DECLARACIONES, GARANTÍAS Y RECONOCIMIENTOS. 17.1. Facultades El Miembro y las personas que firman el Contrato de Suscripción y Membresía cuentan con poderes y facultades suficientes y han sido debidamente autorizados para celebrar y cumplir o hacer cumplir las obligaciones de Miembro conforme a los términos y condiciones del Contrato de Suscripción y Membresía. En caso que sea aplicable, el Miembro ha obtenido todas las aprobaciones necesarias de sus propietarios, Consejo de Administración y acreedores. El Miembro al firmar el Contrato de Suscripción y Membresía y/o al utilizar el Programa, el Miembro RCI, declara y garantiza al Administrador del Programa que: (1) el Miembro tiene o tendrá el derecho legítimo a usar e intercambiar el uso del Período Vacacional y de todas las demás amenidades del desarrollo a las que tiene acceso el Miembro; (2) el Período Vacacional no ha sido ni será intercambiado, ofrecido o puesto a disposición de ningún tercero fuera del Programa; (3) los establecimientos de hospedajes en los que el Miembro es titular de un Período Vacacional se encuentran en buenas condiciones de uso, durante su participación en el Programa; (4) todos los Gastos de Período Vacacional han sido pagados o serán pagados por el Miembro cuando éstos sean exigibles.
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DECLARACIONES, GARANTÍAS Y RECONOCIMIENTOS. 17.1. A. Facultades El Miembro Socio y las personas que firman el Contrato de Suscripción y Membresía cuentan con poderes y facultades suficientes y han sido debidamente autorizados para celebrar y cumplir o hacer cumplir las obligaciones de Miembro Socio conforme a los términos y condiciones del Contrato de Suscripción y Membresía. En caso que sea aplicable, el Miembro Socio ha obtenido todas las aprobaciones necesarias de sus propietarios, Consejo de Administración y acreedores. El Miembro Socio al firmar el Contrato de Suscripción y Membresía y/o al utilizar el Programa, el Miembro Socio RCI, declara y garantiza al Administrador del Programa que: (1) el Miembro Socio tiene o tendrá el derecho legítimo a usar e intercambiar el uso del Período Vacacional y de todas las demás amenidades del desarrollo a las que tiene acceso el MiembroSocio; (2) el Período Vacacional no ha sido ni será intercambiado, ofrecido o puesto a disposición de ningún tercero fuera del Programa; (3) los establecimientos de hospedajes en los que el Miembro Socio es titular de un Período Vacacional se encuentran en buenas condiciones de uso, durante su participación en el Programa; (4) todos los Gastos de Período Vacacional han sido pagados o serán pagados por el Miembro Socio cuando éstos sean exigibles.
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