EXIGIBILIDAD DE LA FACTURA. REPARACIONES URGENTES. 1. Las partes pueden acordar la sustitución del pago de la indemnización por la reparación o reposición del vehículo siniestrado. Cuando se acuerde el pago del importe de la indemnización, el Asegurado deberá presentar, como requisito previo, las facturas de reparación del daño, además de cumplir lo dispuesto en el artículo 42. 2. Siempre que exista motivo urgente de reparación inmediata, el Asegurado podrá proceder a ella cuando su importe no sea superior a lo estipulado en las Condiciones Particulares, debiendo presentar al Asegurador la factura junto con la declaración del siniestro en la forma y plazos del artículo 15.
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Samples: Contrato De Seguro, Póliza De Seguro Del Automóvil, Contrato De Seguro
EXIGIBILIDAD DE LA FACTURA. REPARACIONES URGENTES. 1. Las partes pueden acordar la sustitución del pago de la indemnización por la reparación o reposición del vehículo siniestrado. Cuando se acuerde el pago del importe de la indemnización, el Asegurado deberá presentar, como requisito requisi- to previo, las facturas de reparación del daño, además de cumplir lo dispuesto en el artículo 42.
2. Siempre que exista motivo urgente de reparación inmediata, el Asegurado podrá proceder a ella cuando su importe no sea superior a lo estipulado en las Condiciones Particulares, debiendo presentar al Asegurador la factura junto con la declaración del siniestro en la forma y plazos del artículo 15.
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