IMPUESTOS Y GASTOS Cláusulas de Ejemplo

IMPUESTOS Y GASTOS. El pago de toda clase de impuestos, tasas, gravámenes actualmente vigentes o que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del contrato, se efectuará por las partes de acuerdo con la legislación vigente. Cualesquiera otros gastos que se deriven de la ejecución del contrato corresponderán exclusivamente a la adjudicataria sin que en ningún caso puedan ser repercutidos al Banco de España como partidas independientes.
IMPUESTOS Y GASTOS. Serán por cuenta del adjudicatario todos los impuestos, tasas y gastos de toda índole referentes al contrato.
IMPUESTOS Y GASTOS. El pago de toda clase de impuestos, tasas, gravámenes actualmente vigentes o que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del contrato, se efectuará por las partes de acuerdo con la legislación vigente. Cualesquiera otros gastos que se deriven de la ejecución del contrato corresponderán exclusivamente a la adjudicataria sin que en ningún caso puedan ser repercutidos a IMBISA como partidas independientes.
IMPUESTOS Y GASTOS. Serán por cuenta del adjudicatario todos los impuestos, tasas y gastos de toda índole referentes al contrato y los gastos de inserción de anuncios en Boletines Oficiales exigidos para la celebración de este contrato y cuyo importe no superará la cuantía de 70 Euros.
IMPUESTOS Y GASTOS. Cada Parte asumirá por su cuenta y riesgo todos los gastos que se requieran para la suscripción del Contrato. Los gastos en que cada Parte deba incurrir para dar cumplimiento a sus obligaciones o para ejercer los derechos estipulados a su nombre en el presente Contrato (tales como los originados en la obtención de trámites o permisos y por honorarios de abogados) serán por su cuenta y riesgo. De igual manera, cada Parte será responsable de los pagos de los impuestos que las leyes les impongan. Todos los pagos que efectúe La Compañía estarán sujetos a las retenciones en la fuente que determine la ley.
IMPUESTOS Y GASTOS. Queda a cargo del “CONCESIONARIO” el pago de todos los servicios, impuestos, tasas y contribuciones municipales, provinciales y nacionales, que recaigan sobre el desarrollo de la actividad y todo aquello necesario para el funcionamiento del mismo. Asimismo el “CONCESIONARIO” asume expresamente el pago del impuesto de sellos que pudiera resultar aplicable al presente contrato.
IMPUESTOS Y GASTOS. Los gastos por concepto de garantías, impuestos departamentales, distritales y cualquier otro que demande el contrato, correrán a cargo de EL CONTRATISTA, dentro de los siete (07) días siguientes a la notificación del contrato.
IMPUESTOS Y GASTOS. El importe de los impuestos y/o de las tasas de todo tipo que se deriven de la adjudicación, excepto el IVA que necesariamente habrá de reflejarse en factura, serán a cargo del adjudicatario. Del mismo modo, todos los gastos que se causen derivados de la convocatoria o de su adjudicación, como los anuncios publicados, gastos de formalización del contrato o cualquier otro, serán a cargo del adjudicatario. Los gastos que se produzcan por la elevación a escritura pública del contrato serán por cuenta de quien solicite su otorgamiento.
IMPUESTOS Y GASTOS. Las partes quedarán obligadas a satisfacer, cada una por la actividad que realice, cuantos impuestos, gastos, derechos y/o arbitrios de cualquier clase que puedan devengarse con ocasión del presente contrato y/o del ejercicio de las actividades encomendadas y/o derivadas del mismo. En caso de actuaciones conjuntas, habrán de suscribir el documento oportuno que regule las cargas fiscales correspondientes por las partes.
IMPUESTOS Y GASTOS. 5.1. Será por cuenta exclusiva del ADQUIRENTE el pago, sin excepción alguna, de cuantos impuestos, tasas, gravámenes y gastos de cualquier clase o especie haya originado u origine la compraventa objeto de este Contrato.