DENUNCIA DE XXXXXXXXXX Y LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE SEGURO. El fallecimiento, desmembramiento, incapacidad, hospitalización, cirugía y/o gastos médicos incurridos del Asegurado, a consecuencia de un accidente o, en caso de hospitalización, cirugía y/o gastos médicos incurridos por el Asegurado a consecuencia de una enfermedad, deberán ser notificados a la Compañía, tan pronto sea posible una vez tomado conocimiento de la ocurrencia del fallecimiento, desmembramiento, incapacidad, hospitalización, cirugía y/o gastos médicos incurridos, de acuerdo a los procedimientos y a través de los medios que esta última disponga para dichos efectos, los que se indican en las Condiciones Particulares de la póliza. No obstante lo anterior, la compañía aseguradora aceptará que el siniestro pueda ser notificado a la Compañía hasta el plazo indicado en las Condiciones Particulares de la póliza, desde que fue posible su notificación, una vez tomado conocimiento de la ocurrencia del siniestro del Asegurado. Asimismo, se deberán presentar a la Compañía los siguientes antecedentes relativos al siniestro: a) Certificado de Defunción original del asegurado; b) Fotocopia Cédula de Identidad del asegurado o Certificado de Nacimiento original;
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Samples: Insurance Agreement, Insurance Agreement, Insurance Agreement
DENUNCIA DE XXXXXXXXXX Y LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE SEGURO. El fallecimiento, desmembramiento, incapacidad, hospitalización, cirugía y/o gastos médicos incurridos fallecimiento del Asegurado, a consecuencia de un accidente o, en caso de hospitalización, cirugía y/o gastos médicos incurridos por el Asegurado a consecuencia de una enfermedad, deberán deberá ser notificados notificado a la Compañía, tan pronto sea posible una vez tomado conocimiento de la ocurrencia del fallecimiento, desmembramiento, incapacidad, hospitalización, cirugía y/o gastos médicos incurridosfallecimiento del asegurado, de acuerdo a los procedimientos y a través de los medios que esta última disponga para dichos efectos, los que se indican en las Condiciones Particulares de Particularesde la póliza. No obstante lo anterior, la compañía aseguradora Compañía Aseguradora aceptará que el siniestro pueda ser notificado a la Compañía hasta el plazo indicado en las Condiciones Particulares de la póliza, 30 días después desde que fue posible su notificación, una vez tomado conocimiento de la ocurrencia del siniestro fallecimiento del Asegurado. Asimismo, se deberán presentar a la Compañía los siguientes antecedentes relativos al siniestro: :
a) Certificado de Defunción original del asegurado; , con causa de muerte;
b) Fotocopia Cédula de Identidad del asegurado o Certificado de Nacimiento original;
c) Informe Médico;
d) Parte Policial y Alcoholemia (si correspondiese), cuando se trate de un accidente o una causa distinta a la de muerte natural. En caso de requerirse mayores antecedentes, la Compañía dispondrá la liquidación del siniestro conforme al procedimiento de liquidación establecido en el D.S. N° 1055, de 2012, sobre Reglamento de los Auxiliares del Comercio de Seguros, u otro que lo modifique.
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DENUNCIA DE XXXXXXXXXX Y LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE SEGURO. El fallecimiento, desmembramiento, incapacidad, hospitalización, cirugía y/o gastos médicos incurridos fallecimiento del Asegurado, a consecuencia de un accidente o, en caso de hospitalización, cirugía y/o gastos médicos incurridos por el Asegurado a consecuencia de una enfermedad, deberán deberá ser notificados notificado a la Compañía, tan pronto sea posible una vez tomado conocimiento de la ocurrencia del fallecimiento, desmembramiento, incapacidad, hospitalización, cirugía y/o gastos médicos incurridosfallecimiento del asegurado, de acuerdo a los procedimientos y a través de los medios que esta última disponga para dichos efectos, los que se indican en las Condiciones Particulares de la póliza. No obstante lo anterior, la compañía aseguradora Compañía Aseguradora aceptará que el siniestro pueda ser notificado a la Compañía hasta el plazo indicado en las Condiciones Particulares de la póliza, 30 días después desde que fue posible su notificación, una vez tomado conocimiento de la ocurrencia del siniestro fallecimiento del Asegurado. Asimismo, se deberán presentar a la Compañía los siguientes antecedentes relativos al siniestro: :
a) Certificado de Defunción original del asegurado; ;
b) Fotocopia Cédula de Identidad del asegurado o asegurado;
c) Cuestionario Médico por Fallecimiento;
d) Certificado de Nacimiento original;
e) Parte Policial y Alcoholemia (si correspondiese), cuando se trate de un accidente o una causa distinta a la de muerte natural. En caso de requerirse mayores antecedentes, la Compañía dispondrá la liquidación del siniestro conforme al procedimiento de liquidación establecido en el D.S. N° 1055, de 2012, sobre Reglamento de los Auxiliares del Comercio de Seguros, u otro que lo modifique.
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Samples: Seguro De Vida
DENUNCIA DE XXXXXXXXXX Y LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE SEGURO. El fallecimiento, desmembramiento, incapacidad, hospitalización, cirugía y/o gastos médicos incurridos fallecimiento del Asegurado, a consecuencia de un accidente o, en caso de hospitalización, cirugía y/o gastos médicos incurridos por el Asegurado a consecuencia de una enfermedad, deberán asegurado deberá ser notificados notificado a la Compañíacompañía aseguradora, tan pronto sea posible una vez tomado conocimiento de la ocurrencia del fallecimiento, desmembramiento, incapacidad, hospitalización, cirugía y/o gastos médicos incurridosfallecimiento del asegurado, de acuerdo a los procedimientos y a través de los medios que esta última disponga para dichos efectos, los que se indican en las Condiciones Particulares de la póliza. No obstante lo anterior, la compañía aseguradora aceptará que el siniestro pueda ser notificado a la Compañía compañía aseguradora hasta el plazo indicado en las Condiciones Particulares de la póliza, 30 días corridos después desde que fue posible su notificación, una vez tomado conocimiento de la ocurrencia del siniestro fallecimiento del Aseguradoasegurado. Asimismo, se deberán presentar a la Compañía compañía aseguradora los siguientes antecedentes relativos al siniestro: :
a) Certificado de Defunción original del asegurado; , con causa de muerte;
b) Fotocopia Cédula de Identidad del asegurado o Certificado de Nacimiento original;
c) Informe Médico;
d) Parte Policial y Alcoholemia (si correspondiese), cuando se trate de un accidente o una causa distinta a la de muerte natural. En caso de requerirse mayores antecedentes, la compañía aseguradora dispondrá la liquidación del siniestro conforme al procedimiento de liquidación establecido en el D.S. N° 1055, de 2012, sobre Reglamento de los Auxiliares del Comercio de Seguros, u otro que lo modifique.
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