Common use of ENFERMEDADES REPENTINAS Y AGUDAS Clause in Contracts

ENFERMEDADES REPENTINAS Y AGUDAS. Los servicios médicos y responsabilidades económicas expresados en estas Condiciones Generales de los Servicios ASSIST CARD sólo regirán para accidentes y/o enfermedades repentinas y agudas contraídas con posterioridad a la fecha de inicio de vigencia de la tarjeta ASSIST CARD o a la fecha de inicio del viaje de su Titular, la que sea posterior. ASSIST CARD se reserva el derecho de investigar la veracidad de la declaración del Titular en este sentido. En todos aquellos casos en que ASSIST CARD lo requiera, el Titular deberá otorgar las autorizaciones para revelar su historia clínica completando el RECORD RELEASE FORM inserto al final de este cuadernillo y enviándolo por fax a la Central ASSIST CARD interviniente en su caso. El Titular autoriza en forma absoluta e irrevocable a ASSIST CARD a requerir en su nombre cualquier información médica a profesionales tanto del exterior como del país de su residencia, con el objetivo de evaluar y eventualmente decidir sobre la aplicabilidad de las restricciones en casos de dolencias crónicas o preexistentes o de la afección que haya dado origen a su asistencia. Quedan expresamente excluidos del sistema de asistencia ASSIST CARD los siguientes eventos: Entre las enfermedades crónicas y /o preexistentes definidas en la presente cláusula cabe mencionar, a título ilustrativo y sin que la siguiente mención tenga ningún carácter limitativo respecto a otras enfermedades crónicas y/o preexistentes igualmente excluidas: litiasis renal, litiasis vesicular, diabetes, flebitis, trombosis venosa profunda, y úlceras de cualquier etiología. Cuando se trate de enfermedades excluidas según la presente cláusula, ASSIST CARD sólo tomará a su cargo gastos hasta el tope indicado en su voucher y Condiciones Particulares en concepto de “Primera atención médica por enfermedades preexistentes”. ASSIST CARD no tomará a su cargo exámenes o internaciones tendientes a evaluar la condición médica de las enfermedades preexistentes y/o para descartar su relación con la afección que motiva la asistencia. Se deja expresa constancia que la limitación indicada en el párrafo precedente se refiere única y exclusivamente a la responsabilidad económica de ASSIST CARD y no a la atención médica por emergencia que resulte necesaria. directa o indirectamente de riña (salvo que se tratase de legítima defensa), huelga, actos de vandalismo o tumulto popular en que el Titular hubiese participado como elemento activo. El intento de o la comisión de un acto ilegal, ilícito o criminal de acuerdo a la legislación del país donde ocurra el evento. Consecuencias de cualquier acto provocado dolosamente o con culpa grave por el Titular, incluido el suministro de información falsa o diferente de la realidad. A los efectos de esta cláusula, se entiende por “culpa grave” a la acción groseramente negligente cometida por el Titular cuyo resultado, de obrar de esa manera, hubiera podido ser previsto por cualquier persona razonablemente diligente. a) Las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de entrenamiento, práctica o participación activa en toda clase de competencias deportivas, cualquiera sea el deporte que se practique en las mismas. b) Las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de la práctica (tanto en capacitación, entrenamiento o competencia, ya sea en carácter profesional, amateur o recreativo) de deportes peligrosos o de alto riesgo, incluyendo, pero no limitado a: motociclismo, automovilismo, boxeo, rugby, polo, ski acuático, jet ski, wave runner o motos de agua, moto de nieve, cuatriciclos, vehículos todo terreno, skate, parasail o parapente, paracaidismo, planeadores, aviación deportiva, buceo, aladeltismo, escalamiento de montañas, surf, windsurf, espeleología, trekking, rafting, bungee jumping, hockey sobre hielo o sobre patines, patinaje artístico sobre hielo o sobre pista, equitación en salto x xxxxxxxx, artes marciales. c) Las asistencias que puedan ocurrir como consecuencia de la practica de ski, snowboard y/u otros deportes invernales no mencionados en el párrafo anterior fuera de pistas reglamentarias y autorizadas. d) Las asistencias derivadas de cualquier tipo de ejercicio o juego atlético de acrobacia o que tenga por objeto pruebas de carácter excepcional o exhibiciones, o mientras participe en viajes o excursiones a regiones o zonas inexploradas, o cualquier clase de competencia de pericia o velocidad con vehículos mecánicos

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Samples: Condiciones Generales De Servicio

ENFERMEDADES REPENTINAS Y AGUDAS. Los servicios médicos y responsabilidades económicas expresados expresa- dos en estas Condiciones Generales de los Servicios ASSIST CARD sólo regirán para accidentes y/o enfermedades repentinas y agudas contraídas con posterioridad a la fecha de inicio de vigencia de la tarjeta ASSIST CARD o a la fecha de inicio del viaje de su Titular, la que sea posterior. ASSIST CARD se reserva el derecho de investigar la veracidad de la declaración del Titular en este sentido. En todos aquellos casos en que ASSIST CARD lo requiera, el Titular deberá otorgar las autorizaciones para revelar su historia clínica completando el RECORD RELEASE FORM inserto al final de este cuadernillo y enviándolo por fax a la Central ASSIST CARD interviniente en su caso. El Titular autoriza en forma absoluta e irrevocable a ASSIST CARD a requerir en su nombre cualquier información médica a profesionales profesio- nales tanto del exterior como del país de su residencia, con el objetivo de evaluar y eventualmente decidir sobre la aplicabilidad de las restricciones en casos de dolencias crónicas o preexistentes o de la afección que haya dado origen a su asistencia. Quedan expresamente excluidos del sistema de asistencia gratuito ASSIST CARD los siguientes eventos: Entre las enfermedades crónicas y /o preexistentes definidas en la presente cláusula cabe mencionar, a título ilustrativo y sin que la siguiente mención tenga ningún carácter limitativo respecto a otras enfermedades crónicas y/o preexistentes igualmente excluidas: litiasis renal, litiasis vesicular, diabetes, flebitis, trombosis venosa profunda, y úlceras de cualquier etiología. etiología Cuando se trate de enfermedades excluidas según la presente cláusula, ASSIST CARD sólo tomará a su cargo gastos hasta el tope indicado en su voucher y las Condiciones Particulares en concepto de “Primera atención "Atención médica por enfermedades preexistentes". ASSIST CARD no tomará a su cargo exámenes o internaciones tendientes a evaluar la condición médica de las enfermedades preexistentes y/o para descartar su relación con la afección que motiva la asistencia. Se deja expresa constancia que la limitación indicada en el párrafo precedente se refiere única y exclusivamente a la responsabilidad económica de ASSIST CARD y no a la atención médica por emergencia que resulte necesaria. directa o indirectamente de riña (salvo que se tratase de legítima defensa), huelga, actos de vandalismo o tumulto popular en que el Titular hubiese participado como elemento activo. El intento de o la comisión de un acto ilegal, ilícito o criminal de acuerdo a la legislación del país donde ocurra el evento. Consecuencias de cualquier acto provocado dolosamente o con culpa grave por el Titular, incluido el suministro de información falsa o diferente de la realidad. A los efectos de esta cláusula, se entiende por "culpa grave" a la acción groseramente negligente cometida por el Titular cuyo resultado, de obrar de esa manera, hubiera podido ser previsto por cualquier persona razonablemente diligente. sea en posesión de sus facultades mentales o no, así como sus consecuencias. a) Las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de entrenamiento, práctica o participación activa en toda clase de competencias deportivas, cualquiera sea el deporte que se practique en las mismas. b) Las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de la práctica (tanto en capacitación, entrenamiento o competenciacompeten- cia, ya sea en carácter profesional, amateur o recreativo) de deportes peligrosos o de alto riesgo, incluyendo, pero no limitado a: motociclismo, automovilismo, boxeo, rugby, polo, ski acuático, jet ski, wave runner o motos de agua, moto de nieve, cuatriciclos, vehículos todo terreno, skate, parasail o parapente, paracaidismo, planeadores, aviación deportiva, buceo, aladeltismo, escalamiento de montañas, surf, windsurf, espeleología, trekking, rafting, bungee jumping, hockey sobre hielo o sobre patines, patinaje artístico sobre hielo o sobre pista, equitación en salto x xxxxxxxx, artes marciales. c) Las asistencias que puedan ocurrir como consecuencia de la practica práctica de ski, snowboard y/u otros deportes invernales no mencionados en el párrafo anterior fuera de pistas reglamentarias regla- mentarias y autorizadas. d) Las asistencias derivadas de cualquier tipo de ejercicio o juego atlético de acrobacia o que tenga por objeto pruebas de carácter excepcional o exhibiciones, o mientras participe en viajes o excursiones a regiones o zonas inexploradas, o cualquier clase de competencia de pericia o velocidad con vehículos mecánicos.

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Samples: Seguro De Viajero

ENFERMEDADES REPENTINAS Y AGUDAS. Los servicios médicos y responsabilidades económicas expresados en estas Condiciones Generales de los Servicios ASSIST CARD sólo regirán para accidentes y/o enfermedades repentinas y agudas contraídas con posterioridad a la fecha de inicio de vigencia de la tarjeta ASSIST CARD o a la fecha de inicio del viaje de su Titular, la que sea posterior. ASSIST CARD se reserva el derecho de investigar la veracidad de la declaración del Titular en este sentido. En todos aquellos casos en que ASSIST CARD lo requiera, el Titular deberá otorgar las autorizaciones para revelar su historia clínica completando el RECORD RELEASE FORM inserto al final de este cuadernillo y enviándolo por fax a la Central ASSIST CARD interviniente en su caso. El Titular autoriza en forma absoluta e irrevocable a ASSIST CARD a requerir en su nombre cualquier información médica a profesionales tanto del exterior como del país de su residencia, con el objetivo de evaluar y eventualmente decidir sobre la aplicabilidad de las restricciones en casos de dolencias crónicas o preexistentes o de la afección que haya dado origen a su asistencia. Quedan expresamente excluidos del sistema de asistencia gratuito ASSIST CARD los siguientes eventos: la tarjeta ASSIST CARD y/o del viaje, lo que sea posterior, como las que se manifiesten posteriormente pero que para su desarrollo hayan requerido de un período de incubación, formación o evolución dentro del organismo del Titular, iniciado antes de la fecha de inicio de vigencia de la Tarjeta o del viaje, o como aquellas sufridas durante la vigencia de una tarjeta ASSIST CARD anterior (incluso si la misma fuera de validez anual). Entre las enfermedades crónicas y /o preexistentes definidas en la presente cláusula cabe mencionar, a título ilustrativo y sin que la siguiente mención tenga ningún carácter limitativo respecto a otras enfermedades crónicas y/o preexistentes igualmente excluidas: litiasis renal, litiasis vesicular, diabetes, flebitis, trombosis venosa profunda, y úlceras de cualquier etiología. etiología Cuando se trate de enfermedades excluidas según la presente cláusula, ASSIST CARD sólo tomará a su cargo gastos hasta el tope indicado en su voucher y Condiciones Particulares en concepto de “Primera atención médica por enfermedades preexistentes”. ASSIST CARD no tomará a su cargo exámenes o internaciones tendientes a evaluar la condición médica de las enfermedades preexistentes y/o para descartar su relación con la afección que motiva la asistencia. Se deja expresa constancia que la limitación indicada en el párrafo precedente se refiere única y exclusivamente a la responsabilidad económica de ASSIST CARD y no a la atención médica por emergencia que resulte necesaria. directa o indirectamente de riña (salvo que se tratase de legítima defensa), huelga, actos de vandalismo o tumulto popular en que el Titular hubiese participado como elemento activo. El intento de o la comisión de un acto ilegal, ilícito o criminal de acuerdo a la legislación del país donde ocurra el evento. Consecuencias de cualquier acto provocado dolosamente o con culpa grave por el Titular, incluido el suministro de información falsa o diferente de la realidad. A los efectos de esta cláusula, se entiende por “culpa grave” a la acción groseramente negligente cometida por el Titular cuyo resultado, de obrar de esa manera, hubiera podido ser previsto por cualquier persona razonablemente diligente. a) Las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de entrenamiento, práctica o participación activa en toda clase de competencias deportivas, cualquiera sea el deporte que se practique en las mismas. b) Las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de la práctica (tanto en capacitación, entrenamiento o competencia, ya sea en carácter profesional, amateur o recreativo) de deportes peligrosos o de alto riesgo, incluyendo, pero no limitado a: motociclismo, automovilismo, boxeo, rugby, polo, ski acuático, jet ski, wave runner o motos de agua, moto de nieve, cuatriciclos, vehículos todo terreno, skate, parasail o parapente, paracaidismo, planeadores, aviación deportiva, buceo, aladeltismo, escalamiento de montañas, surf, windsurf, espeleología, trekking, rafting, bungee jumping, hockey sobre hielo o sobre patines, patinaje artístico sobre hielo o sobre pista, equitación en salto x xxxxxxxx, artes marciales. c) Las asistencias que puedan ocurrir como consecuencia de la practica de ski, snowboard y/u otros deportes invernales no mencionados en el párrafo anterior fuera de pistas reglamentarias y autorizadas. d) Las asistencias derivadas de cualquier tipo de ejercicio o juego atlético de acrobacia o que tenga por objeto pruebas de carácter excepcional o exhibiciones, o mientras participe en viajes o excursiones a regiones o zonas inexploradas, o cualquier clase de competencia de pericia o velocidad con vehículos mecánicos

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Samples: Condiciones Generales De Servicio

ENFERMEDADES REPENTINAS Y AGUDAS. Los servicios médicos y responsabilidades económicas expresados en estas Condiciones Generales de los Servicios ASSIST CARD sólo regirán para accidentes y/o enfermedades repentinas y agudas contraídas con posterioridad a la fecha de inicio de vigencia de la tarjeta ASSIST CARD o a la fecha de inicio del viaje de su Titular, la que sea posterior. ASSIST CARD se reserva el derecho de investigar la veracidad de la declaración del Titular en este sentido. C.5.10 REVELACIÓN DE HISTORIA CLÍNICA En todos aquellos casos en que ASSIST CARD lo requiera, el Titular deberá otorgar las autorizaciones para revelar su historia clínica completando el RECORD RELEASE FORM inserto al final de este cuadernillo y enviándolo por fax a la Central ASSIST CARD interviniente en su caso. C.5.11 AUTORIZACIÓN IRREVOCABLE PARA SOLICITAR INFORMACIÓN MÉDICA El Titular autoriza en forma absoluta e irrevocable a ASSIST CARD a requerir en su nombre cualquier información médica a profesionales tanto del exterior como del país de su residencia, con el objetivo de evaluar y eventualmente decidir sobre la aplicabilidad de las restricciones en casos de dolencias crónicas o preexistentes o de la afección que haya dado origen a su asistencia. C.5.12 EVENTOS Y GASTOS EXCLUIDOS Quedan expresamente excluidos del sistema de asistencia gratuito ASSIST CARD los siguientes eventos: C.5.12.1 Enfermedades crónicas y/o preexistentes: Quedan expresamente excluidos los estudios y/o los tratamientos relacionados con enfermedades crónicas o preexistentes o congénitas o recurrentes -conocidas o no por el Titular- padecidas con anterioridad al inicio de la vigencia de la tarjeta ASSIST CARD y/o del viaje, lo que sea posterior, así como sus agudizaciones, secuelas o consecuencias (incluso cuando las mismas aparezcan durante el viaje). A los efectos del presente Contrato de asistencia en viaje, se entiende como enfermedad o afección preexistente tanto aquellas padecidas con anterioridad a la iniciación de la vigencia de la tarjeta ASSIST CARD y/o del viaje, lo que sea posterior, como las que se manifiesten posteriormente pero que para su desarrollo hayan requerido de un período de incubación, formación o evolución dentro del organismo del Titular, iniciado antes de la fecha de inicio de vigencia de la Tarjeta o del viaje, o como aquellas sufridas durante la vigencia de una tarjeta ASSIST CARD anterior (incluso si la misma fuera de validez anual). Entre las enfermedades crónicas y /o preexistentes definidas en la presente cláusula cabe mencionar, a título ilustrativo y sin que la siguiente mención tenga ningún carácter limitativo respecto a otras enfermedades crónicas y/o preexistentes igualmente excluidas: litiasis renal, litiasis vesicular, diabetes, flebitis, trombosis venosa profunda, y úlceras de cualquier etiología. etiología Cuando se trate de enfermedades excluidas según la presente cláusula, ASSIST CARD sólo tomará a su cargo gastos hasta el tope indicado en su voucher y las Condiciones Particulares en concepto de “Primera atención "Atención médica por enfermedades preexistentes". ASSIST CARD no tomará a su cargo exámenes o internaciones tendientes a evaluar la condición médica de las enfermedades preexistentes y/o para descartar su relación con la afección que motiva la asistencia. Se deja expresa constancia que la limitación indicada en el párrafo precedente se refiere única y exclusivamente a la responsabilidad económica de ASSIST CARD y no a la atención médica por emergencia que resulte necesaria. C.5.12.2 Enfermedades endémicas o epidémicas: Las asistencias por enfermedades endémicas y/o epidémicas en países con emergencia sanitaria en caso que el Titular no haya seguido las sugerencias y/o indicaciones sobre restricciones de viaje y/o tratamiento profiláctico y/o vacunación emanadas de autoridades sanitarias. C.5.12.3 Riña, huelga o tumulto. Actos ilegales, ilícitos o dolosos: Afecciones, enfermedades o lesiones derivadas directa o indirectamente de riña (salvo que se tratase de legítima defensa), huelga, actos de vandalismo o tumulto popular en que el Titular hubiese participado como elemento activo. El intento de o la comisión de un acto ilegal, ilícito o criminal de acuerdo a la legislación del país donde ocurra el evento. Consecuencias de cualquier acto provocado dolosamente o con culpa grave por el Titular, incluido el suministro de información falsa o diferente de la realidad. A los efectos de esta cláusula, se entiende por "culpa grave" a la acción groseramente negligente cometida por el Titular cuyo resultado, de obrar de esa manera, hubiera podido ser previsto por cualquier persona razonablemente diligente.. C.5.12.4 Suicidio: Afecciones, enfermedades o lesiones resultantes de intento de suicidio o de intención de cometer suicidio o causadas intencionalmente por el Titular a sí mismo, sea en posesión de sus facultades mentales o no, así como sus consecuencias. C.5.12.5 Drogas, narcóticos y/o afines: Tratamiento de enfermedades o estados patológicos producidos por intencional ingestión o administración de tóxicos (drogas), narcóticos, o por la utilización de medicamentos sin orden médica. Asimismo, afecciones, enfermedades o lesiones derivadas de la ingestión de bebidas alcohólicas de cualquier tipo. C.5.12.6 Atención por personas o profesionales ajenos a ASSIST CARD: Enfermedades, lesiones, afecciones, consecuencias o complicaciones resultantes de tratamientos o asistencias recibidas por el Titular de parte de personas o profesionales no pertenecientes a la Organización ASSIST CARD. C.5.12.7 Deportes (profesional o amateur): Quedan expresamente excluidos los siguientes eventos: a) Las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de entrenamiento, práctica o participación activa en toda clase de competencias deportivas, cualquiera sea el deporte que se practique en las mismas. b) Las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de la práctica (tanto en capacitación, entrenamiento o competencia, ya sea en carácter profesional, amateur o recreativo) de deportes peligrosos o de alto riesgo, incluyendo, pero no limitado a: motociclismo, automovilismo, boxeo, rugby, polo, ski acuático, jet ski, wave runner o motos de agua, moto de nieve, cuatriciclos, vehículos todo terreno, skate, parasail o parapente, paracaidismo, planeadores, aviación deportiva, buceo, aladeltismo, escalamiento de montañas, surf, windsurf, espeleología, trekking, rafting, bungee jumping, hockey sobre hielo o sobre patines, patinaje artístico sobre hielo o sobre pista, equitación en salto x xxxxxxxx, artes marciales. c) Las asistencias que puedan ocurrir como consecuencia de la practica práctica de ski, snowboard y/u otros deportes invernales no mencionados en el párrafo anterior fuera de pistas reglamentarias y autorizadas. d) Las asistencias derivadas de cualquier tipo de ejercicio o juego atlético de acrobacia o que tenga por objeto pruebas de carácter excepcional o exhibiciones, o mientras participe en viajes o excursiones a regiones o zonas inexploradas, o cualquier clase de competencia de pericia o velocidad con vehículos mecánicos.

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Samples: Póliza De Seguro