Common use of DELIVERY Clause in Contracts

DELIVERY. 5.1 The Supplier must make the delivery of the Supplies in the place and date indicated in the Order. If there is no place for delivery in the Order, it shall be understood that the Supplier fulfills its delivery obligation by making the Supplies available to CEFA/MRA in the facilities of CEFA/MRA and on the de- livery date provided in the Order. 5.2 Si el Proveedor previese dificultades en la fabricación o en el acopio previo de materiales, o si se produjesen circuns- tancias que pudieran dificultar la entrega de los Suministros de conformi- dad con el plazo, fecha, cantidad y calidad acordada, el Proveedor deberá (i) informar de tales circunstancias a CEFA/MRA, en cuanto tenga conoci- miento de ellas; (ii) ejecutar las acciones necesarias para minimizar el impacto negativo que pudiera produ- cirse; y (iii) asumir cualquier sobrecoste o daño derivado de tales circunstancias, manteniendo indemne, en todo caso, a CEFA/MRA. 5.3 Si CEFA/MRA tuviera indicios razonables para determinar que existe un riesgo de incumplimiento de la obligación de en- trega en los términos establecidos en un Pedido, CEFA/MRA podrá requerir al Pro- veedor para que este proceda, a su propia xxxxx, conforme a un plan de ase- guramiento de cumplimiento, que podrá incluir requisitos específicos de reporte del desempeño para asegurar el ade- cuado cumplimiento de su obligación de entrega. 5.4 No se admitirán suministros parciales, salvo que CEFA/MRA lo haya autorizado previamente por escrito. 5.5 CEFA/MRA inspeccionará los Suminis- tros entregados en cuanto a su identidad, número de referencia y daños en el embalaje reconocibles externa- mente, pudiendo en ese caso rechazar un Pedido. 5.6 En todo caso, CEFA/MRA tendrá derecho de rechazar cualquier entrega que realice el Proveedor y que no se corres- ponda en calidad o cantidad a lo que figurara en el Pedido o, en su caso, en el Plan de Suministro. Todo Pedido o en- trega que fuera objeto de rechazo tendrá la consideración de Pedido o en- trega no realizada a los efectos previstos en la cláusula 12.1 siguiente.

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Samples: Condiciones Generales De Compra

DELIVERY. 5.1 8.1 The Supplier must shall make the its delivery of the Supplies in to the place and on the date indicated in the Order. If there is no place for delivery of de- livery is indicated in the OrderOrder (or, when applicable, in the Delivery Schedule), it shall will be understood deemed that the Supplier fulfills its delivery obligation by making the Supplies available to CEFA/MRA in the facilities of CEFA/MRA and on the de- livery date provided in the Orderse entenderá que el Proveedor cumple con su obliga- ción de entrega poniendo los Suministros a disposición de GRUPO SESÉ en las instalaciones de GRUPO SESÉ y en la fecha de entrega prevista en el Pedido o, en el caso de Pedidos Abiertos, en el Programa de Entrega. 5.2 8.2 Si el Proveedor previese dificultades en la fabricación o en el acopio previo de materiales, o si se produjesen circuns- tancias produje- sen circunstancias que pudieran dificultar la entrega de los Suministros de conformi- dad conformidad con el plazo, fechafe- cha, cantidad y calidad acordada, el Proveedor deberá deberá (i) informar de tales circunstancias a CEFA/MRAGRUPO SESÉ, en cuanto tenga conoci- miento de ellasa la mayor brevedad posible; (ii) ejecutar las acciones necesarias para minimizar el impacto negativo nega- tivo que pudiera produ- cirseproducirse; y (iii) asumir cualquier sobrecoste o daño derivado de tales circunstancias, manteniendo indemne, en todo caso, a CEFA/MRAGRUPO SESÉ. 5.3 8.3 Si CEFA/MRA GRUPO SESÉ tuviera indicios razonables para determinar de- terminar que existe un riesgo de incumplimiento de la obligación de en- trega entrega en los términos establecidos en un Pedido, CEFA/MRA GRUPO SESÉ podrá requerir al Pro- veedor Provee- dor para que este proceda, a su propia xxxxx, conforme a un plan de ase- guramiento aseguramiento de cumplimientocumpli- miento, que podrá incluir requisitos específicos de reporte del desempeño para asegurar el ade- cuado adecuado cumplimiento de su obligación de entrega. 5.4 8.4 No se admitirán suministros parciales, salvo que CEFA/MRA GRUPO SESÉ lo haya autorizado previamente por escritoes- crito. 5.5 CEFA/MRA inspeccionará los Suminis- tros entregados en cuanto a su identidad, número de referencia y daños en el embalaje reconocibles externa- mente, pudiendo en ese caso rechazar un Pedido. 5.6 8.5 En todo caso, CEFA/MRA GRUPO SESÉ tendrá derecho de rechazar xx xxxxx- zar cualquier entrega que realice el Proveedor y que no se corres- ponda corresponda en calidad o cantidad a lo que figurara fi- gurara en el Pedido o, en su caso, en el Plan Programa de SuministroEntrega. Todo Pedido o en- trega entrega que fuera objeto de rechazo tendrá la consideración de Pedido o en- trega entrega no realizada a los efectos previstos en la cláusula 12.1 9.1 siguiente. 8.6 El Proveedor y GRUPO SESÉ, a través de su respon- sable de ingeniería designado a tal efecto, deberán firmar un “Informe de Aceptación Final” una vez rea- lizada la puesta en marcha con éxito de la maquinaria o instalación correspondiente, siempre y cuando la misma cumpliere con los requisitos y especificaciones fijados en el Pedido y la Documentación del Contrato.

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Samples: Condiciones Generales De Compra De Bienes De Equipo Y Servicios

DELIVERY. 5.1 8.1 The Supplier must shall make the its delivery of the Supplies in to the place and on the date indicated in the Order. If there is no place for delivery of de- livery is indicated in the OrderOrder (or, when applicable, in the Delivery Schedule), it shall will be understood deemed that the Supplier fulfills its delivery obligation by making the Supplies available to CEFA/MRA in the facilities of CEFA/MRA and on the de- livery date provided in the Orderse entenderá que el Proveedor cumple con su obliga- ción de entrega poniendo los Suministros a disposición de GRUPO SESÉ en las instalaciones de GRUPO SESÉ y en la fecha de entrega prevista en el Pedido o, en el caso de Pedidos Abiertos, en el Programa de Entrega. 5.2 8.2 Si el Proveedor previese dificultades en la fabricación o fabricacióno en el acopio previo de materiales, o si se produjesen circuns- tancias produje- sen circunstancias que pudieran dificultar la entrega de los Suministros de conformi- dad conformidad con el plazo, fechafe- cha, cantidad y calidad acordada, el Proveedor deberá deberá (i) informar de tales circunstancias a CEFA/MRAGRUPO SESÉ, en cuanto tenga conoci- miento de ellasa la mayor brevedad posible; (ii) ejecutar las acciones necesarias para minimizar el impacto negativo nega-tivo que pudiera produ- cirseproducirse; y (iii) asumir cualquier sobrecoste o daño derivado de tales circunstancias, manteniendo indemneliberando a GRUPO SESÉ, en todo caso, a CEFA/MRAde cualquier responsabilidad. 5.3 8.3 Si CEFA/MRA GRUPO SESÉ tuviera indicios razonables para determinar de- terminar que existe un riesgo de incumplimiento de la obligación de en- trega entrega en los términos establecidos en un Pedido, CEFA/MRA GRUPO SESÉ podrá requerir al Pro- veedor Provee- dor para que este proceda, a su propia xxxxx, conforme a un plan de ase- guramiento aseguramiento de cumplimientocumpli- miento, que podrá incluir requisitos específicos de reporte del desempeño para asegurar el ade- cuado adecuado cumplimiento de su obligación de entrega. 5.4 8.4 No se admitirán suministros parciales, salvo que CEFA/MRA GRUPO SESÉ lo haya autorizado previamente por escritoes-crito. 5.5 CEFA/MRA inspeccionará los Suminis- tros entregados en cuanto a su identidad, número de referencia y daños en el embalaje reconocibles externa- mente, pudiendo en ese caso rechazar un Pedido. 5.6 8.5 En todo caso, CEFA/MRA GRUPO SESÉ tendrá derecho de rechazar xx xxxxx-zar cualquier entrega que realice el Proveedor y que no se corres- ponda corresponda en calidad o cantidad a lo que figurara fi- gurara en el Pedido o, en su caso, en el Plan Programa de SuministroEntrega. Todo Pedido o en- trega entrega que fuera objeto de rechazo tendrá la consideración de Pedido o en- trega no entregano realizada a los efectos previstos en la cláusula 12.1 siguiente9.1siguiente. 8.6 El Proveedor y GRUPO SESÉ, a través de su respon-sable de ingeniería designado a tal efecto, deberán firmar un “Informe de Aceptación Final” una vez rea-lizada la puesta en marcha con éxito de la maquinaria o instalación correspondiente, siempre y cuando la misma cumpliere con los requisitos y especificaciones fijados en el Pedido y la Documentación del Contrato.

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Samples: Condiciones Generales De Compra De Bienes De Equipo Y Servicios

DELIVERY. 5.1 7.1. The Supplier following information must make be included in every purchase order: Buyer Name; Bill to address; delivery address; purchase order number; date on which the delivery of the Supplies in the place product is required; Item, quantity, unit price and date indicated in the Order. If there is no place for delivery in the Order, it shall be understood that the Supplier fulfills its delivery obligation by making the Supplies available to CEFA/MRA in the facilities of CEFA/MRA total order value; contact name; phone number and on the de- livery date provided in the Orderemail address; if applicable VAT number; and any special instructions. 5.2 Si el Proveedor previese dificultades en 7.2. Las condiciones de envío del producto son Ex-Works (conforme a la fabricación o en el acopio previo definición de materiales, o si se produjesen circuns- tancias que pudieran dificultar las Incoterms 2020 de la entrega Cámara de los Suministros de conformi- dad con el plazo, fecha, cantidad y calidad acordada, el Proveedor deberá (i) informar de tales circunstancias a CEFA/MRAComercio Internacional, en cuanto tenga conoci- miento de ellas; (ii) ejecutar las acciones necesarias para minimizar el impacto negativo que pudiera produ- cirse; y (iii) asumir cualquier sobrecoste o daño derivado de tales circunstancias, manteniendo indemne, su versión en todo caso, a CEFA/MRA. 5.3 Si CEFA/MRA tuviera indicios razonables para determinar que existe un riesgo de incumplimiento de la obligación de en- trega vigor en los términos establecidos en un Pedido, CEFA/MRA podrá requerir al Pro- veedor para que este proceda, a su propia xxxxx, conforme a un plan de ase- guramiento de cumplimiento, que podrá incluir requisitos específicos de reporte del desempeño para asegurar el ade- cuado cumplimiento de su obligación de entrega. 5.4 No se admitirán suministros parcialescada momento), salvo que CEFA/MRA lo haya autorizado previamente se acuerde otra cosa por escrito. 5.5 CEFA/MRA inspeccionará 7.3. El Proveedor hará todo lo posible, desde un punto de vista razonable, para cumplir las fechas de entrega presupuestadas, pero estas fechas se establecen y entienden como una mera estimación y, de producirse alguna circunstancia que impidiera o retrasara la entrega, el Proveedor notificará dicho retraso al Comprador, proponiendo una nueva fecha estimativa de entrega de los Suminis- tros entregados Bienes del pedido, y no será (con sujeción a la cláusula 4.1) responsable de los daños o pérdidas consecuentes producidas por dicho retraso. 7.4. Los portes correrán por cuenta del Comprador, conforme a lo indicado en cuanto a su identidad, número de referencia y daños la factura o en el embalaje reconocibles externa- mente, pudiendo en ese caso rechazar un la Aceptación del Pedido. 5.6 En todo caso, CEFA/MRA tendrá derecho 7.5. Las reclamaciones en caso de rechazar cualquier entrega que realice el incompleta o daños en los Bienes deben presentarse por escrito al Proveedor y que no se corres- ponda en calidad o cantidad a lo que figurara en el Pedido oun plazo de tres (3) días desde la recepción y, en su cualquier caso, en un plazo máximo de ocho (8) días naturales desde que el Plan Comprador haya tenido constancia del daño o defecto. 7.6. Las reclamaciones en caso de Suministro. Todo Pedido o en- trega que fuera objeto falta de rechazo tendrá entrega deben presentarse al Proveedor en un plazo de catorce (14) días desde la consideración fecha de Pedido o en- trega no realizada a los efectos previstos envío indicada en la cláusula 12.1 siguientefactura del Proveedor.

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