Excedencia por cargo sindical. Tendrá derecho a disfrutar de la situación de excedencia aquel/11a trabajador/a fijo/a o fijo/a- discontinuo/a, en activo que ostenta cargo sindical a nivel insular, provincial, regional o nacional. Permanecerá en situación de excedencia forzosa mientras se encuentre en el ejercicio de dicho cargo, reincorporándose a su empresa, si lo solicitase, en el término de un mes desde la finalización de dicho ejercicio, teniendo el excedente la obligación de comunicar por escrito a la empresa la finalización del ejercicio de dicho cargo y la fecha de incorporación a la misma, o el nombramiento para un nuevo cargo que de derecho a una nueva excedencia.
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Excedencia por cargo sindical. Tendrá derecho a disfrutar de la situación de excedencia aquel/11a aquél/lla trabajador/a fijo/a o fijo/a- a-discontinuo/a, en activo que ostenta cargo sindical a nivel insular, provincial, regional o nacional. Permanecerá en situación de excedencia forzosa mientras se encuentre en el ejercicio de dicho cargo, reincorporándose a su empresa, si lo solicitase, en el término de un mes desde la finalización de dicho ejercicio, teniendo el excedente la obligación de comunicar por escrito a la empresa la finalización del ejercicio de dicho cargo y la fecha de incorporación a la misma, o el nombramiento para un nuevo cargo que de derecho a una nueva excedencia.
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Excedencia por cargo sindical. —Tendrá derecho a disfrutar de la situación de excedencia aquel/11a aquel/aquella trabajador/a fijo/a o fijo/a- a-discontinuo/a, en activo que ostenta cargo sindical a nivel insular, provincial, regional o nacional. Permanecerá en situación de excedencia forzosa mientras se encuentre en el ejercicio de dicho cargo, reincorporándose a su empresa, si lo solicitase, en el término de un mes desde la finalización de dicho ejercicio, teniendo el excedente la obligación de comunicar por escrito a la empresa la finalización del ejercicio de dicho cargo y la fecha de incorporación a la misma, o el nombramiento para un nuevo cargo que de dé derecho a una nueva excedencia.
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Excedencia por cargo sindical. Tendrá derecho a disfrutar de la situación de excedencia aquel/11a aquel trabajador/a fijo/a o fijo/a- a–discontinuo/a, en activo que ostenta cargo sindical a nivel insular, provincial, regional o nacional. Permanecerá en situación de excedencia forzosa mientras se encuentre en el ejercicio de dicho cargo, reincorporándose a su empresa, si lo solicitase, en el término de un mes desde la finalización de dicho ejercicio, teniendo el excedente la obligación de comunicar por escrito a la empresa la finalización del ejercicio de dicho cargo y la fecha de incorporación a la misma, o el nombramiento para un nuevo cargo que de derecho a una nueva excedencia.la
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