Common use of Declaración de Saldos Deudores Clause in Contracts

Declaración de Saldos Deudores. El Asegurado deberá informar a la Compañía el Saldo Deudor de los Compradores correspondientes a cada periodo de reporte, a través del sistema en línea de la Compañía, dentro del plazo de declaración. En la declaración de actividad, el Asegurado deberá incluir los importes adeudados mientras éstos no estén íntegramente pagados o, en casos de Notificación de Cuenta Vencida, hasta que expire el periodo de espera. Independientemente de la forma de pago establecida en el Contrato Comercial, se considerará que los pagos se efectivizan cuando los fondos abondos se encuentran debidamente acreditados en la cuenta del Asegurado. De forma particular y para este efecto, todas las cantidades debidas en relación a los Créditos Cedidos correspondientes a las Entregas que se hacen a un Comprador antes de una Reducción o Cancelación seguirán siendo declaradas por el Asegurado de conformidad con las disposiciones anteriores. No obstante, el Asegurado no deberá declarar: - importes originados por los Créditos Cedidos correspondientes a las Entregas realizadas a un Comprador luego de un Rechazo. - en el caso de que, entre las condiciones del presente Contrato de Seguro, el Asegurado cuente con una facilidad para determinar por sí mismo una Decisión de Crédito, los importes originados por los Créditos Cedidos correspondientes a las Entregas realizadas a un Comprador para quien el Asegurado no pueda justificar la Decisión de Crédito dada bajo dicha facilidad. En el caso que la Decisión de Crédito otorgada por la Compañía fuese insuficiente para dar cobertura al importe total del Saldo Deudor de un Comprador (y sólo a condición de que el Asegurado haya solicitado dentro de los (12) últimos meses una cobertura suficiente para amparar el Saldo Deudor), el Asegurado puede declarar el importe de la Decisión de Crédito en lugar del Saldo Deudor del Comprador. No obstante a la terminación del presente Contrato de Seguro, salvo que se disponga expresamente lo contrario en las Condiciones Particulares, el Asegurado deberá continuar realizando sus declaraciones de Xxxxxx Xxxxxxxx a la Compañía, de conformidad a lo dispuesto anteriormente, respecto a los Créditos Cedidos correspondientes a las Entregas realizadas antes de la terminación de este Contrato de Seguro mientras éstas no esté íntegramente pagadas o, en casos de Notificación de Cuenta Vencida, hasta que expire el periodo de espera.

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