Criterios de Elegibilidad. Existen tres grupos de criterios de elegibilidad relativos, respectivamente, a: los agentes: el «solicitante principal», esto es, la entidad que presenta el formulario de solicitud (2.1.1); en caso de haberlos, su(s) cosolicitante(s) (salvo que se indique algo distinto, el solicitante principal y su(s) cosolicitante(s) se denominarán en lo sucesivo conjuntamente «solicitante(s)») (2.1.1); y, en su caso, la(s) entidad(es) afiliada(s) al solicitante principal o al/a los cosolicitante(s). (2.1.2); las acciones: las acciones que pueden optar a una subvención (2.1.4.); los costes: los tipos de costes que se pueden tener en cuenta para determinar el importe de la subvención (2.1.5).
Criterios de Elegibilidad. Elegibilidad para contratos financiados por la AFD
2.1 Estar en o haber sido objeto de un procedimiento de quiebra, de liquidación, de administración judicial, de salvaguarda, de cesación de actividad o estar en cualquier otra situación análoga como consecuencia de un procedimiento del mismo tipo;
2.2 Hayan sido objeto: de una condena pronunciada hace menos de cinco años mediante una sentencia en firme (res judicata) en el país de realización donde el contrato se implementa, por fraude, corrupción o cualquier delito cometido en el marco del proceso de adquisición o ejecución de un contrato, a no ser que presenten información complementaria que consideren útil transmitir en el marco de la Declaración de Integridad, que permita estimar que esta condena no es pertinente en el marco del contrato; de una sanción administrativa pronunciada hace menos de cinco años por la Unión Europea o las autoridades competentes del país donde están constituidos, por fraude, corrupción o cualquier delito cometido en el marco del proceso de adquisición o ejecución de un contrato, a no ser que presenten información complementaria que consideren útil transmitir en el marco de la Declaración de Integridad, que permita estimar que esta sanción no es pertinente en el marco del contrato; de una condena pronunciada por una corte hace menos de cinco años que se considere una sentencia en firme (res judicata) por fraude, corrupción o cualquier otro delito cometido en el marco del proceso de adquisición o ejecución de un contrato financiado por la AFD;
2.3 Figuran en las listas de las sanciones financieras adoptadas por las Naciones Unidas, la Unión Europea y/x Xxxxxxx, en particular por concepto de lucha contra el financiamiento del terrorismo y contra los atentados a la paz y a la seguridad internacionales;
2.4 Hayan sido objeto de una rescisión por causales atribuibles a ellos mismos en el transcurso de los últimos cinco años debido a un incumplimiento grave o persistente de sus obligaciones contractuales durante la ejecución de un contrato anterior, excepto si (i) esta rescisión fue objeto de una impugnación y (ii) la resolución del litigio está todavía en curso o no se ha confirmado una sentencia en contra de ellos;
2.5 No hayan cumplido con sus obligaciones respecto al pago de sus impuestos de acuerdo con las disposiciones legales del país donde están constituidos o con las mismas del país de la Autoridad Contratante;
2.6 Estén bajo el peso de una decisión de exclusión pronunciada ...
Criterios de Elegibilidad. Cada Crédito Cedido deberá reunir en forma adicional al cumplimiento de los requisitos legales, a la fecha de su transferencia fiduciaria al Fideicomiso Financiero, los siguientes requisitos (los “Criterios de Elegibilidad”):
Criterios de Elegibilidad. A efecto de realizar Inversiones en Bienes Inmuebles, los Bienes Inmuebles deberán cumplir en todo caso con los Criterios de Elegibilidad y condiciones siguientes:
a. Ser inmuebles destinados al arrendamiento y/u hospedaje.
Criterios de Elegibilidad. Artículo 3 - Conflicto de interés
Criterios de Elegibilidad significa aquellos criterios que se establecen en el documento que se adjunta al presente Fideicomiso como Anexo “G” a efecto de que el Fiduciario pueda realizar Inversiones en Bienes Inmuebles con posterioridad a la aplicación de los recursos obtenidos por la primera Emisión de CBFIs que realice el Fiduciario. Dichos Criterios de Elegibilidad podrán ser modificados de tiempo en tiempo conforme lo determine el Comité Técnico, a propuesta del Administrador.
Criterios de Elegibilidad. Existen tres grupos de criterios de elegibilidad, relativos respectivamente, a:
1) Los agentes: • el solicitante principal, esto es, la entidad que presenta el formulario de solicitud (2.1.1); • en caso de haberlo(s), su(s) cosolicitante(s) [salvo que se indique otra cosa, el solicitante principal y su(s) cosolicitante(s) se denominarán en lo sucesivo conjuntamente «cosolicitante(s)»] (2.1.1); • y, en caso de haberla(s), la(s) entidad(es) afiliada(s) al solicitante principal o al/a los cosolicitante(s). (2.1.2).
2) Las acciones: • las acciones que pueden optar a una subvención (2.1.4.).
3) Los costes: • los tipos de costes que se pueden tener en cuenta para determinar el importe de la subvención (2.1.5).
2.1.1 Elegibilidad de los solicitantes [solicitante principal y cosolicitante(s)]
1) Para poder optar a una subvención, el solicitante principal deberá: • ser una persona jurídica y • no tener ánimo de lucro y • ser una organización de la sociedad civil que opera de manera independiente y responsable17 y • estar establecido en un Estado miembro de la Unión Europea18 o en México y 17 Ver nota de pie de página #9 • ser directamente responsable, con sus cosolicitantes y entidades afiliadas si procede, de la preparación y gestión de la acción, y no limitarse simplemente a actuar como intermediario.
2) Los solicitantes potenciales que se encuentren en una de las situaciones enumeradas en la sección
Criterios de Elegibilidad. Para poder participar en esta promoción, deberá:
a) Tener una cuenta registrada en Skrill o NETELLER, (según corresponda) o ambas de conformidad con las condiciones de uso pertinentes: para Skrill y para NETELLER (“Cuenta”);
b) No utilizar su Cuenta con fines comerciales.
c) No ser un empleado ni un familiar directo de un empleado de ninguna empresa del grupo Paysafe, Skrill o NETELLER. Para evitar dudas “familiar directo” significará cualquier persona con cualquiera de los siguientes tipos de relaciones con el empleado: a/ cónyuge y padres del mismo; b/ hijos e hijas y cónyuges de los mismos; c/ padres y cónyuges de los mismos; d/ hermanos y hermanas, y cónyuges de los mismos; e/ abuelos y nietos, y cónyuges de los mismos; f/ pareja doméstica y padres de la misma, incluyendo parejas domésticas de cualquier persona incluidas en los apartados a/ hasta g/ de esta definición; y g/ cualquier persona relacionada por parentesco o afinidad cuya estrecha asociación con el empleado sea equivalente a una relación familiar;
d) No ser un proveedor de servicios ni un familiar directo de un proveedor de servicios de ninguna empresa del Paysafe Group.
e) Tener al menos 18 años de edad.
f) No residir o encontrarse en ningún país donde los productos y/u operaciones xx Xxxxxx y NETELLER tengan prohibido ofrecer Cuentas, según corresponda.
g) No residir en los Estados Unidos de América, Xxxxxxx del Norte, Rusia o Japón. Las condiciones anteriores se denominan colectivamente como “Criterios de elegibilidad”. Si cumple con los Criterios de elegibilidad, será un participante elegible para esta Promoción (un “Participante elegible”). Skrill y NETELLER se reservan el derecho a requerir a los participantes que proporcionen pruebas que demuestren que han completado cualquiera o todos los requisitos de participación indicados anteriormente y que cumplen cualquiera o todos los Criterios de elegibilidad, y podrá a su discreción descalificar cualquier participante si dichas pruebas no se proporcionan dentro de un plazo de tiempo razonable estipulado por Skrill y/o NETELLER o si Skrill y/o NETELLER (actuando de forma razonable) no estuviera satisfecho con el cumplimiento de los Criterios de elegibilidad. Se prohíbe el uso de secuencias de comandos, macros o cualquier sistema automatizado para participar en la Promoción y las participaciones realizadas (o que parezcan haber sido realizadas) empleando cualquiera de dichos sistemas se tratarán como nulas. Podrá rechazarse cualquier partici...
Criterios de Elegibilidad. Ser derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social con relación laboral vigente al momento de la originación. Cumplir con los 116 puntos. Contar con ingresos mínimo de 4 VSM. Llenar la Solicitud de Inscripción de Crédito escogiendo la opción “Infonavit Total” o “Segundo Crédito”. Aplica sólo para crédito individual. Adicionalmente, para “Segundo Crédito” deberán: Tener por lo menos 6 meses de haber terminado de pagar el primer crédito del Infonavit y, si obtuviste un crédito Cofinavit, Cofinavit versión Ingresos Adicionales o Apoyo Infonavit, haber terminado de pagarlo a la Entidad financiera que lo otorgó y no tener adeudos. Contar con 2 años de cotización continua. Haber pagado en tiempo y forma tu primer crédito del Infonavit de forma regular sin retrasos o moratorias. Identificación.
Criterios de Elegibilidad. 3.01 Los principales criterios que deben cumplir los barrios para ser elegibles de financiamiento son los siguientes: (i) el proyecto es integral, en el sentido que incluye actividades de regularización dominial, infraestructura y fortalecimiento del capital social; (ii) el proyecto no prevé relocalizaciones totales, sino únicamente relocalizaciones parciales, motivadas por las necesidades de regularización, hacinamiento habitacional, o riesgo ambiental o social;