Derecho de poner a disposición interpretaciones o ejecuciones fijadas. Los artistas intérpretes o ejecutantes gozarán del derecho exclusivo de autorizar la puesta a disposición del público de sus interpretaciones o ejecuciones fijadas en fonogramas, ya sea por hilo o por medios inalámbricos de tal manera que los miembros del público puedan tener acceso a ellas desde el lugar y en el momento que cada uno de ellos xxxxx.
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Samples: Tratado Sobre Interpretación O Ejecución Y Fonogramas, Tratado De La Ompi Sobre Interpretación O Ejecución Y Fonogramas (Wppt), Ley De Protección De Obras Literarias Y Artísticas