Common use of Ejercicio de la delegación Clause in Contracts

Ejercicio de la delegación. 1. Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados en las condiciones establecidas en el presente artículo. 2. Los poderes para adoptar actos delegados mencionados en el artículo 30, apartado 5, se otorgan a la Comisión por un período de cinco años a partir del 19 de noviembre de 2023. La Comisión elaborará un informe sobre la delegación de poderes a más tardar nueve meses antes de que finalice el período de cinco años. La delegación de poderes se prorrogará tácitamente por períodos de idéntica duración, excepto si el Parlamento Europeo o el Consejo se oponen a dicha prórroga a más tardar tres meses antes del final de cada período. 3. La delegación de poderes mencionada en el artículo 30, apartado 5, podrá ser revocada en cualquier momento por el Parlamento Europeo o por el Consejo. La decisión de revocación pondrá término a la delegación de los poderes que en ella se especifiquen. Surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea o en una fecha posterior indicada en ella. No afectará a la validez de los actos delegados que ya estén en vigor. 4. antes de la adopción de un acto delegado, la Comisión consultará a los expertos designados por cada Estado miembro de conformidad con los principios establecidos en el acuerdo interinstitucional de 13 xx xxxxx de 2016 sobre la mejora de la legislación. 5. Tan pronto como la Comisión adopte un acto delegado lo notificará simultáneamente al Parlamento Europeo y al Consejo. 6. Los actos delegados adoptados en virtud del artículo 30, apartado 5, entrarán en vigor únicamente si, en un plazo de tres meses a partir de su notificación al Parlamento Europeo y al Consejo, ninguna de estas instituciones formula objeciones o si, antes del vencimiento de dicho plazo, ambas informan a la Comisión de que no las formularán. El plazo se prorrogará dos meses a iniciativa del Parlamento Europeo o del Consejo.

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Samples: Directiva (Ue) 2023/2225

Ejercicio de la delegación. 1. Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados en las condiciones establecidas en el presente artículo. 2. Los poderes para adoptar actos delegados mencionados en el artículo 3048, apartado 53, se otorgan a la Comisión por un período de cinco años 36 meses a partir del 19 9 de noviembre de 2023. La Comisión elaborará un informe sobre la delegación de poderes a más tardar nueve meses antes de que finalice el período de cinco años. La delegación de poderes se prorrogará tácitamente por períodos de idéntica duración, excepto si el Parlamento Europeo o el Consejo se oponen a dicha prórroga a más tardar tres meses antes del final de cada período2020. 3. La delegación de poderes mencionada en el artículo 3048, apartado 53, podrá ser revocada en cualquier momento por el Parlamento Europeo o por el Consejo. La decisión de revocación pondrá término a la delegación de los poderes que en ella se especifiquen. Surtirá La decisión surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea o en una fecha posterior indicada en ella. No afectará a la validez de los actos delegados que ya estén en vigor. 4. antes de la adopción de un acto delegado, la Comisión consultará a los expertos designados por cada Estado miembro de conformidad con los principios establecidos en el acuerdo interinstitucional de 13 xx xxxxx de 2016 sobre la mejora de la legislación. 5. Tan pronto como la Comisión adopte un acto delegado lo notificará simultáneamente al Parlamento Europeo y al Consejo. 6. Los actos delegados adoptados en virtud del artículo 3048, apartado 53, entrarán en vigor únicamente si, en un plazo de tres meses a partir de su notificación al Parlamento Europeo y al Consejo, ninguna de estas instituciones formula objeciones o si, antes del vencimiento de dicho plazo, ambas informan a la Comisión de que no las formularán. El plazo se prorrogará dos tres meses a iniciativa del Parlamento Europeo o del Consejo.

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Samples: Reglamento (Ue) 2020/1503

Ejercicio de la delegación. 1. Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados en las condiciones establecidas en el presente artículo. 2. Los poderes para adoptar actos delegados mencionados en el artículo 30, apartado 5, 2 se otorgan a la Comisión por un período de cinco años tiempo indefinido a partir del 19 9 de noviembre diciembre de 2023. La Comisión elaborará un informe sobre la delegación de poderes a más tardar nueve meses antes de que finalice el período de cinco años. La delegación de poderes se prorrogará tácitamente por períodos de idéntica duración, excepto si el Parlamento Europeo o el Consejo se oponen a dicha prórroga a más tardar tres meses antes del final de cada período2011. 3. La delegación de poderes mencionada en el artículo 30, apartado 5, 2 podrá ser revocada en cualquier momento por el Parlamento Europeo o por el Consejo. La decisión de revocación pondrá término a la delegación de los poderes que en ella se especifiquenespecifi­ quen. Surtirá La decisión surtirá efecto el al día siguiente al de su publicación publica­ ción en el Diario Oficial de la Unión Europea o en una fecha posterior indicada en ellala misma. No afectará a la validez de los actos delegados que ya estén en vigor. 4. antes de la adopción de un acto delegado, la Comisión consultará a los expertos designados por cada Estado miembro de conformidad con los principios establecidos en el acuerdo interinstitucional de 13 xx xxxxx de 2016 sobre la mejora de la legislación. 5. Tan pronto como la Comisión adopte un acto delegado lo notificará simultáneamente al Parlamento Europeo y al Consejo. 65. Los actos delegados adoptados en virtud del artículo 30, apartado 5, 2 entrarán en vigor únicamente si, en un plazo de tres dos meses a partir de desde su notificación al Parlamento Europeo y al Consejo, ninguna de estas instituciones formula ni el Parlamento Europeo ni el Consejo formulan objeciones o si, antes del vencimiento de dicho plazo, ambas tanto el uno como el otro informan a la Comisión de que no las formularán. El plazo se prorrogará dos meses a iniciativa del Parlamento Europeo o del Consejo.

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Samples: Reglamento (Ue) No 1233/2011

Ejercicio de la delegación. 1. Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados en las condiciones establecidas en el presente artículo. 2. Los poderes para adoptar actos delegados mencionados en el artículo 3014, apartado 59, y en el artículo 17, apartado 8, se otorgan a la Comisión por un período de cinco años tiempo indefinido a partir del 19 20 xx xxxxx de noviembre de 2023. La Comisión elaborará un informe sobre la delegación de poderes a más tardar nueve meses antes de que finalice el período de cinco años. La delegación de poderes se prorrogará tácitamente por períodos de idéntica duración, excepto si el Parlamento Europeo o el Consejo se oponen a dicha prórroga a más tardar tres meses antes del final de cada período2014. 3. La delegación de poderes mencionada en el artículo 3014, apartado 59, y el artículo 17, apartado 8, podrá ser revocada en cualquier momento por el Parlamento Europeo o por el ConsejoCon- sejo. La decisión de revocación pondrá término a la delegación de los poderes que en ella se especifiquen. Surtirá La decisión surtirá efecto el al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea o en una fecha posterior indicada en ellala misma. No afectará a la validez de los actos delegados que ya estén en vigor. 4. antes de la adopción de un acto delegado, la Comisión consultará a los expertos designados por cada Estado miembro de conformidad con los principios establecidos en el acuerdo interinstitucional de 13 xx xxxxx de 2016 sobre la mejora de la legislación. 5. Tan pronto como la Comisión adopte un acto delegado lo notificará simultáneamente al Parlamento Europeo y al Consejo. 65. Los actos delegados adoptados en virtud del artículo 3014, apartado 59, y del artículo 17, apartado 8, entrarán en vigor únicamente si, en un plazo de tres meses a partir de desde su notificación al Parlamento Europeo y al Consejo, ninguna de estas instituciones formula objeciones estos no formulan obje- ciones o si, antes del vencimiento de dicho plazo, ambas tanto el uno como el otro informan a la Comisión de que no las formularán. El plazo se prorrogará dos tres meses a iniciativa del Parlamento Europeo o del Consejo.

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Samples: Directiva Sobre Contratos De Crédito

Ejercicio de la delegación. 1. Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados en las condiciones establecidas en el presente artículo. 2. Los poderes para adoptar los actos delegados mencionados en a que se refiere el artículo 308, apartado 56, se otorgan a la Comisión por un período de cinco tres años a partir de la entrada en vigor del 19 de noviembre de 2023presente Reglamento. La Comisión elaborará un informe sobre la delegación de poderes a más tardar nueve meses antes de que finalice el período de cinco tres años. La delegación de poderes se prorrogará tácitamente por períodos de idéntica duración, excepto si el Parlamento Europeo o el Consejo se oponen a dicha prórroga a más tardar tres meses antes del final de cada período. 3. La delegación de poderes mencionada en a que se refiere el artículo 308, apartado 56, podrá ser revocada en cualquier momento por el Parlamento Europeo o por el Consejo. La decisión Decisión de revocación pondrá término a la delegación de los poderes que en ella se especifiquen. Surtirá La Decisión surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea o en una la fecha posterior indicada en ellala misma. No afectará a la validez de los actos delegados que ya estén en vigor. 4. antes de la adopción de un acto delegado, la Comisión consultará a los expertos designados por cada Estado miembro de conformidad con los principios establecidos en el acuerdo interinstitucional de 13 xx xxxxx de 2016 sobre la mejora de la legislación. 5. Tan pronto como la Comisión adopte un acto delegado lo notificará simultáneamente al Parlamento Europeo y al Consejo. 65. Los actos delegados adoptados en virtud del artículo 308, apartado 56, entrarán en vigor únicamente si, en un plazo de tres dos meses a partir de desde su notificación al Parlamento Europeo y al Consejo, ninguna de estas instituciones formula ni el Parlamento Europeo ni el Consejo formulan objeciones o si, antes del vencimiento de dicho plazo, ambas tanto el uno como el otro informan a la Comisión de que no las formularán. El plazo se prorrogará dos meses a iniciativa del Parlamento Europeo o del Consejo.

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Samples: Reglamento Del Parlamento Europeo Y Del Consejo