DEDUCIBLE Cláusulas de Ejemplo

DEDUCIBLE. Esta cobertura opera sin la aplicación de un deducible.
DEDUCIBLE. Queda entendido y convenido que, en todo y cada siniestro indemnizable, para exigir el cumplimiento de las obligaciones a cargo de la Compañía, el Asegurado deberá contribuir invariablemente con una cantidad denominada deducible, siendo éste el porcentaje, monto fijo o mínimo que se establece en la carátula de la póliza. En reclamaciones por rotura y robo xx xxxxxxxxx, si se efectúa un cambio o reposición únicamente, quedará a cargo del Asegurado el pago del deducible que corresponda al 20% del monto total que resulte de sumar el valor del o de los cristales afectados y el costo de su instalación, con un deducible mínimo de $100 dólares. En los casos en los que se efectúe la reparación de parabrisas, el Asegurado quedará exento del pago de deducible indicado en el párrafo anterior. Si se efectúa cambio o reposición, el Asegurado deberá cumplir con su obligación de pago de deducible aplicable para las reclamaciones por rotura y/o robo xx xxxxxxxxx. En caso de que el Vehículo Asegurado sufra daños materiales a consecuencia de una colisión o vuelco, el Asegurado quedará exento del pago del deducible, sí en dicha colisión o vuelco existe un vehículo tercero responsable que no cuente con seguro, o bien que el mismo sea de cobertura limitada o básica de responsabilidad civil. Para que se pueda otorgar este beneficio de Condonación de Deducible, es necesario que al momento de la atención se encuentre presente el Conductor del vehículo tercero y que el ajustador de la Compañía deslinde la responsabilidad a favor del Asegurado, procedimiento que se hará con fundamento en lo establecido por el Reglamento de tránsito de la entidad y/o Guía de Deslinde de Responsabilidades, esta última puede ser consultada en la página de internet de la Compañía (xxx.xxxxxxxx.xxx.xx, bajo la siguiente ruta: Seguro Automotriz – Guía de Deslinde de Responsabilidades). Adicionalmente a lo establecido al párrafo que antecede, el Asegurado deberá invariablemente cumplir con los siguientes requisitos:
DEDUCIBLE. No aplica deducible para esta cobertura.
DEDUCIBLE. Deducible corresponde a la porción del riesgo o de la pérdida que permanece en cabeza del asegurado y que está representado en la cantidad (en días o pesos) o el porcentaje de la suma asegurada o de la indemnización que invariablemente se deduce del pago o de la indemnización o del capital asegurado y que, por lo tanto siempre queda a cargo del asegurado y/o del beneficiario. En todo caso los porcentajes y cantidades convenidos como deducibles, se estipularán en la carátula de la póliza o en los anexos o certificados que se expidan en aplicación a ella.
DEDUCIBLE. Queda entendido y convenido que, en todo y cada siniestro indemnizable, para exigir el cumplimiento de las obligaciones a cargo de la Compañía, el Asegurado deberá contribuir invariablemente con una cantidad denominada deducible, siendo éste el porcentaje que se establece en la carátula de la póliza.
DEDUCIBLE. Cantidad o porcentaje indicada en las Condiciones Particulares que deberá asumir el Asegurado y en consecuencia no será pagada por OCEÁNICA en caso de ocurrencia de un siniestro cubierto por esta póliza.
DEDUCIBLE. Esta Cobertura opera sin la aplicación de un Deducible.
DEDUCIBLE. Esta cobertura opera con o sin la aplicación de un deducible, según haya optado el Asegurado en contratarlo. Si se contrata con deducible, el monto de éste se consignará en la carátula de la póliza en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, expresado en Unidades de Medida y Actualización (UMA´s) vigentes a la fecha en que ocurra el siniestro. Si el Asegurado ha contratado esta cobertura con la aplicación de un deducible, la Compañía responderá por los daños ocasionados frente al tercero, sin condicionar al pago previo de dicho deducible. Sin perjuicio de lo anterior, la Compañía podrá rechazar el siniestro si resulta aplicable alguna exclusión prevista ya sea en la póliza, o en la ley aplicable.
DEDUCIBLE. Salvo pacto en contrario, esta cobertura opera con un deducible del 10% sobre la pérdida con un mínimo de ¢100.000,00.
DEDUCIBLE. Esta cobertura opera con o sin la aplicación de un deducible, según haya optado el Asegurado al contratarla. Si se contrata con deducible, el monto de éste será elegido por el Asegurado y dicho monto se consignará en la carátula de la póliza. Aplicable por evento. Si el Asegurado ha contratado esta cobertura con la aplicación de un deducible, la Compañía responderá por los daños ocasionados frente al tercero, sin condicionar al pago previo de dicho deducible. Sin perjuicio de lo anterior, la Compañía podrá rechazar el siniestro si resulta aplicable alguna exclusión prevista ya sea en la póliza, o en la ley aplicable.