SUMAS ASEGURADAS Cláusulas de Ejemplo

SUMAS ASEGURADAS. Será responsabilidad del Asegurado la fijación y actualización de las Sumas Aseguradas que se indican en la Carátula y/o Especificación de la Póliza y que constituirán el límite máximo de responsabilidad que en caso de siniestro esté a cargo de la Aseguradora, debiendo haber sido aceptadas de común acuerdo entre el Asegurado y la Aseguradora.
SUMAS ASEGURADAS. El 100% del coste de los servicios, sin límite de suma, con la excepción de los siguientes casos:
SUMAS ASEGURADAS. 1. El 100% de las minutas y gastos de reclamación, sin límite cuando se trate de las acreditadas por los Abogados y Procuradores designados por el Asegurador y, como máximo por siniestro, hasta 1.500,00 euros cuando se trate de los honorarios y gastos de Abogados y Procuradores libremente elegidos por el Asegurado.
SUMAS ASEGURADAS. La cantidad de suma asegurada que se pagará en cada cobertura por cada riesgo que se ampara bajo este contrato queda especificada en las Condiciones Particulares de la póliza. Para las coberturas II.1. Daños Materiales, II.1.Bis Solamente Pérdida Total, II.2. Robo o Hurto Total, la suma asegurada corresponde al “Valor Convenido” establecido en las Condiciones Particulares de la póliza y será el límite máximo de responsabilidad. En los vehículos último modelo o los denominados km “cero” se podrá contratar como “Valor Factura” el valor que aparece en la factura original, expedida por el concesionario autorizado, este valor incluye los impuestos gubernamentales correspondientes, el Impuesto sobre las Ventas y cualquier otro que la ley imponga. Tratándose de vehículos facturados por una compañía de seguros con motivo de una pérdida total previa (salvamento), el límite máximo de responsabilidad en las coberturas II.1. Daños Materiales, II.1 Bis Solamente Pérdida Total, II.2. Robo o Hurto Total, corresponderá al 65% de la suma asegurada establecida conforme a los criterios líneas arriba indicados.
SUMAS ASEGURADAS. Es el monto de seguro según el Plan elegido por el Asegurado, que la Aseguradora se obliga a pagar en caso de Siniestro para cada cobertura, según se indica en el Certificado de Xxxxxxxxx.
SUMAS ASEGURADAS. La cantidad que se pagará en cada cobertura por cada riesgo que se ampara bajo este contrato queda especificada en la carátula de esta Póliza. Las sumas aseguradas de las coberturas de 1. Daños Materiales, 1.1. Daños Materiales Catastróficos, 2. Robo Total, 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros (L.U.C.), 3.1 Responsabilidad Civil por Daños a Terceros en sus Personas, 3.2 Responsabilidad Civil por Daños a Terceros en sus Bienes, 3.3 Responsabilidad Civil Catastrófica por Daños a Terceros en sus Bienes y/o Personas, 3.3.1 Responsabilidad Civil Catastrófica por fallecimiento, 3.4 Extensión de Cobertura de Responsabilidad Civil, 3.7 Atlas Responsabilidad Civil Para Remolques, 4. Gastos Médicos Ocupantes y 5. Accidentes Automovilísticos al Conductor que se hubieren contratado en la Póliza, se reinstalarán automáticamente cuando éstas hayan sido reducidas por el pago de cualquier indemnización parcial efectuada por la Compañía durante la vigencia de la Póliza. En el caso de la cobertura 6. Equipo Especial, toda indemnización que la Compañía pague reducirá en igual cantidad su responsabilidad pudiendo ser reinstalada la suma asegurada a solicitud del Asegurado, previa aceptación de la Compañía, en cuyo caso el Asegurado deberá pagar la prima que corresponda. Para el caso de las coberturas 1. Daños Materiales, 1.1 Daños Materiales catastróficos y 2. Robo Total, el monto de la indemnización se obtendrá de conformidad con el procedimiento descrito en la Cláusula 7a. de estas Condiciones Generales.
SUMAS ASEGURADAS. Para los conceptos enumerados a continuación, las sumas aseguradas indicadas en las Condiciones Particulares de la póliza deben corresponder a lo definido para cada uno: el valor presupuestado de la obra a su terminación incluidos materiales, fletes, derechos de aduana e impuestos, gastos de construcción más el valor de servicios, materiales, máquinas y mano de obra suministrados por el dueño.
SUMAS ASEGURADAS. La cantidad que se pagará en cada cobertura por cada riesgo que se ampara bajo este contrato queda especificada en la carátula de esta póliza bajo el rubro de Valor Comercial, Valor Factura, Valor Convenido o Suma Asegurada, la cual incluye el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) y todos los impuestos legales que correspondan.
SUMAS ASEGURADAS. El límite máximo de responsabilidad de la Compañía para cada Asegurado, es la Suma Asegurada individual de la cobertura afectada por el siniestro, las cuales equivalen a: