Equipaje. a. Equipaje de Mano (1) General. El Transportista a su discreción determinará permitir o no que cualquier Equipaje, en virtud de su peso, dimensiones, contenido o carácter, pueda ser transportado en la cabina de Pasajeros de la aeronave. Todo Equipaje de Mano debe ser guardado debajo de un asiento o en un compartimiento superior. (2) Responsabilidad del Pasajero. El Equipaje de Mano es responsabilidad única del Pasajero. (3) Equipaje de Mano Permitido. Los Pasajeros podrán transportar un artículo de Equipaje de Mano (por ejemplo, xxxxxx xxxxxxx, porta trajes, bolsa de mano) que no exceda las dimensiones exteriores de 10” x 16” x 24” más un artículo personal de menor tamaño (por ejemplo, una bolsa de mano, maletín, estuche de computadora portátil, mochila, cámara pequeña), siempre y cuando dichos artículos puedan ser transportados a bordo de la aeronave por un Pasajero sin asistencia adicional, a menos que el Pasajero requiera asistencia debido a una discapacidad, y puedan ser guardados debajo de un asiento o en un compartimiento superior. Se encuentran tablas o probadores de tamaño con dimensiones de 10" x 16" x 24" en varios sitios de documentación rápida del Transportista (en su caso), en los mostradores de venta de boletos, salas de abordar, sitios de abordaje, y en muchas rampas de acceso. El Transportista se reserva el derecho de imponer restricciones adicionales al número de artículos de mano. (i) Se aceptará una maleta con ruedas que de otra forma tendría las dimensiones de 10” x 16” x 24” si se retiraran las ruedas. (ii) Los artículos sobredimensionados de tamaño razonable como equipaje de mano que excedan de un lado la tabla o el probador de tamaño y que por su naturaleza frágil estarían más susceptibles al riesgo normal de daño si se transportaren en la bodega de la aeronave (por ejemplo planos, tubos para mapas, cañas de pescar, obras de arte, cámaras y equipos de video) son considerados como artículos personales pequeños por lo que pueden ser transportados en la cabina de pasajeros cuando el espacio restante abordo así permita y el artículo quepa en el compartimiento superior sin privar a los demás Pasajeros del espacio suficiente en los compartimientos superiores. (iii) Todo instrumento musical pequeño se considera un artículo personal y podrá ser transportado a bordo de la cabina de pasajeros, independientemente si cumple o no con los requisitos de dimensiones de 10” x 16” x 24”, siempre que el instrumento pueda ser guardado de manera segura en el compartimento para equipaje de la aeronave o debajo de un asiento de pasajero y que exista espacio para hacerlo en el momento en que el Pasajero aborde la aeronave.
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Samples: Contrato De Transporte De Pasajeros
Equipaje. a. 11.1. VAC transportará el Equipaje del Pasajero, siempre que este haya pagado los valores correspondientes, de Manoacuerdo con la Tarifa, el número de piezas, el tipo de piezas y las dimensiones, según sea el caso. (Ver Anexo V y VI).
11.2. Es obligación del Pasajero o la persona interesada consultar las políticas de Equipajes de VAC (1) Generalanexo V y VI), las cuales hacen parte integrante de las presentes Condiciones Generales, y se encuentran publicadas en la página web de la Aerolínea xxx.xxxxxxx.xxx/xx.
11.3. El Transportista pasajero no podrá incluir en su equipaje en bodega artículos frágiles o perecederos, dinero, joyas, piedras o metales preciosos, platería, documentos negociables, títulos u otros valores; dinero en efectivo, pasaportes, cámaras fotográficas o de video, filmadoras, computadoras, tabletas electrónicas, teléfonos móviles, calculadoras, lentes, botellas con licor o perfumes, entre otros, respecto de los cuales el transportador no se responsabiliza si se transportan en esas condiciones. Tales elementos deben ser transportados a su discreción determinará permitir o no que cualquier Equipajela mano, en virtud de su peso, dimensiones, contenido o carácter, pueda ser transportado en la cabina de Pasajeros de la aeronave. Todo Equipaje de Mano debe ser guardado debajo de un asiento o en un compartimiento superior.
(2) Responsabilidad del Pasajero. El Equipaje de Mano es responsabilidad única del Pasajero.
(3) Equipaje de Mano Permitido. Los Pasajeros podrán transportar un artículo de Equipaje de Mano (por ejemplo, xxxxxx xxxxxxx, porta trajes, bolsa de mano) que no exceda las dimensiones exteriores de 10” x 16” x 24” más un artículo personal de menor tamaño (por ejemplo, una bolsa el equipaje de mano, maletínsi sus características lo permiten, estuche bajo la custodia y responsabilidad del propio pasajero.
11.4. Si algún objeto es transportado en contravención de computadora portátillo establecido en estas Condiciones Generales, mochilaVAC no será responsable por ninguna pérdida o daño a tales objetos, cámara pequeña)excepto en lo previsto en la regulación aplicable, siempre y cuando dichos artículos puedan ser transportados a bordo de la aeronave por un Pasajero sin asistencia adicional, a menos que el Pasajero requiera asumirá tales riesgos.
11.5. VAC podrá inspeccionar el Equipaje con o sin la asistencia debido del Pasajero cuando este no pueda o no se presente a una discapacidadla inspección. Si el Pasajero no está de acuerdo con la inspección, y puedan ser guardados debajo de un asiento o VAC podrá negarse a transportarlo, sin que sea responsable por los perjuicios que por ello pudiere causarle, excepto en un compartimiento superiorlo previsto en la regulación aplicable.
11.6. Se encuentran tablas o probadores de tamaño con dimensiones de 10" x 16" x 24" en varios sitios de documentación rápida del Transportista (en su caso), en los mostradores de venta de boletos, salas de abordar, sitios de abordaje, y en muchas rampas de acceso. El Transportista VAC se reserva el derecho a negar el transporte de imponer restricciones adicionales al número cualquier Equipaje en cualquier momento por razón de artículos su tamaño, estado, peso, o característica, o por razones de manoseguridad u operacionales.
(i) Se aceptará 11.7. VAC se podrá negar a aceptar la declaración de exceso del valor del Equipaje registrado, cuando una maleta con ruedas que de otra forma tendría las dimensiones de 10” x 16” x 24” si se retiraran las ruedasporción del transporte deba ser proveída por otro transportador.
(ii) Los artículos sobredimensionados de tamaño razonable como equipaje de mano que excedan de un lado la tabla o el probador de tamaño y que por su naturaleza frágil estarían más susceptibles al riesgo normal de daño si se transportaren en la bodega de la aeronave (por ejemplo planos, tubos para mapas, cañas de pescar, obras de arte, cámaras y equipos de video) son considerados como artículos personales pequeños por lo que pueden ser transportados en la cabina de pasajeros cuando el espacio restante abordo así permita y el artículo quepa en el compartimiento superior sin privar a los demás Pasajeros del espacio suficiente en los compartimientos superiores.
(iii) Todo instrumento musical pequeño se considera un artículo personal y podrá ser transportado a bordo de la cabina de pasajeros, independientemente si cumple o no con los requisitos de dimensiones de 10” x 16” x 24”, siempre que el instrumento pueda ser guardado de manera segura en el compartimento para equipaje de la aeronave o debajo de un asiento de pasajero y que exista espacio para hacerlo en el momento en que el Pasajero aborde la aeronave.
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Samples: Contrato De Transporte Aéreo
Equipaje. a. Equipaje a) EQUIPAJE CON FRANQUICIA LIBRE: Los pasajeros pueden transportar equipaje libre de Mano
(1) Generalcargo, según lo especificado en las regulaciones del transportador y sujeto a las condiciones y limitaciones de las mismas. El Transportista transporte de equipaje en los tramos de transporte interno asociados a su discreción determinará permitir o no que cualquier Equipajeun transporte internacional se ajustará, en virtud de todo su recorrido, a la franquicia internacional.
b) COMBINACION DE FRANQUICIA LIBRE: Cuando DOS (2) o más pasajeros viajen juntos, se permitirá la compensación del peso, dimensioneso del número de piezas, contenido de sus respectivos equipajes hasta el límite autorizado. En igual forma se procederá en los casos de delegaciones o caráctergrupos y siempre que la compensación se solicite antes de iniciarse el vuelo, pueda sujeto a las regulaciones del transportador.
c) CAMBIOS XX XXXX EN TRANSPORTE INTERNACIONAL:
I) En caso de cambios voluntarios xx xxxx que permitan una mayor franquicia de equipaje, ésta se aplicará desde el punto de reencaminamiento al resto del viaje. En caso de que se haya abonado algún cargo por el transporte del equipaje, no se hará devolución alguna por la porción ya volada.
II) En caso de cambios voluntarios xx xxxx que determinen cargos adicionales debido a franquicias menores de equipaje, los mismos se aplicarán desde el punto de reencaminamiento.
III) En caso de cambios involuntarios xx xxxx, el pasajero estará autorizado a transportar el equipaje de acuerdo a la franquicia aplicable a la clase de servicio originalmente pagado. Esta norma se aplica aún en casos en que el pasajero sea reencaminado de un servicio de clase superior a uno de clase inferior.
d) EQUIPAJE REGISTRADO: Contra la entrega al transportador del equipaje a ser transportado registrado, el transportador tomará la custodia del mismo y emitirá, al sólo efecto de la identificación, un talón de equipaje por cada pieza del equipaje registrado. En la porción del billete correspondiente a "control de equipaje", consignará el número de piezas y peso del mismo.
e) EQUIPAJE NO REGISTRADO: Además del equipaje con franquicia libre, cada pasajero puede transportar, sin cargo adicional y bajo su custodia personal, los artículos indispensables para su uso y comodidad durante el viaje permitidos por las regulaciones del transportador. El equipaje que el pasajero transporta en la cabina de Pasajeros de la aeronave. Todo Equipaje de Mano debe ser guardado debajo de un caber bajo el asiento frente al mismo, o en un compartimiento superiorcompartimento cerrado de almacenaje en la cabina. Los artículos de peso o tamaño excesivos, de acuerdo a las regulaciones del transportador para cada tipo de aeronave, no serán permitidos en la cabina.
(2f) Responsabilidad EQUIPAJE DECLARADO:
I) Los artículos frágiles o perecederos, dinero, joyas, metales preciosos, platería, documentos negociables, títulos u otros valores, documentos comerciales, pasaportes y otros documentos de identificación o muestras, podrán ser aceptados como equipaje declarado de acuerdo a las regulaciones del Pasajerotransportador. Caso contrario, serán aceptados como equipaje registrado y serán indemnizados dentro de los límites legales previstos.
II) DECLARACION ESPECIAL DE INTERES Y CARGO SUPLEMENTARIO: Si resulta aceptable para el transportador y de acuerdo a sus regulaciones, un pasajero puede declarar un valor por equipaje registrado en exceso de los límites de responsabilidad aplicables. En este caso, el pasajero deberá efectuar una declaración especial de interés y pagará el cargo aplicable de acuerdo con las regulaciones del transportador. El Equipaje transportador podrá rehusarse a aceptar una declaración especial de Mano es responsabilidad única interés de valor sobre el equipaje cuando una parte del Pasajerotransporte deba ser efectuada por otro transportador que no ofrezca tal facilidad.
(3g) Equipaje EXCESO DE EQUIPAJE: El pasajero pagará un cargo por el transporte de Mano Permitido. Los Pasajeros podrán transportar un artículo de Equipaje de Mano (por ejemplo, xxxxxx xxxxxxx, porta trajes, bolsa de mano) que no exceda las dimensiones exteriores de 10” x 16” x 24” más un artículo personal de menor tamaño (por ejemplo, una bolsa de mano, maletín, estuche de computadora portátil, mochila, cámara pequeña), siempre y cuando dichos artículos puedan ser transportados a bordo equipaje en exceso de la aeronave por un Pasajero sin asistencia adicionalfranquicia libre, de acuerdo a menos lo establecido en las regulaciones del transportador. El transportador está obligado a transportar el exceso de equipaje conjuntamente con el pasajero sólo cuando tenga posibilidades de trasladarlo en la misma aeronave. Cuando ello no resulte posible, lo trasladará en el próximo vuelo en el que el Pasajero requiera asistencia debido haya espacio disponible, poniendo dicha circunstancia en conocimiento del pasajero quién deberá manifestar su consentimiento en forma expresa.
h) RECUPERACION Y ENTREGA DE EQUIPAJE:
I) El pasajero recogerá su equipaje tan pronto como esté a una discapacidad, y puedan ser guardados debajo de un asiento o en un compartimiento superior. Se encuentran tablas o probadores de tamaño con dimensiones de 10" x 16" x 24" en varios sitios de documentación rápida del Transportista (en su caso)disposición, en los mostradores lugares de venta destino o de boletos, salas parada - estancia. Luego de abordar, sitios de abordaje, la finalización del viaje y en muchas rampas caso de acceso. El Transportista se reserva adoptarse en el derecho aeropuerto medidas de imponer restricciones adicionales inspección o seguridad, debe reintegrarse al número pasajero el control de artículos equipaje, quien lo conservará en su poder a efectos de manotodo reclamo que pudiera suscitarse.
(iII) Se aceptará una maleta con ruedas que Sólo está facultado para la recepción del equipaje el portador del billete de otra forma tendría las dimensiones control de 10” x 16” x 24” si se retiraran las ruedas.
(ii) Los artículos sobredimensionados equipaje y del talón de tamaño razonable como equipaje de mano que excedan de un lado la tabla o el probador de tamaño y que por su naturaleza frágil estarían más susceptibles entregado al riesgo normal de daño si se transportaren en la bodega de la aeronave (por ejemplo planos, tubos para mapas, cañas de pescar, obras de arte, cámaras y equipos de video) son considerados como artículos personales pequeños por lo que pueden ser transportados en la cabina de pasajeros cuando el espacio restante abordo así permita y el artículo quepa en el compartimiento superior sin privar a los demás Pasajeros del espacio suficiente en los compartimientos superiores.
(iii) Todo instrumento musical pequeño se considera un artículo personal y podrá ser transportado a bordo de la cabina de pasajeros, independientemente si cumple o no con los requisitos de dimensiones de 10” x 16” x 24”, siempre que el instrumento pueda ser guardado de manera segura en el compartimento para equipaje de la aeronave o debajo de un asiento de pasajero y que exista espacio para hacerlo en el momento en que el Pasajero aborde equipaje fue registrado. La no exhibición del talón de equipaje no impedirá la aeronaveentrega del mismo siempre que el equipaje registrado pueda ser identificado por otros medios.
III) Si una persona que reclama el equipaje no posee el billete de control de equipaje y/o no puede identificarlo por medio de un talón de equipaje, el transportador entregará el equipaje a tal persona a condición de que demuestre su derecho a satisfacción del transportador y si el transportador lo requiere, dicha persona brindará la seguridad adecuada para indemnizar al transportador por cualquier pérdida, daño o gasto en que pueda incurrir el transportador como resultado de tal entrega.
IV) La aceptación del equipaje por parte del portador del billete de control de equipaje sin quejas en el momento de la entrega, constituye "prima facie" evidencia de que el equipaje ha sido entregado en buenas condiciones y de acuerdo con el contrato, sin perjuicio de las disposiciones del artículo 20 del presente Anexo.
V) En caso de retardo en la entrega, el transportador deberá efectuarla, sin cargo, al destinatario o a la persona que éste indique y en el lugar que a tal efecto determine.
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Samples: Contrato De Transporte Aéreo
Equipaje. a. 11.1. VC transportará el Equipaje del Pasajero, siempre que este haya pagado los valores correspondientes, de acuerdo con la Tarifa (Ver Anexo X), el número de piezas, el tipo de piezas y las dimensiones, según sea el caso. (Ver Anexo V y VI).
11.2. Es obligación del Pasajero o la persona interesada consultar las políticas de Equipajes de VC (anexo V y VI), las cuales hacen parte integrante de las presentes Condiciones Generales, y se encuentran publicadas en la página web de la Aerolínea xxx.xxxxxxxxxxxx.xx.
11.3. Bienes como dinero, joyas, metales preciosos, muestras, computadoras, aparatos electrónicos personales, papeles negociables, títulos u otros valores, documentos de negocios, pasaportes y otros documentos de identificación, deberán llevarse como Equipaje de Mano.
(1) General11.4. El Transportista Si algún objeto es transportado en contravención de lo establecido en estas Condiciones Generales, VC no será responsable por ninguna pérdida o Daño a su discreción determinará permitir tales objetos, excepto en lo previsto en la regulación aplicable, y el Pasajero asumirá tales riesgos.
11.5. VC podrá inspeccionar el Equipaje con o sin la asistencia del Pasajero cuando este no pueda o no se presente a la inspección. Si el Pasajero no está de acuerdo con la inspección, VC podrá negarse a transportarlo, sin que cualquier Equipajesea responsable por los perjuicios que por ello pudiere causarle, excepto en virtud de su peso, dimensiones, contenido o carácter, pueda ser transportado lo previsto en la cabina de Pasajeros de la aeronave. Todo Equipaje de Mano debe ser guardado debajo de un asiento o en un compartimiento superiorregulación aplicable.
(2) Responsabilidad del Pasajero11.6. El Equipaje de Mano es responsabilidad única del Pasajero.
(3) Equipaje de Mano Permitido. Los Pasajeros podrán transportar un artículo de Equipaje de Mano (por ejemplo, xxxxxx xxxxxxx, porta trajes, bolsa de mano) que no exceda las dimensiones exteriores de 10” x 16” x 24” más un artículo personal de menor tamaño (por ejemplo, una bolsa de mano, maletín, estuche de computadora portátil, mochila, cámara pequeña), siempre y cuando dichos artículos puedan ser transportados a bordo de la aeronave por un Pasajero sin asistencia adicional, a menos que el Pasajero requiera asistencia debido a una discapacidad, y puedan ser guardados debajo de un asiento o en un compartimiento superior. Se encuentran tablas o probadores de tamaño con dimensiones de 10" x 16" x 24" en varios sitios de documentación rápida del Transportista (en su caso), en los mostradores de venta de boletos, salas de abordar, sitios de abordaje, y en muchas rampas de acceso. El Transportista VC se reserva el derecho a negar el transporte de imponer restricciones adicionales al número cualquier Equipaje en cualquier momento por razón de artículos su tamaño, estado, peso, o característica, o por razones de manoseguridad u operacionales.
(i) Se aceptará 11.7. VC se podrá negar a aceptar la declaración de exceso del valor del Equipaje registrado, cuando una maleta con ruedas que de otra forma tendría las dimensiones de 10” x 16” x 24” si se retiraran las ruedasporción del transporte deba ser proveída por otro transportador.
(ii) Los artículos sobredimensionados de tamaño razonable como equipaje de mano que excedan de un lado la tabla o el probador de tamaño y que por su naturaleza frágil estarían más susceptibles al riesgo normal de daño si se transportaren en la bodega de la aeronave (por ejemplo planos, tubos para mapas, cañas de pescar, obras de arte, cámaras y equipos de video) son considerados como artículos personales pequeños por lo que pueden ser transportados en la cabina de pasajeros cuando el espacio restante abordo así permita y el artículo quepa en el compartimiento superior sin privar a los demás Pasajeros del espacio suficiente en los compartimientos superiores.
(iii) Todo instrumento musical pequeño se considera un artículo personal y podrá ser transportado a bordo de la cabina de pasajeros, independientemente si cumple o no con los requisitos de dimensiones de 10” x 16” x 24”, siempre que el instrumento pueda ser guardado de manera segura en el compartimento para equipaje de la aeronave o debajo de un asiento de pasajero y que exista espacio para hacerlo en el momento en que el Pasajero aborde la aeronave.
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Samples: Contrato De Transporte Aéreo
Equipaje. a. Equipaje de Mano
(1) General. El Transportista a su discreción determinará permitir o no que cualquier EquipajePROVEEDOR, en virtud de su pesobajo ninguna circunstancia, dimensiones, contenido o carácter, pueda ser transportado en la cabina de Pasajeros se hará responsable de la aeronave. Todo Equipaje pérdida o avería de Mano debe ser guardado debajo los artículos de un asiento valor que trasladen el CONSUMIDOR o en un compartimiento superior.
(2) Responsabilidad del Pasajero. El Equipaje sus pasajeros dentro de Mano es responsabilidad única del Pasajero.
(3) Equipaje sus equipajes, por lo que éstos últimos reconocen que la transportación de Mano Permitido. Los Pasajeros podrán transportar un artículo de Equipaje de Mano (por ejemplo, xxxxxx xxxxxxx, porta trajes, bolsa de mano) que no exceda las dimensiones exteriores de 10” x 16” x 24” más un artículo personal de menor tamaño (por ejemplo, una bolsa de mano, maletín, estuche de computadora portátil, mochila, cámara pequeña), siempre y cuando dichos artículos puedan ser transportados a bordo se realizará bajo su propio riesgo. Para efectos de la aeronave por un Pasajero sin asistencia adicionallo anterior, a menos que el Pasajero requiera asistencia debido a una discapacidad, y puedan ser guardados debajo de un asiento o en un compartimiento superior. Se encuentran tablas o probadores de tamaño con dimensiones de 10" x 16" x 24" en varios sitios de documentación rápida del Transportista (en su caso), en los mostradores de venta de boletos, salas de abordar, sitios de abordaje, y en muchas rampas de acceso. El Transportista se reserva el derecho de imponer restricciones adicionales al número de artículos de mano.
(i) Se aceptará una maleta con ruedas que valor comprenderán, de otra forma tendría las dimensiones enunciativa más no limitativa, los siguientes: joyas, documentos personales, documentos de 10” x 16” x 24” si se retiraran las ruedas.
(ii) Los artículos sobredimensionados de tamaño razonable como equipaje de mano que excedan de un lado la tabla identificación, metales o el probador de tamaño y que por su naturaleza frágil estarían más susceptibles al riesgo normal de daño si se transportaren en la bodega de la aeronave (por ejemplo planos, tubos para mapas, cañas de pescarpiedras preciosas, obras de arte, cámaras y equipos títulos valor, dinero en efectivo, computadoras, reproductores portátiles de video) son considerados audio y/o video o cualquier otro tipo de aparatos electrónicos, así como todos aquellos artículos personales pequeños por lo que pueden ser transportados en la cabina de pasajeros cuando el espacio restante abordo así permita y el artículo quepa similares a los antes señalados. El PROVEEDOR no prestará los Servicios si en el compartimiento superior equipaje de los pasajeros se encontrara cualquier material, cosa u objeto, que ponga en riesgo la seguridad operacional de los Servicios. No obstante, si durante la operación del vuelo, algún material, cosa u objeto del equipaje de los pasajeros pusiera en riesgo la seguridad operacional de los Servicios o dañara la aeronave, el CONSUMIDOR será totalmente responsable de los gastos, costos, daños y perjuicios que lo anterior le ocasione al PROVEEDOR. Para Vuelos Nacionales y Vuelos Internacionales, el Pasajero tendrá derecho a transportar, sin privar cargo adicional, el Equipaje que indique el PROVEEDOR de conformidad con el peso permitido para cada una de las aeronaves de conformidad con la legislación aplicable. Para los servicios de transporte aéreo internacional, el transporte de equipaje se sujetará a los demás Pasajeros del espacio suficiente lo dispuesto en los compartimientos superiores.
(iii) Todo instrumento musical pequeño se considera un artículo personal y podrá ser transportado a bordo de la cabina de pasajeros, independientemente si cumple o no con los requisitos de dimensiones de 10” x 16” x 24”, siempre Tratados. Cabe señalar que el instrumento pueda ser guardado de manera segura en el compartimento para equipaje de la aeronave o debajo de un asiento de pasajero tripulación no será responsabilidad del CONSUMIDOR, y que exista espacio para hacerlo si sucediere algún incidente respecto a dicho equipaje, el PROVEEDOR sacará en el momento paz y a salvo al CONSUMIDOR por cualquier reclamación en que el Pasajero aborde la aeronaveeste sentido.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Logística Y Transportación Aérea
Equipaje. a. Equipaje de Mano
(1) General. El Transportista a su discreción determinará permitir o no que cualquier Equipaje, en virtud de su peso, dimensiones, contenido o carácter, pueda ser transportado en la cabina de Pasajeros de la aeronave. Todo Equipaje de Mano debe ser guardado debajo de un asiento o en un compartimiento superior.
(2) Responsabilidad del Pasajero. El Equipaje de Mano es responsabilidad única del Pasajero.
(3) Equipaje de Mano Permitido. Los Pasajeros podrán transportar un artículo de Equipaje de Mano (por ejemplo, xxxxxx xxxxxxx, porta trajes, bolsa de mano) que no exceda las dimensiones exteriores de 10” x 16” x 24” más un artículo personal de menor tamaño (por ejemplo, una bolsa de mano, maletín, estuche de computadora portátil, mochila, cámara pequeña), siempre y cuando dichos artículos puedan ser transportados a bordo de la aeronave por un Pasajero sin asistencia adicional, a menos que el Pasajero requiera asistencia debido a una discapacidad, y puedan ser guardados debajo de un asiento o en un compartimiento superior. Se encuentran tablas o probadores de tamaño con dimensiones de 10" x 16" x 24" en varios sitios de documentación rápida del Transportista (en su caso), en los mostradores de venta de boletos, salas de abordar, sitios de abordaje, y en muchas rampas de acceso. El Transportista se reserva el derecho de imponer restricciones adicionales al número de artículos de mano.
(i) Se aceptará una maleta con ruedas que de otra forma tendría las dimensiones de 10” x 16” x 24” si se retiraran las ruedas.
(ii) Los artículos sobredimensionados de tamaño razonable como equipaje de mano que excedan de un lado la tabla o el probador de tamaño y que por su naturaleza frágil estarían más susceptibles al riesgo normal de daño si se transportaren en la bodega de la aeronave (por ejemplo planos, tubos para mapas, cañas de pescar, obras de arte, cámaras y equipos de video) son considerados como artículos personales pequeños por lo que pueden ser transportados en la cabina de pasajeros cuando el espacio restante abordo así permita y el artículo quepa en el compartimiento superior sin privar a los demás Pasajeros del espacio suficiente en los compartimientos superiores.
(iii) Todo instrumento musical pequeño se considera un artículo personal y podrá ser transportado a bordo de la cabina de pasajeros, independientemente si cumple o no con los requisitos de dimensiones de 10” x 16” x 24”, siempre que el instrumento pueda ser guardado de manera segura en el compartimento para equipaje de la aeronave o debajo de un asiento de pasajero y que exista espacio para hacerlo en el momento en que el Pasajero aborde la aeronave.
(iv) Otros artículos de asistencia médica (p.ej. extractores de leche, leche materna) podrán ser transportados en la cabina de la aeronave adicionalmente al equipaje de mano permitido, cuando ellos puedan ser guardados de conformidad con las regulaciones de la FAA. Para dispositivos de asistencia para Clientes clasificados con discapacidades, favor de referirse a la Sección 6.d(2).
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Samples: Passenger Transportation Contract
Equipaje. a. 11.1. VC transportará el Equipaje del Pasajero, siempre que este haya pagado los valores correspondientes, de Manoacuerdo con la Tarifa, el número de piezas, el tipo de piezas y las dimensiones, según sea el caso. (Ver Anexo V y VI).
11.2. Es obligación del Pasajero o la persona interesada consultar las políticas de Equipajes de VC (1) Generalanexo V y VI), las cuales hacen parte integrante de las presentes Condiciones Generales, y se encuentran publicadas en la página web de la Aerolínea xxx.xxxxxxxxxxxx.xx.
11.3. El Transportista pasajero no podrá incluir en su equipaje en bodega artículos frágiles o perecederos, dinero, joyas, piedras o metales preciosos, platería, documentos negociables, títulos u otros valores; dinero en efectivo, pasaportes, cámaras fotográficas o de video, filmadoras, computadoras, tabletas electrónicas, teléfonos móviles, calculadoras, lentes, botellas con licor o perfumes, entre otros, respecto de los cuales el transportador no se responsabiliza si se transportan en esas condiciones. Tales elementos deben ser transportados a su discreción determinará permitir o no que cualquier Equipajela mano, en virtud de su peso, dimensiones, contenido o carácter, pueda ser transportado en la cabina de Pasajeros de la aeronave. Todo Equipaje de Mano debe ser guardado debajo de un asiento o en un compartimiento superior.
(2) Responsabilidad del Pasajero. El Equipaje de Mano es responsabilidad única del Pasajero.
(3) Equipaje de Mano Permitido. Los Pasajeros podrán transportar un artículo de Equipaje de Mano (por ejemplo, xxxxxx xxxxxxx, porta trajes, bolsa de mano) que no exceda las dimensiones exteriores de 10” x 16” x 24” más un artículo personal de menor tamaño (por ejemplo, una bolsa el equipaje de mano, maletínsi sus características lo permiten, estuche bajo la custodia y responsabilidad del propio pasajero.
11.4. Si algún objeto es transportado en contravención de computadora portátillo establecido en estas Condiciones Generales, mochilaVC no será responsable por ninguna pérdida o daño a tales objetos, cámara pequeña)excepto en lo previsto en la regulación aplicable, siempre y cuando dichos artículos puedan ser transportados a bordo de la aeronave por un Pasajero sin asistencia adicional, a menos que el Pasajero requiera asumirá tales riesgos.
11.5. VC podrá inspeccionar el Equipaje con o sin la asistencia debido del Pasajero cuando este no pueda o no se presente a una discapacidadla inspección. Si el Pasajero no está de acuerdo con la inspección, y puedan ser guardados debajo de un asiento o VC podrá negarse a transportarlo, sin que sea responsable por los perjuicios que por ello pudiere causarle, excepto en un compartimiento superiorlo previsto en la regulación aplicable.
11.6. Se encuentran tablas o probadores de tamaño con dimensiones de 10" x 16" x 24" en varios sitios de documentación rápida del Transportista (en su caso), en los mostradores de venta de boletos, salas de abordar, sitios de abordaje, y en muchas rampas de acceso. El Transportista VC se reserva el derecho a negar el transporte de imponer restricciones adicionales al número cualquier Equipaje en cualquier momento por razón de artículos su tamaño, estado, peso, o característica, o por razones de manoseguridad u operacionales.
(i) Se aceptará 11.7. VC se podrá negar a aceptar la declaración de exceso del valor del Equipaje registrado, cuando una maleta con ruedas que de otra forma tendría las dimensiones de 10” x 16” x 24” si se retiraran las ruedasporción del transporte deba ser proveída por otro transportador.
(ii) Los artículos sobredimensionados de tamaño razonable como equipaje de mano que excedan de un lado la tabla o el probador de tamaño y que por su naturaleza frágil estarían más susceptibles al riesgo normal de daño si se transportaren en la bodega de la aeronave (por ejemplo planos, tubos para mapas, cañas de pescar, obras de arte, cámaras y equipos de video) son considerados como artículos personales pequeños por lo que pueden ser transportados en la cabina de pasajeros cuando el espacio restante abordo así permita y el artículo quepa en el compartimiento superior sin privar a los demás Pasajeros del espacio suficiente en los compartimientos superiores.
(iii) Todo instrumento musical pequeño se considera un artículo personal y podrá ser transportado a bordo de la cabina de pasajeros, independientemente si cumple o no con los requisitos de dimensiones de 10” x 16” x 24”, siempre que el instrumento pueda ser guardado de manera segura en el compartimento para equipaje de la aeronave o debajo de un asiento de pasajero y que exista espacio para hacerlo en el momento en que el Pasajero aborde la aeronave.
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Samples: Contrato De Transporte Aéreo
Equipaje. a. 11.1. VC transportará el Equipaje del Pasajero, siempre que este haya pagado los valores correspondientes, de acuerdo con la Tarifa, el número de piezas, el tipo de piezas y las dimensiones, según sea el caso. (Ver Anexo V y VI).
11.2. Es obligación del Pasajero o la persona interesada consultar las políticas de Equipajes de VC (anexo V y VI), las cuales hacen parte integrante de las presentes Condiciones Generales, y se encuentran publicadas en la página web de la Aerolínea xxx.xxxxxxxxxxxx.xx.
11.3. Bienes como dinero, joyas, metales preciosos, muestras, computadoras, aparatos electrónicos personales, papeles negociables, títulos u otros valores, documentos de negocios, pasaportes y otros documentos de identificación, deberán llevarse como Equipaje de Mano.
(1) General11.4. El Transportista Si algún objeto es transportado en contravención de lo establecido en estas Condiciones Generales, VC no será responsable por ninguna pérdida o Daño a su discreción determinará permitir tales objetos, excepto en lo previsto en la regulación aplicable, y el Pasajero asumirá tales riesgos.
11.5. VC podrá inspeccionar el Equipaje con o sin la asistencia del Pasajero cuando este no pueda o no se presente a la inspección. Si el Pasajero no está de acuerdo con la inspección, VC podrá negarse a transportarlo, sin que cualquier Equipajesea responsable por los perjuicios que por ello pudiere causarle, excepto en virtud de su peso, dimensiones, contenido o carácter, pueda ser transportado lo previsto en la cabina de Pasajeros de la aeronave. Todo Equipaje de Mano debe ser guardado debajo de un asiento o en un compartimiento superiorregulación aplicable.
(2) Responsabilidad del Pasajero11.6. El Equipaje de Mano es responsabilidad única del Pasajero.
(3) Equipaje de Mano Permitido. Los Pasajeros podrán transportar un artículo de Equipaje de Mano (por ejemplo, xxxxxx xxxxxxx, porta trajes, bolsa de mano) que no exceda las dimensiones exteriores de 10” x 16” x 24” más un artículo personal de menor tamaño (por ejemplo, una bolsa de mano, maletín, estuche de computadora portátil, mochila, cámara pequeña), siempre y cuando dichos artículos puedan ser transportados a bordo de la aeronave por un Pasajero sin asistencia adicional, a menos que el Pasajero requiera asistencia debido a una discapacidad, y puedan ser guardados debajo de un asiento o en un compartimiento superior. Se encuentran tablas o probadores de tamaño con dimensiones de 10" x 16" x 24" en varios sitios de documentación rápida del Transportista (en su caso), en los mostradores de venta de boletos, salas de abordar, sitios de abordaje, y en muchas rampas de acceso. El Transportista VC se reserva el derecho a negar el transporte de imponer restricciones adicionales al número cualquier Equipaje en cualquier momento por razón de artículos su tamaño, estado, peso, o característica, o por razones de manoseguridad u operacionales.
(i) Se aceptará 11.7. VC se podrá negar a aceptar la declaración de exceso del valor del Equipaje registrado, cuando una maleta con ruedas que de otra forma tendría las dimensiones de 10” x 16” x 24” si se retiraran las ruedasporción del transporte deba ser proveída por otro transportador.
(ii) Los artículos sobredimensionados de tamaño razonable como equipaje de mano que excedan de un lado la tabla o el probador de tamaño y que por su naturaleza frágil estarían más susceptibles al riesgo normal de daño si se transportaren en la bodega de la aeronave (por ejemplo planos, tubos para mapas, cañas de pescar, obras de arte, cámaras y equipos de video) son considerados como artículos personales pequeños por lo que pueden ser transportados en la cabina de pasajeros cuando el espacio restante abordo así permita y el artículo quepa en el compartimiento superior sin privar a los demás Pasajeros del espacio suficiente en los compartimientos superiores.
(iii) Todo instrumento musical pequeño se considera un artículo personal y podrá ser transportado a bordo de la cabina de pasajeros, independientemente si cumple o no con los requisitos de dimensiones de 10” x 16” x 24”, siempre que el instrumento pueda ser guardado de manera segura en el compartimento para equipaje de la aeronave o debajo de un asiento de pasajero y que exista espacio para hacerlo en el momento en que el Pasajero aborde la aeronave.
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Equipaje. a. 11.1. VA transportará el Equipaje del Pasajero, siempre que este haya pagado los valores correspondientes, de Manoacuerdo con la Tarifa, el número de piezas, el tipo de piezas y las dimensiones, según sea el caso. (Ver Anexo V y VI).
11.2. Es obligación del Pasajero o la persona interesada consultar las políticas de Equipajes de VA (1) Generalanexo V y VI), las cuales hacen parte integrante de las presentes Condiciones Generales, y se encuentran publicadas en la página web de la Aerolínea xxx.xxxxxxx.xxx/xx.
11.3. El Transportista pasajero no podrá incluir en su equipaje en bodega artículos frágiles o perecederos, dinero, joyas, piedras o metales preciosos, platería, documentos negociables, títulos u otros valores; dinero en efectivo, pasaportes, cámaras fotográficas o de video, filmadoras, computadoras, tabletas electrónicas, teléfonos móviles, calculadoras, lentes, botellas con licor o perfumes, entre otros, respecto de los cuales el transportador no se responsabiliza si se transportan en esas condiciones. Tales elementos deben ser transportados a su discreción determinará permitir o no que cualquier Equipajela mano, en virtud de su peso, dimensiones, contenido o carácter, pueda ser transportado en la cabina de Pasajeros de la aeronave. Todo Equipaje de Mano debe ser guardado debajo de un asiento o en un compartimiento superior.
(2) Responsabilidad del Pasajero. El Equipaje de Mano es responsabilidad única del Pasajero.
(3) Equipaje de Mano Permitido. Los Pasajeros podrán transportar un artículo de Equipaje de Mano (por ejemplo, xxxxxx xxxxxxx, porta trajes, bolsa de mano) que no exceda las dimensiones exteriores de 10” x 16” x 24” más un artículo personal de menor tamaño (por ejemplo, una bolsa el equipaje de mano, maletínsi sus características lo permiten, estuche bajo la custodia y responsabilidad del propio pasajero.
11.4. Si algún objeto es transportado en contravención de computadora portátillo establecido en estas Condiciones Generales, mochilaVA no será responsable por ninguna pérdida o daño a tales objetos, cámara pequeña)excepto en lo previsto en la regulación aplicable, siempre y cuando dichos artículos puedan ser transportados a bordo de la aeronave por un Pasajero sin asistencia adicional, a menos que el Pasajero requiera asumirá tales riesgos.
11.5. VA podrá inspeccionar el Equipaje con o sin la asistencia debido del Pasajero cuando este no pueda o no se presente a una discapacidadla inspección. Si el Pasajero no está de acuerdo con la inspección, y puedan ser guardados debajo de un asiento o VA podrá negarse a transportarlo, sin que sea responsable por los perjuicios que por ello pudiere causarle, excepto en un compartimiento superiorlo previsto en la regulación aplicable.
11.6. Se encuentran tablas o probadores de tamaño con dimensiones de 10" x 16" x 24" en varios sitios de documentación rápida del Transportista (en su caso), en los mostradores de venta de boletos, salas de abordar, sitios de abordaje, y en muchas rampas de acceso. El Transportista VA se reserva el derecho a negar el transporte de imponer restricciones adicionales al número cualquier Equipaje en cualquier momento por razón de artículos su tamaño, estado, peso, o característica, o por razones de manoseguridad u operacionales.
(i) Se aceptará 11.7. VA se podrá negar a aceptar la declaración de exceso del valor del Equipaje registrado, cuando una maleta con ruedas que de otra forma tendría las dimensiones de 10” x 16” x 24” si se retiraran las ruedasporción del transporte deba ser proveída por otro transportador.
(ii) Los artículos sobredimensionados de tamaño razonable como equipaje de mano que excedan de un lado la tabla o el probador de tamaño y que por su naturaleza frágil estarían más susceptibles al riesgo normal de daño si se transportaren en la bodega de la aeronave (por ejemplo planos, tubos para mapas, cañas de pescar, obras de arte, cámaras y equipos de video) son considerados como artículos personales pequeños por lo que pueden ser transportados en la cabina de pasajeros cuando el espacio restante abordo así permita y el artículo quepa en el compartimiento superior sin privar a los demás Pasajeros del espacio suficiente en los compartimientos superiores.
(iii) Todo instrumento musical pequeño se considera un artículo personal y podrá ser transportado a bordo de la cabina de pasajeros, independientemente si cumple o no con los requisitos de dimensiones de 10” x 16” x 24”, siempre que el instrumento pueda ser guardado de manera segura en el compartimento para equipaje de la aeronave o debajo de un asiento de pasajero y que exista espacio para hacerlo en el momento en que el Pasajero aborde la aeronave.
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Equipaje. a. 15.5.1 No tendremos responsabilidad alguna por daños ocasionados al equipaje no facturado a no ser que su causa directa sea un acto de negligencia por nuestra parte. • 15.5.2 Salvo en el caso de una acción u omisión esté destinada a causar daños o se realice temerariamente y con conocimiento de que de la misma pueden resultar daños con bastante probabilidad, nuestra responsabilidad por daños al equipaje facturado se limitará a lo dispuesto por el Convenio, que para la mayor parte de los casos prevé un límite de 1.131 Derechos Especiales de Giro por Pasajero, si bien, cuando en razón de la legislación aplicable puedan aplicarse límites de responsabilidad distintos, se aplicarán tales límites. • 15.5.3 No seremos responsables de daños ocasionados por su Equipaje. Usted será el responsable de cualesquiera daños que su Equipaje pueda ocasionar a otras personas o a la propiedad, incluida nuestra propiedad. • 15.5.4 No tendremos responsabilidad alguna por daños a artículos cuya inclusión en el equipaje facturado no esté permitida según el Artículo 9.3, incluidos los bienes perecederos o frágiles, los que tengan un valor especial, como dinero, joyas, metales preciosos, dispositivos electrónicos personales, documentos negociables, títulos, u otros objetos de Mano
(1) Generalvalor, documentos mercantiles, pasaportes y otros documentos de identificación o muestras. El Transportista • 15.5.5 En caso de una reclamación por daños o pérdida su Equipaje facturado, deberá proceder a informarnos de ello a través del correspondiente parte de irregularidad de equipajes que está a su discreción determinará permitir o no que cualquier Equipaje, en virtud de su peso, dimensiones, contenido o carácter, pueda ser transportado en la cabina de Pasajeros de la aeronave. Todo Equipaje de Mano debe ser guardado debajo de un asiento o en un compartimiento superior.
(2) Responsabilidad del Pasajero. El Equipaje de Mano es responsabilidad única del Pasajero.
(3) Equipaje de Mano Permitido. Los Pasajeros podrán transportar un artículo de Equipaje de Mano (por ejemplo, xxxxxx xxxxxxx, porta trajes, bolsa de mano) que no exceda las dimensiones exteriores de 10” x 16” x 24” más un artículo personal de menor tamaño (por ejemplo, una bolsa de mano, maletín, estuche de computadora portátil, mochila, cámara pequeña), siempre y cuando dichos artículos puedan ser transportados a bordo de la aeronave por un Pasajero sin asistencia adicional, a menos que el Pasajero requiera asistencia debido a una discapacidad, y puedan ser guardados debajo de un asiento o en un compartimiento superior. Se encuentran tablas o probadores de tamaño con dimensiones de 10" x 16" x 24" en varios sitios de documentación rápida del Transportista (en su caso), disposición en los mostradores habilitados de venta los aeropuertos. En caso de boletosdaños dicha reclamación deberá ser efectuada tan pronto como sea posible y como máximo, salas en el plazo de abordar, sitios de abordaje, y en muchas rampas de accesosiete (7) días desde la recepción del Equipaje. El Transportista plazo máximo para notificar la pérdida del Equipaje es de veintiún (21) días. En ningún caso la Compañía será responsable por roces, manchas, rotura de elementos externos como ruedas y asas, abolladuras o asimilados, a no ser que se reserva el derecho de imponer restricciones adicionales al número de artículos de mano.
(i) Se aceptará una maleta con ruedas que de otra forma tendría las dimensiones de 10” x 16” x 24” si se retiraran las ruedas.
(ii) Los artículos sobredimensionados de tamaño razonable como equipaje de mano que excedan de un lado la tabla o el probador de tamaño y que por su naturaleza frágil estarían más susceptibles al riesgo normal de daño si se transportaren en la bodega de la aeronave (por ejemplo planos, tubos para mapas, cañas de pescar, obras de arte, cámaras y equipos de video) son considerados como artículos personales pequeños por lo que pueden ser transportados en la cabina de pasajeros cuando el espacio restante abordo así permita y el artículo quepa en el compartimiento superior sin privar a los demás Pasajeros del espacio suficiente en los compartimientos superiores.
(iii) Todo instrumento musical pequeño se considera un artículo personal y podrá ser transportado a bordo de la cabina de pasajeros, independientemente si cumple o no con los requisitos de dimensiones de 10” x 16” x 24”, siempre acredite que el instrumento pueda ser guardado de manera segura en el compartimento para equipaje de daño es imputable a la aeronave o debajo de un asiento de pasajero y que exista espacio para hacerlo en el momento en que el Pasajero aborde la aeronaveCompañía.
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Samples: Condiciones Generales Del Transporte