Documentación acreditativa. El arrendador debe entregar al arrendatario una copia de la documentación justificativa del cumplimiento de la obligación de depositar la fianza o la actualización de la misma en el plazo de dos meses a contar desde el cumplimiento de dicha obligación.
Documentación acreditativa a) Si el licitador fuera persona física, documentación que acredite su personalidad (documento nacional de identidad, pasaporte o cualquier otro medio documental que legalmente lo sustituya). Podrá comparecer por sí mismo o mediante representante, debiendo aportar, en este último caso, el documento que acredite su personalidad así como el poder notarial bastante del que resulten las facultades representativas. Código seguro de verificación: DAF62EED247813A8FA29136505EF6EC3721AE58C.
Documentación acreditativa. El Candidato deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos mencionados anteriormente mediante, como mínimo, la aportación de la siguiente documentación:
13.4.1.- Requisitos generales del apartado 13.3.1. Se acreditarán documentalmente de la siguiente forma: • Mediante Declaración Jurada del representante legal de la empresa, donde se haga constar: o Que se trata de una persona jurídica española y/o extranjera que tiene capacidad de obrar y de actuar en España. o Que dispone de los Canales oportunos para emitir los Derechos ofertados y que se emitirán en HD o SD. A estos efectos deberá proporcionar detalles completos respecto al/a los Canal/es designado/s propuesto/s para la emisión. Deberá informar, también, respecto de la titularidad y el control de dicho/s Canal/es designado/s o propuesto para la emisión. o Que la empresa no ha solicitado o se ha declarado en concurso de acreedores. o Que no tiene deuda alguna con la RFEF, y/o que está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con dicha Real Federación. • Mediante certificado del Secretario del órgano competente, con visto bueno del Presidente o, en su caso, del representante legal de la entidad donde se acredite que la empresa Candidata, el grupo del que forme parte o alguna de las empresas del grupo, no hayan sido sancionadas penalmente o hayan reconocido su responsabilidad penal o la de sus Directivos en los últimos 3 años, en cualquier país del mundo por alguno de los siguientes delitos: a) representación falsa; b) delitos contra la propiedad y el orden socioeconómico;
Documentación acreditativa. 1. Las solicitudes incluirán, como mínimo, la documentación e información que acredite el cumplimiento de los requisitos para contratar con la Administración de la Comunidad Autó- noma xx Xxxxxx. Esta documentación deberá tener formato electrónico y se aportará como archivos anexos a la solicitud. Con la solicitud de renovación, el interesado presentará declaración responsable de la validez y vigencia de los datos registrados.
2. Los licitadores se responsabilizarán de la veracidad de los documentos e información presentadas, debiendo conservar la original y aportarla, en su caso, cuando le sea requerida por el órgano gestor a efectos de comprobación y verificación. Asimismo, declararán respon- sablemente sobre la vigencia de las circunstancias que se acreditan.
3. La documentación acreditativa se definirá mediante Orden del titular del departamento competente en materia de contratación pública. csv: BOA20220718001
Documentación acreditativa. La documentación que deben presentar las personas solicitantes será la siguiente:
1. Solicitud de ayuda, según modelo oficial, debidamente cumplimentado.
Documentación acreditativa. La Subcomisión de Valoración del Fondo de Acción Social podrá solicitar al trabajador cuantos documentos considere oportunos que acrediten la situación de necesidad para la que se soli- cita la ayuda y el importe de la misma. La falta de presentación de la documentación solicitada en el plazo de un mes y medio dará lugar a la desestimación de la solicitud de la ayuda. Si al finalizar el trimestre, las solicitudes de correspondientes a las ayudas reguladas en este Reglamento fueran superiores al fondo previsto, se podrá reducir el porcentaje de concesión para poder atender a todas las solicitudes de los/as trabajadores/as que cumplieran con los requisitos de concesión; para ello se estará a lo dispuesto en el anexo III.I. La ocultación de datos o la falsedad en la documentación aportada dará lugar a la denegación de la prestación solicitada o a la perdida de la concedida, con devolución, en este último caso, de las cantidades indebidamente percibidas, sin perjuicio de las responsabilidades a que hu- biese lugar, pudiéndose ser considerada como falta muy grave con lo que será de aplicación lo que se recoge en el convenio colectivo en vigor. La Subcomisión del FASAF abrirá un expediente para cada una de las solicitudes en el que se deberá incluir toda la documentación del mismo y los anexos que se incluyen en este regla- mento. Los trabajadores perceptores de ayudas del FASAF, estarán obligados a firmar un documento de garantía de devolución de la parte que medie entre la finalización de contrato y el 31 de diciembre del año afecto a la solicitud. Una vez finalizado el plazo de presentación de ayuda la Subcomisión de Xxxxxxxxxx elaborará un informe final con el siguiente contenido: Indicación del Tipo de Ayuda solicitada por fondo (Social o Formación) Tipo de ayuda en concreto Importe del gasto incurrido Aplicación xxx xxxx por ayuda, si existiera Importe final a aplicar si la cuantía del Fondo fuera inferior al A la suma de los importes de las ayudas solicitadas La fórmula reconocida en la sexta columna se aplicaría siempre que se produzca que el importe trimestral reconocido del Fondo fuera inferior a la suma de cada una de las ayudas solicitadas. Aplicaríamos el resultado de multiplicar las cuantías de la columna Quinta por la siguiente división: Fecha Solicitud: DATOS PERSONALES DEL TRABAJADOR/A Apellidos D.N.I. Departamento DATOS PERSONALES DEL BENEFICIARIO/A EN CASO DE NO SER EL TRABAJADOR/A Apellidos D.N.I. Relación Familiar CONCEPTO DE LA AYUDA
Documentación acreditativa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias impuestas por las disposiciones vigentes; • de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y • de que no existen deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid. Deberá presentar la siguiente documentación:
a) Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, referida al ejercicio corriente, o el último recibo completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Documentación acreditativa. La Comisión de Valoración del Fondo de Acción Social podrá solicitar al trabajador cuantos do- cumentos considere oportunos que acrediten la situación de necesidad para la que se solicita la ayuda y el importe de la misma. La falta de presentación de la documentación solicitada en el plazo de un mes dará lugar a la desestimación de la solicitud de la ayuda. Si al finalizar el año, las solicitudes de correspondientes a las ayudas reguladas en este Re- glamento fueran superiores al fondo previsto, se podrá reducir el porcentaje de concesión para poder atender a todas las solicitudes de los/as trabajadores/as que cumplieran con los requisitos de concesión; para ello se estará a lo dispuesto en el Anexo I La ocultación de datos o la falsedad en la documentación aportada dará lugar a la denegación de la prestación solicitada o a la perdida de la concedida, con devolución, en este último caso, de las cantidades indebidamente percibidas, sin perjuicio de las responsabilidades a que hu- biese lugar, pudiéndose ser considerada como falta muy grave con lo que será de aplicación lo que se recoge en el Convenio Colectivo en vigor. Una vez finalizado el plazo de presentación de ayuda la Comisión de Valoración elaborará un informe final con el siguiente contenido: Primera Columna Iniciales del trabajador/a que solicita la ayuda Segunda Columna Indicación del Tipo de Ayuda solicitada por fondo (AF/AS) Tercera Columna Tipo de ayuda en concreto
Documentación acreditativa. Información
Documentación acreditativa. La información, original o testimoniada por notario, acreditativa de la capacidad, la solvencia económica, financiera, técnica, profesional a presentar y necesariamente en el orden indicado, es la siguiente:
a) Índice de la documentación presentada.
b) Hoja resumen de datos del licitador a efectos de notificación, en el cual conste la dirección completa del licitador a estos efectos, incluyendo nombre del representante legal, dirección, número de teléfono, fax y correo electrónico. Los oferentes indicarán asimismo la persona de contacto para posibles aclaraciones sobre la oferta presentada, así como su domicilio, número de teléfono, de fax y de e-mail en su caso.
c) Documentación que acredite la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su representación. En caso de empresas no españolas se acompañará el documento de acreditación equivalente. Copia notarial de constitución, modificación y representación, si la licitadora es una sociedad, adaptada a lo dispuesto en la legislación mercantil vigente e inscrita en el Registro Mercantil. Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación de fotocopia legitimada notarialmente o compulsada por órgano administrativo competente, del DNI. Si se trata de una persona jurídica será obligatoria la presentación del CIF o del documento que, si procede, le sustituya reglamentariamente. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante a tal efecto, previamente validado por el Asesor Jurídico de la E.M.T.- Palma, y fotocopia legitimada notarialmente o compulsada por órgano administrativo competente, de su DNI o del documento que, si procede, le sustituya reglamentariamente (Art. 21 del RGLCAP). Si la empresa fuese persona jurídica el poder deberá figurar inscrito, si procede, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el mismo, de acuerdo con el Art. 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
d) Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, incluyendo la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
e) Declaración jurada expresa de no estar afectado de ninguna incompatibilidad legal para con...