentarse con los valores expresados en Moneda Legal Colombiana, sin centavos. El oferente debe ajustar al peso el precio ofertado, bien sea por exceso o por defecto al peso, así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco, lo aproximará por exceso al número entero siguiente del peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco, lo aproximará por defecto al número entero del peso. En el evento que la oferta económica contenga centavos, la Entidad aplicará la regla anterior y será este el valor final que se tendrá en cuenta para todos los efectos como valor ofertado. La evaluación de la oferta económica se efectuará otorgando el mayor puntaje SETECIENTOS (700 puntos), los cuales se asignarán de la siguiente forma. Se calculará la media geométrica con el valor de las propuestas económicas HABILITADAS. La media geométrica se calcula de la siguiente forma: MG =(X1*X2*X3…*XN)^(1/N) X1: corresponde al valor de cada propuesta.
Evaluación Oferta Económica. 33. Confidenciali‐ dad
Evaluación Oferta Económica. E. Evaluación y Comparación de las Ofertas
Evaluación Oferta Económica. Una vez finalizada la evaluación de las Credenciales se procederá a evaluar exclusivamente las respectivas Ofertas Económicas de los Oferentes que hayan cumplido a los pliegos de condiciones establecidos en la evaluación de las Credenciales. Equivale decir; los oferentes que cumplieron con todos los requisitos legales exigidos, los que cumplieron con todos los requerimientos financieros y los que cumplieron con todos los requerimientos de trayectoria industrial evaluados bajo la modalidad de CUMPLE / NO CUMPLE. El Comité de Gestión y Evaluación de Procesos de Disposición de Bienes tomará en cuenta el precio ofertado y la forma de pago de los solares presentados en la oferta, valorando las condiciones de financiación y de pago por el adquirente. Si el Comité determina y/o comprueba que un oferente realizó más de una oferta sobre un mismo inmueble, ya sea con una misma o diferentes personas jurídicas, se descarta al o los oferentes (s) y las ofertas automáticamente. Igualmente, se descarta automáticamente, la oferta que no presente el depósito del 10% del precio ofertado mediante un cheque de administración a nombre del Centro de Desarrollo y Competitividad (PROINDUSTRIA). En caso de que dos o más ofertas coincidan en el mejor precio, el Comité de Gestión y Evaluación de Procesos de Disposición de Bienes fijará una nueva fecha límite de presentación de ofertas exclusivamente para los oferentes cuyas mejores ofertas resultaron empate, a los fines de que dichos oferentes presenten una mejor oferta y el bien pueda ser adjudicado. El proceso se regirá de conformidad con el presente Pliego de Condiciones. Algunas de las causas por las cuales el Comité de Gestión y Evaluación de Procesos de Disposición de Bienes, en representación de la Máxima Autoridad, puede declarar desierta la subasta en todo o en parte, son las siguientes:
Evaluación Oferta Económica. A través de los peritos designados por el Comité de Compras y Contrataciones se evaluará y comparará únicamente las Ofertas Económicas que se ajustan sustancialmente al presente Pliego de Condiciones Específicas y que hayan sido evaluadas técnicamente como CUMPLE, adjudicándose bajo el criterio del menor precio total ofertado por LOTE. Se evaluará y adjudicará el menor valor total por Lote que cumpla con lo exigido en pliego de condiciones.
Evaluación Oferta Económica. Se procederá a realizar la verificación de documentos habilitantes de la propuesta con el MENOR PRECIO TOTAL OFERTADO, INCLUIDO IVA de acuerdo con el numeral 4 del artículo 85 del Decreto 1510, según el cual: “La entidad estatal debe revisar las ofertas económicas y verificar que la de menor precio cumple con las condiciones de la invitación. Si esta no cumple con las condiciones de la invitación, la entidad estatal debe verificar el cumplimento de los requisitos de la invitación de la oferta con el segundo mejor precio, y así sucesivamente”, para lo cual se tendrá en cuenta la regla de subsanabilidad contenida en el “Manual de la modalidad de selección de Mínima Cuantía”, en el que se señala: “La Entidad Estatal puede solicitar a los proponentes El proponente deberá tener en cuenta en su oferta económica, todos los impuestos que se causen por razón de la legalización y ejecución del contrato, por lo tanto, los precios que se propongan deberán considerar tales conceptos. La Agencia efectuará las deducciones que en materia de impuestos tenga establecida la ley vigente al momento del pago. La Entidad podrá adjudicar el contrato cuando sólo se haya presentado una oferta y ésta cumpla con los requisitos habilitantes exigidos, siempre que satisfaga los requerimientos contenidos en la invitación pública. En caso de empate, la Entidad estatal aceptará la oferta que haya sido presentada primero en el tiempo. El Precio de la propuesta se indicará incluyendo el valor de los impuestos; en caso de que no se discriminen estos impuestos, se entenderán incluidos dentro del monto total ofrecido. El proponente deberá ajustar al peso los precios, bien sea por exceso o por defecto, en caso contrario la Agencia efectuara dicho ajuste por defecto y será este el valor que se tendrá en cuenta para todos los efectos. El proponente deberá tener en cuenta en su oferta económica, todos los impuestos que se causen por razón de la legalización y ejecución del contrato, por lo tanto, los precios que se propongan deberán considerar tales conceptos. La Agencia efectuará las deducciones que en materia de impuestos tenga establecida la Ley vigente al momento del pago. En relación con el IVA, el proponente deberá discriminarlo si pertenece al régimen común. En caso de no indicarlo, no podrá ser facturado posteriormente. La moneda base para presentar los precios de la propuesta será el peso colombiano, la Agencia no acepta presentación de precios en moneda distinta a la aquí exigida, so pena...
Evaluación Oferta Económica. Para la calificación de la propuesta económica se tendrá en cuenta el VALOR TOTAL ofertado indicado en el Anexo No. 5. La evaluación de la oferta económica se efectuará otorgando el mayor puntaje SETECIENTOS (700 puntos), los cuales se asignarán de la siguiente forma: Se calculará la media geométrica (G) con el porcentaje total ofertado de las propuestas HABILITADAS. Formulación matemática del cálculo de la media geométrica: La media geométrica se calcula de la siguiente forma: MG = (X1*X2*X3…*XN)^(1/N) X1: corresponde al valor de cada propuesta.