Exoneración de procesos de selección Cláusulas de Ejemplo

Exoneración de procesos de selección. Están exoneradas de los procesos de selección las contrataciones que se realicen: a) Entre Entidades, siempre que en razón de costos de oportunidad resulten más eficientes y técnicamente viables para satisfacer la necesidad y no se contravenga lo señalado en el artículo 60° de la Constitución Política del Perú.
Exoneración de procesos de selección. Están exoneradas de los procesos de selección las contrataciones que se realicen: a) Entre Entidades, siempre que en razón de costos de oportunidad resulten más eficientes y técnicamente viables para satisfacer la necesidad y no se contravenga lo señalado en el artículo 60° de la Constitución Política del Perú; b) Ante una situación de emergencia derivada de acontecimientos catastróficos, de situaciones que supongan grave peligro o que afecten la defensa y seguridad nacional; c) Ante una situación de desabastecimiento debidamente comprobada que afecte o impida a la Entidad cumplir con sus actividades u operaciones, debiendo determinarse, de ser el caso, las responsabilidades de los funcionarios o servidores cuya conducta hubiera originado la configuración de esta causal; d) Con carácter xx xxxxxxx, secreto militar o por razones de orden interno, por parte de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú y los organismos conformantes del Sistema Nacional de Inteligencia, que deban mantenerse en reserva conforme x xxx, previa opinión favorable de la Contraloría General de la República. e) Cuando exista proveedor único de bienes o servicios que no admiten sustitutos, o cuando por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, se haya establecido la exclusividad del proveedor; y,
Exoneración de procesos de selección. Están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen: a) Entre Entidades del Sector Público, de acuerdo a los criterios de economía que establezca el Reglamento; b) Para contratar servicios públicos sujetos a tarifas cuando éstas sean únicas; c) En situación de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley; d) Con carácter xx xxxxxxx, secreto militar o de orden interno por parte de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y Organismos conformantes del Sistema de Inteligencia Nacional, que deban mantenerse en reserva conforme x Xxx, previa opinión favorable de la Contraloría General de la República. Los bienes, servicios y obras con carácter xx xxxxxxx, secreto militar o de orden interno serán definidos a través de decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros En ningún caso se referirán a bienes, servicios u obras de carácter administrativo u operativo de acuerdo al Reglamento; e) Cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único; y,

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  • Lugar y plazo de presentación de ofertas Las ofertas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Villanueva del Aceral, de forma presencial solicitando cita previa según lo dispuesto en la Cláusula 5 de este documento, dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx. De esta presentación podrán los interesados exigir el correspondiente justificante, sirviendo a tal efecto copia de la documentación presentada una vez sellada en la que figure el número de entrada en registro. En el supuesto de que el día de terminación de dicho plazo fuese inhábil, se entenderá el mismo prorrogado hasta el día siguiente hábil. Igualmente, podrán presentarse proposiciones a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso el interesado deberá comunicarlo por fax o telegrama al Ayuntamiento en el mismo día en que se efectúe la imposición del envío en la oficina correspondiente, siempre que quede constancia de la recepción por estos medios. Sin cumplir este requisito, que deberá acreditar al licitador que optase por esta vía de presentación, no será admitida la proposición en el caso que fuera recibida en el Registro General del Ayuntamiento de Villanueva del Aceral fuera del plazo fijado. Un mismo licitador no podrá presentar más de una oferta por una misma parcela agrícola, individualmente o bien mediante unión temporal con otros licitadores. No obstante, podrá presentar ofertas por diferentes parcelas, sin limitación alguna en cuanto al número de parcelas a las que puede optarse. Si un licitador presentará más de una oferta para la misma parcela agrícola, ello dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él presentadas para la misma.

  • PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN CASO DE SINIESTRO INDEMNIZABLE POR EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS En caso de siniestro, el asegurado, tomador, beneficiario, o sus respectivos representantes legales, directamente o a través de la entidad aseguradora o del mediador de seguros, deberá comunicar, dentro del plazo de siete días de haberlo conocido, la ocurrencia del siniestro, en la delegación regional del Consorcio que corresponda, según el lugar donde se produjo el siniestro. La comunicación se formulará en el modelo establecido al efecto, que está disponible en la página web del Consorcio (xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx), o en las oficinas de éste o de la entidad aseguradora, al que deberá adjuntarse la documentación que, según la naturaleza de los daños, se requiera. Asimismo, se deberán conservar restos y vestigios del siniestro para la actuación pericial y, en caso de imposibilidad absoluta, presentar documentación probatoria de los daños, tales como fotografías, actas notariales, vídeos o certificados oficiales. Igualmente, se conservarán las facturas correspondientes a los bienes siniestrados cuya destrucción no pudiera demorarse. Se deberán adoptar cuantas medidas sean necesarias para aminorar los daños. La valoración de las pérdidas derivadas de los acontecimientos extraordinarios se realizará por el Consorcio de Compensación de Seguros, sin que éste quede vinculado por las valoraciones que, en su caso, hubiese realizado la entidad aseguradora que cubriese los riesgos ordinarios. Para aclarar cualquier duda que pudiera surgir sobre el procedimiento a seguir, el Consorcio de Compensación de Xxxxxxx dispone del siguiente teléfono de atención al asegurado: 902 222 665.

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