Common use of CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS Clause in Contracts

CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS. Sólo se conocerán las propuestas económicas de aquellos oferentes que cumplan con todas las credenciales requeridas detalladas en el punto III de estos términos de referencia. Por tanto, las evaluaciones económicas serán tomadas de aquellos consultores que cumplan con tales requisitos mostrados en la etapa de presentación de credenciales para participar, estas últimas que serán evaluadas conforme al criterio cumple/no cumple. Luego de verificar lo anterior, se otorgará un plazo razonable para subsanar cualquier documentación que no haya sido presentada, considerando que las credenciales son siempre subsanables de acuerdo a las disposiciones que establece el artículo 91 del Reglamento de Aplicación de la Ley dictado mediante Xxxxxxx Xx. 000-00. Aquellos oferentes que sean habilitados para presentar oferta económica, serán seleccionados utilizando como criterio el menor precio ofertado, escogiendo así la oferta más conveniente para los intereses de la institución contratante, Compromiso Santiago, y considerando el Principio de Eficiencia que establece el numeral 1), artículo 3 de la Xxx Xx. 000-00 y su modificación, el cual dispone que “se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se Interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general”. En caso de empate entre dos o más oferentes, se actuará de acuerdo al siguiente procedimiento: El Comité de Compras y Contrataciones procederá por una elección al azar, en presencia xx Xxxxxxx Público y de los interesados, utilizando para tales fines el procedimiento de sorteo.

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Samples: Convenio Presidencia De La República Compromiso Santiago, Convenio Presidencia De La República Compromiso Santiago Comisión

CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS. Sólo se conocerán las propuestas económicas de aquellos oferentes que cumplan con todas las credenciales requeridas detalladas en el punto III de estos términos de referencia. Por tanto, las evaluaciones económicas serán tomadas de aquellos consultores que cumplan con tales requisitos mostrados en la etapa de presentación de credenciales para participar, estas últimas que serán evaluadas conforme al criterio cumple/no cumple. Luego de verificar lo anterior, se otorgará un plazo razonable para subsanar cualquier documentación que no haya sido presentada, considerando que las credenciales son siempre subsanables de acuerdo a las disposiciones que establece el artículo 91 del Reglamento de Aplicación de la Ley Ley, dictado mediante Xxxxxxx Xx. 000-00. Aquellos oferentes que sean habilitados para presentar oferta económica, serán seleccionados utilizando como criterio el menor precio ofertado, escogiendo así la oferta más conveniente para los intereses de la institución contratante, Compromiso Santiago, y considerando el Principio de Eficiencia que establece el numeral 1), artículo 3 de la Xxx Xx. 000-00 y su modificación, el cual dispone que “se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se Interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general”. En caso de empate entre dos o más oferentes, se actuará de acuerdo al siguiente procedimiento: El Comité de Compras y Contrataciones procederá por una elección al azar, en presencia xx Xxxxxxx Público y de los interesados, utilizando para tales fines el procedimiento de sorteo.

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