Common use of DE LA CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA Clause in Contracts

DE LA CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA. Para garantizar el puntual cumplimiento de las obligaciones de EL DEUDOR ante FOGAPI, en calidad de obligado directo u ordenante, respecto al crédito indirecto bajo la modalidad de carta fianza y las obligaciones derivadas de la misma y de su(s) renovación(es) y en especial, las provenientes de la Cláusula Segunda, y demás del presente contrato, así como de las obligaciones derivadas de los pagos debido al honramiento efectuado por FOGAPI, de capital, intereses, comisión y gastos, al igual que los Títulos Valores representativos de la deuda o de la(s) renovación(es), prórroga(s), sustitución(es), canje(s), desdoblamiento(s), ampliación(es), refinanciación(es) de los mismos, así como por comisiones de renovación de garantías emitidas o que pudiera emitir y entregar FOGAPI a su decisión y, demás que pudieran derivarse con motivo o como consecuencia de ella(s), lo que no produce efecto de novación, EL DEUDOR constituye Garantía en Efectivo de S/ xx,xxx.xx (xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Y xx/100 SOLES), mediante depósito en la Xxx. Xxx. xxx XXXXX XX XXXXXXX XXX XXXX Xx 193- 1188458-0-24 que FOGAPI mantiene en dicha institución bancaria. Dicha garantía cubre capital, más intereses de la naturaleza que fuere, comisiones, gastos legales, notariales, registrales, inclusive honorarios profesionales abonados con motivo de la cobranza extrajudicial o judicial, así como los cargos y/u obligaciones que las operaciones pudieran generar con motivo o como consecuencia de ella.

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DE LA CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA. Para garantizar el puntual cumplimiento de las obligaciones de EL DEUDOR ante FOGAPI, en calidad de obligado directo u ordenante, respecto al crédito indirecto bajo la modalidad de carta fianza y las obligaciones derivadas de la misma y de su(s) renovación(es) y en especial, las provenientes de la Cláusula Segunda, y demás del presente contrato, así como de las obligaciones derivadas de los pagos debido al honramiento efectuado por FOGAPI, de capital, intereses, comisión y gastos, al igual que los Títulos Valores representativos de la deuda o de la(s) renovación(es), prórroga(s), sustitución(es), canje(s), desdoblamiento(s), ampliación(es), refinanciación(es) de los mismos, así como por comisiones de renovación de garantías emitidas o que pudiera emitir y entregar FOGAPI a su decisión y, demás que pudieran derivarse con motivo o como consecuencia de ella(s), lo que no produce efecto de novación, EL DEUDOR constituye Garantía en Efectivo GARANTÍA EN EFECTIVO por la suma de S/ xx,xxx.xx S/. ................... (xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx .............. MIL ................. Y xx/100 00/100 NUEVOS SOLES), ) mediante depósito realizado en la XxxCuenta Corriente del Banco de Crédito del Perú No. Xxx. xxx XXXXX XX XXXXXXX XXX XXXX Xx 193- 1188458193-1179768-0-24 46, que FOGAPI mantiene en dicha institución bancariadeclara haber verificado con anterioridad a la suscripción del presente documento a su entera satisfacción. Dicha garantía cubre capital, más intereses de la naturaleza que fuere, comisiones, gastos legales, notariales, registrales, inclusive honorarios profesionales abonados con motivo de la cobranza extrajudicial o judicial, así como los cargos y/u obligaciones que las operaciones pudieran generar con motivo o como consecuencia de ella.

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DE LA CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA. Para garantizar el puntual cumplimiento de las obligaciones de EL DEUDOR ante FOGAPI, en calidad de obligado directo u ordenante, respecto al crédito indirecto bajo la modalidad de carta fianza y las obligaciones derivadas de la misma y de su(s) renovación(es) y en especial, las provenientes de la Cláusula Segunda, y demás del presente contrato, así como de las obligaciones derivadas de los pagos debido al honramiento efectuado por FOGAPI, de capital, intereses, comisión y gastos, al igual que los Títulos Valores representativos de la deuda o de la(s) renovación(es), prórroga(s), sustitución(es), canje(s), desdoblamiento(s), ampliación(es), refinanciación(es) de los mismos, así como por comisiones de renovación de garantías emitidas o que pudiera emitir y entregar FOGAPI a su decisión y, demás que pudieran derivarse con motivo o como consecuencia de ella(s), lo que no produce efecto de novación, EL DEUDOR constituye Garantía en Efectivo por la suma de S/ xx,xxx.xx ……………………………………. (xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Y xx/100 SOLES), …………………………….) mediante depósito que será realizado por EL DEUDOR a la suscripción del presente documento, en la Xxx. Xxx. xxx XXXXX XX XXXXXXX XXX XXXX Xx 193- 1188458-0-24 Cuenta Corriente del Banco de Crédito del Perú No , que FOGAPI mantiene en dicha institución Institución bancaria. Dicha garantía cubre capital, más intereses de la naturaleza que fuere, comisiones, gastos legales, notariales, registrales, inclusive honorarios profesionales abonados con motivo de la cobranza extrajudicial o judicial, así como los cargos y/u obligaciones que las operaciones pudieran generar con motivo o como consecuencia de ella.

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DE LA CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA. Para garantizar el puntual cumplimiento de las obligaciones de EL DEUDOR ante FOGAPI, en calidad de obligado directo u ordenante, respecto al crédito indirecto bajo la modalidad de carta fianza y las obligaciones derivadas de la misma y de su(s) renovación(es) y en especial, las provenientes de la Cláusula Segunda, y demás del presente contrato, así como de las obligaciones derivadas de los pagos debido al honramiento efectuado por FOGAPI, de capital, intereses, comisión y gastos, al igual que los Títulos Valores representativos de la deuda o de la(s) renovación(es), prórroga(s), sustitución(es), canje(s), desdoblamiento(s), ampliación(es), refinanciación(es) de los mismos, así como por comisiones de renovación de garantías emitidas o que pudiera emitir y entregar FOGAPI a su decisión y, demás que pudieran derivarse con motivo o como consecuencia de ella(s), lo que no produce efecto de novación, EL DEUDOR constituye Garantía en Efectivo de S/ xx,xxx.xx S/xxxxxx.00 (xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Y xx/100 00/100 SOLES), mediante depósito que se realizará en la XxxCta. XxxCte. xxx XXXXX XX XXXXXXX XXX XXXX Xx 193- del BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ Nº 193-1188458-0-24 que FOGAPI mantiene en dicha institución bancaria. Dicha garantía cubre capital, más intereses de la naturaleza que fuere, comisiones, gastos legales, notariales, registrales, inclusive honorarios profesionales abonados con motivo de la cobranza extrajudicial o judicial, así como los cargos y/u obligaciones que las operaciones pudieran generar con motivo o como consecuencia de ella.

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DE LA CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA. Para garantizar el puntual cumplimiento de las obligaciones de EL DEUDOR ante FOGAPI, en calidad de obligado directo u ordenante, respecto al crédito indirecto bajo la modalidad de carta fianza y las obligaciones derivadas de la misma y de su(s) renovación(esrenovac ión(es) y en especial, las provenientes de la Cláusula Segunda, y demás del presente contrato, así como de las obligaciones derivadas de los pagos debido al honramiento efectuado por FOGAPI, de capital, intereses, comisión y gastos, al igual que los Títulos Valores representativos de la deuda o de la(s) renovación(es), prórroga(s), sustitución(es), canje(s), desdoblamiento(s), ampliación(es), refinanciación(es) de los mismos, así como por comisiones de renovación de garantías emitidas o que pudiera emitir y entregar FOGAPI a su decisión y, demás que pudieran derivarse con motivo o como consecuencia de ella(s), lo que no produce efecto de novación, EL DEUDOR constituye Garantía en Efectivo de S/ xx,xxx.xx (xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Y xx/100 00/100 SOLES), mediante depósito que se realizará en la Xxx. Xxx. xxx XXXXX XX XXXXXXX XXX XXXX Xx 193- 1188458-0-24 que FOGAPI mantiene en dicha institución bancaria. Dicha garantía cubre capital, más intereses de la naturaleza que fuere, comisiones, gastos legales, notariales, registrales, inclusive honorarios profesionales abonados con motivo de la cobranza extrajudicial o judicial, así como los cargos y/u obligaciones que las operaciones pudieran generar con motivo o como consecuencia de ella.

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