Common use of Crédito de horas mensuales Clause in Contracts

Crédito de horas mensuales. Los delegados de personal y miembros del comité de empresa dispondrán, para el ejercicio de sus funciones de representación, de un crédito de horas mensuales retribuidas con arreglo a la siguiente escala: - Hasta 100 trabajadores: Quince horas. - De 101 a 250 trabajadores: Veinte horas. - De 251 a 500 trabajadores: Treinta horas. - De 501 a 750 trabajadores: Treinta y cinco horas. De 751 trabajadores en adelante: Cuarenta horas. Podrán ser acumuladas hasta el 25 por 100 de las horas sindicales de los delegados de un mismo sindicato en uno o varios delegados, para tal efecto tan solo será necesario la cesión por escrito del delegado que las cede y a qué delegado se las cede. Dicha acumulación se efectuará con carácter mensual y deberá ser comunicada a la empresa en los últimos cinco días de mes anterior.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo 2005 2007 Para «establecimientos Sanitarios De Hospitalización, Asistencia Sanitaria, Consultas Y Laboratorios De Análisis Clínicos

Crédito de horas mensuales. Los delegados de personal y miembros del comité de empresa dispondrán, dispondrán para el ejercicio de sus funciones de representación, de un crédito de horas mensuales retribuidas con arreglo a la siguiente escala: - Hasta 100 trabajadores: Quince horas. - De 101 a 250 trabajadores: Veinte horas. - De 251 a 500 trabajadores: Treinta horas. - De 501 a 750 trabajadores: Treinta y cinco horas. De 751 trabajadores en adelante: Cuarenta horas. Podrán ser acumuladas hasta el 25 por 100 de las horas sindicales de los delegados de un mismo sindicato en uno o varios delegados, para tal efecto tan solo sólo será necesario la cesión por escrito del delegado que las cede y a qué delegado se las cede. Dicha acumulación acu- mulación se efectuará con carácter mensual y deberá ser comunicada a la empresa en los últimos cinco días de mes anterior.

Appears in 1 contract

Samples: www.codem.es

Crédito de horas mensuales. Los delegados de personal y miembros del comité de empresa dispondrán, dispondrán para el ejercicio de sus funciones de representación, de un crédito de horas mensuales retribuidas con arreglo a la siguiente escala: - cve: BOE-A-2018-1719 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx Hasta 100 trabajadores: Quince quince horas. - De 101 a 250 trabajadores: Veinte veinte horas. - De 251 a 500 trabajadores: Treinta treinta horas. - De 501 a 750 trabajadores: Treinta treinta y cinco horas. De 751 trabajadores en adelante: Cuarenta cuarenta horas. Podrán ser acumuladas hasta el 25 por 100 % de las horas sindicales de los delegados de un mismo sindicato en uno o varios delegados, para tal efecto tan solo sólo será necesario la cesión por escrito del delegado que las cede y a qué delegado se las cede. Dicha acumulación se efectuará con carácter mensual y deberá ser comunicada a la empresa en los últimos cinco días de mes anterior.

Appears in 1 contract

Samples: www.boe.es

Crédito de horas mensuales. Los delegados delegados/as de personal y miembros del comité de empresa dispondrán, dispondrán para el ejercicio de sus funciones de representación, de un crédito de horas mensuales retribuidas con arreglo a la siguiente escala: - Hasta 100 trabajadores/as: Quince quince horas. - De 101 a 250 trabajadores/as: Veinte veinte horas. - De 251 a 500 trabajadores/as: Treinta treinta horas. - De 501 a 750 trabajadores/as: Treinta treinta y cinco horas. De 751 trabajadores en adelante: Cuarenta cuarenta horas. Podrán ser acumuladas hasta el 25 por 100 la totalidad de las horas sindicales de los delegados delegados/as de un mismo sindicato sindicato, en uno o varios delegados/as, para tal efecto tan solo sólo será necesario necesaria la cesión por escrito del delegado delegado/a que las cede y la comunicación a qué delegado se las cedela empresa. Dicha acumulación se efectuará con carácter mensual carácter, semestral o anual, y deberá ser comunicada a la empresa en los últimos cinco días como mínimo un mes antes del inicio del periodo de mes anterioracumulación.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Crédito de horas mensuales. Los delegados de personal y miembros del comité de empresa dispondrán, dispondrán para el ejercicio de sus funciones de representación, de un crédito de horas mensuales retribuidas con arreglo a la siguiente escala: - Hasta 100 trabajadores: Quince quince horas. - De 101 a 250 trabajadores: Veinte veinte horas. - De 251 a 500 trabajadores: Treinta treinta horas. - De 501 a 750 trabajadores: Treinta treinta y cinco horas. De 751 trabajadores en adelante: Cuarenta cuarenta horas. Podrán ser acumuladas hasta el 25 por 100 % de las horas sindicales de los delegados de un mismo sindicato en uno o varios delegados, para tal efecto tan solo sólo será necesario la cesión por escrito del delegado que las cede y a qué delegado se las cede. Dicha acumulación se efectuará con carácter mensual y deberá ser comunicada a la empresa en los últimos cinco días de mes anterior.

Appears in 1 contract

Samples: www.boe.es